ACUERDO por el que se suspenden por causas de fuerza mayor los servicios del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
ALFREDO CARLOS RENDÓN ALGARA, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22 y 59 fracciones I, V y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 6, 8, 10 y 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial es la autoridad administrativa encargada de reconocer y conservar de los derechos de propiedad industrial, así como de tutelar los derechos de autor, a través de las infracciones en materia de comercio, estando sus trámites y servicios sujetos al cumplimiento de plazos fijados por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial;
Que a las 13:05 horas del día lunes 19 de septiembre de 2022 se registró un sismo el cual produjo afectaciones en la Ciudad de México y el centro del país;
Que las oficinas del Instituto fueron cerradas de manera precautoria en la misma fecha a fin de garantizar la integridad física de los usuarios y los servidores públicos del Instituto, así como para efectuar la revisión de los inmuebles;
Que al cerrarse las oficinas deberán suspenderse los servicios del Instituto y declararse como día inhábil, a partir de las 13:05 horas, el lunes 19 de septiembre de 2022, a fin de dar certeza y seguridad jurídica sobre el cómputo de los plazos fijados por la Ley, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDEN POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR LOS SERVICIOS DEL
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Artículo 1o.- Se suspenden por causas de fuerza mayor los servicios del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, el día lunes 19 de septiembre de 2022, a partir de las 13:05 horas. Las actividades se reanudarán el martes 20 del mismo mes y año.
Artículo 2o.- El periodo de tiempo comprendido en la suspensión a que se refiere el artículo anterior, se considerarán como inhábil, para efectos de lo dispuesto por los artículos 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.
Artículo 3o.- Publíquese el presente Acuerdo en la página web de este Organismo: www.gob.mx/impi, así como en el Diario Oficial de la Federación.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 19 de septiembre de 2022.- El Director General, Alfredo Carlos Rendón Algara.- Rúbrica.
(R.- 527280)