ACUERDO mediante el cual se aprueban los Lineamientos para el uso eficiente de los recursos tecnológicos y de comunicación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
ACUERDO ACT-PUB/11/05/2022.05
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA EL USO EFICIENTE DE LOS RECURSOS TECNOLÓGICOS Y DE COMUNICACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6°, Apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, fracción XIII, 41, fracción XI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 21, fracción XX, 29, fracción I, 31, fracción XII, 33, 35 fracciones V, XX y XXI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, párrafos segundo y tercero, 3, fracción XVIII, 88, 89, fracción I de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; 6, 8, 12, fracciones I, XXXIV, XXXV, XXXVI y XXXVII, 16, fracción VI, 18, fracciones XII, XIV, XVI y XXVI; y 48, fracciones I y X del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; y conforme a las siguientes:
CONSIDERACIONES
1. Que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) tiene la encomienda constitucional de garantizar el derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales y, en consecuencia, de dar cabal cumplimiento a las atribuciones relacionadas con la vigilancia y cumplimiento de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
2. Que el Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales establece en el artículo 48, fracción I, la facultad de la Dirección General de Tecnologías de la Información (DGTI) para proponer a la Secretaría Ejecutiva del INAI, las políticas y lineamientos en materia informática, seguridad de la información y comunicaciones del Instituto, con el fin de armonizar el desarrollo y funcionamiento de las tecnologías de información en el mismo.
3. Que asimismo, la fracción X del artículo 48 del Estatuto Orgánico del INAI establece las mejores prácticas y estándares para la planeación, diseño, adquisición, entrega, administración y soporte de servicios informáticos y de telecomunicaciones.
4. Que uno de los compromisos de la DGTI en el Plan de Trabajo de Administración de Riesgos, en específico, en el riesgo 230-001-2022, se registró la formalización del documento "Lineamientos para el uso eficiente de los recursos tecnológicos y de comunicación del Instituto", como una acción de control enfocada en impulsar la formalización e implementación del marco rector de procesos de tecnologías y seguridad de la información.
5. Que los Lineamientos para el uso eficiente de los recursos tecnológicos y de comunicación del Instituto, tienen como finalidad normar el uso eficiente de la infraestructura, equipo de cómputo, software y dispositivos de impresión que sean utilizados para almacenar, procesar, convertir, proteger, transferir y recuperar información, datos, voz, imágenes y video.
Por lo antes expuesto, en las consideraciones de hecho y de Derecho, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueban los Lineamientos para el uso eficiente de los recursos tecnológicos y de comunicación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, conforme al documento anexo, que forma parte del presente Acuerdo.
SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que, por conducto de la Dirección General de Tecnologías de la Información, comunique el presente Acuerdo a todas las personas servidoras públicas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
TERCERO. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, para que realice las gestiones necesarias, a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el Diario Oficial de la Federación.
CUARTO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno, para que, por conducto de la Dirección General de Atención al Pleno, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo junto con su anexo se publique en el portal de Internet del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
El presente acuerdo, puede ser consultado en la dirección electrónica siguiente:
https://home.inai.org.mx/wp-content/documentos/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-11-05-2022.05.zip
Contenido del archivo .zip
1. ACT-PUB/11/05/2022.05 .pdf
2. Lineamientos para el uso eficiente de TIC .docx
www.dof.gob.mx/2022/INAI/ACT-PUB-11-05-2022-05.zip
QUINTO. Se instruye a la Secretaria Técnica del Pleno que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 45, fracción IV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, expida certificación del presente Acuerdo, para agilizar su cumplimiento.
SEXTO. El presente Acuerdo, con su respectivo anexo, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo acordó, por unanimidad de las Comisionadas y de los Comisionados del Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Francisco Javier Acuña Llamas, Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta Del Río Venegas, Josefina Román Vergara y Blanca Lilia Ibarra Cadena, en sesión ordinaria celebrada el once de mayo de dos mil veintidós, ante Ana Yadira Alarcón Márquez, Secretaria Técnica del Pleno.
Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena.- Comisionados: Francisco Javier Acuña Llamas, Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta del Río Venegas, Josefina Román Vergara.- Secretaria Técnica del Pleno, Ana Yadira Alarcón Márquez.
ANA YADIRA ALARCÓN MÁRQUEZ, EN MI CARÁCTER DE SECRETARIA TÉCNICA DEL PLENO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, ASÍ COMO EN LO ORDENADO EN EL PUNTO DE ACUERDO QUINTO DEL ACUERDO ACT-PUB/11/05/2022.05 CERTIFICO: QUE EL PRESENTE DOCUMENTO ES FIEL Y EXACTA REPRODUCCIÓN DEL CITADO ACUERDO ACT-PUB/11/05/2022.05, MISMO QUE SE EXPIDE EN UN TOTAL DE 04 FOJAS UTILES Y SU ANEXO QUE SE INCLUYE EN LAS DIRECCIONES ELECTRÓNICAS DESCRITAS EN EL PUNTO DE ACUERDO CUARTO DEL MISMO, APROBADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE ESTE INSTITUTO, CELEBRADA EL ONCE DE MAYO DE DOS MIL VEINTIDÓS.
MÉXICO, CIUDAD DE MÉXICO, A ONCE DE MAYO DOS MIL VEINTIDÓS.- Rúbrica.
(R.- 520703)