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DOF: 18/05/2022 |
EXTRACTO del Acuerdo por el que se da a conocer el Acta mediante la cual se habilita el Centro Habilitado para Adolescentes en Movilidad Humana No Acompañados Huixtla, Chiapas, derivado del Fortalecimiento de los Sistemas para el Desarrollo Integral de l EXTRACTO del Acuerdo por el que se da a conocer el Acta mediante la cual se habilita el Centro Habilitado para Adolescentes en Movilidad Humana No Acompañados Huixtla, Chiapas, derivado del Fortalecimiento de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia integrados en el Sistema Nacional de Asistencia Social Pública en materia de niñez en movilidad humana. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. EXTRACTO DEL ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ACTA MEDIANTE LA CUAL SE HABILITA EL "CENTRO HABILITADO PARA ADOLESCENTES EN MOVILIDAD HUMANA NO ACOMPAÑADOS HUIXTLA, CHIAPAS", DERIVADO DEL FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA INTEGRADOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOCIAL PÚBLICA EN MATERIA DE NIÑEZ EN MOVILIDAD HUMANA. SALLY JAQUELINE PARDO SEMO, Jefa de la Unidad de Asistencia e Inclusión Social y ENRIQUE GARCÍA CALLEJA, Director General de Asuntos Jurídicos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., 4o., párrafos noveno y décimo, y 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 172 de la Ley General de Salud; 4, fracciones I, inciso k) y IV, 12, fracciones III y XIV, 22, incisos d), e), f) y t), 23, 24 y 27 de la Ley de Asistencia Social; 89, 90, 91, 94 y 95 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 29, 98, 99 y 112, de la Ley de Migración; 4 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo; 16, fracciones IV y IV BIS y 25, fracciones XII, XIII y XV del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y su última reforma publicada el 29 de diciembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación; tengo a bien expedir el siguiente ACUERDO; mismo que tiene como propósito dar a conocer el "Acta mediante la cual se habilita un Establecimiento Asistencial" que brinde facilidades de estancia temporal y garantice la protección y los derechos de la niñez en contexto de movilidad humana, independientemente de su nacionalidad y situación migratoria, así como cuidados temporales y otras medidas de protección, derivado del Fortalecimiento de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia integrados en el Sistema Nacional de Asistencia Social Pública en materia de niñez en movilidad humana. La versión íntegra; está disponible en la siguiente dirección electrónica: http://sitios.dif.gob.mx/normateca/wp-content/uploads/2022/05/AcuerdoHuixtla.pdf Página DOF: www.dof.gob.mx/2022/DIF/AcuerdoHuixtla.pdf Lo anterior en cumplimiento a la normatividad antes mencionada, así como al artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en relación con el último párrafo del artículo segundo del "ACUERDO que modifica al diverso por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican, publicado el 10 de agosto de 2010"; y artículos 2o.y 3o., fracción III, de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales. Ciudad de México, a 9 de mayo de 2022.- Jefa de la Unidad de Asistencia e Inclusión Social del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Sally Jaqueline Pardo Semo.- Rúbrica.- Director General de Asuntos Jurídicos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Enrique García Calleja.- Rúbrica. (R.- 520712)
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