CONVENIO Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Quintana Roo CONVENIO Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Quintana Roo. CONVENIO ESPECFICO EN MATERIA DE MINISTRACIN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVS DE LA SECRETARA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARA", POR CONDUCTO DEL DR. HUGO LPEZ GATELL RAMREZ, SUBSECRETARIO DE PREVENCIN Y PROMOCIN DE LA SALUD, ASISTIDO POR LA DRA. MARA GUADALUPE LUCERO RODRGUEZ CABRERA, DIRECTORA DE ESTRATEGIAS Y DESARROLLO DE ENTORNOS SALUDABLES; EL DR. JOS LUIS ALOMA ZEGARRA, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGA; LA T.R. MARA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; EL DR. ARTURO GARCA CRUZ, SECRETARIO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES; EL DR. RUFINO LUNA GORDILLO, DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. RUY LPEZ RIDAURA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES.; LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y LA DRA. MIRIAM ESTHER VERAS GODOY, DIRECTORA GENERAL DE CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR LA MSP. ALEJANDRA AGUIRRE CRESPO, SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD Y LA M.I. YOHANET TEODULA TORRES MUÑOZ, SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIN, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA SECRETARA" y "LA ENTIDAD" celebraron el ACUERDO MARCO DE COORDINACIN, con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general y fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales, mediante la suscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación de "LA ENTIDAD" con "LA SECRETARA", en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO". II. De conformidad con lo establecido en la cláusula SEGUNDA de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos que al efecto se celebren serán suscritos por LA MSP. ALEJANDRA AGUIRRE CRESPO, SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD Y LA M.I. YOHANET TEODULA TORRES MUÑOZ, SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIN por parte de "LA ENTIDAD", y por la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud por sí misma, o asistida por los titulares de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tiene adscritos, por parte de "LA SECRETARA". III. "LA SECRETARA" tiene dentro de sus objetivos, la atención de los retos de la salud que enfrenta el país, a los cuales se han asociado metas estratégicas, líneas de acción y actividades que corresponden a las prioridades del sector salud para contribuir al logro de sus objetivos, y destaca, en materia de salud pública, el fortalecer e integrar las acciones de promoción de la salud, prevención y control de enfermedades, las cuales se concretan en 36 Programas de Acción Específicos, en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS". DECLARACIONES I. "LA SECRETARA" declara que: I.1. Dr. Hugo López Gatell Ramírez, en su carácter de Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 8, fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como el Artículo nico, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, modificado por el diverso publicado en el citado órgano de difusión oficial el 12 de enero de 2015, cargo que se acredita con la copia fotostática del nombramiento, la cual se acompaña como parte del Anexo 1 de este instrumento. I.2. La Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de ejecución, coordinación, dirección, supervisión y evaluación de aquellas políticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. I.3. Las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los secretariados técnicos de los consejos nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, apartado C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47 del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se acompañan como parte del Anexo 1 del presente instrumento. I.4. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, a las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, les corresponde, entre otras atribuciones, proponer las políticas y estrategias nacionales de los programas de prevención y promoción de la salud; participar en el ámbito de sus respectivas competencias en la instrumentación del Sistema de Protección Social en Salud; promover la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; establecer los procedimientos para la instrumentación y operación de la Estrategia de Prevención y Promoción de la Salud; y proponer o definir los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución oportuna, suficiente y de calidad del material y los insumos utilizados en "LOS PROGRAMAS". I.5. Cada una de las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud cuentan con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento. I.6. Para los efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en la calle de Lieja número 7, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México. II. "LA ENTIDAD" declara que: 1. Que de conformidad con el artículo 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; así como en los artículos 2, 3, 4, 19 fracción III, 21, 30 fracciones VII y XIX, y 33 fracciones I, III, XI, XVI, XXXIII, XXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, la Secretaría de Finanzas y Planeación es la dependencia de la Administración Pública Centralizada a la que le corresponde coordinar la planeación del desarrollo estatal, formular y aplicar la política hacendaria, crediticia y del gasto público, ejecutar y controlar el ejercicio del presupuesto con base en los programas para cada una de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, de conformidad con la políticas, objetivos y lineamientos establecidos por el Gobernador del Estado. 2. Que en representación de la Secretaría de Finanzas y Planeación comparece su titular, la M.I. Yohanet Teódula Torres Muñoz, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor emitido por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado de fecha 01 de junio de 2018, y que se encuentra facultada para la suscripción del presente instrumento en términos de lo dispuesto en la normatividad invocada en el párrafo inmediato anterior, así como de los artículos 3, 4, 8 y 9 fracciones I, VII, XLII y XLVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación. 3. Que la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios Estatales de Salud, la MSP. Alejandra Aguirre Crespo, acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio, de conformidad con los artículos 1, 3, 4, 16, 19 fracción XI, 30 fracción VII y 41 fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, y artículos 1 y 10 fracción XII del Decreto número 25 por el que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios Estatales de Salud, y artículos 37 y 38 del Reglamento Interior de los Servicios Estatales de Salud, cargo que acredita mediante los nombramientos de fecha 25 de septiembre de 2016, expedido por el C.P. Carlos Manuel Joaquín González, Gobernador del Estado de Quintana Roo. 4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son proponer, coordinar y supervisar la política en materia de asistencia social, apoyar los programas de servicios de salud, atención médica social, prevención de enfermedades y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros daños a la salud, de conformidad con lo establecido en los artículos 1o., 3o., 5o., y 13 de la Ley de Salud del Estado de Quintana Roo y en los artículos 1o., 3o., 9o. y 13o. de la Ley General de Salud. 5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, 2º piso, Avenida 22 de Enero número 1, entre Héroes y Juárez, Colonia Centro, C. P. 77000, Chetumal, Quintana Roo. Expuesto lo anterior, toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, así como que dichas ministraciones se sujeten a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicha Ley se señalan, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio Específico tiene por objeto ministrar recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, así como insumos federales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con "LA SECRETARA", en términos de lo previsto en los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en la ejecución de "LOS PROGRAMAS", que comprende la realización de intervenciones y el cumplimiento de metas de cada uno de ellos, a fin de permitir a "LA ENTIDAD" su adecuada instrumentación, así como fortalecer la integralidad de las acciones de Prevención y Promoción de la Salud. En los Anexos 2, 3 y 5 del presente instrumento, se mencionan "LOS PROGRAMAS" en los que se aplicarán tales recursos y en el Anexo 4 se precisan los Programas-Indicadores-Metas que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARA", anexos que debidamente firmados por "LAS PARTES" forman parte del mismo. La ministración de recursos federales que efectúe "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD", se realizará conforme a la tabla siguiente: No. | UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIN | CLAVE DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO | MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARA" (Pesos) | RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES | INSUMOS FEDERALES | TOTAL | 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | P018 | 939,997.00 | 0.00 | 939,997.00 | 3 | Alimentación y Actividad Física | U008 | 19,600,000.00 | 0.00 | 19,600,000.00 | Subtotal | | 20,539,997.00 | 0.00 | 20,539,997.00 | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL | 1 | Salud Mental | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | Subtotal | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES | 1 | Seguridad Vial | P018 | 519,000.00 | 0.00 | 519,000.00 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | P018 | 250,000.00 | 0.00 | 250,000.00 | Subtotal | | 769,000.00 | 0.00 | 769,000.00 | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | U009 | 771,526.00 | 0.00 | 771,526.00 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | U009 | 667,983.60 | 45,148.00 | 713,131.60 | Subtotal | | 1,439,509.60 | 45,148.00 | 1,484,657.60 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | P016 | 290,500.00 | 2,379,253.00 | 2,669,753.00 | Subtotal | | 290,500.00 | 2,379,253.00 | 2,669,753.00 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | P020 | 5,040,472.06 | 3,053,935.17 | 8,094,407.23 | 2 | Salud Materna y Perinatal | P020 | 4,378,265.13 | 1,091,351.60 | 5,469,616.73 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | P020 | 709,436.00 | 0.00 | 709,436.00 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | P020 | 1,122,768.00 | 0.00 | 1,122,768.00 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | P020 | 2,842,397.00 | 559,504.80 | 3,401,901.80 | 6 | Igualdad de Género en Salud | P020 | 163,559.00 | 0.00 | 163,559.00 | Subtotal | | 14,256,897.19 | 4,704,791.57 | 18,961,688.76 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | P018, U009 | 16,158.00 | 33,946.00 | 50,104.00 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | U009 | 1,963,960.00 | 8,535,050.00 | 10,499,010.00 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | U009 | 183,756.00 | 0.00 | 183,756.00 | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | U009 | 106,180.00 | 0.00 | 106,180.00 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | U009 | 125,270.00 | 0.00 | 125,270.00 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | U008 | 322,815.00 | 0.00 | 322,815.00 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | U008 | 1,169,886.00 | 0.00 | 1,169,886.00 | 12 | Atención del Envejecimiento | U008 | 115,422.00 | 0.00 | 115,422.00 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | U009 | 48,474.00 | 0.00 | 48,474.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | P018 | 0.00 | 23,321.84 | 23,321.84 | 15 | Eliminación de la Lepra | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | U009 | 257,226.36 | 0.00 | 257,226.36 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarréicas Agudas y Cólera | U009 | 118,157.85 | 0.00 | 118,157.85 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | U009 | 9,200.00 | 0.00 | 9,200.00 | Subtotal | | 4,436,505.21 | 8,592,317.84 | 13,028,823.05 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA | 1 | Vacunación Universal | E036 | 2,941,776.00 | 27,658,067.50 | 30,599,843.50 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | P018 | 1,492,348.00 | 0.00 | 1,492,348.00 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | P018 | 190,430.00 | 0.00 | 190,430.00 | Subtotal | | 4,624,554.00 | 27,658,067.50 | 32,282,621.50 | Total de recursos federales a ministrar a "LA ENTIDAD" | | 46,356,963.00 | 43,379,577.91 | 89,736,540.91 | La ministración de recursos presupuestarios federales que realice "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD", se hará considerando la estacionalidad del gasto y, en su caso, el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF). Los recursos presupuestarios federales otorgados a "LA ENTIDAD" se considerarán devengados para "LA SECRETARA", a partir de que ésta realice la entrega de los mismos a la Secretaría de Finanzas y Planeación de "LA ENTIDAD", no así para "LA ENTIDAD". SEGUNDA. MINISTRACIN.- Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, "LA SECRETARA", con cargo a su presupuesto, ministrará a "LA ENTIDAD" recursos federales, en carácter de subsidios, hasta por la cantidad de $89,736,540.91 (OCHENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA PESOS 91/100 M.N), para la realización de las intervenciones y el cumplimiento de las metas que contemplan "LOS PROGRAMAS". Los recursos presupuestarios federales por un monto de $46,356,963.00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N), se radicarán a la Secretaría de Finanzas y Planeación de "LA ENTIDAD", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARA". Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3 del presente instrumento. La Secretaría de Finanzas y Planeación de "LA ENTIDAD", se obliga a ministrar los recursos a que se refiere el párrafo anterior a la Unidad Ejecutora, junto con los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que "LA SECRETARA" le radique dichos recursos, de conformidad con "EL ACUERDO MARCO". Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora a la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios Estatales de Salud. Los recursos presupuestarios federales ministrados, que después de radicados en la Secretaría de Finanzas y Planeación de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos de este Convenio, serán considerados por "LA SECRETARA" como recursos ociosos, debiendo "LA ENTIDAD" proceder a su reintegro junto con sus rendimientos financieros al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días naturales siguientes en que lo requiera "LA SECRETARA". Dicho reintegro aplicará también en a aquellos casos en que los recursos sean desviados para propósitos distintos a los autorizados en el presente instrumento. Los insumos federales que suministre "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD", por un monto total de $43,379,577.91 (CUARENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS 91/100 M.N), serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios Estatales de Salud. Los insumos federales que no sean destinados en tiempo y forma a "LOS PROGRAMAS" señalados en el Anexo 5 de este Convenio Específico, serán considerados por "LA SECRETARA" como recursos ociosos, por lo que las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", podrán solicitar su devolución para reasignarlos. "LAS PARTES" convienen expresamente que los recursos presupuestarios federales e insumos federales otorgados en el presente Convenio Específico, no son susceptibles de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de ministraciones posteriores en el ejercicio en curso, ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operaciones inherentes a las obras y equipamientos, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo. TERCERA. VERIFICACIN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LA SECRETARA" y "LA ENTIDAD" convienen en sujetarse a lo siguiente: 1. "LA SECRETARA" verificará, por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", que los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico, sean destinados para fortalecer la integralidad de las acciones de prevención y promoción de la salud de "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal. 2. Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que "LA SECRETARA" se compromete a ministrar y suministrar, respectivamente, a "LA ENTIDAD", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca. 3. "LA SECRETARA", por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", podrá controlar, vigilar, supervisar, dar seguimiento y evaluar en todo momento las obligaciones que asume "LA ENTIDAD", así como la aplicación y destino de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se le entregan en el marco del presente instrumento. 4. "LA SECRETARA", por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normativa vigente y, en su caso, suspenderá o cancelará las subsecuentes ministraciones de recursos presupuestarios federales, cuando éstos no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD", para los fines objeto del presente Convenio Específico, o bien, se haya aplicado en contravención a sus cláusulas, o a las de "EL ACUERDO MARCO". 5. "LA SECRETARA", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", practicará, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión a efecto de observar los avances de "LOS PROGRAMAS", estando obligada "LA ENTIDAD", a la entrega del formato de certificación del gasto que se obtenga del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, en adelante, "SIAFFASPE", así como a exhibir la documentación comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento. 6. Para el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a "LA ENTIDAD", "LA SECRETARIA" ha implementado el "SIAFFASPE", como una herramienta informática, utilizada para apoyar la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados a "LA ENTIDAD". CUARTA. INDICADORES Y METAS.- Los recursos federales que ministre "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD", se aplicarán en "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera del presente instrumento, a fin de alcanzar las metas con base en los indicadores que se establecen en el Anexo 4 del presente instrumento. QUINTA. APLICACIN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que ministre y suministre, respectivamente, "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD", serán destinados, ejercidos y aplicados en forma exclusiva en las intervenciones y cumplimiento de metas de acuerdo a los indicadores que contemplan "LOS PROGRAMAS", en términos de lo estipulado en la Cláusula Primera de este Instrumento. Los recursos presupuestarios federales, a que refiere el párrafo anterior, deberán ser ejercidos con cargo a las partidas de gasto autorizadas por las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", a través del "SIAFFASPE", en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio). Los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico no podrán desviarse hacia cuentas en las que "LA ENTIDAD" maneje otro tipo de recursos ni traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal. La alineación de los recursos presupuestarios del Ramo 33, Aportación Estatal, y Otra, así como los de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, a que hace referencia el APNDICE del presente Convenio, no forman parte de los recursos federales ministrados por "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente Convenio, ya que solo se señalan para efectos informativos, por lo que el control, vigilancia y supervisión respecto de la aplicación, ejercicio y comprobación de dichos recursos, serán responsabilidad de quienes tienen a su cargo dichas fuentes de financiamiento. En consecuencia, la información de la distribución de los recursos referidos en el presente párrafo se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". Las contrataciones de personal que realice "LA ENTIDAD" con los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico, se deberán realizar aplicando los perfiles contenidos en el Catalogo Sectorial de Puestos, vigente, las disposiciones administrativas de contratación de personal que establezca la Dirección General de Recursos Humanos de "LA SECRETARA" y los aspectos técnicos que para la operación de "LOS PROGRAMAS" se establezcan en el "SIAFFASPE". SEXTA. DOCUMENTOS PARA EL EJERCICIO Y COMPROBACIN DE RECURSOS.- Los requisitos y especificaciones, para el ejercicio y comprobación de recursos ministrados a través del presente Convenio, establecidos en los Criterios para la Contratación de Personal con Recursos del Ramo 12, 2019, así como en los Criterios para la Comprobación del Gasto, 2019, registrados en el "SIAFFASPE", son de carácter obligatorio para "LAS PARTES" y forman parte integrante del presente instrumento. SPTIMA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- "LAS PARTES" convienen en que los gastos administrativos que deriven del cumplimiento del presente instrumento jurídico, deberán ser realizados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios. OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- "LA ENTIDAD", adicionalmente a las obligaciones establecidas en "EL ACUERDO MARCO", deberá: I. Registrar en el Módulo de Presupuesto-Registro de la Recepción, del "SIAFFASPE", dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los recursos ministrados por "LA SECRETARA", objeto del presente Convenio, el archivo electrónico, en formato PDF, el recibo del Comprobante Fiscal Digital por Internet, CFDI, con el cual acredite la recepción de dichos recursos. II. Aplicar la totalidad de los recursos presupuestarios federales e insumos federales a que se refiere la Cláusula Primera de este Convenio Específico, exclusivamente para coordinar su participación con "LA SECRETARA", en la ejecución de "LOS PROGRAMAS", con estricta sujeción a los índices, indicadores y metas señalados en el Anexo 4 del presente instrumento, por lo que se hace responsable del ejercicio, uso, aplicación y destino de los citados recursos federales. III. Entregar a "LA SECRETARA", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados que tienen a cargo cada uno de "LOS PROGRAMAS", los certificados del gasto que se obtengan del "SIAFFASPE", respecto de la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados, así como de los reintegros a la Tesorería de la Federación que realice "LA ENTIDAD", elaborados y validados por el titular de la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios Estatales de Salud, o por aquel servidor público en quien éste delegue dichas funciones, conforme a la normativa aplicable en "LA ENTIDAD". IV. Obtener la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio Específico, la cual deberá estar a nombre de la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios Estatales de Salud y cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como con los requisitos que establezcan los Criterios para la Comprobación del Gasto, 2019 señalados en el "SIAFFASPE". Dicha documentación comprobatoria se deberá cancelar con la leyenda "Operado", y se identificará con el nombre de "LOS PROGRAMAS" en los que se haya efectuado el gasto haciéndose mención expresa a que dichas erogaciones corresponden al ejercicio fiscal 2019. V. Registrar en el Módulo de Registro de Comprobaciones del "SIAFFASPE", en formato PDF, la documentación comprobatoria y justificatoria del gasto, que soporta los certificados del gasto, generados a través del "SIAFFASPE", que se entreguen a las unidades administrativas y órganos desconcentrados. VI. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios Estatales de Salud, por lo menos 5 años posteriores a su expedición, la documentación comprobatoria original de carácter técnico, administrativo y operativo del cumplimiento de las metas a que hace referencia el Anexo 4 del presente instrumento, y en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle. VII. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios Estatales de Salud, por lo menos 5 años a partir de la fecha de su expedición, la documentación comprobatoria y justificatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, y en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle. VIII. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios Estatales de Salud, la documentación comprobatoria original de los insumos federales suministrados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARA" y en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle. IX. Informar a "LA SECRETARA", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", mediante los formatos que se generan a través del Módulo Informes Trimestrales del "SIAFFASPE", y con los requisitos solicitados en dicho Módulo, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación de los tres primeros trimestres del ejercicio fiscal 2019 y a más tardar el 15 de marzo del 2020, el informe correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2019, sobre la aplicación, destino y resultados obtenidos de los recursos presupuestarios federales e insumos federales ministrados y suministrados, respectivamente, así como del avance de "LOS PROGRAMAS", incluyendo el cumplimiento de las intervenciones y metas con base en sus indicadores, a que se refiere la Cláusula Primera de este Convenio Específico, así como el avance y, en su caso, resultados finales de las acciones realizadas para el cumplimiento de objeto del presente instrumento. X. Reportar de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los consejos nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. XI. Manejar adecuadamente el ciclo logístico para la conservación y distribución oportuna de los insumos federales que se le suministren con motivo de este instrumento. XII. Mantener en condiciones óptimas de operación, los sistemas de red de frío para el mantenimiento de los insumos y vigilar la vigencia de los insumos federales suministrados de aplicación directa a la población de su circunscripción territorial, evitando la caducidad de los mismos. XIII. Verificar que todos los procedimientos referentes a la remodelación, modificación, ampliación y equipamiento de los laboratorios de referencia epidemiológica que se realicen en "LA ENTIDAD" cumplan con lo dispuesto por las leyes, reglamentos, decretos, circulares y normas de las autoridades competentes en materia de salubridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal. XIV. Registrar como activos fijos, los bienes muebles que serán adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento, de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia de ejercicio, registro y contabilidad del gasto público gubernamental. XV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico, una vez devengados conforme al avance del ejercicio e informar de ello en la cuenta pública de la Hacienda Pública Estatal y en los demás informes que le sean requeridos, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que en su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación se sujetará a las disposiciones federales aplicables. XVI. Contratar con recursos de "LA ENTIDAD", y mantener vigentes las pólizas de seguros y de mantenimientos preventivo y correctivo de los bienes muebles que sean adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento. XVII. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de "LOS PROGRAMAS" y, en su caso, proporcionar las facilidades, viáticos y transportación para la asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los consejos nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con cargo a los recursos federales que se ministren con motivo del presente Convenio, con apego a los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, o bien, con cargo a los recursos de la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios Estatales de Salud de "LA ENTIDAD", de acuerdo con lo que para tal efecto se señale en el "SIAFFASPE". XVIII. Entregar de manera mensual a la Dirección General de Recursos Humanos de "LA SECRETARA", los reportes de nómina del personal contratado con cargo a los recursos que se ministren con motivo del presente instrumento, de conformidad con los plazos y la vigencia establecidos en "LOS PROGRAMAS", los cuales deberán contener al menos: el nombre, Registro Federal de Contribuyentes, Clave nica de Registro de Población, código (de acuerdo al catálogo de puestos y tabulador de sueldos de las ramas médica, paramédica y grupos afines vigente), Clave nica de Establecimientos de Salud, fecha de ingreso, vigencia del contrato, detalle y resumen de percepciones, deducciones, percepción neta, quincena de pago. XIX. Mantener actualizados los indicadores de desempeño, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos. XX. Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de las metas para las que se destinan los recursos federales ministrados. XXI. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD". XXII. Publicar el presente Convenio Específico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD". XXIII. Difundir en su página de Internet "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y presupuestarios, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. XXIV. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a los plazos y requisitos previstos en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, los recursos presupuestarios federales ministrados que al 31 de diciembre de 2019 no hayan sido devengados. XXV. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio, los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales ministrados por "LA SECRETARA", e informar a las diferentes instancias fiscalizadoras, cuando así lo requieran, el monto y fecha de dicho reintegro. La autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos presupuestarios federales erogados a que se refiere la fracción VI de esta Cláusula, será responsabilidad de la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios Estatales de Salud. NOVENA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARA".- "LA SECRETARA", por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", estará obligada a: I. Ministrar los recursos presupuestarios federales a la Secretaría de Finanzas y Planeación de "LA ENTIDAD", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento de conformidad con el Anexo 3 de este Convenio Específico. II. Suministrar los insumos federales a la Secretaría de Salud y Dirección General de los Servicios Estatales de Salud de "LA ENTIDAD", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento, de conformidad con lo establecido y detallado en el Anexo 5 de este Convenio Específico. III. Verificar que los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se ministren y suministren, respectivamente, no permanezcan ociosos y que sean destinados únicamente para "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera de este Convenio Específico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias de fiscalización federales. IV. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el objeto para el cual serán destinados los recursos presupuestarios federales ministrados. V. Proporcionar la asesoría técnica necesaria a "LA ENTIDAD" a fin de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, en los tiempos y para la prestación de los servicios relacionados con las materias de salubridad general. VI. Practicar, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión y establecer mecanismos para asegurar la aplicación de los recursos federales ministrados y el cumplimiento del objeto del presente instrumento. VII. Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informar, a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, a la Secretaría de la Función Pública, a la Auditoria Superior de la Federación, a la Secretaría de la Contraloría estatal o equivalente de "LA ENTIDAD", así como a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "LA SECRETARA" y, ésta a su vez, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los casos en que: a) Se determine suspender o cancelar la ministración de los recursos presupuestarios federales objeto de este convenio y b) Se reintegre a la Tesorería de la Federación los recursos federales que se hayan ministrados a "LA ENTIDAD" . VIII. Informar en la cuenta pública de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico. IX. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento. X. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento serán ministrados y suministrados, respectivamente, a "LA ENTIDAD" de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de verificación, control, evaluación y fiscalización a que hace referencia la Cláusula Décima del presente instrumento. XI. Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos presupuestarios federales e insumos federales. XII. Emitir a más tardar el 15 de marzo de 2020, mediante el formato que se genere a través del "SIAFFASPE" el Acta de Conciliación de Insumos. XIII. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a la Auditoría Superior de la Federación. XIV. Publicar el presente Convenio Específico en el Diario Oficial de la Federación. XV. Difundir en su página de Internet "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y presupuestarios, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. DCIMA. ACCIONES DE CONTROL, VIGILANCIA, SUPERVISIN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos que ministre "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento no pierden su carácter federal, por lo que el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación, corresponderá a "LA SECRETARA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las instancias de fiscalización federales que correspondan en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación que, en coordinación con las instancias de fiscalización federales, realicen los órganos de fiscalización de "LA ENTIDAD" y se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto público federal. DCIMA PRIMERA. RELACIN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. DCIMA SEGUNDA. VIGENCIA.- El presente Convenio Específico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2019. DCIMA TERCERA. MODIFICACIONES AL CONVENIO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD". En caso de contingencias para la realización de "LOS PROGRAMAS" previstos en este instrumento, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas necesarias que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas acordadas serán formalizadas mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DCIMA CUARTA. CAUSAS DE TERMINACIN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en "EL ACUERDO MARCO". DCIMA QUINTA. CAUSAS DE RESCISIN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse administrativamente en su totalidad, o bien, de forma parcial, por cada una de las unidades administrativas u órganos desconcentrados en lo concerniente a "LOS PROGRAMAS" que les corresponda, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO". DCIMA SEXTA. OBLIGATORIEDAD DEL ACUERDO MARCO.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Específico, "LAS PARTES" convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente instrumento como si a la letra se insertasen, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado a los un días del mes de febrero del año dos mil diecinueve. ANEXO 1 CONVENIO ESPECIFICO EN MATERIA DE MINISTRACIN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE "LA SECRETARA", Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO POR CONDUCTO DE "LA ENTIDAD". Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "LA SECRETARA" 1 | Dr. Hugo López Gatell Ramírez | Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud. | 2 | Dra. María Guadalupe Lucero Rodríguez Cabrera | Directora de Estrategias y Desarrollo de Entornos Saludables. | 3 | Dr. José Luis Alomía Zegarra | Director General de Epidemiología. | 4 | T.R. María Virginia González Torres | Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental. | 5 | Dr. Arturo García Cruz | Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes. | 6 | Dr. Rufino Luna Gordillo | Director General Adjunto de Salud Reproductiva. | 7 | Dr. Ruy López Ridaura | Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades. | 8 | Dra. Patricia Estela Uribe Zúñiga | Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA. | 9 | Dra. Miriam Esther Veras Godoy | Directora General de Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. | Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "LA ENTIDAD" 1 | MSP. Alejandra Aguirre Crespo | Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios Estatales de Salud | 2 | M.I. Yohanet Teodula Torres Muñoz | Secretaria de Finanzas y Planeación | C. Hugo López Gatell Ramírez, Presente. Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, he tenido a bien nombrarlo Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud. Rúbrica. Ciudad de México, a 1 de diciembre de 2018. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal NOMBRAMIENTO No. SSA C-192 NOMBRAMIENTO C. MARA GUADALUPE LUCERO RODRGUEZ CABRERA Presente Lic. Luis Pablo Monreal Loustaunau, Director General de Recursos Humanos en la Secretaría de Salud, previa determinación del Comité Técnico de Profesionalización de esta Dependencia, tengo a bien nombrarle con el carácter de: SERVIDOR PBLICO DE CARRERA TITULAR EN EL PUESTO DE DIRECCION DE ESTRATEGIAS Y DESARROLLO DE ENTORNOS SALUDABLES Con el rango de Dirección de Área con código de puesto CFMB002, sujeto al Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, adscrita a la Dirección General de Promoción de la Salud a partir del 28 de febrero de 2010. Lo anterior con fundamento en los artículos 10 fracción II y Tercero Transitorio de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 5 y Quinto Transitorio de su Reglamento y 29 Fracción XXII, del Reglamento Interior vigente de la Secretaría de Salud. ''Mérito e Igualdad de Oportunidades" México, D. F., a 1 de septiembre de 2010. Rúbrica. LIC. LUIS PABLO MONREAL LOUSTAUNAU DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS SALUD SECRETARA DE SALUD Nombramiento No. DD-003/2018 Código 12-316-1-M1C026P- 0000065-E-X-V DR. JOS LUIS ALOMA ZEGARRA P R E S E N T E. Con fundamento en los artículos 2, apartado B, fracción XVII Bis y 7, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 8 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como 2, fracción XI, de su Reglamento, me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGA Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de designación directa, rango de Dirección General, adscrito a la Dirección General de Epidemiología. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2018. EL SECRETARIO DE SALUD Rúbrica. DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. SSA-C-147 N O M B R A M I E N T O C. MARA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES Presente Dr. José Ángel Córdova Villalobos, Secretario de Salud, tengo a bien nombrarle con el carácter de: SERVIDOR PBLICO DE CARRERA TITULAR EN EL PUESTO DE SECRETARIA TCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL Con el rango de Dirección General con código de puesto CFKC001, sujeto al Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, adscrito al Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud Mental a partir del 28 de enero de 2010. Lo anterior con fundamento en los artículos 10 fracción II y Tercero Transitorio de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 5 y Quinto Transitorio de su Reglamento y 7 Fracción XXIV, del Reglamento Interior vigente de la Secretaría de Salud. ''Mérito e Igualdad de Oportunidades" México, D. F., a 5 de marzo de 2010. Rúbrica. Dr. José Ángel Córdova Villalobos Secretario de Salud SALUD SECRETARA DE SALUD Nombramiento No. LD-039/2017 Dr. Arturo García Cruz P R E S E N T E Con fundamento en los artículos 2, apartado B, fracción XXI y 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarle TITULAR DEL SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, código 12-315-1-M1C026P-0000015-E-L-C, adscrito al Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 1 de abril de 2017. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" El Secretario de Salud Rúbrica. Dr. José Ramón Narro Robles Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud Ciudad de México, 16 ENE. 2019 Oficio No. SPPS--73 2019. Asunto: Nombramiento del Encargado del Despacho DR. RUFINO LUNA GORDILLO DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE SALUD REPRODUCTIVA CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA Presente Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, párrafo segundo, parte final del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 46, párrafo segundo, parte final, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entregaârecepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento, que he tenido a bien designarlo para que a partir de esta fecha y en tanto se nombra al nuevo Titular del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, se haga usted cargo del despacho de los asuntos correspondientes a dicha oficina, así como para que por su conducto, se formalice el proceso de entregaârecepción correspondiente. Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. A t e n t a m e n t e El Subsecretario Rúbrica. Dr. Hugo López Gatell Ramírez SALUD SECRETARA DE SALUD Nombramiento No. LD-014/2018 Código 12-O00-1-CFKC002-0000080-E-L-4 DR. RUY LPEZ RIDAURA P R E S E N T E. Con fundamento en los artículos 2, apartado C, fracción VII, 7, fracciones XV, XXIV y XXV y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del "Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera", me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2018. EL SECRETARIO DE SALUD Rúbrica. DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. LD-008/2013 México, D.F., a 1° de febrero de 2013. N O M B R A M I E N T O DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÑIGA P r e s e n t e Con fundamento en el artículo 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; en los numerales 152, fracción III, inciso a) y 162, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicios Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, he tenido a bien nombrarle, a partir de esta fecha DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/ SIDA Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de libre designación, rango de Dirección General, código 12-K00-1-CFK002-0000022-E-L-C, adscrita a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las funciones y responsabilidades que a ese cargo corresponden. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" Rúbrica. Dra. María de las Mercedes Martha Juan López Secretaria de Salud SALUD SECRETARA DE SALUD Nombramiento No. LD-010/2018 Código 12-R00-1-M1C029P-0000044-E-L-V MTRA. MIRIAM ESTHER VERAS GODOY P R E S E N T E. Con fundamento en los artículos 2, apartado C, fracción IX, 7, fracciones XV, XXIV y XXV y 47 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del "Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera", me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarla DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2018. EL SECRETARIO DE SALUD Rúbrica. DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO PODER EJECUTIVO C.P. CARLOS MANUEL JOAQUN GONZÁLEZ, GOBERNADOR DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTICULO 90, FRACCIN I DE LA CONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO Y EL ARTCULO 13 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIN PBLICA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO; HE TENIDO A BIEN NOMBRAR A LA C. MSP. ALEJANDRA AGUIRRE CRESPO SECRETARIA DE SALUD A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA, CON LA ASIGNACIN MENSUAL QUE A LA PLAZA CORRESPONDA, SEGN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS EN VIGOR. Rúbrica. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIN Cd. Chetumal, Q. Roo, 25 de septiembre de 2016. GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO PODER EJECUTIVO C.P. CARLOS MANUEL JOAQUN GONZÁLEZ, GOBERNADOR DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTICULO 90, FRACCIN I DE LA CONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO Y EL ARTCULO 9 DEL DECRETO DE CREACIN DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD DE QUINTANA ROO; HE TENIDO A BIEN NOMBRAR A LA C. MSP. ALEJANDRA AGUIRRE CRESPO DIRECTORA GENERAL SERVICIOS ESTATALES DE SALUD A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA, CON LA ASIGNACION MENSUAL QUE A LA PLAZA CORRESPONDA, SEGN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS EN VIGOR. Rúbrica. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIN Cd. Chetumal, Q. Roo, 25 de septiembre de 2016 GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO PODER EJECUTIVO C.P. CARLOS MANUEL JOAQUN GONZÁLEZ, GOBERNADOR DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTCULO 90, FRACCIN I DE LA CONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO Y EL ARTCULO 13 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIN PBLICA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO; HE TENIDO A BIEN NOMBRAR A LA C. MTRA. YOHANET TEODULA TORRES MUÑOZ SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIN A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA, CON LA ASIGNACIN MENSUAL QUE A LA PLAZA CORRESPONDA, SEGN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS EN VIGOR. Rúbrica. Cd. Chetumal, Q. Roo, 01 de Junio de 2018 ANEXO 2 Identificación de fuentes de financiamiento de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,817,500.00 | 0.00 | 0.00 | 2,817,500.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,817,500.00 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 939,997.00 | 0.00 | 939,997.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 939,997.00 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 19,600,000.00 | 0.00 | 19,600,000.00 | 170,000.00 | 0.00 | 0.00 | 170,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 19,770,000.00 | TOTALES | 20,539,997.00 | 0.00 | 20,539,997.00 | 2,987,500.00 | 0.00 | 0.00 | 2,987,500.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 23,527,497.00 | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CAS SCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Salud Mental | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 569,999.76 | 0.00 | 0.00 | 569,999.76 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 569,999.76 | TOTALES | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 569,999.76 | 0.00 | 0.00 | 569,999.76 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 569,999.76 | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Seguridad Vial | 519,000.00 | 0.00 | 519,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 519,000.00 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 250,000.00 | 0.00 | 250,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 250,000.00 | TOTALES | 769,000.00 | 0.00 | 769,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 769,000.00 | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 771,526.00 | 0.00 | 771,526.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 771,526.00 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 667,983.60 | 0.00 | 667,983.60 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 667,983.60 | TOTALES | 1,439,509.60 | 0.00 | 1,439,509.60 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,439,509.60 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 290,500.00 | 0.00 | 290,500.00 | 5,200,148.00 | 0.00 | 0.00 | 5,200,148.00 | 101,330,472.20 | 10,821,000.00 | 112,151,472.20 | 117,642,120.20 | TOTALES | 290,500.00 | 0.00 | 290,500.00 | 5,200,148.00 | 0.00 | 0.00 | 5,200,148.00 | 101,330,472.20 | 10,821,000.00 | 112,151,472.20 | 117,642,120.20 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 0.00 | 5,040,472.06 | 5,040,472.06 | 8,834,987.00 | 0.00 | 0.00 | 8,834,987.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 13,875,459.06 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 0.00 | 4,378,265.13 | 4,378,265.13 | 8,900,000.00 | 0.00 | 0.00 | 8,900,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 13,278,265.13 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 408,000.00 | 301,436.00 | 709,436.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 709,436.00 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 0.00 | 1,122,768.00 | 1,122,768.00 | 9,682,750.60 | 1,799,825.00 | 0.00 | 11,482,575.60 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 12,605,343.60 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 5,596.00 | 2,836,801.00 | 2,842,397.00 | 300,000.32 | 0.00 | 0.00 | 300,000.32 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,142,397.32 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 163,559.00 | 0.00 | 163,559.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 163,559.00 | TOTALES | 577,155.00 | 13,679,742.19 | 14,256,897.19 | 27,717,737.92 | 1,799,825.00 | 0.00 | 29,517,562.92 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 43,774,460.11 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 16,158.00 | 0.00 | 16,158.00 | 179,000.00 | 0.00 | 0.00 | 179,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 195,158.00 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 60,000.00 | 0.00 | 0.00 | 60,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 60,000.00 | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 1,963,960.00 | 0.00 | 1,963,960.00 | 150,000.00 | 0.00 | 0.00 | 150,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,113,960.00 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 183,756.00 | 0.00 | 183,756.00 | 300,000.00 | 0.00 | 0.00 | 300,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 483,756.00 | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 106,180.00 | 0.00 | 106,180.00 | 463,500.00 | 0.00 | 0.00 | 463,500.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 569,680.00 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 125,270.00 | 0.00 | 125,270.00 | 157,500.00 | 0.00 | 0.00 | 157,500.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 282,770.00 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 0.00 | 322,815.00 | 322,815.00 | 1,320,000.00 | 4,400,291.80 | 0.00 | 5,720,291.80 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 6,043,106.80 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 0.00 | 1,169,886.00 | 1,169,886.00 | 24,000.00 | 1,072,862.00 | 0.00 | 1,096,862.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,266,748.00 | 12 | Atención del Envejecimiento | 0.00 | 115,422.00 | 115,422.00 | 1,000,000.00 | 0.00 | 0.00 | 1,000,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,115,422.00 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 48,474.00 | 0.00 | 48,474.00 | 3,411,000.00 | 0.00 | 0.00 | 3,411,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,459,474.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,402,294.00 | 0.00 | 0.00 | 1,402,294.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,402,294.00 | 15 | Eliminación de la Lepra | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 497,550.00 | 0.00 | 0.00 | 497,550.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 497,550.00 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 257,226.36 | 0.00 | 257,226.36 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 257,226.36 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarréicas Agudas y Cólera | 0.00 | 118,157.85 | 118,157.85 | 1,100,000.00 | 0.00 | 0.00 | 1,100,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,218,157.85 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 0.00 | 9,200.00 | 9,200.00 | 500,003.56 | 0.00 | 0.00 | 500,003.56 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 509,203.56 | TOTALES | 2,701,024.36 | 1,735,480.85 | 4,436,505.21 | 10,564,847.56 | 5,473,153.80 | 0.00 | 16,038,001.36 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 20,474,506.57 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Vacunación Universal | 0.00 | 2,941,776.00 | 2,941,776.00 | 19,143,916.70 | 13,594,957.40 | 0.00 | 32,738,874.10 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 35,680,650.10 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 0.00 | 1,492,348.00 | 1,492,348.00 | 418,000.00 | 0.00 | 0.00 | 418,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,910,348.00 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 0.00 | 190,430.00 | 190,430.00 | 882,483.00 | 0.00 | 0.00 | 882,483.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,072,913.00 | TOTALES | 0.00 | 4,624,554.00 | 4,624,554.00 | 20,444,399.70 | 13,594,957.40 | 0.00 | 34,039,357.10 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 38,663,911.10 | GRAN TOTAL No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | TOTALES | 26,317,185.96 | 20,039,777.04 | 46,356,963.00 | 67,484,632.94 | 20,867,936.20 | 0.00 | 88,352,569.14 | 101,330,472.20 | 10,821,000.00 | 112,151,472.20 | 246,861,004.34 | NOTA: Para el programa de Salud Materna y Perinatal a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, tendrá como fuente de financiamiento adicional recursos del Seguro Médico Siglo XXI, SMS XXI, los cuales serán ministrados a través del Ramo 12. ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) RAMO 12 | No. | UNIDAD RESPONSABLE/PROGRAMA DE ACCIN | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | SMS XXI RECURSOS PRESUPUESTARIOS | SMS XXI INSUMOS | SMS XXI RECURSOS PRESUPUESTARIOS TOTAL | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA | 2 | Salud Materna y Perinatal | 0.00 | 0.00 | 0.00 | NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE. ANEXO 3 Calendario de Ministraciones (Pesos) 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | Febrero | 939,997.00 | Subtotal de ministraciones | 939,997.00 | P018 / CS010 | 939,997.00 | Subtotal de programas institucionales | 939,997.00 | | | 3 | Alimentación y Actividad Física | Febrero | 19,600,000.00 | Subtotal de ministraciones | 19,600,000.00 | U008 / OB010 | 19,600,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 19,600,000.00 | | Total | 20,539,997.00 | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Salud Mental | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | | Total | 0.00 | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Seguridad Vial | Febrero | 519,000.00 | Subtotal de ministraciones | 519,000.00 | P018 / AC020 | 519,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 519,000.00 | | | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | Febrero | 250,000.00 | Subtotal de ministraciones | 250,000.00 | P018 / AC040 | 250,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 250,000.00 | | | Total | 769,000.00 | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | Febrero | 771,526.00 | Subtotal de ministraciones | 771,526.00 | U009 / EE200 | 771,526.00 | Subtotal de programas institucionales | 771,526.00 | | | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | Febrero | 667,983.60 | Subtotal de ministraciones | 667,983.60 | U009 / EE210 | 667,983.60 | Subtotal de programas institucionales | 667,983.60 | | | Total | 1,439,509.60 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No.. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | Febrero | 290,500.00 | Subtotal de ministraciones | 290,500.00 | P016 / VH030 | 290,500.00 | Subtotal de programas institucionales | 290,500.00 | | | Total | 290,500.00 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | Febrero | 5,040,472.06 | Subtotal de ministraciones | 5,040,472.06 | P020 / CC010 | 5,040,472.06 | Subtotal de programas institucionales | 5,040,472.06 | | | 2 | Salud Materna y Perinatal | Febrero | 4,378,265.13 | Subtotal de ministraciones | 4,378,265.13 | P020 / AP010 | 4,378,265.13 | Subtotal de programas institucionales | 4,378,265.13 | | | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | Febrero | 709,436.00 | Subtotal de ministraciones | 709,436.00 | P020 / SR010 | 709,436.00 | Subtotal de programas institucionales | 709,436.00 | | | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | Febrero | 1,122,768.00 | Subtotal de ministraciones | 1,122,768.00 | P020 / SR020 | 1,122,768.00 | Subtotal de programas institucionales | 1,122,768.00 | | | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | Febrero | 2,842,397.00 | Subtotal de ministraciones | 2,842,397.00 | P020 / MJ030 | 2,842,397.00 | Subtotal de programas institucionales | 2,842,397.00 | | | 6 | Igualdad de Género en Salud | Febrero | 163,559.00 | Subtotal de ministraciones | 163,559.00 | P020 / MJ040 | 163,559.00 | Subtotal de programas institucionales | 163,559.00 | | | Total | 14,256,897.19 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | Febrero | 16,158.00 | Subtotal de ministraciones | 16,158.00 | U009 / EE070 | 16,158.00 | Subtotal de programas institucionales | 16,158.00 | | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | Febrero | 1,963,960.00 | Subtotal de ministraciones | 1,963,960.00 | U009 / EE020 | 1,963,960.00 | Subtotal de programas institucionales | 1,963,960.00 | | | 5 | Prevención y Control del Paludismo | Febrero | 183,756.00 | Subtotal de ministraciones | 183,756.00 | U009 / EE020 | 183,756.00 | Subtotal de programas institucionales | 183,756.00 | | | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | Febrero | 106,180.00 | Subtotal de ministraciones | 106,180.00 | U009 / EE020 | 106,180.00 | Subtotal de programas institucionales | 106,180.00 | | | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | Febrero | 125,270.00 | Subtotal de ministraciones | 125,270.00 | U009 / EE020 | 125,270.00 | Subtotal de programas institucionales | 125,270.00 | | | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | Febrero | 322,815.00 | Subtotal de ministraciones | 322,815.00 | U008 / OB010 | 322,815.00 | Subtotal de programas institucionales | 322,815.00 | | | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | Febrero | 1,169,886.00 | Subtotal de ministraciones | 1,169,886.00 | U008 / OB010 | 1,169,886.00 | Subtotal de programas institucionales | 1,169,886.00 | | | 12 | Atención del Envejecimiento | Febrero | 115,422.00 | Subtotal de ministraciones | 115,422.00 | U008 / OB010 | 115,422.00 | Subtotal de programas institucionales | 115,422.00 | | | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | Febrero | 48,474.00 | Subtotal de ministraciones | 48,474.00 | U009 / EE060 | 48,474.00 | Subtotal de programas institucionales | 48,474.00 | | | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | | 15 | Eliminación de la Lepra | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | Febrero | 257,226.36 | Subtotal de ministraciones | 257,226.36 | U009 / EE010 | 257,226.36 | Subtotal de programas institucionales | 257,226.36 | | | 17 | Prevención de Enfermedades Diarréicas Agudas y Cólera | Febrero | 118,157.85 | Subtotal de ministraciones | 118,157.85 | U009 / EE010 | 118,157.85 | Subtotal de programas institucionales | 118,157.85 | | | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | Febrero | 9,200.00 | Subtotal de ministraciones | 9,200.00 | U009 / EE050 | 9,200.00 | Subtotal de programas institucionales | 9,200.00 | | | Total | 4,436,505.21 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Vacunación Universal | Febrero | 2,941,776.00 | Subtotal de ministraciones | 2,941,776.00 | E036 / VA010 | 2,941,776.00 | Subtotal de programas institucionales | 2,941,776.00 | | | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | Febrero | 1,492,348.00 | Subtotal de ministraciones | 1,492,348.00 | P018 / IA010 | 281,436.00 | P018 / IA030 | 1,210,912.00 | Subtotal de programas institucionales | 1,492,348.00 | | | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | Febrero | 190,430.00 | Subtotal de ministraciones | 190,430.00 | P018 / CC030 | 190,430.00 | Subtotal de programas institucionales | 190,430.00 | | | Total | 4,624,554.00 | NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE. ANEXO 4 Programas-Indicadores-Metas de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 4.1.1 | Resultado | Número de materiales de comunicación educativa para el cuidado de la salud individual y colectiva elaborados para los grupos blanco definidos por los programas preventivos y de promoción de la salud en las entidades federativas | Número de materiales de comunicación educativa para el cuidado de la salud individual y colectiva programados para los grupos blanco definidos por los programas preventivos y de promoción de la salud en las entidades federativas | 30 | Mide la proporción de materiales de comunicación educativa para el cuidado de la salud individual y colectiva elaborados para los grupo blanco definidos por los programas preventivos y de promoción de la salud en las entidades federativas | 30 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 1.1.1 | Proceso | Número de Agentes de Salud capacitados en temas de salud pública | Total de Agentes de Salud esperados de acuerdo al número de población de la comunidad a certificarse como promotora de la salud | 100 | Agentes de Salud capacitados en temas de salud pública. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 1.1.2 | Proceso | Número de Procuradoras (es) de Salud capacitados en temas de salud pública | Total de Procuradoras (es) de Salud esperados de acuerdo al número de población de la comunidad a certificarse como favorable a la salud | 100 | Procuradoras (es) de Salud capacitados en temas de salud pública. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 1.3.1 | Proceso | Número de personal de salud capacitado, responsable de la coordinación y operación del Programa | Número de personal de salud responsable de la coordinación y operación del Programa, programado a recibir capacitación | 100 | Personal de salud capacitado, responsable de la coordinación y operación del Programa. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 2.1.1 | Proceso | Número de municipios que han realizado taller intersectorial de salud en el año | Número total de municipios con cambio de administración municipal en el año | 16 | Municipios que inician el proceso de incorporación al programa. | 55 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 2.3.1 | Proceso | Reuniones del comité estatal de comunidades saludables realizadas | Reuniones del comité estatal de comunidades saludables programadas | 100 | Reuniones de planeación y ejecución de acciones del comité estatal de comunidades saludables. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 1.1.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados | Número de eventos educativos programados | 100 | Mide el porcentaje de eventos educativos realizados hacia la población para informar y promover estilos de vida saludables en el tema de alimentación correcta y consumo de agua | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 2.1.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados. | Número de eventos educativos programados | 100 | Mide el porcentaje de eventos educativos realizados hacia la población para informar y promover sobre estilos de vida saludables en el tema de actividad física | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 3.1.1 | Proceso | Número de campañas realizadas | Número de campañas programadas | 100 | Mide la implementación de campañas educativas de los servicios estatales de salud para fomentar la adopción de una dieta correcta, consumo de agua simple potable, realización de actividad física y fomento de la lactancia materna. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 4.2.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados | Número de eventos educativos programados | 100 | Mide el porcentaje de eventos educativos realizados hacia la población para informar y promover sobre estilos de vida saludables en el tema de lactancia materna exclusiva como factor protector y la alimentación complementaria correcta. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 5.1.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados | Número de eventos educativos programados | 100 | Porcentaje de eventos educativos para la difusión de la cultura alimentaria tradicional. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 6.1.1 | Proceso | Capacitaciones impartidas | Capacitaciones programadas | 100 | El indicador está orientado a la capacitación y actualización del personal de promoción de la salud a nivel estatal, jurisdiccional y operativo. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 7.1.1 | Proceso | Número de supervisiones realizadas | Número de supervisiones programadas | 100 | El indicador está orientado para realizar visitas de monitoreo y supervisión, de las diferentes actividades derivadas del Programa de Alimentación y Actividad Física. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 7.2.1 | Resultado | Número de personas con hábitos correctos de alimentación y actividad física | Total de población encuestada | 10 | Porcentaje de la población que tiene correctos hábitos alimentarios y de actividad física | 10 | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Salud Mental | 1.1.2 | Proceso | Numero de unidades de consulta externa psiquiátrica con abasto suficiente de medicamento | Numero de unidades de consulta externa psiquiátrica | 80 | Las unidades de consulta externa psiquiátrica deben contar con el abasto suficiente de medicamento para favorecer la prevención secundaria de los trastornos mentales y del comportamiento. | 60 | 1 | Salud Mental | 1.2.1 | Proceso | Centros de salud con al menos una campaña | Número de centros de salud más número de centros integrales de salud mental | 100 | Para que una unidad se considere intervenida al 100%, debe observar las tres acciones en el porcentaje indicado para constituir la meta 1. 30% 2. 40% 3. 30%. Al menos una de las acciones se contará como unidad intervenida. Tipo de intervención. 1. Disposición de material informativo sobre los trastornos mentales más prevalentes, al interior de las unidades de primer nivel. 2. Disposiciones de escalas de tamizaje de los trastornos más prevalentes de la entidad. 3. Participación activa en ferias de salud con temas de salud mental. | 100 | 1 | Salud Mental | 2.1.1 | Estructura | Numero de hospitales generales con al menos una cama de psiquiatria | Numero total de hospitales generales | 20 | Este indicador medirá en numero de hospitales generales del sistema nacional de salud que cuenten con al menos una cama de psiquiatría | 1 | 1 | Salud Mental | 2.3.1 | Proceso | Personal médico y/o paramédico de centros de salud capacitado en la Guía de Intervención mhGAP | Total de personal médico y paramédico de centros de salud | 30 | Este indicador medirá el número de empleados médicos y paramédicos de centro de salud capacitados para utilizar la Guía mhGAP mediante la cual, éste personal de salud no especializado contribuya a lograr la ampliación de cobertura de servicios. | 100 | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Seguridad Vial | 1.4.1 | Proceso | Número de Observatorios Estatales de Lesiones Instalaos y operando. | No aplica | 32 | Número de Observatorios Estatales de Lesiones instalados y operando que proporcionan información al Observatorio Nacional. | 1 | 1 | Seguridad Vial | 1.5.1 | Proceso | Número de municipios con reporte de levantamiento y análisis de información sobre Factores de Riesgo. | No aplica | 32 | Levantamiento y análisis de información de un Factores de Riesgo en por lo menos un municipio de la entidad, conforme a la metodología establecida por el STCONAPRA.. | 1 | 1 | Seguridad Vial | 3.2.1 | Proceso | Total de población que reciben platicas de sensibilización sobre seguridad vial. | No aplica | 1,637,083 | Población que recibe pláticas de sensibilización sobre seguridad vial. | 14,732 | 1 | Seguridad Vial | 3.2.2 | Proceso | Número de entidades federativas que difunden la Campaña Evita Comportamientos Riesgosos durante temporadas vacacionales. | Total de entidades federativas. | 100 | Entidades federativas que difundan la Campaña Evita Comportamientos Riesgosos en temporadas vacacionales, a través de medios masivos de comunicación y redes sociales. | 1 | 1 | Seguridad Vial | 4.2.1 | Proceso | Numero de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes, conformados y activos. | No aplica | 103 | Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes conformados y activos. | 2 | 1 | Seguridad Vial | 5.1.1 | Proceso | Total de municipios prioritarios que implementan controles de alcoholimetría. | Total de municipios prioritarios | 92 | Municipios prioritarios que implementan controles de alcoholimetría. | 4 | 1 | Seguridad Vial | 6.1.1 | Proceso | Número de Centros Reguladores de Urgencias Médicas instalados y operando. | No aplica | 29 | Centro Regulador de Urgencias Médicas instalados y operando. | 1 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 1.2.1 | Proceso | Número de Observatorios Estatales de Lesiones que incluyen variables relacionadas con accidentes en grupos vulnerables | No aplica | 32 | Del total de Observatorios Estatales de Lesiones instalados, se considerará el número de ellos que incorporen en sus bases de datos las variables mínimas relacionadas con accidentes en grupos vulnerables establecidas por el STCONAPRA y que los reporten oportunamente en sus informes de actividades. | 1 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 4.2.1 | Proceso | Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes que implementan acciones del MIPrA dirigidas a la prevención de accidentes en grupos vulnerables. | No aplica | 32 | Se considerarán los Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes que incorporen a sus programas de trabajo acciones dirigidas a la prevención de accidentes en grupos vulnerables contenidas en el MIPrA y muestren evidencia de su realización. | 1 | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.1.1 | Resultado | Número de Sistemas Prioritarios cuyos ndices Finales de Desempeño en CAMEX aumentaron en 0.3 puntos en el primer semestre de 2019 respecto del primer semestre de 2018 en cada una de las Entidades Federativas | Número de Sistemas Prioritarios que la Entidad propone mejorar durante el primer semestre de 2019 | 100 | Porcentaje de sistemas con mejoría en su índice de desempeño | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.1.2 | Resultado | Número de Reportes de Información Epidemiológica Semanal (Boletínes) publicados en la página de la Entidad en el semestre | Número total de Boletines de Información Epidemiológica Semanal programados para publicarse en el semestre | 100 | Porcentaje de Reportes de Información epidemiológica (Boletines) publicados en el semestre. | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.1.3 | Estructura | Número de U.V.E.H. avaladas por los CEVE, fortalecidas en el semestre con personal capturista, médico y paramédico en la Entidad | Número de U.V.E.H. avaladas por los Comités Estatales de V. E, que la Entidad propone fortalecer en el semestre con contratación de personal médico, paramédico y capturista. | 100 | Porcentaje de Unidades de Vigilancia Epidemiológica Hospitalaria reforzadas con contratación de personal capturista, médico y paramédico | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.1.4 | Estructura | Número de U.V.E.H. avaladas por los CEVE, fortalecidas en el semestre con equipo de cómputo e internet | Número de U.V.E.H. avaladas por los CEVE, que la Entidad propone fortalecer en el semestre con equipo de cómputo e internet | 100 | Porcentaje de Unidades de Vigilancia Epidemiológica Hospitalaria avaladas por los Comités Estatales de V. E. fortalecidas con equipo de cómputo e internet. | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.2.1 | Resultado | Número de Panoramas de Enfermedades no Transmisibles programados para publicarse en el semestre en la Entidad | Número de Panoramas Trimestrales de Enfermedades no Transmisibles programados para publicación en el trimestre | 100 | Porcentaje de Panoramas de Enfermedades no Transmisibles publicados por cada Entidad que incluyan información sobre Diabetes Mellitus II Hospitalaria, Mortalidad Materna, Morbilidad Materna Severa, Temperaturas Naturales Extremas y Defectos del Tubo Neural y Craneofaciales en el periodo. | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 4.1.1 | Proceso | Número de sistemas de vigilancia epidemiológica supervisados en el semestre en la Entidad | Número de sistemas de vigilancia epidemiológica que la Entidad propone supervisar en el semestre. | 100 | Porcentaje de sistemas de vigilancia epidemiológica supervisados | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 5.1.1 | Proceso | Número de eventos de capacitación para personal operativo realizados en el semestre en la Entidad | Número de eventos de capacitación para personal operativo propuestos en el semestre por la Entidad | 100 | Porcentaje de eventos de capacitación en V.E. para personal operativo en la Entidad | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 6.1.1 | Estructura | Número de UIES equipadas y con personal operativo funcionando en el semestre en la Entidad | Número de UIES progrmadas para operar en el semestre en la Entidad | 100 | Porcentaje de UIES creadas, fortalecidas y operando en cada Entidad | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 6.1.2 | Estructura | Número de centros de RSI estatales programados para instalarse en el semestre en la Entidad | Número de centros de RSI estatales programados para instalarse en el semestre en la Entidad | 100 | Porcentaje de centros estatales para el RSI instalados | 100 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 4.2.1 | Proceso | ndice de Desempeño alcanzado por el LESP | ndice de Desempeño programado por el LESP | 99 | ndice de desempeño de los diagnósticos del marco analítico básico declarados por el LESP | 100 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 5.1.3 | Proceso | Número de muestras procesadas en tiempo de diagnóstico del Marco Analítico Básico | Número de muestras aceptadas del Marco Analítico Básico | 100 | Porcentaje de Oportunidad del servicio diagnóstico del Marco Analítico Básico | 100 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 2.2.1 | Proceso | Condones distribuidos | Personas de 18 a 60 años registradas en el SALVAR | 56 | Mide el número de condones distribuidos por persona/año con VIH e ITS que acuden a los Servicios Especializados de Atención Integral (Saih y Capasits), de la Secretaría de Salud. | 56 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.1.1 | Resultado | Personas seropositivas no tratadas anteriormente cuyo primer recuento de linfocitos CD4 fue menor a 200 células/ µl en el año en la SS. | Personas seropositivas no tratadas anteriormente que tuvieron el primer recuento de linfocitos CD4 en el año en la SS. | 100 | Mide la reducción del inicio tardío a terapia antirretroviral (TAR) de las personas que viven con VIH y son atendidas en la Secretaría de Salud, a través del seguimiento de su estado inmunológico (recuento de células CD4 <200 células/mm3), como un elemento clave del impacto del tratamiento en la reducción de la mortalidad y aumento calidad de personas con VIH. | 100 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1 | Resultado | Personas con VIH en tratamiento antirretroviral con carga viral suprimida en los últimos 12 meses (<1,000 copias/ml) en la Secretaría de Salud. | Personas con VIH en tratamiento antirretroviral en la Secretaría de Salud. | 90 | Mide el aumento de personas con VIH que se encuentran en tratamiento antirretroviral en la Secretaría de Salud y que han logrado la carga viral suprimida, como medida del éxito de tratamiento antirretroviral y el control de la infección. | 90 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.3.1 | Proceso | Personas con VIH en TAR que se refirieron a tratamiento para la TB activa en la Secretaría de Salud. | Personas con TB y VIH en la Secretaría de Salud. | 100 | Mide el porcentaje de personas en TAR que son referidas a tratamiento para la TB activa en la Secretaría de Salud, respecto del total de personas con TB activa y VIH en la Secretaría de Salud, en un periodo determinado. | 100 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 5.1.1 | Proceso | Tasa de consultas de ITS de primera vez por cada 100 mil personas de 15 a 49 años en la Secretaría de Salud. | Meta estimada de consultas de ITS de primera vez por cada 100 mil personas de 15 a 49 años en la Secretaría de Salud (tasa). | 100 | Mide el incremento de las consultas de ITS de primera vez en la Secretaría de Salud, como parte del proceso de búsqueda intencionada de casos nuevos de estas infecciones, para su prevención y control. | 100 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 6.2.1 | Resultado | Porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical. | Meta de porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical. | 100 | Mide el porcentaje de cumplimiento del cambio entre el año base (2013) y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical, con respecto a la meta de cambio anual. Se consideran los casos nuevos diagnosticados en todas las instituciones del sector salud. | 100 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 6.3.1 | Resultado | Porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de sífilis congénita. | Meta de porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de sífilis congénita. | 100 | Mide el porcentaje de cumplimiento del cambio entre el año base (2012) y el año de registro de casos nuevos confirmados de sífilis congénita, con respecto a la meta de cambio. Se consideran los casos nuevos diagnosticados en todas las instituciones del sector salud. | 100 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 1.1.1 | Proceso | Total de Informes de campaña enviados al CNEGSR en el periodo de evaluación X 100 | Total de Informes programados por la entidad Federativa en el periodo a evaluar | 33 | Proporción de informes estatales de campaña de la "semana de sensibilización en cáncer de cuello de útero" y del "mes del cáncer de la mujer" recibidos respecto a lo programado para el año | 33 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 4.2.1 | Proceso | Total de mujeres de 40 a 69 años a las que se les realizó mastografía de tamizaje en el periodo de evaluación x 100 | Total de mujeres de 40 a 69 años sin mastografía de tamizaje en los últimos dos años | 19 | Mujeres programadas para tamizaje en el grupo blanco. | 24 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 4.3.1 | Proceso | Total de mujeres de 25 a 64 años a las que se les realizó tamizaje (citología o Prueba de VPH) en el periodo de evaluación x 100 (Citología de 1a. Vez en la vida o primera vez después de tres años) | Total de mujeres de 25 a 64 años sin tamizaje de cáncer de cuello de útero de primera vez en la vida o en el tiempo acorde al tipo de prueba | 50 | Mujeres de 25 a 64 años que cuentan con tamizaje por citología (de primera vez en la vida o primera vez después de 3 años) o prueba de VPH. | 50 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 4.4.1 | Proceso | Total de Pruebas efectivas de VPH realizadas para el tamizaje o seguimiento de pacientes tratadas en clínicas de colposcopia x 100 | Total de Pruebas efectivas de VPH recibidas por el estado | 97 | Pruebas de VPH adecuadas para su proceso | 97 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 5.2.1 | Proceso | Total de mujeres mayores de 18 años viviendo con VIH atendidas en CAPASITS o SAI que cuentan con detección de cuello de útero en el año de evaluación x 100 | Total de mujeres mayores de 18 años viviendo con VIH atendidas en CAPASITS o SAI | 35 | Mujeres viviendo con VIH que cuentan con detección de cáncer de cuello de útero en el periodo de evaluación | 35 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 5.3.1 | Proceso | Total de Centros Femeniles de Readaptación Social que registran acciones de detección de cáncer de la mujer en SICAM x 100 | Total de Centros Femeniles de Readaptación Social registrados en las entidades | 100 | Mide la proporción de centros femeniles de readaptación social en los que se realizan acciones estatales de detección de cáncer de la mujer del total de centros en las entidades | 100 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6.1.1 | Estructura | Número de mastografos con pruebas de control de calidad realizadas por personal especializado en el año | Total de mastografos registrados en el programa | 40 | Mide la proporción de equipos para detección y diagnóstico por mastografía que cuentan con pruebas de control de calidad realizadas por personal especializado. | 40 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6.4.1 | Estructura | Diferencia en los periodos 2017 y 2018 en los índices de satisfacción de requerimientos mínimos de clínicas de colposcopía y laboratorios de citología al cierre 2018 | Promedio estatal de los índices de satisfacción de requerimientos mínimos de clínicas de colposcopía y laboratorios de citología en 2017 | 4 | Mide el incremento en el ndice de satisfacción de requerimientos mínimos de infraestructura para el componente de cáncer de cuello del útero (clínicas de colposcopía y laboratorios de citología) | 4 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6.5.1 | Estructura | Total de citotecnólogos que al cierre 2018 han sido evaluados (acumulado 2013-2018) x 100 | Número de citotecnólogos que interpretan citologías de tamizaje | 80 | Mide la proporción de citotecnólogos evaluados en el examen de certificación del Consejo Mexicano de Técnicos en Patología A.C. | 80 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6.5.2 | Proceso | Total de técnicos radiólogos que al cierre 2018 han sido capacitados en control de calidad de mastografía (acumulado 2013-2018) x 100 | Total de técnicos radiólogos que toman mastografías | 80 | Mide la proporción de técnicos radiólogos que han sido capacitados en control de calidad de mastografía | 80 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 7.2.1 | Resultado | Total de mujeres con resultado BIRADS 4 y 5 en la mastografía de tamizaje que cuentan con biopsia x 100 | Total de mujeres con resultado BIRADS 4 y 5 en la mastografía de tamizaje | 95 | Mide la proporción de mujeres con resultado BIRADS 4 o 5 que fueron evaluadas con biopsia | 95 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 7.2.2 | Resultado | Total de mujeres con resultado citológico igual o mayor a LEIAG que recibieron atención colposcópica x 100 | Total de mujeres con resultado citológico igual o mayor a LEIAG | 95 | Mide la proporción de mujeres de 25 a 64 años con resultado citológico igual o mayor a LEIAG con evaluación colposcópica | 95 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 8.2.1 | Estructura | Total de grupos de acompañamiento emocional con personal certificado en el estándar de acompañamiento emocional x 100 | Total de grupos de acompañamiento emocional en el programa | 100 | Mide la proporción de grupos de acompañamiento emocional con personal certificado en el Estándar Mexicano de Acompañamiento Emocional | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1 | Proceso | Número de consultas prenatales de primera vez otorgadas en el primer trimestre gestacional, en la Secretaría de Salud | Total de consultas de primera vez otorgadas sin importar trimestre gestacional, en la Secretaría de Salud. | 50 | Proporción de consultas prenatales de primera vez otorgadas durante el primer trimestre gestacional, del total de consultas de primera vez para el control prenatal en la Secretaría de Salud. | 55 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.2 | Proceso | Número de mujeres que tuvieron un evento obstétrico y recibieron por lo menos una consulta de control del puerperio | Total de mujeres que tuvieron un evento obstétrico | 100 | Proporción de mujeres postevento obstétrico que reciben consultas de control del puerperio | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.4.1 | Resultado | Número de mujeres embarazadas en control prenatal en la Secretaría de Salud, que se les realiza la prueba de VIH | Total de mujeres embarazadas en control prenatal en la Secretaría de Salud | 95 | Porcentaje de mujeres embarazadas en control prenatal en la Secretaría de Salud, que se les realiza la prueba para el VIH, entre del total de mujeres embarazadas en control prenatal en la Secretaría de Salud | 95 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.5.1 | Estructura | Número de personal de salud contratados por Ramo 12, para la atención de la salud materna y neonatal, en la Secretaría de Salud. | Total de personal de salud programado a contratar por los Servicios Estatales de Salud, por el Ramo 12, para la atención de la salud materna y neonatal en el año | 100 | Proporción de recursos humanos que fueron contratados para la atención de la salud materna y neonatal, en la Secretaría de Salud, con respecto a los programados en el año. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.7.1 | Proceso | Número de recién nacidos vivos con prueba de tamiz metabólico neonatal. | Total de recién nacidos vivos en unidades de la Secretaría de Salud | 90 | Porcentaje de recién nacidos de la Secretaría de Salud, que se les realiza la prueba de tamiz neonatal metabólico | 98 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.7.2 | Proceso | Número de recién nacidos vivos que se le realizaron la prueba de tamiz auditivo neonatal, en la Secretaría de Salud | Total de recién nacidos vivos atendidos en la Secretaría de Salud | 80 | Porcentaje de recién nacidos de la Secretaría de Salud, que le realizaron la prueba de tamiz auditivo neonatal, con respecto al total de recién nacidos de la Secretaría de Salud. | 98 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 3.1.1 | Proceso | Número de médicos especialistas actualizados en atención de emergencias obstétricas de hospitales resolutivos de la Secretaría de Salud. | Total de médicos especialistas en hospitales resolutivos de la Secretaría de Salud, programados por la Servicios Estatales de Salud a actualizarse durante el año. | 100 | Proporción de médicos especialistas actualizados en atención de emergencias obstétricas de los hospitales resolutivos de la Secretaría de Salud. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 3.1.2 | Proceso | Número de personal de salud de primer nivel de atención, capacitado en la atención pregestacional, prenatal, parto, puerperio y emergencias obstétricas | Total de personal de salud de primer nivel de atención, programado por los Servicios Estatales de Salud, a capacitar en la atención pregestacional, prenatal, parto, puerperio y emergencias obstétricas, en el año | 100 | Proporción de personal de salud de primer nivel de atención que fueron capacitado en la atención pregestacional, prenatal, parto, puerperio y emergencias obstétricas. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 3.2.2 | Proceso | Número de parteras tradicionales registradas y capacitadas en la Secretaría de Salud | Total de parteras tradicionales activas registradas en la Secretaría de Salud, programadas por los Servicios Estatales de Salud, a capacitar en el año | 100 | Proporción de las parteras tradicionales, capacitadas en atención obstétrica y neonatal, registradas en la Secretaría de Salud. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 6.2.1 | Proceso | Número de reuniones del Comité de Morbilidad y Mortalidad Materna estatal, realizadas. | 12 reuniones del Comité de Morbilidad y Mortalidad Materna estatal, programadas al año | 100 | Proporción de reuniones del Comité de Morbilidad y Mortalidad Materna estatal, realizadas con respecto a las programadas durante el año. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 6.3.1 | Proceso | Número de visitas de supervisión realizadas a las Jurisdicciones Sanitarias para revisar la salud materna y neonatal | Total de visitas de supervisión al total de las Jurisdicciones Sanitarias programadas por los Servicios Estatales de Salud, para revisar la salud materna y neonatal programadas en el año | 100 | Proporción de supervisiones realizadas para revisar las actividades de salud materna y neonatal, con respecto a las programadas a realizar en el año. | 100 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 2.2.1 | Proceso | Número de promotores juveniles voluntarios, capacitados en temas de salud sexual y reproductiva, con calificación mayor o igual a 8. | Total de promotores juveniles voluntarios, asistentes a los cursos y talleres de capacitación en temas de salud sexual y reproductiva | 90 | Promotores juveniles voluntarios que obtengan una calificación mayor o igual a 8 en la evaluación dada al concluir su capacitación. | 90 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 3.1.1 | Estructura | Número de nuevos servicios amigables instalados para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente | No aplica | 109 | Corresponde al total de servicios amigables para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente, instalados durante el primer semestre del año. | 1 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 3.2.1 | Estructura | Número de servicios amigables nominados (oficio de solicitud de evaluación externa o visita de nominación externa) | Total de servicios amigables existentes | 5 | Servicios amigables que cuenten con nominación (oficio de solicitud de evaluación externa o visita de nominación externa) | 5 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 3.4.1 | Proceso | Número de acciones comunitarias en salud sexual y reproductiva realizadas en el periodo | No aplica | 123,772 | Actividades comunitarias realizadas a través de los servicios amigables, por promotores y brigadistas juveniles | 2,125 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 4.1.1 | Estructura | Número de personas capacitadas en temas de salud sexual y reproductiva con calificación mayor a 8 u 80% | Total de personas asistentes a los cursos y talleres de capacitación en temas de salud sexual y reproductiva. | 90 | Porcentaje de personal capacitado y sensibilizado, que acredite un aprovechamiento mayor o igual a 8 u 80% en la evaluación del taller o evento | 90 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 4.1.2 | Estructura | Número de personas capacitadas en temas de salud sexual y reproductiva | No aplica | 3,133 | Personal de primer nivel de atención capacitado en temas de salud sexual y reproductiva | 50 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 4.4.1 | Resultado | Mujeres adolescentes usuarias activas de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud | Mujeres adolescentes con vida sexual activa, responsabilidad de la Secretaría de Salud | 63 | Mujeres adolescentes con vida sexual activa, que son usuarias activas de métodos anticonceptivos, y pertencen a la población responsabilidad de la Secretaría de Salud | 100 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 6.1.1 | Estructura | Número de personal docente capacitado en temas de salud sexual y reproductiva | No aplica | 1,653 | Personal docente que ha sido capacitado en temas de salud sexual y reproductiva, y es conocedor de los diferentes derechos sexuales y reproductivos | 20 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 1.1.1 | Resultado | No. de usuarias nuevas de la SSA: Número de mujeres que adoptan un método anticonceptivo por primera vez en la institución durante el año (incluye usuarias de condón masculino y femenino) | No aplica | 821,023 | Corresponde al número de nuevas aceptantes de métodos anticonceptivos durante el año, registradas en consulta externa (no incluye oclusiones tuberías bilaterales ni vasectomías) | 6,489 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.3.1 | Proceso | Número de personas capacitadas durante el año en temas de Planificación Familiar. | No aplica | 7,024 | Se refiere al número de personal capacitado respecto al número de personas a capacitar en el año (meta) | 27 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.6.1 | Proceso | Número de aceptantes de un método anticonceptivo (DIU, OTB, IMPLANTES y Hormonales) durante el post-evento obstétrico y el puerperio | No aplica | 734,357 | Número de mujeres atendidas por algún evento obstétrico durante el año (parto, aborto o cesárea) que adoptan un método anticonceptivo durante los 42 días posteriores a la atención del evento. | 4,685 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.7.1 | Resultado | Número de mujeres usuarias activas (que utilizan un método anticonceptivo) de 15 a 49 años de edad responsabilidad de la secretaria de salud | No aplica | 4,877,176 | Corresponde al número de mujeres de 15 a 49 años de edad que no son derechohabientes de instituciones de seguridad social y que utilizan un método anticonceptivo proporcionado o aplicado en la Secretaria de Salud | 80,526 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 4.5.1 | Proceso | Número de visitas de supervisión a realizar a las jurisdicciones sanitarias y unidades médicas | No aplica | 593 | Corresponde al total de visitas de supervisión y asesoría que se realizan durante el año a jurisdicciones y unidades médicas de primer nivel de atención. | 4 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 6.1.1 | Proceso | Número de hospitales a visitar y asesorar en materia de anticoncepción post-evento obstétrico durante el año | No aplica | 219 | Corresponde al número de hospitales que atienden el mayor número de eventos obstétricos en la Secretaría de Salud que recibieron supervisión y asesoría por parte del nivel estatal para mejorar la cobertura y la calidad de los servicios de anticoncepción post-evento obstétrico. | 2 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 6.3.1 | Estructura | Número de unidades médicas con servicios de planificación familiar instalados para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico (incluye centros de salud y hospitales). | No aplica | 105 | Corresponde al número de centros de salud y hospitales con alta demanda de atención de enfermedades concomitantes (diabetes mellitus, hipertensión arterial, cáncer, sobrepeso, etc.) que cuentan con al menos un consultorio habilitado para la prestación de servicios de planificación familiar y anticoncepción para mujeres con alto riesgo obstétrico | 3 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 8.2.1 | Resultado | Número de vasectomías realizadas durante el año | No aplica | 24,266 | Se refiere al número de vasectomías realizadas en la Secretaría de Salud durante el año a hombres de 20 a 64 años, responsabilidad de la Secretaría de Salud. | 178 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 1.1.1 | Proceso | Número de mujeres con marcadores de riesgo a quienes se les aplicó la herramienta de detección de violencia | Número estimado de mujeres con marcadores de riesgo | 14 | Número de herramientas de detección de la violencia aplicadas a mujeres de 15 años y más unidas respecto de las herramientas de detección programadas. | 14 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 1.1.2 | Proceso | Número de herramientas de detección de la violencia que resultaron positivas. | Número de herramientas de detección aplicadas | 26 | Número de herramientas de detección de la violencia familiar y de género que resultaron positivas respecto de las programadas para su aplicación en mujeres de 15 años y más unidas. | 23 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 1.2.1 | Proceso | Número de personal médico operativo capacitado y sensibilizado en la aplicación de la NOM 046. | Número de personal médico operativo | 100 | Número de personal médico operativo capacitado y sensibilizado en la aplicación de la NOM 046 respecto del personal médico operativo programado | 100 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 2.1.2 | Resultado | Número de mujeres de 15 años y más unidas en situación de violencia familiar y de género severa atendidas en los servicios especializados | Número de mujeres de 15 años y mas unidas en situación de violencia familiar y de género severa, estimadas para su atención en los servicios especializados | 9 | Número de mujeres de 15 años y más unidas en situación de violencia familiar y de género severa atendidas en servicios especializados respecto del número de mujeres programadas para su atención. | 7 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 2.2.1 | Estructura | Número de visitas de supervisión para la operación de la NOM-046- SSA2-2005 realizadas en los servicios esenciales y especializados de salud. | Número de visitas de supervisión para la operación de la NOM- 046-SSA2-2005 programadas en los servicios esenciales y especializados de salud | 60 | Número de visitas de supervisión realizadas para la adecuada operación de la NOM-046-SSA2-2005 en los servicios esenciales y especializados de salud respecto de las visitas de supervisión programadas. | 60 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 2.4.1 | Resultado | Número de grupos formados para la reeducación de víctimas de violencia de pareja. | Número de grupos programados para la reeducación de víctimas de violencia de pareja | 50 | Número de grupos formados en las unidades esenciales de salud para la reeducación de víctimas de violencia de pareja con respecto a los grupos programados. | 50 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 2.5.1 | Proceso | Número de mujeres de 15 años o más referidas de otras unidades de salud para su atención en servicios especializados. | Número de mujeres de 15 años y más unidas atendidas en servicios especializados | 70 | Número de mujeres de 15 años y más unidas en situación de violencia familiar y género severa atendidas en servicios especializados y que fueron referidas de otras unidades de salud respecto del número programado de mujeres referidas a servicios especializados. | 70 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 5.1.1 | Proceso | Número de materiales de promoción y difusión elaborados y difundidos. | Número de materiales de promoción y difusión programados para su elaboración y difusión | 100 | Número de materiales de promoción y difusión de una vida libre de violencia elaborados y difundidos a la población general respecto de los programados para su elaboración y difusión. | 100 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 6.1.1 | Proceso | Número de grupos formados de prevención de la violencia de género y violencia en el noviazgo | Número de grupos programados de prevención de la violencia de género y violencia en el noviazgo | 50 | Mide el número de grupos formados para prevenir la violencia de género, así como los grupos formados para prevención de la violencia en el noviazgo, dirigidos a la población adolescente | 50 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 6.2.1 | Resultado | Número de grupos formados para la reeducación de agresores de violencia de pareja. | Número de grupos programados para la reeducación de agresores de violencia de pareja | 50 | Número de grupos formados en las unidades esenciales de salud para la reeducación de agresores de violencia de pareja con respecto a los grupos programados. | 50 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1 | Resultado | Número de personas que recibieron tratamiento profiláctico antirretroviral del VIH o profiláctico contra ITS según corresponda | Numero de personas víctimas de violación sexual que acudieron para su atención en las unidades de salud en las primeras 72 y hasta 120 horas. | 100 | Mide el porcentaje de casos de violación sexual atendidos con profilaxis de antirretrovirales de VIH, así como profilaxis contra ITS con respecto al número de personas víctimas de violación sexual que acudieron a los servicios de salud después del suceso. | 100 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 1.3.1 | Proceso | Número de atenciones brindadas a mujeres en los CEI | No aplica | 35,300 | Número de atenciones brindadas a mujeres en los Centros de Entretenimiento Infantil (CEI) respecto a lo programado | 500 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 2.1.1 | Proceso | Número de unidades de salud que cuentan con mecanismos incluyentes dirigidos a mujeres embarazadas, personas con discapacidad y personas adultas mayores | No aplica | 64 | Número de unidades de salud que cuentan con mecanismos incluyentes dirigidos a mujeres embarazadas, personas con discapacidad y personas adultas mayores respecto a las programadas | 2 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 3.1.1 | Proceso | Número de personal de salud de unidades médicas capacitado | No aplica | 13,181 | Número de personal de salud capacitado en materia de género en salud, no discriminación, derechos humanos y cultura organizacional respecto al personal programado a capacitar | 155 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 3.1.2 | Proceso | Número de personal de salud de oficinas centrales capacitado | No aplica | 1,280 | Número de personal de salud de oficinas centrales de los Servicios Estatales de Salud capacitado en materia de género en salud, no discriminación, derechos humanos y cultura organizacional respecto al personal programado a capacitar | 40 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 4.3.1 | Proceso | Número de sesiones informativas con entrega de material realizadas | No aplica | 320 | Número de sesiones informativas realizadas con entrega de material sobre de género en salud, no discriminación y cultura organizacional en el marco de derechos humanos respecto a lo programado. | 10 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 5.5.1 | Proceso | Porcentaje de avance de las actividades para impulsar la incorporación de acciones afirmativas en materia de cultura organizacional | Porcentaje de avance de las actividades para impulsar la incorporación de acciones afirmativas en materia de cultura organizacional programado. | 100 | Porcentaje de avance de las actividades para impulsar la incorporación de acciones afirmativas en materia de cultura organizacional respecto a lo programado | 100 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 1.1.1 | Proceso | Perros y gatos vacunados contra la rabia | Universo anual de perros y gatos a vacunarse contra la rabia | 80 | Mide la cobertura de dosis de vacuna antirrábica aplicada en perros y gatos en relación a su universo anual programado | 80 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 2.2.1 | Proceso | Número de personas agredidas o contacto que reciben profilaxis antirrábica humana | Número de personas agredidas | 11 | Mide la cobertura de profilaxis antirrábica humana, iniciada a personas agredidas o contacto | 11 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1 | Proceso | Número de perros y gatos esterilizados | Universo anual de perros y gatos totales a vacunarse | 1 | Mide la cobertura de esterilizaciones quirúrgicas en el total de perros y gatos con respecto al universo de estos animales a vacunarse durante el año | 1 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | 3.2.1 | Proceso | Número de pacientes probables con brucelosis que reciben tratamiento de primera vez. | Número de pacientes con probable brucelosis positivos a la prueba de rosa de bengala y sintomatología sugestiva a la enfermedad y/o asociación epidemiológica. | 100 | Mide la cobertura de enfermos con definición operacional de probable a brucelosis que reciben tratamiento con antibiótico. | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 4.1.1 | Proceso | Numero de Semanas con Captura de Información en Plataforma | Numero de Semanas en el periodo | 24 | Mide la regularidad en el reporte semanal de actividades mediante el porcentaje de registro en Plataforma de manera trimestral | 24 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 4.6.1 | Proceso | Casos nuevos de dengue tratados | Casos nuevos de dengue notificados | 100 | Mide la proporción de tratamiento a casos nuevos de Dengue. | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 5.2.1 | Proceso | Localidades Prioritarias con Ovitrampas | Número de Localidades Prioritarias | 100 | Mide semanalmente la variación de indicadores entomológicos de ovitrampas en las Localidades Prioritarias | 10 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1 | Proceso | Numero de Localidades con Acciones de Control Larvario | Numero de Localidades prioritarias | 100 | Mide trimestralmente el cumplimiento en las acciones de control larvario en las localidades de riesgo. | 10 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2 | Proceso | Numero de Localidades prioritarias con Acciones de Nebulización Espacial en UBV | Numero de Localidades prioritarias | 100 | Mide trimestralmente el porcentaje de cumplimiento de nebulización espacial en localidades prioritarias | 10 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.3 | Proceso | Casos Probables atendidos con acciones de Rociado Intradomiciliar reportados en la Plataforma de Vigilancia Entomológica y Control Integral del Vector | Casos Probables Notificados en la Plataforma del SINAVE Vectores | 90 | Mide trimestral el porcentaje de cumplimiento de atención con rociado residual intradomiciliar a casos probables registrados en la Plataforma del SINAVE Vectores | 90 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 9.1.1 | Proceso | Unidades Entomológicas y de Bioensayo en Funcionamiento | No aplica | 24 | Mide la proporción de Unidades Entomológicas y de Bioensayo funcionando con respecto a las Unidades Previstas a funcionar por entidad federativa | 1 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 9.6.1 | Proceso | Número de personal que aplica insecticidas adulticidas organofosforados con estudios de niveles de colinesterasa. | Número de personal que aplica insecticidas adulticidas organofosforados en el programa. | 100 | Mide la proporción de estudios realizados al personal que aplica Insecticidas Adulticidas Organofosoforados en el que se vigilan efectos secundarios mediante estudios serológicos de Colinesterasa | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 13.1.1 | Proceso | Número de personal que recibe la capacitación con perspectiva de género para la atención y manejo clínico de pacientes con Dengue no Grave, Dengue con Signos de Alarma y Dengue Grave. | Todo personal de salud que participa en la atención y manejo clínico con pacientes con Dengue No Grave, Dengue con Signos de Alarma y Dengue Grave | 90 | Mide la proporción de personal de salud capacitado en atención y manejo clínico de pacientes con Dengue No Grave, Dengue con Signos de Alarma y Dengue Grave con perspectiva de género. | 90 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 15.1.1 | Proceso | Numero de Estudios de Investigación Operativa Realizados | No aplica | 32 | Se medirá el grado de cumplimiento de los Estudios de Investigación Operativa Programados en Vigilancia, Prevención y Control del Dengue | 1 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.1.1 | Proceso | Número de Casos nuevos de paludismo con tratamiento. | Número total de casos nuevos de paludismo confirmados por microscopía. | 100 | Tratamiento oportuno a casos nuevos de paludismo. | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.2.1 | Proceso | Número de mujeres embarazadas con diagnóstico de paludismo que recibieron tratamiento | Total de mujeres embarazadas con diagnóstico de paludismo | 100 | Tratamiento oportuno a mujeres embarazadas con diagnóstico de paludismo | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.3.2 | Proceso | Total de gotas gruesa tomadas a casos probables de paludismo | Total de casos probables de paludismo reportados. | 100 | Porcentaje de detección oportuna de los casos probables de paludismo | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.6.1 | Proceso | Número de reuniones realizadas con el Comité Técnico Estatal para la Certificación de Área Libre de Paludismo | Número de reuniones programadas con el Comité Estatal de Certificación de Área Libre de Paludismo | 100 | Reuniones realizadas del Comité Técnico Estatal para gestionar, informar y realizar acciones que coadyuven a la certificación del estado como área libre de transmisión del paludismo | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 2.1.1 | Proceso | Número de puestos de notificación voluntarios, oficiales y privados en localidades prioritarias visitados de forma mensual | Total de puestos de notificación voluntarios, oficiales y privados existentes en las localidades prioritarias | 100 | Estima la proporción de visitas para el fortalecimiento de la detección y diagnóstico oportuno de paludismo en localidades prioritarias, a través de los puestos de notificación voluntarios, oficiales y privados. | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 3.2.1 | Proceso | Número de personal de salud capacitado en paludismo sin exclusión de género | Total de personal de salud en el estado que realiza actividades de prevención y control de paludismo | 100 | Cuantifica el porcentaje del personal de salud capacitado en paludismo sin exclusión de género. | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 4.1.1 | Resultado | Número de localidades prioritarias con infestaciones larvarias menores al 1% de caladas positivas, posterior a la intervención de control. | Número de localidades prioritarias con positividad larvaria mayor a 1% en los estudios entomológicos previos | 100 | Mide la eficacia de las acciones realizadas por la comunidad para la eliminación y control de los criaderos de anofelinos | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 5.1.1 | Proceso | Número de localidades prioritarias trabajadas con eliminación de criaderos de anofelinos con participación comunitaria | Total de localidades prioritarias. | 100 | Estima la cobertura de localidades prioritarias trabajadas mediante la participación comunitaria en la eliminación de criaderos y hábitats de los anofelinos | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 8.1.1 | Resultado | Número de brotes atendidos en las primeras 24 horas a partir de la notificación | Total de brotes notificados | 100 | Mide la oportunidad en la atención a brotes por paludismo la cual debe ser en menos de 24 horas a partir de la notificación | 100 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 1.1.1 | Proceso | Número de serologías realizadas en menores de quince años. | No aplica | 2,000 | Toma de muestra serológica a menores de quince años de edad, residentes de localidades prioritarias. | 75 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 3.1.1 | Proceso | Número de localidades rociadas con insecticida residual | Número de Localidades consideradas prioritarias | 100 | Número de localidades prioritarias en las que de acuerdo a los resultados de la vigilancia entomológica requieren rociado intradomiciliar, con el objetivo de disminuir a <3% los indices de infestación por triatominos | 100 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 4.2.1 | Proceso | Número de tratamientos supervisados asignados a casos de infección por T. cruzi confirmados por LESP. | Número de casos confirmados por laboratorio estatal de salud pública o InDRE notificados en SUIVE (Sistema nico de Vigilancia Epidemiológica). | 100 | Total de casos confirmados de infección por T. cruzi diagnosticado por LESP (con valoración clínica y de laboratorio) en los que se ministra el tratamiento supervisado. | 100 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 5.1.1 | Proceso | Número de serologías diagnósticas para la detección de T. cruzi, realizadas a mujeres embarazadas residentes o procedentes de áreas prioritarias en control prenatal. | No aplica | 528 | Señala la oportunidad de detectar T. cruzi por diagnostico serológico en mujeres embarazadas residentes o procedentes de áreas prioritariasbn en control prenatal | 25 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 5.2.1 | Proceso | Número de pruebas diagnósticas confirmatorias por serología realizadas en el LESP a donadores de sangre procedentes de los CETS con pruebas doblemente reactivas a T. cruzi. | No aplica | 2,730 | Identifica el numero de casos mediante pruebas confirmatorias a T. cruzi en los LESP que tuvieron doble reactividad al tamizaje realizado en los CETS | 125 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 1.1.1 | Proceso | Localidades identificadas con focos activos de transmisión con evaluación (encuesta) entomológica. | No aplica | 6 | Señala las actividades de vigilancia entomológica realizados en los estados con focos de transmisión. | 1 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 1.5.1 | Proceso | Número de casos de leishmaniasis confirmados por el laboratorio (LESP) | Número de casos de Leishmaniasis diagnosticados | 95 | Número de casos de Leishmaniasis que son confirmados por el laboratorio (LESP). | 95 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 3.1.1 | Proceso | Número tratamientos etiológicos supervisados a casos de leishmaniasis hasta su curación. | Número de casos registrados de Lishmaniasis | 95 | Tratamiento etiológico de leishmaniasis bajo supervisión hasta su curación a todos los casos confirmados por laboratorio (LESP) | 95 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 4.1.1 | Proceso | Número de capacitaciones (talleres comunitarios y al sector de turismo) sobre medidas de prevención de la Leishmaniasis, realizadas en localidades de áreas prioritarias y turísticas con focos activos de transmisión de Leishmaniasis. | No aplica | 9 | Ofrecer información teórico-practica para promover medidas preventivas individuales, familiares y colectivas en localidades y áreas turísticas prioritarias con focos activos de transmisión de leishmaniasis. | 2 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 4.2.2 | Resultado | Número de casos de intoxicación por picadura de alacrán atendidos durante los primeros 30 minutos posteriores a la picadura de alacrán. | Total de casos de intoxicación por picadura de alacrán notificados. | 100 | El indicador medirá el número de casos tratados oportunamente con el faboterápico, estimado por aquellos pacientes que son tratados en los primeros 30 minutos después de haber sido picados por el alacrán. | 100 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 1.1.1 | Proceso | Detecciones de diabetes mellitus realizadas en la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud. | Total de detecciones de DM programadas. | 100 | Detecciones de Diabetes Mellitus realizadas en población de 20 años y más responsabilidad de la Secretaria de Salud. | 100 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.1 | Resultado | Total de pacientes con DM en control con HbA1c | Total de pacientes con DM programados para control con HbA1c | 100 | Pacientes con DM que alcanzan el control de DM medido con HbA1c. | 100 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.3 | Estructura | Número de UNEME´s EC que operan con el modelo preventivo de atención clínica. | No aplica | 101 | Corresponde al número de unidades que operan con el modelo preventivo de atención. | 3 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.4 | Proceso | pacientes con DM a quienes se les realiza mediciones de microalbuminuria | Total de pacientes Tx con DM | 20 | Porcentaje de detección de complicaciones crónicas a través de determinación de microalbúmina. | 20 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.2.1 | Resultado | Número de GAM EC acreditados en el periodo correspondiente. | No aplica | 910 | Impulsar la acreditación de Grupos de Ayuda Mutua EC en el primer nivel de atención. | 14 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 4.1.1 | Proceso | Número de personal contratado para las UNEME´s EC. | Números de contratos programados. | 100 | Fortalecimiento de plantilla para la UNEME EC | 100 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 1.1.1 | Proceso | Número de detecciones de Hipertensión arterial realizadas en la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud | Total de detecciones de hipertensión arterial programadas en población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud | 100 | Corresponde al número de detecciones realizadas de hipertensión arterial en la población de 20 años y más, responsabilidad de la SSA | 100 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 2.2.1 | Proceso | Número de personal contratado para el Programa de O-RCV por fuente de financiamiento Ramo 12 | Número de personal programado para contratación en el Programa de O-RCV | 100 | Corresponde a la contratación del personal por Ramo 12, Apoyo Federal, que realiza las funciones propias del programa de O-RCV | 100 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 4.2.1 | Resultado | Número de detecciones de Obesidad realizadas en la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud | Total de detecciones de obesidad programadas en población de 20 años y más, responsabilidad de la secretaría de salud | 100 | Corresponde al número de detecciones de obesidad en población de 20 años y más, responsabilidad de Secretaría de Salud | 100 | 12 | Atención del Envejecimiento | 6.2.2 | Resultado | Población adulta mayor no asegurada con detecciones realizadas de síndromes geriátricos (caídas e incontinencia urinaria) | Población adulta mayor no asegurada | 10 | Son las personas adultas mayores (60 años y más) no aseguradas con detecciones de Síndromes Geriátricos en sus componentes de caídas e incontinencia urinaria | 10 | 12 | Atención del Envejecimiento | 6.2.4 | Resultado | Población masculina de 45 años y más no aseguradas con detecciones integradas por crecimiento prostático benigno realizadas | Población masculina de 45 años y más no aseguradas | 5 | Es la población masculina de 45 años y más no aseguradas con detección por crecimiento prostático benigno | 5 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 3.2.1 | Resultado | Semanas Estatales de Salud Bucal realizadas durante el año. | No aplica | 27 | Corresponde a la realización de las Semanas Estatales de Salud Bucal dos veces por año. | 1 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 4.4.1 | Resultado | Total de actividades preventivas intramuros realizadas. | No aplica | 17,165,376 | Corresponde a la aplicación del Esquema Básico de Prevención en Salud Bucal en las unidades aplicativas. | 261,137 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 4.5.1 | Resultado | Actividades Preventivas extramuros realizadas. | No aplica | 56,962,205 | Contempla la aplicación del Esquema Básico de Prevención en Salud Bucal para preescolares y escolares, así como actividades preventivas a población en general. | 957,952 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 5.1.1 | Resultado | Número de actividades curativo asistenciales realizadas. | No aplica | 9,985,236 | Se contemplan actividades preventivas y curativo asistenciales que se realizan en unidades aplicativas. | 129,477 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 8.4.1 | Resultado | Número de visitas de supervisión realizadas. | No aplica | 2,891 | Se contemplan las supervisiones a unidades aplicativas en la entidad. | 38 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 9.4.1 | Resultado | Número de consultas estomatológicas realizadas. | No aplica | 3,951,381 | Se contempla el total de consultas de primera vez y subsecuentes del servicio estomatológico. | 55,222 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.2.1 | Resultado | Número de eventos de capacitación en tuberculosis realizados. | No aplica | 62 | Eventos de capacitación dirigidos al personal de salud sobre la prevención y control de la tuberculosis, realizados en las entidades federativas. | 3 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.1 | Proceso | Número de sintomáticos respiratorios estudiados con baciloscopia. | Número de sintomáticos respiratorios programados. | 100 | Detección de tuberculosis entre sintomáticos respiratorios | 100 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.2 | Proceso | Número de casos de tuberculosis ingresados a tratamiento | Número total de casos de tuberculosis programados | 100 | Iniciar tratamieto a los casos de tuberculosis nuevos y retratamientos (total de casos registrados: Nuevos, reingresos, recaídas y fracasos) | 100 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.3 | Proceso | Número de contactos menores de 5 años de edad con terapia preventiva con isoniacida. | Número de contactos menores de 5 años de edad | 100 | Iniciar a contactos de pacientes de tuberculosis niñas y niños menores de 5 años de edad, terapia preventiva con isoniacida (TPI). | 100 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1 | Proceso | Número de esquemas entregados para personas con tuberculosis fármacorresistente, que ingresaron a tratamiento con fárrmacos de segunda línea. | Número de personas con tuberculosis farmacorresistente esperados. | 100 | Tratamiento de segunda línea a personas con tuberculosis fármacorresistente. | 100 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 3.4.1 | Proceso | Número de personas con VIH que requirieron terapia preventiva con isoniacida | Número de personas con VIH programadas para terapia preventiva con isoniacida | 100 | Administrar terapia preventiva con isoniacida a personas con VIH que la requieran. | 100 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 5.1.1 | Proceso | Número de visitas de asesoría y supervisión realizadas a unidades de salud. | Número de visitas de asesoría y supervisión programadas a unidades de salud. | 100 | Realización de visitas de asesoría y supervisión programadas por nivel estatal a los niveles locales. | 100 | 15 | Eliminación de la Lepra | 1.1.1 | Proceso | Número de cursos de capacitación de lepra realizados . | No aplica | 32 | Número de cursos de capacitación enfocados al manejo integral de todas las personas afectadas por lepra. | 1 | 15 | Eliminación de la Lepra | 1.2.1 | Resultado | Número de casos nuevos de lepra diagnosticados. | Número de casos nuevos de lepra programados | 100 | Número de casos nuevos de lepra encontrados de manera trimestral entre contactos de pacientes y en sintomáticos dermatológicos. | 100 | 15 | Eliminación de la Lepra | 2.1.1 | Proceso | Número de baciloscopías realizadas a casos nuevos, en prevalencia y en vigilancia postratamiento. | Número de baciloscopias programadas a casos nuevos, en prevalencia y en vigilancia postratamiento | 100 | Número de baciloscopias realizadas a casos nuevos, en prevalencia y en vigilancia postratamiento. | 100 | 15 | Eliminación de la Lepra | 2.1.2 | Resultado | Número de histopatologías realizadas a casos prevalentes | Total de casos prevalentes | 100 | Número de histopatologías realizadas a casos nuevos | 100 | 15 | Eliminación de la Lepra | 4.1.1 | Resultado | Número de pacientes que iniciaron esquema de tratamiento multibacilar 2 años atrás y que lo concluyeron, | Total de casos que ingresaron a tratamiento MB 2 años atras al año actual que se esta evaluando | 100 | Número de casos MB que terminaron tratamiento de lepra que ingresaron 2 años atrás al año que se esta evaluando | 100 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 1.1.1 | Proceso | Reuniones ordinarias trimestrales del Comité Estatal para la Seguridad en Salud realizadas. | No aplica | 64 | Verificar la realización de las reuniones ordinarias trimestrales del Comité Estatal para la Seguridad en Salud durante el año. Total 2 estatal (1 programada por trimestre) | 2 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 3.1.1 | Proceso | Cursos de capacitación realizados para el personal involucrado en la operación del programa de Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres. | No aplica | 32 | Cursos de capacitación realizados por la entidad federativa para el personal involucrado en la operación del programa de Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres. | 1 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 4.1.1 | Estructura | Kits de reservas estratégicas integrados. | No aplica | 96 | Integración de kits de insumos y medicamentos para la atención de emergencias en salud. | 3 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 5.1.1 | Resultado | Total de emergencias en salud (brotes y desastres) atendidas en menos de 48 horas | Total de emergencias en salud (brotes y desastres) registradas | 95 | Emergencias en salud atendidas con oportunidad (brotes y desastres en menos de 48 hrs). | 95 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 5.2.1 | Proceso | Supervisiones realizadas | No aplica | 64 | Supervisión a las jurisdicciones sanitarias de mayor riesgo y niveles locales para verificar la operación integral del programa de Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres, con base en las cédulas de supervisión. | 2 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarréicas Agudas y Cólera | 1.1.1 | Proceso | Reuniones trimestrales del Grupo Estatal Intersectorial de EDA y cólera realizadas | No aplica | 64 | Reuniones ordinarias del Grupo Estatal Intersectorial de EDA y cólera. | 2 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarréicas Agudas y Cólera | 2.1.1 | Resultado | Casos de EDA´s de Unidades de Salud Públicas seleccionadas con muestra de hisopo rectal. | Total de EDA´s registradas en el SUIVE de las Unidades de Salud Públicas del estado. | 2 | Se refiere al porcentaje de casos de EDA que acuden a unidades de salud del sector salud, a quienes se le obtiene muestra con hisopo rectal para búsqueda de V. cholerae; mínimo al 2% de los casos de EDA que acuden a la unidad. | 2 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarréicas Agudas y Cólera | 3.1.1 | Proceso | Campañas de prevención realizadas. | No aplica | 32 | Realización de campañas de prevención para EDA y Cólera en zonas de riesgo identificadas. | 1 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarréicas Agudas y Cólera | 3.1.2 | Proceso | Operativos preventivos en áreas de riesgo realizados | No aplica | 32 | Realizar operativos preventivos en áreas de riesgo para EDA y cólera, por ejemplo: ferias, periodos vacacionales, zonas con aislamientos de V cholera, fiestas religiosas, grandes eventos, etc. | 1 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarréicas Agudas y Cólera | 4.1.1 | Estructura | Kits de insumos y medicamentos conformados | No aplica | 96 | Integración de kits de insumos y medicamentos para la atención médica de casos de diarrea y sospechosos de cóler en unidades de salud. | 3 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarréicas Agudas y Cólera | 5.1.1 | Proceso | Número de cursos y/o talleres realizados | No aplica | 32 | Realización de cursos y/o talleres para desarrollar habilidades y destrezas en los temas del programa de Prevención de EDA/Cólera | 1 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarréicas Agudas y Cólera | 5.2.1 | Proceso | Supervisiones realizadas | No aplica | 64 | Supervisión a las jurisdicciones sanitarias y niveles locales para verificar la operación del programa de Prevención de EDAS y Cólera, con base en las cédulas de supervisión. | 2 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 1.1.3 | Proceso | Número de supervisiones realizadas en las unidades de salud de primer nivel de atención con actividades operativas del PAE-ERI. | No aplica | 72 | Supervisiones a realizar por parte del Programa Estatal a las unidades de salud de primer nivel de atención que realizan actividades operativas del PAE-ERI. | 3 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 1.1.4 | Resultado | Número de personas con factores de riesgo para Asma y EPOC estudiadas con espirometría. | Número de personas en riesgo para desarrollar asma y EPOC programadas para estudio de espirometría | 70 | Detección oportuna de enfermedades respiratorias crónicas, Asma y Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) | 70 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 1.1.5 | Proceso | Número de pacientes con diagnóstico de asma en tratamiento mínimo por 3 meses y cuentan con espirometría de control | Número de pacientes con diagnóstico de asma en tratamiento | 60 | Pacientes con diagnóstico confirmado de asma en tratamiento con broncodilatadores y corticoides al menos con 3 meses de seguimiento. | 60 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 1.1.6 | Resultado | Pacientes diagnosticados con EPOC que tienen prueba de espirometría y cuentan con ingreso a tratamiento. | Número de pacientes con riesgo de desarrollar EPOC programados para espirometría | 70 | Diagnóstico de casos de EPOC con prueba espirometria, identificación de factores de riesgo y síntomas e ingresados a tratamiento. | 70 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 1.1.7 | Resultado | Número de pacientes mayor o igual a 18 años con diagnóstico de asma confirmado con espirometría y otras pruebas auxiliares diagnósticas, que cuentan con ingreso a tratamiento. | Número de pacientes igual o mayor de 18 años con cuadro clínico sugestivo de asma programados para pruebas diagnósticas. | 80 | Diagnóstico de casos de Asma en la población general según la definición operacional de guías oficiales y de practica clínica y estén ingresados a tratamiento. | 80 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 1.1.8 | Resultado | Número de pacientes mayores de 18 años diagnosticados con NAC, según definiciones operacionales. | Número de pacientes mayores de 18 años con sospecha de NAC, programados. | 80 | Casos diagnosticados de Neumonía según las definiciones operacionales de NAC en mayores de 18 años | 80 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 1.1.9 | Resultado | Pacientes diagnosticados con influenza, ETI e IRAG | Total de casos probables de influenza | 80 | Detectar casos de influenza (enfermedad tipo influenza/Infección respiratoria aguda grave/ influenza en pacientes que acuden a consulta en el primer nivel de atención. | 80 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 1.1.10 | Proceso | Número de Pacientes con diagnóstico de EPOC en tratamiento mínimo por 6 meses y cuentan con espirometría de seguimiento | Número de pacientes con diagnóstico de EPOC en tratamiento | 60 | El indicador permitirá conocer la función pulmonar que mantiene el paciente con enfermedad pulmonar obstructiva crónica durante su tratamiento | 60 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 2.2.1 | Estructura | Número de unidades de salud que cuentan con espirómetros para la detección y control de las enfermedades respiratorias crónicas | Número de Unidades de Salud programadas para operar el Programa de Enfermedades Respiratorias en 2018 | 60 | Entidades federativas equipadas con espirómetros para realizar detección y control de las enfermedades respiratorias crónicas en unidades de salud. | 60 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1 | Resultado | Población menor de un año de edad que recibe las dosis de vacunas correspondientes al esquema completo de vacunación (1BCG, 3Penta, 3Rotav, 2Neumo y 3 de HepB) en el periodo a reportar. Para el reporte del avance en el 2do trimestre del indicador, se deben consideras las dosis con corte al 31 de marzo. | Población de menores de un año de edad de responsabilidad para la Secretaría de Salud en el periodo a reportar. Para el reporte del avance en el 2do trimestre del indicador, se debe considerar la población menor de un año de edad que corresponde al 1er trimestre del año. Fórmula: (Población menor de un año x 0.0833) x 3 | 90 | Porcentaje de población menor de un año de edad al que se le aplicaron las dosis de biológicos para completar el esquema de vacunación en este grupo de edad, en un periodo determinado. | 90 | 1 | Vacunación Universal | 1.1.2 | Resultado | Población de 4 años de edad a la que se le aplicó una dosis de vacuna DPT en el periodo a reportar. | Población de cuatro años de edad, de responsabilidad para la Secretaría de Salud en la D.P.R.I.,en el periodo a reportar. | 95 | Porcentaje de población de cuatro años de edad a la que se le aplicó la dosis de vacuna DPT en un periodo determinado. | 95 | 1 | Vacunación Universal | 1.2.3 | Resultado | Población con dosis aplicada de vacuna contra influenza estacional en un periodo determinado | Total de población meta a vacunar con la vacuna contra influenza Estacional de Responsabilidad Institucional para la Secretaría de Salud | 70 | Logro de aplicación de la Vacuna de Influenza Estacional durante el último trimestre del 2019 | 70 | 1 | Vacunación Universal | 1.3.1 | Proceso | Capacitaciones realizadas del Programa Estatal de Vacunación Universal | No aplica | 2 | Capacitaciones realizadas para la primera semana nacional de salud y la segunda semana nacional de salud. | 2 | 1 | Vacunación Universal | 1.4.1 | Proceso | Jurisdicciones supervisadas en el trimestre reportado | Total de jurisdicciones en el estado | 50 | Medir el porcentaje de jurisdicciones supervisadas por el programa estatal de vacunación universal. | 50 | 1 | Vacunación Universal | 1.5.1 | Resultado | Población de entre 12 y 23 meses de edad a la que se le aplicó la dosis de vacuna SRP en el periodo a reportar. | Población de entre 12 a 23 meses de edad de responsabilidad para la Secretaría de Salud en la D.P.R.I.,en el periodo a reportar. | 95 | Porcentaje de población de entre 12 a 23 meses de edad a la que se le aplicó una dosis de vacuna SRP en un periodo determinado | 95 | 1 | Vacunación Universal | 1.5.2 | Resultado | Población de 6 años de edad a la que se le aplicó una dosis de vacuna de SRP en el periodo a reportar. | Población de seis años de edad de responsabilidad para la Secretaría de Salud en la D.P.R.I.,en el periodo a reportar. | 95 | Porcentaje de población de seis años de edad, a la que se le aplicó una dosis de vacuna SRP en un periodo determinado. | 95 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 1.2.1 | Proceso | Sumatoria del número de niñas y niños menores de 10 años de edad en control nutricional por desnutrición y bajo peso. | Total de niñas y niños menores de 10 años de edad con desnutrición y bajo peso. | 100 | Proporción de niñas y niños menores de 10 años de edad con desnutrición y bajo peso, ingresados a control nutricional. | 100 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 1.2.2 | Proceso | Sumatoria del número de niñas y niños menores de 10 años de edad en control nutricional por sobrepeso y obesidad. | Total de niñas y niños menores de 10 años de edad con sobrepeso y obesidad. | 100 | Proporción de niñas y niños menores de 10 años de edad con sobrepeso y obesidad ingresados a control nutricional. | 100 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 2.2.1 | Proceso | Sesiones e intervenciones de prevención de violencia realizadas con adolescentes, madres-padres, familia y comunidad | Sesiones e intervenciones de prevención de violencia programadas para adolescentes, madres-padres, familia y comunidad | 100 | Porcentaje de las sesiones e intervenciones de prevención de violencia, realizadas con adolescentes, madres-padres, familia y comunidad | 100 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 3.1.1 | Proceso | Supervisiones y capacitaciones realizadas al Programa de Atención para la Salud de la Adolescencia | Supervisiones y capacitaciones programadas del Programa de Atención para la Salud de la Adolescencia | 100 | Medir el porcentaje de las supervisiones y capacitaciones realizadas al Programa de Atención para la Salud de la Adolescencia | 100 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 4.1.1 | Resultado | Número de personal de salud en contacto con el paciente del primer nivel de atención, capacitado en temas de atención integrada en la infancia y la adolescencia. | Total de personal de los servicios de salud del primer nivel de atención en contacto con el paciente. | 9 | La proporción del personal de salud del primer nivel de atención en contacto con el paciente, capacitado en temas de atención integrada en la infancia y la adolescencia en modalidad presencial o a distancia. | 9 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.1.1 | Proceso | Número de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda en consulta de primera vez que recibieron tratamiento de hidratación oral Plan A en el periodo. | Total de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda en consulta de primera vez en el periodo. | 95 | Porcentaje de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda de primera vez que son tratados exitosamente con el Plan A de hidratación oral. | 95 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.1.2 | Proceso | Número de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda en consulta de primera vez que recibieron tratamiento de hidratación oral Plan B en el periodo. | Total de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda en consulta de primera vez en el periodo. | 3 | Porcentaje de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda de primera vez que son tratados exitosamente con el Plan B de hidratación oral. | 3 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.1.3 | Proceso | Número de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda en consulta de primera vez que recibieron tratamiento de hidratación oral Plan C en el periodo. | Total de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda en consulta de primera vez en el periodo | 2 | Porcentaje de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda de primera vez que son tratados con el Plan C de hidratación oral. | 1 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.2.1 | Proceso | Número de niñas y niños menores de cinco años de edad con infección respiratoria aguda de primera vez que reciben tratamiento sintomático en el periodo | Total de niñas y niños menores de cinco años de edad con infección respiratoria aguda de primera vez en el periodo. | 70 | Porcentaje de niñas y niños menores de cinco años de edad con infección respiratoria aguda de primera vez que reciben tratamiento sintomático | 70 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.3.1 | Proceso | Número de sesiones del Comité de Estrategias para la Reducción de la Mortalidad en la Infancia realizadas en el periodo. | Total de sesiones del Comité de Estrategias para la Reducción de la Mortalidad en la Infancia programadas en el periodo. | 90 | Porcentaje de sesiones del Comité de Estrategias para la Reducción de la Mortalidad en la Infancia (COERMI) estatal y/o jurisdiccional realizadas en el periodo con respecto a las programadas. | 90 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.4.1 | Proceso | Total de niñas y niños menores de un año de edad que recibieron consulta del niño sano de primera vez en el año. | Total de niñas y niños menores de un año de edad que recibieron consulta por primera vez en el año. | 25 | Porcentaje de niñas y niños menores de un año de edad que recibieron consulta del niño sano de primera vez en el año. | 25 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.5.1 | Proceso | Número de niñas y niños menores de cinco años de edad tamizados por primera vez en la vida con la prueba de Evaluación del Desarrollo Infantil. | Total de niñas y niños menores de cinco años de edad que recibieron consulta del niño sano de primera vez en el año. | 10 | Porcentaje de niñas y niños menores de 5 años de edad tamizados con la prueba de Evaluación del Desarrollo Infantil en la consulta del niño sano. | 10 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 6.2.1 | Proceso | GAPS en operación | GAPS programados. | 100 | Medir el porcentaje de Grupos de Adolescentes Promotores de la Salud (GAPS) operando en la entidad federativa. | 100 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 1.1.1 | Proceso | Unidades Médicas supervisadas | Número de unidades médicas programadas para supervisión | 100 | Supervisar los procesos de búsqueda intencionada en el primer nivel de atención y acciones de atención a menores de 18 años con cáncer en la Unidad Médica Acreditada | 90 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 1.2.1 | Proceso | Número de sesiones realizadas por los COECIA y sus Comités | Cuatro sesiones de COECIA y sus Comités | 100 | Realizar dos sesiones del COECIA y dos sesiones de los Comités Técnico, Normativo y Financiero, tal como lo establece la normatividad vigente | 90 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 2.1.1 | Proceso | Número de personas capacitadas (pediatras, médicos generales, pasantes de servicio social, promotores y enfermeras de primer nivel de atención y UMA) para la identificación de signos y síntomas de sospecha de cáncer en niñas, niños y adolescentes y atención de menores de 18 años con cáncer | Número de personas programadas a capacitar (pediatras, médicos generales, pasantes de servicio social, promotores y enfermeras) | 100 | Capacitar a los médicos pasantes de servicio social y promotores en primer nivel de atención, médicos generales, pediatras y enfermeras de primer nivel de atención y de UMA | 90 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 2.1.3 | Proceso | Número de casos de cáncer en menores de 18 años que cuentan con etapa o riesgo registrado en el RCNA | Total de menores de 18 años registrados en el RCNA registrados al periodo | 100 | Número de casos de cáncer en menores de 18 años que cuentan con etapa o riesgo registrado en el RCNA de acuerdo al tipo de cáncer, en relación al total de casos diagnosticados y registrados | 90 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 3.1.1 | Proceso | Número de casos correctamente actualizados de acuerdo al tipo de cáncer y estado actual del caso capturado en el Registro de Cáncer en Niños y Adolescentes. | Total de casos registrados en el Registro de Cáncer en Niños y Adolescentes | 100 | Registrar y actualizar correctamente el 100 % de casos de cáncer en menores de 18 años en el Registro Nacional de Cáncer en Niños y Adolescentes de acuerdo al tipo de cáncer y al estado actual del caso. | 90 | NDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción y Número de Actividad General. ANEXO 5 Relación de insumos federales enviados en especie por "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | SIN DATOS | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | SIN DATOS | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | SIN DATOS | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 4.2.1.28 | Ramo 12-Apoyo Federal | Otros productos químicos de laboratorio Descripción complementaria: Reactivos y Biológicos en general elaborados por el Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos a solicitud de los Laboratorios Estatales de Salud Pública. | 1.00 | 45,148 | 45,148.00 | TOTAL | 45,148.00 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 2.2.1.8 | Ramo 12-Apoyo Federal | Condón masculino. De hule látex. Envase con 100 piezas. | 98.00 | 2,599 | 254,702.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Pruebas Rápidas. Prueba rápida para la determinación cualitativa en sangre total de anticuerpos IgG por inmunocromatografía contra el virus de la inmunodeficiencia humana Tipos 1 y 2. Estuche para mínimo 24 pruebas. TATC. Descripción complementaria: El costo y las cantidades son por prueba | 61.00 | 7,036 | 429,196.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Pruebas Rápidas. Reactivo para la determinación cromatográfica, cualitativa de anticuerpos contra VIH tipo 1 y 2 y Treponema pallidum. Cada sobre contiene: · Cartucho de prueba. · Un bulbo de plástico con regulador de corrimiento. · Un bulbo de plástico vacío (pipeta para toma de muestra). · Una lanceta retráctil con 3 niveles de punción. Caja con 25 sobres. Descripción complementaria: El costo y las cantidades son por prueba | 133.00 | 4,691 | 623,903.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.3.1.4 | Ramo 12-Apoyo Federal | Reactivo y Juego de Reactivos para Pruebas Específicas. Reactivos para la detección de compuestos de ADN de Mycobacterium tuberculosis y mutaciones asociadas a resistencia a rifampicina del gen rpoB, mediante PCR semicuantitativa, integrada y en tiempo real, en muestras de esputo y sedimentos preparados 10 Cartuchos RTC. | 1,400.00 | 509 | 712,600.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 5.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Pruebas Rápidas. Prueba rápida inmunocromatográfica para la determinación de anticuerpos de Treponema pallidum en suero o plasma humano. Con sensibilidad no menor al 95% y una especificidad no menor al 98% de acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos. Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 20 pruebas. Descripción complementaria: El precio unitario y la cantidad son por prueba | 52.00 | 6,901 | 358,852.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Elvitegravir/Cobicistat/Emtricitabina/Tenofovir Alafenamida. Tableta Cada tableta contiene: Tenofovir alafenamida fumarato 11.2 mg equivalente a 10 mg de tenofovir alafenamida Emtricitabina 200 mg Envase con 30 tabletas. | 1,854.00 | 1,361 | 2,523,294.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Zidovudina. Solución Inyectable. Cada frasco ámpula contiene: Zidovudina 200 mg Envase con 5 frascos ámpula (200 mg/20 mL) | 995.00 | 1 | 995.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Elvitegravir/Cobicistat/Emtricitabina/Tenofovir Alafenamida. Tableta Cada tableta contiene: Tenofovir alafenamida fumarato 28 mg equivalente a 25 mg de tenofovir alafenamida Emtricitabina 200 mg Envase con 30 tabletas. | 1,854.00 | 1,361 | 2,523,294.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Zidovudina. Solución Oral Cada 100 ml contienen: Zidovudina 1 g Envase con 240 ml. | 680.00 | 136 | 92,480.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lopinavir-ritonavir. Solución Cada 100 ml contienen: Lopinavir 8.0 g Ritonavir 2.0 g Envase frasco ámbar con 160 ml y dosificador. | 1,714.00 | 52 | 89,128.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Raltegravir. Comprimido Cada Comprimido contiene: Raltegravir potásico equivalente a 400 mg de raltegravir Envase con 60 Comprimidos. | 3,610.07 | 2,419 | 8,732,759.33 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Ritonavir. Cápsula o Tableta Cada Cápsula o Tableta contiene Ritonavir 100 mg Envase con 30 Tabletas | 347.96 | 4,805 | 1,671,947.80 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lamivudina. Tableta Cada Tableta contiene: Lamivudina 150 mg Envase con 60 Tabletas. | 394.00 | 89 | 35,066.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lopinavir-ritonavir. Tableta Cada Tableta contiene: Lopinavir 100 mg Ritonavir 25 mg Envase con 60 Tabletas. | 1,100.00 | 13 | 14,300.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lopinavir-ritonavir. Tableta Cada Tableta contiene: Lopinavir 200 mg Ritonavir 50 mg Envase con 120 Tabletas. | 987.50 | 2,687 | 2,653,412.50 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Maraviroc. Tableta Cada Tableta contiene: Maraviroc 150 mg Envase con 60 Tabletas. | 6,622.47 | 48 | 317,878.56 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Maraviroc. Tableta Cada Tableta contiene: Maraviroc 300 mg Envase con 60 Tabletas. | 6,622.47 | 12 | 79,469.64 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo. Tableta Cada Tableta contiene: Efavirenz 600 mg Emtricitabina 200 mg Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg equivalente a 245 mg Tenofovir disoproxil Envase con 30 Tabletas. | 2,332.03 | 18,999 | 44,306,237.97 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Darunavir. Tableta Cada Tableta contiene: Etanolato de darunavir equivalente a 400 mg de darunavir Envase con 60 Tabletas. | 3,285.87 | 357 | 1,173,055.59 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Dolutegravir. Tableta. Cada tableta contiene: Dolutegravir sódico equivalente a 50 mg de dolutegravir. Envase con 30 tabletas. | 3,335.47 | 603 | 2,011,288.41 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Etravirina. tableta cada tableta contiene: Etravirina 200 mg. envase con 60 tabletas. | 5,429.27 | 155 | 841,536.85 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Darunavir / Cobicistat Tableta Cada tableta contiene: Etanolato de darunavir equivalente a 800 mg de darunavir Cobicistat en dióxido de silicio equivalente a 150 mg de cobicistat Envase con 30 tabletas. | 2,960.00 | 588 | 1,740,480.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Atazanavir. Cápsula Cada Cápsula contiene: Sulfato de atazanavir equivalente a 300 mg de atazanavir. Envase con 30 Cápsulas. | 2,641.32 | 2,925 | 7,725,861.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lamivudina/zidovudina. Tableta Cada Tableta contiene: Lamivudina 150 mg Zidovudina 300 mg Envase con 60 Tabletas. | 595.00 | 1,350 | 803,250.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lamivudina. Solución Cada 100 ml contienen: Lamivudina 1 g Envase con 240 ml y dosificador. | 893.56 | 156 | 139,395.36 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Abacavir. Solución. Cada 100 ml contienen: Sulfato de abacavir equivalente a 2 g de abacavir. Envase con un frasco de 240 ml y pipeta dosificadora. | 578.00 | 46 | 26,588.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Abacavir. Tableta. Cada tableta contiene: Sulfato de abacavir equivalente a 300 mg de abacavir. Envase con 60 tabletas. | 542.89 | 294 | 159,609.66 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Emtricitabina. Cápsula Cada Cápsula contiene: Emtricitabina 200 mg Envase con 30 Cápsulas. | 600.81 | 35 | 21,028.35 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Tenofovir disoproxil fumarato o tenofovir. Tableta Cada Tableta contiene: Tenofovir disoproxil fumarato 300 mg ó Tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxilo Envase con 30 Tabletas. | 2,000.12 | 1,142 | 2,284,137.04 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Efavirenz. Comprimido recubierto. Cada comprimido contiene: Efavirenz 600 mg. Envase con 30 comprimidos recubiertos. | 162.00 | 2,506 | 405,972.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Darunavir. Tableta Cada Tableta contiene: Darunavir 600 mg. Envase con 60 Tabletas. | 4,480.73 | 458 | 2,052,174.34 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Abacavir-lamivudina. Tableta. Cada tableta contiene: Sulfato de abacavir equivalente a 600 mg de abacavir. Lamivudina 300 mg. Envase con 30 tabletas. | 990.00 | 3,548 | 3,512,520.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Emtricitabina-tenofovir. Tableta. Cada Tableta contiene: Tenofovir disoproxil succinato equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxil Emtricitabina 200 mg Envase con 30 Tabletas. | 2,060.88 | 5,060 | 10,428,052.80 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Dolutegravir / Abacavir / Lamivudina. Tableta. Cada tableta contiene: Dolutegravir sódico equivalente a 50 mg de dolutegravir Sulfato de abacavir equivalente a 600 mg de abacavir Lamivudina 300 mg Envase con 30 tabletas | 4,665.00 | 844 | 3,937,260.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Elvitegravir/Cobicistat/Emtricitabina/Tenofovir. Tableta Cada tableta contiene: Elvitegravir 150 mg Cobicistat 150 mg Emtricitabina 200 mg Tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxil Envase con 30 tabletas | 2,000.00 | 257 | 514,000.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Elvitegravir/Cobicistat/Emtricitabina/Tenofovir Alafenamida. Tableta Cada tableta contiene: Elvitegravir 150 mg Cobicistat 150 mg Emtricitabina 200 mg Tenofovir alafenamida fumarato 11.2 mg equivalente a 10 mg de tenofovir alafenamida Envase con 30 tabletas. | 2,000.00 | 257 | 514,000.00 | TOTAL | 103,709,725.20 | Nota: La fuente de información para estimar los medicamentos antirretrovirales con recursos del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, será el Sistema de Administración Logística y Vigilancia de Antirretrovirales (SALVAR), por tanto, es obligatorio el uso del Sistema en las Entidades Federativas y que estas mantengan sus existencias y necesidades de medicamentos actualizadas a los cortes que establece el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA. L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 4.4.1.2 | Ramo 12-Apoyo Federal | Reactivos y Juegos de reactivos para pruebas específicas Reactivo combinante de las fases de fijación y tinción en HLA (eosina y fomaldehído). Frasco con 500 ml. TA. Descripción complementaria: Reactivos completos para la cuantificación de ácidos nucleicos de Virus de Papiloma Humano por PCR | 457.93 | 6,669 | 3,053,935.17 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Pruebas Rápidas. Reactivo para la determinación cromatográfica, cualitativa de anticuerpos contra VIH tipo 1 y 2 y Treponema pallidum. Cada sobre contiene: · Cartucho de prueba. · Un bulbo de plástico con regulador de corrimiento. · Un bulbo de plástico vacío (pipeta para toma de muestra). · Una lanceta retráctil con 3 niveles de punción. Caja con 25 sobres. | 150.00 | 323 | 48,450.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Jeringas. De plástico grado médico, para aspiración manual endouterina, reesterilizable, capacidad de 60 ml, con anillo de seguridad, émbolo en forma de abanico, extremo interno en forma cónica, con anillo de goma negro en su interior y dos válvulas de control externas. Para cánulas de 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 12 mm de diámetro. Pieza. | 3,390.00 | 10 | 33,900.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: Sombrilla 01800 MATERNA | 135.64 | 1,500 | 203,460.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: Trípticos Signos de Alarma en el Puerperio | 10.37 | 600 | 6,222.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Mifepristona. Tableta. Cada tableta contiene: Mifepristona 200 mg. Envase con una tableta. | 910.00 | 50 | 45,500.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Misoprostol. Tableta. Cada tableta contiene: Misoprostol 200 µg. Envase con 12 tabletas. | 650.00 | 21 | 13,650.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: Bolsas Señales de Alarma | 27.97 | 1,500 | 41,955.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: Caja Ácido Fólico | 4.06 | 1,500 | 6,090.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: Cartel Signos de Alarma en el Puerperio | 3.61 | 600 | 2,166.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: DovelaLínea Telefónica 01800 MATERNA | 416.56 | 1,500 | 624,840.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: Estrategia Nacional Lactancia Materna | 38.15 | 20 | 763.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: ImánLínea Telefónica 01800 MATERNA | 7.43 | 1,500 | 11,145.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: Kit Plan de Seguridad | 16.16 | 1,500 | 24,240.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: Lineamiento técnico de Prevención, Diagnóstico y Manejo del Parto Pretérmino | 48.51 | 20 | 970.20 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: Lineamiento técnico Triage Obstetrico, Código Mater y Equipo de Respuesta Inmediata Obstetrica | 49.89 | 20 | 997.80 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: Lineamiento técnico. Atención y seguimiento del embarazo y su relación con el virus de Zika | 37.73 | 20 | 754.60 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1.3 | Ramo 12-Apoyo Federal | Impresion y elaboracion de publicaciones oficiales y de informacion en general para difusion Descripción complementaria: Pendón Línea Telefónica 01800 MATERNA | 524.96 | 50 | 26,248.00 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo. Tableta Cada Tableta contiene: Efavirenz 600 mg Emtricitabina 200 mg Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg equivalente a 245 mg Tenofovir disoproxil Envase con 30 Tabletas. Descripción complementaria: Atripla. Clave del cuadro básico 5640, personas mayores de 13 años o mayores de 40 Kg. | 2,332.03 | 210 | 489,726.30 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Lopinavir-ritonavir. Solución Cada 100 ml contienen: Lopinavir 8.0 g Ritonavir 2.0 g Envase frasco ámbar con 160 ml y dosificador. Descripción complementaria: Kaletra. Clave del cuadro básico 5276, personas menores de 13 años o menores de 40 Kg. | 1,714.00 | 15 | 25,710.00 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Lamivudina. Solución Cada 100 ml contienen: Lamivudina 1 g Envase con 240 ml y dosificador. Descripción complementaria: 3TC (Lamivudina). Clave del cuadro básico 4271, personas menores de 13 años o menores de 40 Kg. | 890.95 | 30 | 26,728.50 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Abacavir. Solución. Cada 100 ml contienen: Sulfato de abacavir equivalente a 2 g de abacavir. Envase con un frasco de 240 ml y pipeta dosificadora. Descripción complementaria: Abacavir. Clave del cuadro básico 4272, personas menores de 13 años o menores de 40 Kg. | 578.00 | 30 | 17,340.00 | TOTAL | 4,704,791.57 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Penicilina L.A. Penicilina G Procaínica 100,000 U.I., Penicilina G Benzatínica 100,000 U.I., Dihidroestreptomicina base 200 mg., C.b.p. 1 ml. Frasco con 100 ml. Descripción complementaria: Amoxicilina (como trihidrato de amoxicilina) 150 mg, vehículo c.b.p. 1 ml. Frasco de 100 ml (Uso veterinario) | 400.00 | 9 | 3,600.00 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) Descripción complementaria: Con diluyente 5 ml. | 286.00 | 91 | 26,026.00 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) Descripción complementaria: Frasco con 25 ml. | 120.00 | 36 | 4,320.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: "Larvicida: Regulador de Crecimiento al 1.3% en sacos de 18 kilogramos" | 30,140.00 | 6 | 180,840.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: "Larvicida: Regulador de Crecimiento al 0.2% saco con 10 kilos" | 2,521.00 | 22 | 55,462.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: "Larvicida: Regulador de Crecimiento al 0.5% Caja con 10 sobres de 100 gramos" | 1,721.00 | 24 | 41,304.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: "Larvicida Biorracional al 7.48% en cajas con 4,000 tabletas" | 27,778.00 | 10 | 277,780.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: "Adulticida Organofosforado al 40% emulsión en agua en bidones de 20 litros" | 14,400.00 | 130 | 1,872,000.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: "Adulticida organofosforado al 41% microemulsión en bidón de 10 litros" | 13,578.00 | 102 | 1,384,956.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: "Adulticida organofosforado al 49% en caja con 12 litros" | 18,000.00 | 10 | 180,000.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: "Adulticida organofosforado en base oleosa al 13.624% en tambos de 208 litros" | 135,574.00 | 22 | 2,982,628.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.3.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: "Adulticida carbamato al 80% cuñete de 25 kg con 200 sobres de 125 gramos cada uno" | 40,346.00 | 15 | 605,190.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.3.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: "Adulticida carbamato al 1% en cubeta de 20 litros" | 7,378.00 | 25 | 184,450.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.3.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: "Adulticida carbamato al 70% en cuñetes de 4.5 kg con 32 sobres de 143 gramos" | 17,510.00 | 44 | 770,440.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Etambutol 400 mg, caja con 672 tabletas | 418.80 | 3 | 1,256.40 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Pirazinamida 400 mg, caja con 672 tabletas | 292.20 | 3 | 876.60 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.3.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Isoniazida 100 mg, caja con 100 tabletas | 33.20 | 11 | 365.20 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Cicloserina 250 mg, cápsula | 6.46 | 39 | 251.94 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Clofazimina 100 mg, cápsula | 20.50 | 39 | 799.50 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Etambutol 400 mg, tableta | 0.62 | 3,575 | 2,216.50 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Levofloxacino 250 mg, tableta | 0.77 | 2,575 | 1,982.75 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Linezolid 600 mg, tableta | 28.77 | 78 | 2,244.06 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Linezolid 600 mg, tableta | 30.93 | 10 | 309.30 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Bedaquiline 100 mg, tableta | 40.43 | 10 | 404.30 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Moxifloxacino 400 mg, tabletas | 7.18 | 39 | 280.02 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Pirazinamida 400 mg, tableta | 0.43 | 468 | 201.24 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Protionamida 250 mg, tableta | 1.78 | 1,650 | 2,937.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Isoniazida 300 mg, tableta | 0.43 | 10 | 4.30 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Imipenem y cilastatina. Solución Inyectable Cada frasco ámpula con polvo contiene: Imipenem monohidratado equivalente a 500 mg de imipenem. Cilastatina sódica equivalente a 500 mg de cilastatina. Envase con un frasco ámpula | 64.60 | 10 | 646.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Kanamicina. Solución Inyectable Cada frasco ámpula contiene: Sulfato de kanamicina 1 g Envase con un frasco ámpula. | 44.38 | 10 | 443.80 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Meropenem. Solución Inyectable Cada frasco ámpula con polvo contiene: Meropenem trihidratado equivalente a 1 g de meropenem. Envase con 1 frasco ámpula. | 70.30 | 10 | 703.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Delamanid 50 mg, tableta | 64.12 | 10 | 641.20 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Amikacina. Solución Inyectable. Cada ampolleta o frasco ámpula contiene: Sulfato de amikacina equivalente a 500 mg de amikacina. Envase con 1 ampolleta o frasco ámpula con 2 ml. | 4.34 | 234 | 1,015.56 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Amoxicilina 875 mg + ácido clavulanico 125 mg, tabletas | 4.28 | 10 | 42.80 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Capreomicina 1 g, frasco con polvo para solución inyectable | 90.83 | 39 | 3,542.37 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 3.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos) Descripción complementaria: Isoniazida 100 mg, Caja con 100 tabletas | 33.20 | 65 | 2,158.00 | TOTAL | 8,592,317.84 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1.4 | Ramo 12-Apoyo Federal | Vacuna Contra Difteria, Tos Ferina, Tetanos, Hepatitis B, Poliomielitis Y Haemophilus Influenzae Tipo B. Suspension Inyectable. Cada frasco ámpula con 0.5 ml contiene: Toxoide diftérico no menos de 20 UI Toxoide tetánico no menos de 40 UI Toxoide pertussis 25 µg Hemaglutinina filamentosa 25 µg Poliovirus tipo 1 inactivado (Mahoney) 40 U Poliovirus tipo 2 inactivado (MEF1) 8 U Poliovirus tipo 3 inactivado (Saukett) 32 U Antígeno de superficie del virus de Hepatitis B 10 µg Polisacárido capsular de Haemophilus influenzae tipo b 12 µg Conjugado a la proteína tetánica 22-36 µg Envase con 10 frascos ámpula con 1 dosis de 0.5 ml cada uno. Descripción complementaria: La clave, dosis y precio pueden variar | 2,170.00 | 7,629 | 16,554,930.00 | 1 | Vacunación Universal | 1.2.3.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Vacuna antiinfluenza. Suspensión Inyectable Cada dosis de 0.5 ml contiene: FrAcciónes antigénicas purificadas de Virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: A/California/7/ 2009 (H1N1) 15 ?g HA A/Perth/16/2009 (H3N2) 15 ?g HA Cepa análoga A/Wisconsin/ 15/2009 B/Brisbane/60/2008 15 ?g HA Envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: El precio es por el envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis) | 537.50 | 20,657 | 11,103,137.50 | TOTAL | 27,658,067.50 | Gran total | 144,710,050.11 | NOTA: La descripción del objeto para el que serán utilizados los insumos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio), del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE, los cuales serán consumidos conforme a las metas e indicadores de cada Programa. Relación de insumos federales enviados en especie por "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública financiados con la fuente de financiamiento de Anexo IVâApoyo Federal L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | CANTIDAD (VOLUMEN) | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.7.1.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Levonorgestrel y etinilestradiol. Gragea Cada Gragea contiene: Levonorgestrel 0.15 mg Etinilestradiol 0.03 mg Envase con 28 Grageas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales) | 4,100 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.7.1.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | desogestrel y etinilestradiol. Tableta. Cada tableta contiene: desogestrel 0.15 mg Etinilestradiol 0.03 mg Envase con 28 Tabletas. (21 con hormonales y 7 sin hormonales). | 6,000 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.7.1.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Levonorgestrel. Gragea Cada Gragea contiene: Levonorgestrel 0.03 mg Envase con 35 Grageas. | 2,500 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.7.1.2 | Anexo IV - Apoyo Federal | Medroxiprogesterona y cipionato de estradiol. Suspensión Inyectable Cada ampolleta o jeringa contiene: Acetato de Medroxiprogesterona 25 mg Cipionato de estradiol 5 mg Envase con una ampolleta o jeringa prellenada de 0.5 m | 15,000 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.7.1.2 | Anexo IV - Apoyo Federal | Noretisterona y estradiol. Solución Inyectable Cada ampolleta o jeringa contiene: Enantato de noretisterona 50 mg Valerato de estradiol 5 mg Envase con una ampolleta o jeringa con un ml. | 13,000 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.7.1.2 | Anexo IV - Apoyo Federal | Noretisterona. Solución inyectable oleosa. Cada ampolleta contiene: Enantato de noretisterona 200 mg Envase con una ampolleta de 1 ml. | 21,200 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.7.1.4 | Anexo IV - Apoyo Federal | Levonorgestrel. Comprimido o Tableta Cada Comprimido o Tableta contiene: Levonorgestrel 0.750 mg Envase con 2 Comprimidos o Tabletas. | 2,100 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.7.1.8 | Anexo IV - Apoyo Federal | Condón femenino. De poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos. Envase con 1, 2 ó 3 piezas en empaque individual. | 1,500 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.7.1.10 | Anexo IV - Apoyo Federal | Dispositivos. Dispositivo Intrauterino, T de cobre para nulíparas, estéril, con 380 mm2 de cobre enrollado con bordes redondos, con longitud horizontal de 22.20 a 23.20 mm, longitud vertical de 28.0 a 30.0 mm, filamento de 20 a 25 cm, bastidor con una mezcla del 77 al 85% de plástico grado médico y del 15 al 23% de sulfato de bario, con tubo insertor y aplicador montable con tope cervical. Pieza. | 400 | TOTAL (PESOS) | 1,799,825.00 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | CANTIDAD (VOLUMEN) | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 1.1.1.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Tiras Reactivas Tira Reactiva. Para determinación de glucosa en sangre capilar con límite de medición en glucómetro hasta 500 o 600 mg/dl. Con membrana hidrofílica impregnada con activante químico: glucosa oxidasa, con reductor e indicador o glucosa deshidrogenasa. Para la determinación de glucosa. Envase con 25, 50 o 100 tiras. TATC. | 42,050 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.1.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Prueba en tira reactiva,cartucho o cubeta de reacción descartable, para la determinación cuantitativa de hemoglobina glucosilada fracción A1c en sangre capilar venosa. Caja con 10 0 20 pruebas. | 14,290 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.4.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Tiras Reactivas Tira reactiva para la determinación semicuantitativa de microalbúmina en orina, en un rango de 10 a 100 mg/L, en un tiempo aproximado de un minuto. Tubo con 25, 30 o 50 tiras reactivas. RTC y/o TA. | 19,656 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 1.1.1.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Tiras reactivas para determinación cuantitativa de perfil de lípidos (para ser utilizadas en equipo portátil para la determinación cuantitiva de colesterol total, colesterol HDL, colesterol LDL, triglicéridos) presentación: frasco con 10, 15 o 25 tiras reactivas. | 7,880 | TOTAL (PESOS) | 5,473,153.80 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | CANTIDAD (VOLUMEN) | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Vacuna b.c.g. Suspensión Inyectable Cada dosis de 0.1 ml de la Suspensión reconstituida de bacilos Atenuados contiene la cepa: Francesa 1173P2 200 000- 500 000 UFC o Danesa 1331 200 000-300 000 UFC o Glaxo* 1077 800 000-3 200 000 UFC o Tokio 172 200 000-3 000 000 UFC o Montreal 200 000-3 200 000 UFC o Moscow 100 000-3 300 000 UFC Envase con frasco ámpula o ampolleta con liofilizado para 10 dosis y ampolletas con diluyente de 1.0 ml. *Semilla Mérieux. Descripción complementaria: El precio es por Envase con frasco ámpula o ampolleta con liofilizado para 10 dosis y ampolletas con diluyente | 3,515 | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1.2 | Anexo IV - Apoyo Federal | Vacuna recombinante contra la hepatitis b. Suspensión Inyectable. Cada dosis de 0.5 ml contiene: Antígeno de superficie del virus de la hepatitis B purificado DNA recombinante 10 ?g. Envase con jeringa prellenada con 0.5 ml o frasco ámpula con 0.5 ml. Descripción complementaria: Precio por envase con jeringa prellenada con 0.5 ml o frasco ámpula con 0.5 ml. | 21,710 | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1.3 | Anexo IV - Apoyo Federal | Vacuna recombinante contra la hepatitis b. Suspensión Inyectable Cada dosis de 1 ml contiene: AgsHb 20 ?g. Envase con un frasco ámpula con 10 ml (10 dosis). Descripción complementaria: El precio es por envase con un frasco ámpula con 10 ml (10 dosis). | 1,557 | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1.7 | Anexo IV - Apoyo Federal | Vacuna antineumocóccica. Solución Inyectable Cada dosis de 0.5 ml contiene: Poliósidos purificados del Streptococcus pneumoniae serotipos 1, 2, 3, 4, 5, 6B, 7F, 8, 9N, 9V, 10A, 11A, 12F, 14,15B, 17F, 18C, 19A, 19F, 20, 22F, 23F y 33F, cada uno con 25 ?g. Envase con jeringa prellenada de 0.5 ml. Descripción complementaria: El precio es por envase con jeringa prellenada de 0.5 ml. (1 dosis) | 9,580 | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1.8 | Anexo IV - Apoyo Federal | Vacuna doble viral (sr) contra sarampión y rubéola. Suspensión Inyectable Cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: Virus Atenuados del sarampión cepa Edmonston- Zagreb (cultivados en células diploides humanas) o cepa Enders o cepa Schwarz (cultivados en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 DICC50 o 1000 a 32000 DICC50 o 103 a 3.2 x 104 DICC50 Virus Atenuados de la rubéola cepa Wistar RA 27/3 (cultivados en células diploides humanas MRC-5 o WI- 38) > 3.0 log10 DICC50 o >= 1000 DICC50 o >= 103 DICC50 Envase con liofilizado para 10 dosis y diluyente. Descripción complementaria: El precio es por envase con liofilizado para 10 dosis y diluyente. | 1,869 | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1.9 | Anexo IV - Apoyo Federal | Toxoides tetánico y diftérico(td). Suspensión Inyectable Por formulación de proceso Cada dosis de 0.5 ml contiene: Toxoide diftérico no más de 5 Lf. Toxoide tetánico no más de 25 Lf. O Por potencia de producto terminado. Cada dosis de 0.5 ml contiene: Toxoides: Toxoide diftérico. Método de Reto: No menos de 2 UI. Método de seroneutralización: Mínimo 0.5 UI de antitoxina/ml de suero. Toxoides: Toxoide tetánico. Método de Reto: No menos de 20 UI. Método de seroneutralización: Mínimo 2 UI deantitoxina/ml de suero. Envase con frasco ámpula con 5 ml (10 dosis). Descripción complementaria: El precio es por envase con frasco ámpula con 5 ml (10 dosis). | 5,156 | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1.10 | Anexo IV - Apoyo Federal | Vacuna de refuerzo contra difteria, tetanos y tosferina acelular (tdpa). Suspensión Inyectable Cada dosis de 0.5 ml contiene: Toxoide diftérico no menos de 2 UI (2 ó 2.5 Lf) Toxoide tetánico no menos de 20 UI (5 Lf) Toxoide pertussis 2.5 ó 8 ?g Hemaglutinina Filamentosa (FHA) 5 ó 8 ?g Pertactina (Proteína de Membrana exterior de 69 Kda-PRN) 2.5 ó 3 ?g Con o sin Fimbras tipos 2 y 3 5 ?g Envase con 1 frasco ámpula con una dosis de 0.5 ml. Descripción complementaria: Precio por envase con 1 frasco ámpula con una dosis. La clave puede variar a la 020.000.3808.00 dependiendo la disponibilidad y presentación 1 Jeringa prellenada con una dosis de 0.5ml | 14,200 | 1 | Vacunación Universal | 1.1.2.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Vacuna antipertussis con toxoides diftérico y tetánico (dpt). Suspensión Inyectable * Cada dosis de 0.5 ml contiene: Bordetella pertussis No más de 16 Uo Toxoide diftérico No más de 30 Lf Toxoide tetánico No más de 25 Lf o **Cada dosis de 0.5 ml contiene: Bordetella pertussis No menos de 4 UI Toxoides: Toxoide diftérico Método de Reto : No menos de 30 UI Método de Seroneutralización Mínimo 2 UI de antitoxina/ml de suero. Toxoide: Toxoide tetánico Método de Reto: No menos de 40 UI en cobayos o No menos de 60 UI en ratones Método de Seroneutralización: Mínimo 2 UI de antitoxina/ml de suero. Envase con frasco ámpula de 5 ml (10 dosis) *Formulación de proceso **Potencia de producto terminado Descripción complementaria: El precio es por envase con frasco ámpula de 5 ml (10 dosis) | 2,453 | 1 | Vacunación Universal | 1.5.1.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Vacuna triple viral (srp ) contra sarampión, rubéola y parotiditis. Solución Inyectable Cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: Virus Atenuados de sarampión de las cepas Edmonston-Zagreb (cultivados en células diploides humanas) o Edmonston-Enders o Schwarz (cultivados en fibroblastos de embrión de pollo) 3.0 log10 a 4.5 log10 DICC50 o 1000 a 32000 DICC50 o 103 a 3.2 x 104 DICC50 Virus Atenuados de rubéola cepa Wistar RA27/3 (cultivado en células diploides humanas MRC-5 o WI-38) > 3.0 log10 DICC50 o > 1000 DICC50 o > 103 DICC50 Virus Atenuados de la parotiditis de las cepas Rubini o Leningrad-Zagreb o Jeryl Lynn o Urabe AM-9 o RIT 4385 (cultivados en huevo embrionario de gallina o en células diploides humanas) > 3.7 log10 DICC50 o > 5000 DICC50 o > 5 x 103 DICC50 (> 4.3 log10 DICC50 o > 20000 DICC50 o > 2 x 104 para la cepa Jeryl Lynn) Envase con frasco ámpula con liofilizado para una dosis y diluyente. Descripción complementaria: El precio es por envase con frasco ámpula con liofilizado para una dosis y diluyente | 58,540 | TOTAL (PESOS) | 13,594,957.40 | GRAN TOTAL (PESOS) | 20,867,936.20 | NOTA: Para el programa de Planificación Familiar y Anticoncepción a cargo del Centro Nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; los programas de Diabetes Mellitus, Obesidad y Riesgo Cardiovascular y la Prevención y Control de la Tuberculosis a cargo del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; y para el programa de Vacunación Universal a cargo del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, tendrán como fuente de financiamiento adicional recursos del Anexo IV â Apoyo Federal, los cuales serán ministrados a través del Ramo 12. NDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica. APNDICE La información de la distribución de los recursos presupuestarios del Ramo 33, Aportación Estatal, y Otra, así como los de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, CNPSS, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, no forman parte de los recursos federales ministrados por "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". Resumen de recursos por fuente de financiamiento (Monto pesos) No. | UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIN | SPPS RAMO 12 | SUBTOTAL | RAMO 33 | APORTACIN ESTATAL | OTRA | SUBTOTAL | CNPSS | TOTAL | ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG | SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO | RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES | INSUMOS | RECURSOS FINANCIEROS FASSA - P FASSA - C RECTORA | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,817,500.00 | 0.00 | 0.00 | 2,817,500.00 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 939,997.00 | 0.00 | 939,997.00 | 75,338.00 | 0.00 | 0.00 | 75,338.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,015,335.00 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 19,600,000.00 | 0.00 | 19,600,000.00 | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 170,000.00 | 0.00 | 0.00 | 19,970,000.00 | Total: | 20,539,997.00 | 0.00 | 20,539,997.00 | 275,338.00 | 0.00 | 0.00 | 275,338.00 | 2,987,500.00 | 0.00 | 0.00 | 23,802,835.00 | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL | 1 | Salud Mental | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 400,000.00 | 0.00 | 0.00 | 400,000.00 | 569,999.76 | 0.00 | 0.00 | 969,999.76 | Total: | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 400,000.00 | 0.00 | 0.00 | 400,000.00 | 569,999.76 | 0.00 | 0.00 | 969,999.76 | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES | 1 | Seguridad Vial | 519,000.00 | 0.00 | 519,000.00 | 250,000.00 | 0.00 | 0.00 | 250,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 769,000.00 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 250,000.00 | 0.00 | 250,000.00 | 250,000.00 | 0.00 | 0.00 | 250,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 500,000.00 | Total: | 769,000.00 | 0.00 | 769,000.00 | 500,000.00 | 0.00 | 0.00 | 500,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,269,000.00 | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 771,526.00 | 0.00 | 771,526.00 | 1,560,000.00 | 0.00 | 0.00 | 1,560,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,331,526.00 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 667,983.60 | 45,148.00 | 713,131.60 | 13,291,701.50 | 0.00 | 0.00 | 13,291,701.50 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 14,004,833.10 | Total: | 1,439,509.60 | 45,148.00 | 1,484,657.60 | 14,851,701.50 | 0.00 | 0.00 | 14,851,701.50 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 16,336,359.10 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA | 1 | Respuesta al VIH/ SIDA e ITS | 290,500.00 | 2,379,253.00 | 2,669,753.00 | 2,650,000.00 | 0.00 | 0.00 | 2,650,000.00 | 5,200,148.00 | 0.00 | 112,151,472.20 | 122,671,373.20 | Total: | 290,500.00 | 2,379,253.00 | 2,669,753.00 | 2,650,000.00 | 0.00 | 0.00 | 2,650,000.00 | 5,200,148.00 | 0.00 | 112,151,472.20 | 122,671,373.20 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 5,040,472.06 | 3,053,935.17 | 8,094,407.23 | 2,000,000.00 | 0.00 | 0.00 | 2,000,000.00 | 8,834,987.00 | 0.00 | 0.00 | 18,929,394.23 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 4,378,265.13 | 1,091,351.60 | 5,469,616.73 | 6,720,000.00 | 0.00 | 0.00 | 6,720,000.00 | 8,900,000.00 | 0.00 | 0.00 | 21,089,616.73 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 709,436.00 | 0.00 | 709,436.00 | 311,999.77 | 0.00 | 0.00 | 311,999.77 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,021,435.77 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 1,122,768.00 | 0.00 | 1,122,768.00 | 1,000,000.00 | 0.00 | 0.00 | 1,000,000.00 | 11,482,575.60 | 0.00 | 0.00 | 13,605,343.60 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 2,842,397.00 | 559,504.80 | 3,401,901.80 | 500,000.00 | 0.00 | 0.00 | 500,000.00 | 300,000.32 | 0.00 | 0.00 | 4,201,902.12 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 163,559.00 | 0.00 | 163,559.00 | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 363,559.00 | Total: | 14,256,897.19 | 4,704,791.57 | 18,961,688.76 | 10,731,999.77 | 0.00 | 0.00 | 10,731,999.77 | 29,517,562.92 | 0.00 | 0.00 | 59,211,251.45 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 16,158.00 | 33,946.00 | 50,104.00 | 2,700,000.00 | 0.00 | 0.00 | 2,700,000.00 | 179,000.00 | 0.00 | 0.00 | 2,929,104.00 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 50,000.00 | 0.00 | 0.00 | 50,000.00 | 60,000.00 | 0.00 | 0.00 | 110,000.00 | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 1,963,960.00 | 8,535,050.00 | 10,499,010.00 | 12,646,500.00 | 0.00 | 0.00 | 12,646,500.00 | 150,000.00 | 0.00 | 0.00 | 23,295,510.00 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 183,756.00 | 0.00 | 183,756.00 | 1,009,690.00 | 0.00 | 0.00 | 1,009,690.00 | 300,000.00 | 0.00 | 0.00 | 1,493,446.00 | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 106,180.00 | 0.00 | 106,180.00 | 153,310.00 | 0.00 | 0.00 | 153,310.00 | 463,500.00 | 0.00 | 0.00 | 722,990.00 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 125,270.00 | 0.00 | 125,270.00 | 217,900.00 | 0.00 | 0.00 | 217,900.00 | 157,500.00 | 0.00 | 0.00 | 500,670.00 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 500,000.00 | 0.00 | 0.00 | 500,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 500,000.00 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 322,815.00 | 0.00 | 322,815.00 | 2,330,500.00 | 0.00 | 0.00 | 2,330,500.00 | 5,720,291.80 | 0.00 | 0.00 | 8,373,606.80 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 1,169,886.00 | 0.00 | 1,169,886.00 | 527,000.00 | 0.00 | 0.00 | 527,000.00 | 1,096,862.00 | 0.00 | 0.00 | 2,793,748.00 | 12 | Atención del Envejecimiento | 115,422.00 | 0.00 | 115,422.00 | 500,000.00 | 0.00 | 0.00 | 500,000.00 | 1,000,000.00 | 0.00 | 0.00 | 1,615,422.00 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 48,474.00 | 0.00 | 48,474.00 | 1,479,912.80 | 0.00 | 0.00 | 1,479,912.80 | 3,411,000.00 | 0.00 | 0.00 | 4,939,386.80 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 0.00 | 23,321.84 | 23,321.84 | 500,000.00 | 0.00 | 0.00 | 500,000.00 | 1,402,294.00 | 0.00 | 0.00 | 1,925,615.84 | 15 | Eliminación de la Lepra | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 50,000.00 | 0.00 | 0.00 | 50,000.00 | 497,550.00 | 0.00 | 0.00 | 547,550.00 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 257,226.36 | 0.00 | 257,226.36 | 450,000.00 | 0.00 | 0.00 | 450,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 707,226.36 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarréicas Agudas y Cólera | 118,157.85 | 0.00 | 118,157.85 | 200,000.00 | 0.00 | 0.00 | 200,000.00 | 1,100,000.00 | 0.00 | 0.00 | 1,418,157.85 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 9,200.00 | 0.00 | 9,200.00 | 99,600.00 | 0.00 | 0.00 | 99,600.00 | 500,003.56 | 0.00 | 0.00 | 608,803.56 | Total: | 4,436,505.21 | 8,592,317.84 | 13,028,823.05 | 23,414,412.80 | 0.00 | 0.00 | 23,414,412.80 | 16,038,001.36 | 0.00 | 0.00 | 52,481,237.21 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA | 1 | Vacunación Universal | 2,941,776.00 | 27,658,067.50 | 30,599,843.50 | 4,700,000.00 | 0.00 | 0.00 | 4,700,000.00 | 32,738,874.10 | 0.00 | 0.00 | 68,038,717.60 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 1,492,348.00 | 0.00 | 1,492,348.00 | 740,621.00 | 0.00 | 0.00 | 740,621.00 | 418,000.00 | 0.00 | 0.00 | 2,650,969.00 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 190,430.00 | 0.00 | 190,430.00 | 155,000.00 | 0.00 | 0.00 | 155,000.00 | 882,483.00 | 0.00 | 0.00 | 1,227,913.00 | Total: | 4,624,554.00 | 27,658,067.50 | 32,282,621.50 | 5,595,621.00 | 0.00 | 0.00 | 5,595,621.00 | 34,039,357.10 | 0.00 | 0.00 | 71,917,599.60 | Gran Total: | 46,356,963.00 | 43,379,577.91 | 89,736,540.91 | 58,419,073.07 | 0.00 | 0.00 | 58,419,073.07 | 88,352,569.14 | 0.00 | 112,151,472.20 | 348,659,655.32 | NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente Apéndice, se encuentran identificados en los siguientes módulos del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE: Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12 (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio); Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 33 (Formato Reporte de ramo 33 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio); y Módulo de Reportes-Presupuestación-Anexo IV-PRORESPPO, (Formato 20% del Anexo IV-PRORESPPO. Reporte de montos por insumo, bien o servicio. Por la Secretaría: el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López Gatell Ramírez.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular de la Dirección General de Promoción de la Salud de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 55 del reglamento interior de la Secretaría de Salud: la Directora de Estrategias y Desarrollo de Entornos Saludables, María Guadalupe Lucero Rodríguez Cabrera.- Rúbrica.- El Director General de Epidemiología, José Luis Alomía Zegarra.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental, María Virginia González Torres.- Rúbrica.- El Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Arturo García Cruz.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 55 del reglamento interior de la Secretaría de Salud: el Director General Adjunto de Salud Reproductiva, Rufino Luna Gordillo.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Ruy López Ridaura.- Rúbrica.- La Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Patricia Estela Uribe Zúñiga.- Rúbrica.- La Directora General de Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Miriam Esther Veras Godoy.- Rúbrica.- Por la Entidad: la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios Estatales de Salud, Alejandra Aguirre Crespo.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas y Planeación, Yohanet Teodula Torres Muñoz.- Rúbrica.
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