DOF: 07/10/2022
ACUERDO por el que se delega en la Dirección de Operación, de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, la facultad de designar al servidor público que fungirá como Residente de Obra y de Servicios para vigilar la correcta ejecución de

ACUERDO por el que se delega en la Dirección de Operación, de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, la facultad de designar al servidor público que fungirá como Residente de Obra y de Servicios para vigilar la correcta ejecución de los trabajos inherentes a la Modernización de las Plazas de Cobro, así como cumplir con lo establecido en el artículo 113 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, además de aquellas disposiciones aplicables en la materia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

ACUERDO DE LA CIUDADANA DIRECTORA GENERAL DE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN LA DIRECCIÓN DE OPERACIÓN, DE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS, LA FACULTAD DE DESIGNAR AL SERVIDOR PÚBLICO QUE FUNGIRÁ COMO RESIDENTE DE OBRA Y DE SERVICIOS PARA VIGILAR LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS INHERENTES A LA MODERNIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE COBRO, ASÍ COMO CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 113 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, ADEMÁS DE AQUELLAS DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA.
La que suscribe Maestra Elsa Julita Veites Arévalo, Directora General de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (en adelante CAPUFE), con fundamento en las atribuciones que me son conferidas por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 11, 14, 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; PRIMERO y OCTAVO del Decreto que Reestructura la Organización y Funcionamiento del Organismo Público Descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; 1, 2, 4, 21, 22 fracciones II, XIV, XXII, XLI, 23 y 49 fracciones XI y XII y demás relativos aplicables del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, emito el presente acuerdo con base en los siguientes:
CONSIDERANDO
I.     Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 22, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, se faculta a los Directores Generales de los Organismos Descentralizados a celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos inherentes a su objeto, sin perjuicio de las facultades que señalen otras leyes, ordenamientos o estatutos.
II.     Que el artículo 21 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, establece que la representación del Organismo, así como, el trámite y resolución de los asuntos de su competencia corresponden originalmente a la Dirección General, quien para la mejor distribución, desarrollo y realización del trabajo, podrá delegar sus facultades en servidores públicos subalternos, sin perder por ello su ejercicio directo, con excepción de aquellas que deberán ser ejercidas directamente por la Dirección. Asimismo, se auxiliará de las unidades administrativas adscritas a la oficina de la Dirección General y, en el ámbito de sus respectivas funciones, en las Direcciones, Coordinaciones, Secretaría Técnica, Subdirecciones, Unidades Regionales, Gerencias de Tramo y demás Unidades Administrativas de CAPUFE, así como, del personal adscrito a éstas.
III.    Aunado a lo anterior, las fracciones XIV y XLI del artículo 22 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, facultan a la Dirección General para tomar las medidas pertinentes, a fin de que las funciones del Organismo se realicen de manera articulada, congruente y eficaz, así como, para preparar y mantener una administración ágil y eficiente.
IV.   Que con base en el Acuerdo 043 de fecha 5 marzo del 2021, la C. Elsa Julita Veites Arévalo, Directora General de CAPUFE tuvo a bien autorizar que las funciones y personal correspondiente a todos los procesos de Obra Pública del Programa de Modernización de Plazas de Cobro que desempeña la Gerencia de Modernización de Plazas de Cobro se reincorporara a la Subdirección de Supervisión de Operación adscrita a la Dirección de Operación.
V.    Que analizando las funciones conferidas a la Dirección Técnica a través del artículo 34 y las funciones otorgadas a la Dirección de Operación a través del artículo 33 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, es la Dirección de Operación la encargada de vigilar el adecuado funcionamiento, operación y mantenimiento de las Plazas de Cobro, así como someter ante la Dirección General el Programa Anual de Conservación de las Mismas, por lo que la Dirección Técnica no tiene injerencia en la ejecución de dicho programa de conservación.
VI.   Que la Dirección de Operación siendo la encargada del mantenimiento de las Plazas de Cobro, debe ser la facultada para Designar al servidor público que funja como Residente de Obra, toda vez que dicha Dirección es la responsable de su conservación.
 
VII.   Que con el propósito de cumplir con las disposiciones establecidas en el numeral XIV del artículo 34 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, y con la finalidad de agilizar el proceso de designación de residencia de obra para los trabajos de modernización de plazas de cobro, así como cumplir con el artículo 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.- Se delega a la Dirección de Operación las atribuciones para a designar al servidor público que funja como Residente de Obra y de Servicios para vigilar la correcta ejecución de los trabajos inherentes a la Modernización de las Plazas de Cobro, así como cumplir con lo establecido en el artículo 113 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, además de aquellas disposiciones aplicables en la materia; contando también con las ya conferidas en los artículos 27 y 33 del propio Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, con la establecida en la fracción XIV del artículo 34 del citado ordenamiento, precisando que sólo tendrá esta facultad cuando se traten de trabajos relacionados con el mantenimiento y modernización de las plazas de cobro, misma que a continuación se describe para efecto de mayor claridad:
XIV. Designar al Servidor Público que fungirá como Residente de Obra y de Servicios relacionados con las mismas;
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Cúmplase:
Cuernavaca, Morelos, a 15 de agosto de dos mil veintidós.- Así lo resolvió la Ciudadana Directora General de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, quien lo refrenda, Maestra Elsa Julita Veites Arévalo.- Rúbrica.
(R.- 527241)
 

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