DOF: 23/09/2019
ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación una fracción de terreno con superficie de 1,316

ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación una fracción de terreno con superficie de 1,316.53 metros cuadrados, propiedad del Consejo de la Judicatura Federal, a efecto de llevar a cabo su donación a favor del Municipio de Cuernavaca, Morelos, para que forme parte del circuito vial entorno al edificio sede del Poder Judicial de la Federación ubicado en Boulevard del Lago número 103, Colonia Villas Deportivas, en dicha localidad.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO POR EL QUE SE DESINCORPORA DEL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN UNA FRACCIÓN DE TERRENO CON SUPERFICIE DE 1,316.53 METROS CUADRADOS, PROPIEDAD DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, A EFECTO DE LLEVAR A CABO SU DONACIÓN A FAVOR DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS, PARA QUE FORME PARTE DEL CIRCUITO VIAL ENTORNO AL EDIFICIO SEDE DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN UBICADO EN BOULEVARD DEL LAGO NÚMERO 103, COLONIA VILLAS DEPORTIVAS, EN DICHA LOCALIDAD.
El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68, 81, fracciones II y XXXIV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 23, fracción II y III de la Ley General de Bienes Nacionales, en relación con el 502, fracción IV y 503 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, en concordancia con lo dispuesto en el Cuarto Transitorio del propio Acuerdo; y
CONSIDERANDO
I.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación se encuentra el inmueble del Consejo de la Judicatura Federal, ubicado en Boulevard del Lago número 103, Colonia Villas Deportivas, en la Ciudad de Cuernavaca, Morelos, cuya propiedad se acredita con la Escritura Pública número 123,654, libro número 4,303 del 20 de diciembre de 2007, otorgada ante la fe del Licenciado Armando Gálvez Pérez Aragón, titular de la Notaría Pública número 103 del Distrito Federal y del Patrimonio Inmobiliario Federal; la cual se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos, bajo el folio electrónico inmobiliario número 13,399 del 12 de mayo de 2008 y en el Registro Público de la Propiedad Federal, bajo el folio real número 93611 del 4 de marzo de 2009, en la que consta el contrato de compraventa celebrado por "Inmobiliaria CWM", Sociedad Anónima de Capital Variable, como la parte vendedora y el Consejo de la Judicatura Federal, como la parte compradora.
II.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Cuernavaca, Morelos, en su oficio 2595/05/08 del 29 de mayo de 2008, emitió Licencia de Uso de Suelo para el Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación, en la que estableció, que con fundamento en el artículo 4 del Reglamento de Construcción del Municipio de Cuernavaca, el Comité de Desarrollo Urbano y Zonificación determinó que se deberá considerar una calle al interior del predio en la colindancia poniente, con un ancho mínimo de 8.00 metros a lo largo del mismo, la cual se entregará al Municipio terminada con toda la infraestructura necesaria (banquetas, camellones, señalamientos, etc.), complementando con ello una vialidad de 16 metros de ancho total, que ayudará a resolver el problema de congestionamiento vial de la zona, requisito que fue cubierto ejecutándose dicha urbanización en su totalidad con las características requeridas.
III.- Que la Dirección General de Inmuebles y Mantenimiento, a través del oficio DGIM/DP/645/2011 del 27 de octubre de 2011, validó la superficie y la poligonal de la fracción a donar para la vialidad a favor del Municipio de Cuernavaca, Morelos, determinando una superficie de 1,316.53 metros.
Asimismo, mediante oficio OM/SEA/DGIM/DP/073/2014 de fecha 11 de febrero de 2014, la Subdirectora de Normas y Calidad de la Dirección de Proyectos informó que existe una discrepancia de 0.20% entre la superficie inicial susceptible de donación (1,319.18 m2) y la superficie final susceptible de donación (1,316.53 m2) determinando que dicha discrepancia se encuentra en el rango de tolerancia en decremento de acuerdo con los criterios utilizados para las mediciones topográficas de las superficies de predios.
Derivado de lo anterior, la citada área técnica también confirmó que la superficie restante para este Consejo, es de 18,685.47 metros cuadrados, conforme al plano del levantamiento topográfico de que se dispone y que se protocolizará en el propio instrumento de donación, a fin de hacer constar dicha circunstancia.
IV.- Que esta Institución solicitó y obtuvo de las autoridades municipales, la autorización de subdivisión, conforme a la poligonal y superficie señalada en el considerando que antecede, según se desprende de la Resolución de la Tercera Sesión Ordinaria del 2012, de la Comisión Municipal de Fraccionamientos, Condominios y Conjuntos Urbanos, celebrada el 22 de agosto de 2012.
V.- Que la superficie de terreno a donar resultante de la subdivisión, actualmente no es útil para el Consejo de la Judicatura Federal, pues la misma, según se apuntó, se encuentra urbanizada y no forma parte del Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación cuya construcción también concluyó.
VI.- Que para proceder a la enajenación de bienes inmuebles propiedad del Poder Judicial de la Federación, con excepción de los correspondientes a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, que se encuentran sujetos al régimen de dominio público, es necesario que el H. Pleno del Consejo de la Judicatura Federal emita el acuerdo de desincorporación correspondiente.
VII.- Que en razón de que el inmueble a que se refieren los considerandos III y IV, se encuentra sujeto al régimen de dominio público de la Federación, el Pleno de esta Institución ha determinado la conveniencia de desincorporarlo de dicho régimen, ya que ello permitiría que el Consejo de la Judicatura Federal esté en posibilidad de llevar a cabo su enajenación por las razones mencionadas con antelación;
VIII.- Que toda vez que se ha integrado debidamente el expediente del inmueble objeto de este ordenamiento, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
Primero.- Se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación el inmueble a que se refieren los considerandos III y IV del presente ordenamiento, a efecto de que el Consejo de la Judicatura Federal lleve a cabo su donación a favor del Municipio de Cuernavaca, Morelos, conforme a las disposiciones que para este tipo de enajenaciones se prevén en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, en concordancia con lo dispuesto en el Cuarto Transitorio del propio Acuerdo.
Segundo.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 42, fracción XVII de la Ley General de Bienes Nacionales; 15, fracción II del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal y 503 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, en concordancia con lo dispuesto en el Cuarto Transitorio del propio Acuerdo; inscríbase el presente acuerdo en el Registro Público de la Propiedad Federal.
Tercero.- El contenido del presente acuerdo deberá insertarse en la escritura pública por la que se formalice la donación de la superficie de referencia.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- De conformidad con lo previsto en el artículo 503, párrafo primero del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo; publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
EL LICENCIADO ARTURO GUERRERO ZAZUETA, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la federación una fracción de terreno con superficie de 1,316.53 metros cuadrados, propiedad del Consejo de la Judicatura Federal, a efecto de llevar a cabo su donación a favor del municipio de Cuernavaca, Morelos, para que forme parte del circuito vial entorno al edificio sede del Poder Judicial de la Federación ubicado en boulevard del lago número 103, colonia villas deportivas, en dicha localidad, fue aprobado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión ordinaria de 23 de febrero de 2011, por unanimidad de votos del Ministro Presidente y de los Consejeros en turno.- Ciudad de México, a 12 de septiembre de 2019.- Conste.- Rúbrica.
 
 

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