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DOF: 07/10/2022
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de México, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/MEX/AC2/SM/17, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acci

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de México, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/MEX/AC2/SM/17, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.-Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO (CONAVIM), REPRESENTADA POR SU TITULAR MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MÉXICO, ALFREDO DEL MAZO MAZA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA; EL SECRETARIO DE FINANZAS RODRIGO JARQUE LIRA, POR LA SECRETARIA DE LAS MUJERES Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESONSABLE, MARTHA HILDA GONZÁLEZ CALDERÓN; POR EL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, KARLA LETICIA FIESCO GARCIA, ASISTIDA POR EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MIGUEL ÁNGEL GUTIÉRREZ PILLONI, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en lo sucesivo (LGAMVLV) regula en su Título II, Modalidades de la Violencia, Capítulo V, de la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, cuyo objetivo fundamental es garantizar su seguridad, detener la violencia en su contra y eliminar las desigualdades que agravian sus derechos humanos, para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate con la finalidad de detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México, las entidades federativas y los municipios reconocen la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país; por ello, estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado Libre y Soberano de México.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN" la CONAVIM con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, en lo sucesivo (PEF 2022), publicado en el DOF el 29 de noviembre de 2021, señala que los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la AVGM, Capítulo 4000, Concepto 4300, partida 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", ascienden a $105,116,017.48 (Ciento cinco millones ciento dieciséis mil diecisiete pesos 48/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, destinará recursos previstos en el PEF 2022, para que se otorguen y apliquen en las entidades federativas y en la Ciudad de México en las que se ha decretado la Alerta de Violencia de Genero contra las Mujeres, para atender las acciones descritas, conforme a los siguientes:
De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 19 de enero de 2022, suscrito por la María Isabel Sánchez Holguín, en su carácter de Titular de la Secretaría de las Mujeres de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" lo solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto, AVGM/MEX/AC2/SM/17.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en estados y municipios, para el Ejercicio Fiscal 2022, en lo sucesivo (LINEAMIENTOS), el Comité de Evaluación de Proyectos, en lo sucesivo (COMITÉ) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/MEX/AC2/SM/17. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CNPEVM/CAAEVF/141/2022 de fecha 31 de enero de 2022.
La Entidad Federativa se compromete a llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, los Acuerdos que emita el COMITÉ a través de la CONAVIM.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.      "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación en lo sucesivo (RISEGOB).
I.2.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3.   La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.4.   La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma. Fabiola Alanís Sámano cuenta con las facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.5.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00083.
I.6.   Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, piso 5, Colonia Narvarte, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II.     "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la "Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3 y 4 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.  El Gobernador del Estado de México, Alfredo del Mazo Maza, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 65, 77, fracción XXIII y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 5 y 6 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.
II.3.  El Titular de la Secretaría General de Gobierno, Luis Felipe Puente Espinosa cuenta con las facultades y atribuciones para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 6, 15, 19, fracción I, 20 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 6 y 7, fracción XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4.  El Titular de la Secretaría de Finanzas, Rodrigo Jarque Lira, cuenta con las facultades y atribuciones para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 6, 15, 19, fracción III, 23 y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 6 y 7, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas.
II.5.  La Titular de la Secretaría de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Martha Hilda González Calderón, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 6, 15, 19, fracción XIX, 33, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.
II.6.  La Presidenta del Municipio de Cuautitlán Izcalli y Titular de la Instancia Local Receptora, Karla Leticia Fiesco García, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 128 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 48 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; y de Acuerdo Único del Punto Veinticuatro de la Primera Sesión Pública del Ayuntamiento previamente instalado, con carácter de Extraordinaria, de Régimen Resolutiva, del día 01 de enero de 2022, publicado en la Gaceta Municipal, Periódico Oficial del Gobierno Municipal de Cuautitlán Izcalli, Méx. número 001, Año 2022, el 11 de enero del 2022, mediante el cual se aprobó el acuerdo por el que la Presidente Municipal asume la Representación Jurídica del Municipio, del Ayuntamiento y de las Dependencias de la Administración Pública Municipal, así como para la gestión de los negocios de la Hacienda Municipal.
II.7.  El Secretario del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Miguel Ángel Gutiérrez Pilloni, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 91 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
II.8.  Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio legal ubicado Calle Sebastián Lerdo de Tejada, número exterior 300, Puerta 242, Colonia Toluca de Lerdo Centro, Código Postal 50000, Municipio de Toluca, Estado de México.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres la siguiente modalidad: Prevención. Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, Acuerdos emitidos por la CONAVIM.
III.6. Se comprometen a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el DOF el 12 de julio de 2019.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el proyecto: AVGM/MEX/AC2/SM/17, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022; y que se encuadra en la siguiente Acción coadyuvante:
Acción coadyuvante
Prevención. Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia se realizará, de conformidad con lo especificado en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, mismo que se realiza de acuerdo con lo establecido en el numeral Vigésimo octavo de los LINEAMIENTOS, lo que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.), para el proyecto: AVGM/MEX/AC2/SM/17, aprobado por el COMITÉ en sesión permanente mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/026/31012022.
Los recursos federales se radicarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria productiva específica que aperturó previamente, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la que se identifica con los siguientes datos:
Nombre del Beneficiario:
Gobierno del Estado de México
Nombre de la Institución Financiera:
BBVA México S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA México.
Clave Bancaria Estandarizada (Clabe) de 18 dígitos:
0124200 0118288194 7
Número de Cuenta Bancaria:
0118288194
Tipo de Cuenta:
Productiva
Tipo de Moneda:
MXP
Número de Sucursal:
CR 0710 Banca de Gobierno Toluca
Plaza:
0074
fecha de Apertura de la cuenta:
11 de febrero de 2022.
 
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO"
haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en términos de lo establecido en el numeral Vigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
Una vez que "GOBERNACIÓN" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", este deberá emitir a través de la Secretaría de Finanzas la factura complemento CFDI en formato PDF y XML.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos en términos del PEF 2022, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará oportunamente a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éstas se comprometen a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
b.     Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el gobierno estatal.
c.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Vigésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
b.     Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
d.     Si el seguimiento al proyecto aprobado es susceptible de realizarse a través de visitas de seguimiento: Realizar las visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS: "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y en el Anexo Técnico.
b.     Erogar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d.     Realizar por conducto de la Secretaría de las Mujeres encargada de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a su respectivo Reglamento y la demás normatividad aplicable.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.     Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de proyecto a desarrollar.
j.      Entregar bimestralmente por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos 015 promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 13 de enero de 2023, un Acta de cierre del proyecto, firmada por la Titular de la Secretaría de las Mujeres y por el Titular de la Secretaría de Finanzas, en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES" que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2022 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso o) del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2022,
y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
SEXTA. ENLACES. Las o los servidores públicos que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán:
POR "GOBERNACIÓN"
NOMBRE:
Susana Vanessa Otero González.
CARGO:
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
DIRECCIÓN:
Doctor José María Vértiz Número 852, Piso, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
TELÉFONO:
52098800 extensión 30367
CORREO ELÉCTRONICO
INSTITUCIONAL:
sotero@segob.gob.mx
POR "EL GOBIERNO DEL ESTADO"
NOMBRE:
Leticia Baca Vázquez.
CARGO:
Directora del Instituto Municipal para la Equidad de Género y el Desarrollo de las Mujeres, en el Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
DIRECCIÓN:
Avenida Planetas, número 3, Colonia Rincón Colonial Código Postal 54730, Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
TELÉFONO:
(55) 11030705
CORREO ELECTRÓNICO
INSTITUCIONAL:
imegdem2224@gmail.com
 
A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas. Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a los funcionarios o personal del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de las Mujeres informará a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, los avances de la ejecución del proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y, en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento jurídico y el inciso f) del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento jurídico y en el Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2022, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de las Mujeres.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2022 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen el numeral Cuadragésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA PRIMERA. - RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA SEGUNDA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Cuadragésimo de los LINEAMIENTOS, procederá a dar por terminado el presente Convenio de Coordinación y ordenará al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA TERCERA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento jurídico corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de éstos, los cuales deberán ser publicados en el DOF en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2022. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hacen a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación, y "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial "Gaceta de Gobierno" del Estado de México en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción y entrará en vigor a partir de la fecha de la misma.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 27, fracción II, inciso a) del PEF 2022.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con diez días de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 15 del mes de julio de 2022.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de México, Alfredo del Mazo Maza.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Luis Felipe Puente Espinosa.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Rodrigo Jarque Lira.- Rúbrica.- La Secretaria de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Martha Hilda González Calderón.- Rúbrica.- La Presidenta del Municipio de Cuautitlán Izcalli y Titular de la Instancia Local Receptora, Karla Leticia Fiesco García.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Miguel Ángel Gutiérrez Pilloni.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación de fecha 15 de julio de 2022, celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado de México, de conformidad con el numeral Vigésimo octavo. de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2022 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
Entidad federativa:
Estado Libre y Soberano de Estado México
 
Nombre del proyecto:
AVGM/MEX/AC2/SM/17
 
Acción de Coadyuvancia de acceso al Subsidio:
Prevención: Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas.
 
Fecha en que la Entidad Federativa solicitó el Subsidio:
19 de enero de 2022
 
Instancia Local Responsable:
Secretaría de las Mujeres del Estado de México
 
Instancia Local Receptora:
Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
 
B. MONTO APROBADO
Monto aprobado:
$2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.)
 
Monto coparticipación:
No Aplica
 
Fecha de inicio del Proyecto:
01 de agosto de 2022
 
Fecha estimada de conclusión que no exceda del 31 de diciembre de 2022
31 de diciembre de 2022
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
En ese sentido, en cumplimiento al Lineamiento Décimo noveno he tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
Nombre:
Leticia Baca Vázquez.
Cargo:
Directora del Instituto Municipal para la Equidad de Género y el Desarrollo de las Mujeres.
Área de adscripción:
Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
Teléfono institucional
(55 11 13 07 05)
Correo Institucional
imegdem2224@gmail.com
Domicilio
Avenida Planetas número 3, Colonia Rincón Colonial, Cuautitlán Izcalli, Estado de México, Código Postal 54730.
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
d.1 Justificación
México tiene una población total de 126,014,024 habitantes, de los cuales el 51.21% son mujeres y el 48.78% son hombres. El grado promedio de escolaridad de la población de 15 años y más, es de 9.01 años para las mujeres y 9.33 años para los hombres. La tasa de participación económica es del 42.52% en mujeres y 77.09% en hombres, lo que indica una brecha del 34.47% de la población susceptible a incorporarse a la actividad económica. Las mujeres sin ingresos propios o de otras fuentes representa el 35.4% de la población femenina. El 14.3% de las mujeres sólo disponen de ingresos a través de programas gubernamentales. Solo el 24.3% de las mujeres son propietarias de algún bien o propiedad, el 28.6% no dispone de ingresos ni bienes; y solo el 45% tiene disponibilidad de utilizar su dinero como quiera.
Por cada 100 hogares en condición de pobreza, el 33.4% son hogares con jefatura femenina. El 25.26% de las mujeres viven en condición de vulnerabilidad por carencias sociales.
El 46.33% de la población en condición de pobreza multidimensional son mujeres. El 7.47% de la población en condición de vulnerabilidad por ingresos son mujeres.
El 9.65% de la población en pobreza extrema son mujeres. Las mujeres realizan 48.55 horas semanales de trabajo no remunerado, mientras que los hombres realizan 19.57 horas.
El 68.6% de los quehaceres domésticos es realizado solo por mujeres. Semanalmente las mujeres realizan 25 horas de trabajo no remunerado en quehaceres domésticos y los hombres 9.98 horas, esto representa una brecha de 15 horas.
Según estimaciones del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), de enero a noviembre se registró un total de 99,264 mujeres víctimas de algún delito a nivel nacional. Siendo el delito de lesiones dolosas el de mayor incidencia (57.62%), seguido de lesiones culposas (16.21%). Cabe destacar que se registraron 2,540 mujeres víctimas de homicidio doloso, 2,967 víctimas de homicidio culposo y 887 mujeres víctimas de feminicidio. Siendo el Estado de México el de mayor incidencia con 130 casos reportados.
De acuerdo al Semáforo Delictivo del Estado de México de enero al mes de noviembre del año 2021, el municipio de Cuautitlán Izcalli ocupa el lugar catorce de dieciséis municipios que presentan algún caso de feminicidio en los últimos tres meses. Así como el cuarto lugar de veintiocho municipios en casos de violaciones.
CONTEXTO MUNICIPAL
El municipio de Cuautitlán Izcalli cuenta con una población de 555,163 habitantes, de los cuales 286,207 corresponden al género femenino, equivalente al 51.55% de la población. Este municipio está conformado por un total de 160,806 hogares de los cuales el 33.64% corresponde a jefatura femenina, dichos hogares donde habita el 31% de la población del municipio.
De enero al mes de septiembre del 2021, la Unidad de Alerta de Género de la Secretaría de la Mujer registro un total de 1,663 delitos contra la mujer. De los cuales el 70% corresponde a la incidencia de violencia contra la mujer con 1,172 casos, 300 incidencias de violencia familiar, 100 incidencias de violencia de pareja, 84 homicidios y 12 incidencias de delito de violación. Sumando un total de 2,098 casos de violencia contra la mujer en el municipio.
Por otra parte, de acuerdo a las cifras del Semáforo Delictivo del Estado de México, de enero al mes de noviembre del año 2021 se reportaron 103 delitos de homicidio, 108 delitos de violación, 777 incidencias de violencia familiar y 3 casos de feminicidio.
En un comparativo de los últimos cinco años, se han registrado un total de 2,395 casos de violencia familiar, siendo el 2021 con el mayor número de incidencias (777), en segundo lugar se encuentra el delito de violación con 427 incidencias, siendo el 2021 con el mayor número de casos reportados (108), seguido del delito de homicidio con un total de 390 incidencias, siendo el 2021 con el mayor número de reportes (103) y finalmente se han registrado 12 feminicidios, siendo el 2021 Y 2019 con tres incidencias registradas. Tal como se puede observar en los siguientes cuadros comparativos.
UNIDAD LOCAL DE ATENCIÓN
Con la finalidad de brindar atención inmediata a mujeres en situación de vulnerabilidad, se proyecta habilitar tres unidades locales de atención multidisciplinaria, como parte de los mecanismos de atención, prevención y protección a mujeres víctimas de violencia de género, a través de orientación psicológica, jurídica y/o canalización, en las zonas de mayor incidencia delictiva. Con ello, se atenderán las zonas más alejadas del centro del municipio y aquellas en las que el acceso, es difícil.
Con el objetivo de promover acciones transversales para la erradicación de la violencia contra las mujeres y para el fortalecimiento de las medidas de protección y acceso a la justicia. En este sentido, se busca ampliar la cobertura de los servicios especializados en materia psicológica y jurídica, a fin de atender de manera inmediata a las mujeres y sus hijas e hijos víctimas de violencia de género. Así como el fortalecimiento de los servicios de atención y reparación a víctimas. Esto mediante la habilitación de tres espacios, que estarán otorgando servicios especializados y gratuitos. Así como de todas aquellas medidas de protección y seguridad que así lo requieran.
Dicha acción engloba adquisición de equipamiento adecuado para la atención de primer contacto a las
mujeres víctimas de violencia de género, como mobiliario y equipo necesario a fin de garantizar el acceso a los servicios esenciales, urgentes e inmediatos para salvaguarda de la integridad física de las mujeres y sus hijas e hijos.
La habilitación de tres Unidades Locales de Atención (ULA) permitirá el contacto permanente con la ciudadanía y las dependencias municipales de atención a la mujer, a fin de que la atención de emergencia se haga con la debida diligencia, así como la promoción de los derechos de las mujeres y las alternativas que existen para que puedan recuperar su proyecto de vida. Se ha estimado que los beneficiarios sean directos e indirectos de acuerdo a la población que habita en las colonias donde estarán ubicadas las casas de atención.
Son sede a considerar para la instalación de las Células Locales de Atención a la violencia de Género; la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán (Campo Cuatro), La Unidad de Género de la Comisaria Social y la Universidad Politécnica de Cuautitlán Izcalli.
De acuerdo a la Secretaría de la Mujer, de enero a septiembre del 2021, las colonias con mayor incidencia delictiva coinciden con las Zonas de atención Prioritaria, las cuales son clasificadas de esta manera por presentar rezago social y grado de marginación. El conjunto de las mismas representa el 23% de la población total con 117,423 habitantes, de los cuales el 23% corresponde a población femenina.
Medida de Atención
Acción Coadyuvante
Objetivo General
II. Medidas de Prevención
Generar campañas permanentes encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatal, municipal y comunitario, con el fin de dar a conocer los derechos de las niñas y mujeres, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia.
Entre las medidas a adoptar, se sugiere: i) diseñar modelos de redes comunitarias para la prevención y atención de la violencia de género con apoyo de las organizaciones de la sociedad civil; y ii) establecer Centros de Justicia para las Mujeres para brindar atención multidisciplinaria a mujeres y niñas víctimas de violencia.
Prevención. Conlleva garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas
Salvaguardar la integridad física y emocional de mujeres, niñas y niños, mediante la interrupción de cualquier situación de violencia en su contra y/o situación de desigualdad en la que se encuentre implementando acciones permanentes para la atención de las alertas de Violencia de género y desapariciones, a través de la aplicación eficiente y oportuna de los recursos presupuestales asignados.
 
d.2 Metodología
Objetivos específicos
Actividades
Indicadores
Medios de verificación
Objetivo 1. Atender la problemática por violencia de género y erradicar la doble alerta de género con la que cuenta el municipio de Cuautitlán Izcalli, promoviendo acciones de coadyuvancia, tales como el presente proyecto de "Atención a la Alerta por Violencia".
Meta 1.1. Integrar e Instalar un equipo multidisciplinario para la implementación, seguimiento, evaluación y cierre del presente Proyecto, en atención la doble alerta de género con la que cuenta el municipio de Cuautitlán Izcalli.
i.     Instalación de Equipo de trabajo previsto y definición de tareas a realizar.
i.    Acta interna de integración, instalación y cierre del proyecto.
ii.    Listas de asistencia y evidencias fotográficas.
Meta 1.2. Programar las Acciones, tareas y actividades, que involucra el Proyecto, implementado en atención la doble alerta de género con la que cuenta el municipio de Cuautitlán Izcalli.
 
ii.    Numero de reuniones de trabajo de seguimiento del proyecto.
 
i.    Listas de asistencia y evidencias fotográficas.
ii.    Programa de Acciones, tareas y actividades.
Objetivo 2. Instalar y poner en funcionamiento, las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)", especializadas en brindar atención presencial de primer contacto a mujeres víctimas de violencia de género, las que estarán situadas en 3 sedes; La primera en el "Campus" de la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán (UNAM), la segunda en el "Campus" de la Universidad Politécnica de Cuautitlán Izcalli y la tercera, en la Comisaría del Municipio, siendo su propósito, el fortalecer las medidas de atención, asistencia y reparación del daño a víctimas de violencia.
Meta 2.1. Establecer contacto y solicitar apoyo de los Directivos de los Planteles Universitarios de la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán (UNAM) y la Universidad Politécnica de Cuautitlán Izcalli), para la instalación y puesta en funcionamiento de las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)", debido a que se seleccionaron dichas sedes, por la problemática y sitios de riesgo en los que se encuentran dichos campus.
i.     Acuerdo de autoridades debidamente constituido.
i.    Acuerdo/Convenio, Documento con acuerdo de las partes debidamente constituido y firmado.
 
 
Meta 2.2. Contratar (para la puesta en funcionamiento) en la modalidad de "Honorarios", al personal que brindará atención de primer contacto en las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)", cabe señalar que, de conformidad con el perfil profesional establecido, se contratará personal multidisciplinario de las carreras de Derecho, Psicología, Trabajo Social y Policía de Género de la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.
Meta 2.3. Llevar a cabo el programa de certificación en el Estándar de Competencia EC0539, "Atención Presencial de Primer contacto para Mujeres Víctimas de Género.
 
ii.    Personal contratado por la Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, adscrito a las Unidades locales de Atención (ULA).
i.    Plantilla de la nómina del personal adscrito a las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)"
ii.    Expediente del personal contratado.
iii.   Listas de asistencia diarias, durante el tiempo de duración del proyecto.
iv.   Reporte de incidencias.
i.     Numero de profesionistas participantes del proceso de certificación, sobre número de profesionistas certificados en el Estándar de Competencia EC0539 "Atención Presencial de Primer Contacto a Mujeres Víctimas de violencia de Género".
i.    Informes con evidencias documentales y fotográficas, del antes, durante y cierre del evento de certificación.
ii.    Informe del número de certificados emitidos por el CONOCER, del personal participante.
Objetivo 3. Equipar a las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)", con equipos de cómputo, de impresión y de proyección. Además de darles movilidad, con la adquisición de un Vehículo tipo Camioneta disponible para los tres centros (ULA), cuyo propósito será el traslado de víctimas y brindar servicios itinerantes de asesorías jurídicas y psicológicas, en la comunidad.
Meta 3.1. Adquirir 03 equipos de cómputo, 02 equipos de video proyección, 03 multifuncionales de impresión, y una (01) camioneta de atención, traslado de víctimas y servicios itinerantes.
i.     Número de traslados de personas atendidas.
ii.    Número de servicios que brindó la Unidad Móvil Itinerante.
i.    Facturas y bitácoras.
ii.    Informes periódicos de los servicios realizados.
Objetivo 4. Difundir la ubicación y los servicios que brindan las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)", con la adquisición de Vinilonas informativas, violentometros, banner, trípticos y folletos informativos, de los servicios que se brindan en las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)".
Meta 4.1. adquirir:
-    201 Vinilonas informativas
-    8,000 trípticos
-    193 banners
-    7,000 violentometros tipo separador.
 
i.     Número de Vinilonas informativas adquiridas contra Número de material publicitario colocados en el territorio Municipal.
ii.    Número de trípticos y violentometros adquiridos sobre número de trípticos y folletos distribuidos.
i.    Informe de material publicitario colocado y/o distribuido en el territorio Municipal, incluidas evidencias documentales y fotográficas.
 
 
d.2.1 Pasos a desarrollar
Fase 1. Integración e Instalación del equipo multidisciplinario para la implementación, seguimiento, evaluación y cierre del presente Proyecto.
·   En atención de la doble alerta de género con la que cuenta el municipio de Cuautitlán Izcalli.- Se instalara un equipo para coordinar las acciones, tares y actividades del proyecto, el equipo estará integrado por personal del Instituto Municipal para la Equidad de Género y el Desarrollo de las Mujeres, por representantes de las Direcciones de Administración, Tesorería, Contraloría y un representante de la Presidencia Municipal, el equipo sesionará periódicamente (al menos una vez cada trimestre), documentando los avances y mejoras del proyecto, para la integración del informe.
·   El equipo deberá contar con un programa general de acciones, tareas y actividades a desarrollar para para dar atención al proyecto, antes, durante y al cierre del mismo.
Fase 2. Instalación y puesta en funcionamiento, las Unidades locales de atención, denominadas (ULA).
·   Acercamiento con Directivos de las Escuelas Universitarias en las que se instalarán las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)"; se establecerá comunicación con los Directivos de los Planteles educativos seleccionados para la instalación de las Unidades Locales de Atención (ULA), se les presentará el proyecto, solicitando su participación para la puesta en funcionamiento del mismo, destacando las ventajas y beneficios de contar con una Unidad de ese tipo en la Comunidad Universitaria, en virtud de la problemática identificada en cada una de las zonas seleccionadas. Al finalizar, se deberá contar con la firma de un acuerdo en el que deberá quedar asentando; los servicios que brindan las Unidades, los horarios de atención, los requerimientos materiales, así como los servicios tecnológicos necesarios para iniciar los trabajos.
·   Contratación del Personal que brindará la atención en las ""Unidades locales de atención, denominadas (ULA)", se contrataran a 14 profesionistas de las carreras de; Derecho, Psicología, Trabajo Social y Policía de Género (estos últimos pueden ser personal de la Secretaría de Seguridad Pública), los que deberán cubrir los perfiles de puestos establecidos, con especial énfasis en conocimientos de la problemática de violencia de género que se vive en el estado de México, principalmente en los Municipios Alertados y muy particularmente en el Municipio de Cuautitlán Izcalli.
·   Profesionalización de los profesionistas que brinden atención en las "ULA" en temas de primer contacto; para ello se llevará a cabo el programa de certificación en el Estándar de Competencia EC0539, "Atención Presencial de Primer contacto para Mujeres Víctimas de Género, en la que participarán todos los profesionistas contratados.
Fase 3. Equipamiento de las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)".
·   Debido a que cada una de las "ULA", deben contar con un equipamiento mínimo funcional, se pretende adquirir 03 equipos de cómputo, 02 equipos de video proyección, 03 multifuncionales de impresión, y una (01) camioneta de atención, traslado de víctimas y servicios itinerantes, los cuales para su compra deberán contar con la aprobación del OIC.
Fase 4. Difusión de la ubicación y los servicios que brindan las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)".
·   A efecto de dar a conocer a la comunidad cercana a las "ULA", la ubicación y servicios que brindan dichas unidades locales de atención, se realizará la compra de; 201 Vinilonas informativas de los servicios gratuitos que brindan las Unidades Locales de Atención (ULA) a la Violencia de Género, 8000, trípticos, 193 banners informativos de los tipos y modalidades de violencia, y 7,000 violentometros, para distribuir y colocar en el territorio Municipal cercano a las sedes de las "ULA".
d.3 Cobertura geográfica y población beneficiaria
d.4 Actores estratégicos
Actor
Tipo de participación
·  Centro de Justicia para las Mujeres
·  Participarán brindando acciones de coadyuvancia en los casos de violencia contra mujeres y niñas, que las Unidades Locales de Atención (ULA) a la Violencia de las Mujeres y el propio Instituto canalicen para su resolución o apoyo.
·  Unidad Central de Emergencia y Análisis de la Información (C-4).
·  Participará brindando apoyo en labores de búsqueda y rescate, de mujeres y niñas víctimas de violencia, con el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con las que cuentan.
·  Fiscalía General de Justicia del Estado de México
·  Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia
·  Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia
·  Instituto de Salud del Estado de México
·  Instancias Municipales.
 
·  Participarán brindando acciones de coadyuvancia legales, de salud y de bienestar, en los casos de violencia contra mujeres y niñas, como área resolutiva o de apoyo.
·  Así también, como opciones de canalización para la resolución de situaciones presentadas por la víctima
 
d.5 Identificación de riegos y cómo afrontarlos
Riesgo
Medidas de afrontamiento
1.    Incremento en las cifras de violencia de género, derivado de un nuevo encierro por pandemia.
i       Activar el uso de las redes sociales y Tecnologías de la Información y Apoyarse con la Unidad Central de Emergencia y Análisis de Información, que cuenta con la tecnología de uso de "Drones" para la identificación de casos de violencia.
2.    Contingencia generada la presencia de virus de contagio tales como el COVID, OMICRON, ETC.
i.      Reforzar las medidas de seguridad establecidas, como la aplicación de vacunas, uso de cubre bocas, distanciamiento social y uso de gel antibacterial.
3.    Cambio de Autoridad Responsable.
i       Capacidad para transferir las capacidades y conocimientos a la nueva autoridad responsable.
 
d.6 Cronograma de actividades y gasto
Actividades
Concepto de
gasto
Mes
Monto
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
Meta 1.1. Integrar e Instalar el equipo multidisciplinario para la implementación, seguimiento, evaluación y cierre del presente Proyecto, en atención la doble alerta de género con la que cuenta el municipio de Cuautitlán Izcalli.
Meta 1.2. Programar las Acciones, tareas y actividades, que involucra el Proyecto, implementado en atención la doble alerta de género con la que cuenta el municipio de Cuautitlán Izcalli.
Sin concepto de
gasto.
Sin Concepto de
Gasto
 
X
X
 
X
X
 
 
 
 
 
 
00.00
00.00
 
Meta 2.1. Establecer contacto y solicitar apoyo de los Directivos de los Planteles Universitarios de la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán (UNAM) y la Universidad Politécnica de Cuautitlán Izcalli), para la instalación y puesta en funcionamiento de las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)", debido a que se seleccionaron dichas sedes, por la problemática y sitios de riesgo en los que se encuentran dichos campus.
Sin concepto de
gasto
 
X
 
X
 
 
 
 
 
00.00
Meta 2.2. Contratar (para la puesta en funcionamiento) en la modalidad de "Honorarios", al personal que brindará atención de primer contacto en las "Unidades locales de atención, denominadas (ULA)", cabe señalar que, de conformidad con el perfil profesional establecido, se contratará personal multidisciplinario de las carreras de Derecho, Psicología, Trabajo Social y Policía de Género de la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.
Pago por concepto
de honorarios de
14 profesionistas.
 
X
X
X
X
X
$864,000.00
Meta 2.3. Llevar a cabo el programa de certificación en el Estándar de Competencia EC0539, "Atención Presencial de Primer contacto para Mujeres Víctimas de Género.
Certificación para
12 servidoras y/o
servidores
públicos, en el
estándar EC0539.
 
X
 
 
 
 
$72,000.00
Meta 3.1. Adquirir 03 equipos de cómputo, 02 equipos de video proyección, 03 multifuncionales de impresión, y una (01) camioneta de atención, traslado de víctimas y servicios itinerantes.
Compra de equipos de cómputo.
Compra de equipos de video proyección.
Compra de multifuncionales e impresoras y compra de una camioneta.
 
X
 
 
 
 
$789,732.00
Meta 4.1. adquirir:
-201 vinilonas
informativas
-8,000 trípticos
-193 banners
-7,000 violentometros tipo
separador.
Adquisición de
material de
difusión.
 
X
 
 
 
 
$274,268.00
DOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.
$2,000,000.00
 
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar la o las personas físicas o morales que realizarán el proyecto, distintas a aquellas que sean servidoras públicas.
Tipo de perfil requerido:
Prestador de Servicios Profesionales
Proveedor de Servicios
 
Áreas de especialización requeridas.
Áreas de especialización
Años de Experiencia Mínima
Requerida
Grado o nivel de
especialización
Ciencias Jurídicas
1 años
Licenciatura
Psicología
1 años
Licenciatura
Trabajo Social
1 años
Licenciatura
Perspectiva de Género
1 años
Licenciatura
 
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal del mismo rubrican el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Vigésimo octavo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/MEX/AC2/SM/17, en la Ciudad de México a 15 de julio de 2022.
______________________________
 

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TIIE 91 DIAS
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