CONVENIO Específico de Coordinación para la transferencia de los bienes inmuebles relacionados con los establecimientos de salud a que se refiere la cláusula segunda y Anexo 1 del Convenio de Coordinación que establece la forma de colaboración en materia

CONVENIO Específico de Coordinación para la transferencia de los bienes inmuebles relacionados con los establecimientos de salud a que se refiere la cláusula segunda y Anexo 1 del Convenio de Coordinación que establece la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados para la prestación gratuita de servicios de salud, para las personas sin seguridad social, que celebran Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Quintana Roo.

Al margen un logotipo, que dice: Servicios de Salud.- IMSS-BIENESTAR.

CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE LOS BIENES INMUEBLES RELACIONADOS CON LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD A QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA SEGUNDA Y ANEXO 1 DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE ESTABLECE LA FORMA DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PERSONAL, INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO, MEDICAMENTOS Y DEMÁS INSUMOS ASOCIADOS PARA LA PRESTACIÓN GRATUITA DE SERVICIOS DE SALUD, PARA LAS PERSONAS SIN SEGURIDAD SOCIAL, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE SALUD (SSA); EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS); SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) Y EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO QUINTANA ROO (EL GOBIERNO DEL ESTADO), DE FECHA 11 DE AGOSTO DE 2023 Y SU MODIFICATORIO DE FECHA 18 DE ENERO DE 2024, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "IMSS-BIENESTAR", REPRESENTADO POR EL DR. ALEJANDRO ANTONIO CALDERÓN ALIPI, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, ASISTIDO POR EL DR. VÍCTOR HUGO BORJA ABURTO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN A LA SALUD, EL ARQ. CARLOS SÁNCHEZ MENESES, TITULAR DE LA UNIDAD DE INFRAESTRUCTURA Y EL LIC. AUNARD AGUSTÍN DE LA ROCHA WAITE, TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, ADEMÁS DE FUNGIR EN SU CARÁCTER DE RESPONSABLE INMOBILIARIO, Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR LA SECRETARIA DE GOBIERNO, LA LIC. MARÍA CRISTINA TORRES GÓMEZ; EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD, EL LIC. FLAVIO CARLOS ROSADO Y LA ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, LA LIC. MARTHA PARROQUIN PÉREZ, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1.     La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) reconoce en su artículo 4o., párrafo cuarto, el derecho humano que toda persona tiene en nuestro país a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá (i) las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como (ii) un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
2.     En términos de lo señalado en las fracciones I, II y III del artículo 2o. de la Ley General de Salud (LGS), ordenamiento reglamentario del referido derecho humano, forman parte de las finalidades del derecho a la protección de la salud, (i) el bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; (ii) la prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana, y (iii) el disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población.
3.     El artículo 3o., fracciones II y II bis, de la "LGS" prevé que son materia de salubridad general la atención médica y la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para personas sin seguridad social.
4.     El artículo 77 bis 1 de la "LGS" establece que todas las personas que se encuentren en el país que no cuenten con seguridad social tienen derecho a recibir de forma gratuita la prestación de servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados, al momento de requerir la atención, sin discriminación alguna y sin importar su condición social, de conformidad con los artículos 1o y 4o de la "CPEUM".
5.     El artículo 77 bis 5, apartado A, fracción I de la "LGS" determina la competencia entre la Federación y las entidades federativas en la ejecución de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados, para las personas sin seguridad social, por lo que corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, establecer y conducir la política nacional en materia de salud para el bienestar bajo los principios de universalidad, progresividad y calidad en la cobertura, para garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados, para las personas sin seguridad social, para lo cual formulará por sí o por conducto de "IMSS-BIENESTAR", un programa estratégico en el que se defina la progresividad y la cobertura de servicios, así como el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar, de conformidad con las disposiciones reglamentarias;
6.     El artículo 77 bis 6 de la "LGS" establece que el "IMSS-BIENESTAR" y las entidades federativas podrán celebrar convenios de coordinación para la ejecución de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social, en los cuales se considerará, entre otros aspectos, los derechos, bienes y obligaciones que se transferirán a "IMSS-BIENESTAR" así como las gestiones que se deberán llevar a cabo para la transferencia del personal así como su respectiva fuente de financiamiento.
7.     El artículo 77 bis 11 de la "LGS" precisa que la prestación gratuita de servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados para la atención integral de las personas que no cuenten con afiliación a las instituciones de seguridad social, será financiada de manera solidaria por la Federación y por las entidades federativas en términos de las disposiciones aplicables.
8.     El artículo 77 bis 13 de la "LGS" establece que, para sustentar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados, los gobiernos de las entidades federativas aportarán recursos sobre la base de lo que se establezca en los instrumentos o acuerdos de coordinación que se celebren, los cuales deberán prever las sanciones que aplicarán en caso de incumplimiento.
9.     El artículo 77 bis 16 A de la "LGS" señala que en el caso de que las entidades federativas podrán concurrir con "IMSS-BIENESTAR" para garantizar la prestación de los servicios de salud a que se refiere el Título Tercero Bis de la "LGS", mediante la celebración de convenios de coordinación en los que se acordará la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados, en los que deberán contemplarse, entre otros aspectos, los criterios relativos a los recursos humanos, materiales y financieros objeto de los referidos convenios de coordinación y el régimen inmobiliario.
10.   Con base en las disposiciones antes señaladas, con fecha 11 de agosto de 2023, "LAS PARTES", con la participación de la Secretaría de Salud, celebraron el "Convenio de Coordinación que establece la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados para la prestación gratuita de servicios de salud, para las personas sin seguridad social en el Estado de Quintana Roo" (CONVENIO DE COORDINACIÓN), y su modificatorio de fecha 18 de enero de 2024, en los que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se comprometió, en la Cláusula Segunda, a suscribir el convenio correspondiente y a realizar los trámites necesarios a efecto de que los diversos bienes inmuebles objeto de transferencia a "IMSS-BIENESTAR", sean transmitidos en posesión y/o propiedad a este último, a fin de que dicho organismo sea el que opere las unidades señaladas en el Anexo 1 del referido Convenio de Coordinación.
Cabe señalar que la relación de unidades médicas que se contiene en el Anexo 1 del "CONVENIO DE COORDINACIÓN" incluye (i) inmuebles cuya legítima propiedad se encuentra inscrita en favor de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" y (ii) inmuebles sobre los que se cuenta con la posesión.
DECLARACIONES
I.     El "IMSS-BIENESTAR" declara que:
I.1.   Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio y autonomía técnica, operativa y de gestión, de conformidad con los artículos 1o, párrafo tercero, 3o, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 1 del "Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR)", publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de agosto de 2022, en adelante "DECRETO DE CREACIÓN".
I.2.   De conformidad con el artículo 2 del "DECRETO DE CREACIÓN", tiene por objeto brindar a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados, bajo criterios de universalidad e igualdad, en condiciones que les permitan el acceso progresivo, efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminación alguna en aquellas entidades federativas con las que celebre convenios de coordinación para la transferencia de dichos servicios.
I.3.   El Dr. Alejandro Antonio Calderón Alipi, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en el artículo 15, fracciones I, IV y XVIII del "DECRETO DE CREACIÓN", personalidad que acredita en términos del nombramiento de 28 de julio de 2023, suscrito por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, el Lic. Andrés Manuel López Obrador.
I.4.   El Dr. Víctor Hugo Borja Aburto, en su carácter de Titular de la Unidad de Atención a la Salud, cargo que acredita con copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico considerando las atribuciones que se le confieren en el artículo 25 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR).
I.5.   El Arq. Carlos Sánchez Meneses, en su carácter de Titular de la Unidad de Infraestructura, cargo que acredita con copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico considerando las atribuciones que se le confieren en el artículo 44 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR).
I.6.   El Lic. Aunard Agustín de la Rocha Waite, en su carácter de Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y responsable inmobiliario, cargo que acredita con copia de su nombramiento, cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente instrumento jurídico en términos de lo establecido en el artículo 35 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), y de conformidad con el testimonio de la Escritura Pública número 81,802, de 28 de marzo de 2023, otorgada ante la fe del Lic. Ignacio Soto Sobreyra y Silva, titular de la Notaría Pública número 13 de la Ciudad de México, misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados, bajo el folio número 121-7-19042023-180136, del 19 de abril de 2023, en cumplimiento a lo ordenado en la fracción IV del artículo 25 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; en relación a los artículos 32 y 42 de la Ley General de Bienes Nacionales y los numerales 2, 108 y demás relativos al Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales.
I.7.   Para los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Coordinación, señala como domicilio el ubicado en Calle Gustavo E. Campa No. 54, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, Código Postal 01020, en la Ciudad de México.
II.    "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  El Estado de Quintana Roo, forma parte de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículos 1, 2, y 3 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.
II.2.  La Lic. María Cristina Torres Gómez, en su carácter de Secretaria de Gobierno, tiene facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Específico de Coordinación, de conformidad con los artículos 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 19, fracción I, 31 fracciones VII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; de igual forma, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 25 de septiembre de 2022, expedido a su favor por la Lic. María Elena H. Lezama Espinosa, Gobernadora del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.
II.3.  Lic. Flavio Carlos Rosado, en su carácter de Secretario de Salud y Director General de los Servicios Estatales de Salud, cargos que acredita con las copias de sus nombramientos, de 25 de septiembre de 2022, expedido a su favor por la Lic. María Elena H. Lezama Espinosa, Gobernadora del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; cuenta con facultades para la suscripción del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3,4 fracción IV, 13 Apartado B de la Ley General de Salud; 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1, 2, 3, 4 fracción IV, 5 y 10 de la Ley de Salud del Estado de Quintana Roo; 1, 3, 4, 7 fracción I, 16, 19, fracción XI, 30 fracción VII, 41 fracciones IX, XXVI y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; 3, 21 fracción V y 24 de la Ley de Entidades de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Quintana Roo; Acuerdo de Coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud en el Estado de Quintana Roo; 5, fracción II y 10, fracciones XII y XVI del Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios Estatales de Salud".
II.4.  La Lic. Martha Parroquin Pérez, en su carácter de Encargada del Despacho de la Secretario de Finanzas y Planeación, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Específico de Coordinación, de conformidad con los artículos 92 y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, 19 fracción III, 33 fracciones XXXIII y LV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; 10 Apartado A fracción I, y Apartado B fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación, y acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 01 de marzo de 2024 expedido a su favor por la Lic. María Elena H. Lezama Espinosa, Gobernadora del Estado de Quintana Roo
II.5.  Para todos los efectos y fines legales del presente Convenio Específico, señala como su domicilio el ubicado en Avenida Héroes de Chapultepec número 267, Colonia Centro, Código Postal 77000, Chetumal, Quintana Roo.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1.  Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades jurídicas que con las que cuentan para la celebración del presente Convenio.
III.2.  Es su voluntad celebrar el presente instrumento jurídico con la finalidad de concretar la transferencia de las unidades médicas que se contienen en el Anexo 1 del "CONVENIO DE COORDINACIÓN" en favor de "IMSS-BIENESTAR", así como en la transmisión de la propiedad de las mismas, a efecto de facilitar que concurra con "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin afiliación a instituciones de seguridad social en el Estado de Quintana Roo en los términos que se prevén en el Título Tercero Bis de la "LGS" y en el CONVENIO DE COORDINACIÓN, para lo cual en el presente instrumento específico las referidas unidades médicas se agrupan en dos anexos. En el Anexo 1 se encuentra la relación de inmuebles respecto de los cuales "EL GOBIERNO DEL ESTADO" cuenta con la propiedad, y en el Anexo 2, aquéllos respecto de los que solo cuenta con la posesión, para lo cual están conformes en sujetarse a los términos y condiciones que se estipulan en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio Específico de Coordinación tiene por objeto establecer los compromisos a que se sujetarán "LAS PARTES" para que (i) "EL GOBIERNO DEL ESTADO" otorgue a "IMSS-BIENESTAR", la entrega a título gratuito de la posesión en términos de lo previsto en la cláusula segunda del presente instrumento, de las unidades médicas que se contienen en el Anexo 1 del "CONVENIO DE COORDINACIÓN" que permita a este último brindar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social en el Estado de Quintana Roo en los términos previstos en el Título Tercero Bis de la "LGS" y del CONVENIO DE COORDINACIÓN, así como para que (ii) se establezcan los mecanismos y/o estrategias para que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" transfiera a "IMSS-BIENESTAR", la propiedad de dichos bienes y, en los casos necesarios, lleve a cabo la regularización para la formalización legal de la propiedad.
SEGUNDA. OTORGAMIENTO DE LA POSESIÓN Y ENTREGA MATERIAL. "LAS PARTES" están conformes en que, con la sola suscripción del presente instrumento jurídico, "EL GOBIERNO DEL ESTADO", otorga a "IMSS-BIENESTAR" la posesión compartida a título gratuito de los bienes inmuebles que se detallan en los Anexos 1 y 2 del mismo.
Lo anterior se conviene con independencia de que, la posesión jurídica se entenderá compartida entre el "IMSS-BIENESTAR" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO", toda vez que la prestación de los servicios de salud se mantendrá bajo un esquema concurrente.
Esta posesión jurídica compartida quedará sin efectos el momento en el que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" formalice la transmisión de la propiedad en favor de "IMSS-BIENESTAR" tanto de los inmuebles en los que cuente con título de propiedad, como de aquellos vaya regularizando para tal fin.
En el caso de los inmuebles que serán objeto de reversión por parte del Gobierno Federal, la posesión jurídica se entenderá ejercida únicamente por "IMSS-BIENESTAR" en el momento en el que se emita la declaratoria de reversión correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, la entrega material de dichos bienes al "IMSS-BIENESTAR", deberá realizarse y surtirá efectos, a partir de la fecha de formalización de las correspondientes actas de entrega recepción que se realicen en los términos previstos en las Bases para la recepción de bienes muebles e inmuebles que transfieran a favor de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR)", publicadas en el "DOF" el 27 de marzo de 2023 (BASES PARA LA RECEPCIÓN) o las que les sustituyan y se encuentren vigentes al momento de la suscripción de las actas correspondientes y demás disposiciones que resulten aplicables.
TERCERA. TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD. Con la finalidad de transferir la propiedad de los bienes inmuebles objeto del presente Convenio Específico de Coordinación, "LAS PARTES", están conformes en sujetarse a lo siguiente:
A.    "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se obliga a iniciar las acciones, en un plazo que no exceda de seis meses, contados a partir de la fecha de entrada en vigor del presente instrumento jurídico, e integrar la documentación y autorizaciones que le permitan desincorporar y otorgar en donación a título gratuito al "IMSS-BIENESTAR" las unidades médicas que se contienen en el Anexo 1 del presente instrumento jurídico, para lo cual, será responsable de lo siguiente:
a.   Integrar el expediente a que se refieren las BASES PARA LA RECEPCIÓN y ponerlo a disposición de "IMSS-BIENESTAR".
b.   Obtener la autorización de la Junta de Gobierno de Servicios Estatales de Salud, para llevar a cabo la donación de los referidos inmuebles en favor de "IMSS-BIENESTAR".
c.   Gestionar ante las dependencias competentes del Gobierno del Estado de Quintana Roo y, en su caso, tramitar ante el Congreso local, la autorización de desincorporación de los mencionados inmuebles del régimen de dominio público, para su donación al "IMSS-BIENESTAR".
d.   Integrar los expedientes para realizar las gestiones de reversión a favor del Gobierno Federal, ante el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales en los casos en que el Gobierno Federal hubiera donado los inmuebles y se encuentre incluida la cláusula de reversión en favor del Gobierno Federal.
Asimismo, deberá llevar a cabo las acciones para otorgar ante Notario del Patrimonio Inmobiliario Federal, el traslado de dominio de las superficies con construcción en las que se encuentran edificadas las unidades médicas, designando al Fedatario Público el "IMSS-BIENESTAR", para consignar a su favor la donación en forma pura y simple, libre de todo gravamen, sin deuda de contribuciones y con todo cuanto de hecho y por derecho le corresponda.
B.    Respecto de las unidades médicas que se contienen en el ANEXO 2 de este instrumento jurídico, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se obliga a llevar a cabo las acciones necesarias para obtener a su favor el título de propiedad que corresponda, a efecto de que con posterioridad pueda realizar las acciones conducentes para su donación a favor del "IMSS-BIENESTAR".
Para efecto de lo anterior, "EL GOBIERNO DEL ESTADO", será responsable de lo siguiente:
a.   Integrar el expediente conforme a las BASES PARA LA RECEPCIÓN y ponerlo a disposición de "IMSS-BIENESTAR".
b.   Elaborar un programa de trabajo y presentarlo a consideración de "IMSS-BIENESTAR", en el que se consideren entre otros aspectos, (i) la situación jurídica de los inmuebles, (ii) trámites a realizarse para la regularización de la propiedad a favor de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", (iii) ruta a seguir y proyecto de cronograma de acciones.
"EL GOBIERNO DEL ESTADO" está conforme en que, una vez que obtenga la regularización de la propiedad a su favor de los bienes que se contienen en el Anexo 2 de este instrumento jurídico, deberá realizar las acciones que se mencionan en el apartado A de esta Cláusula, dentro del plazo que de común acuerdo determinen "LAS PARTES".
CUARTA. OBLIGACIONES DEL "IMSS-BIENESTAR". Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras cláusulas del presente Convenio Específico de Coordinación, el "IMSS-BIENESTAR" se compromete a:
I.     Recibir materialmente de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" los bienes inmuebles que se detallan en los Anexos 1 y 2 de este instrumento jurídico, mediante la suscripción de las correspondientes actas de entrega recepción que se mencionan en la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico.
II.     Destinar los bienes inmuebles que se detallan en los Anexos 1 y 2 de este instrumento jurídico a la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social, en los términos previstos en el Título Tercero Bis de la "LGS" y en el CONVENIO DE COORDINACIÓN.
III.    Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el "DOF".
IV.   Solicitar al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales la aportación a su patrimonio de los inmuebles que, en su momento, fueron donados a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" y se hubieran revertido a favor del Gobierno Federal.
V.    Llevar a cabo las demás acciones que resulten necesarias para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, así como aquéllas que se desprendan de las disposiciones aplicables.
QUINTA. OBLIGACIONES DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras cláusulas del presente Convenio Específico de Coordinación, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se obliga a:
I.     Solicitar cuando proceda, la intervención de otras dependencias o entidades de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", cuya participación resulte necesaria para cumplir con el objeto de este instrumento jurídico.
II.     Sacar en paz y a salvo a "IMSS-BIENESTAR" respecto de cualquier reclamación o demanda que se presente en su contra,
relacionadas con la titularidad de los derechos de propiedad o la posesión de los bienes inmuebles que se detallan en los Anexos 1 y 2 de este instrumento jurídico.
III.    Gestionar la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
IV.   Llevar a cabo las demás acciones que resulten necesarias para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, así como aquéllas que se desprendan de las disposiciones aplicables.
SEXTA. RESPONSABILIDAD LABORAL. Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación o demanda, que su personal pretendiese interponer en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
SÉPTIMA. ENLACES. Para la correcta ejecución y seguimiento del cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, "LAS PARTES" designan como enlaces:
Por parte de "EL GOBIERNO DEL ESTADO": LIC. GUILLERMO ALBERTO PINTO AGUILAR, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y SERVICIOS ESTATALES DE SALUD.
Por parte de "IMSS-BIENESTAR": DR. MOISES ALEJANDRO TOLEDO PENSAMIENTO, COORDINADOR ESTATAL DEL IMSS-BIENESTAR EN QUINTANA ROO.
OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio Específico de Coordinación surtirá efectos a partir de la fecha de su firma y permanecerá vigente hasta la fecha en que "LAS PARTES" formalicen la donación los bienes inmuebles que se detallan en los Anexos 1 y 2 de este instrumento jurídico a favor de "IMSS-BIENESTAR".
NOVENA. MODIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio Específico de Coordinación podrá modificarse de común acuerdo para lo cual deberán formalizar el convenio modificatorio respectivo. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el "DOF" y en el órgano de difusión oficial de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
DÉCIMA. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. En circunstancias especiales originadas por caso fortuito o fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" convienen en aplicar las medidas o mecanismos que se acuerden a través de los enlaces que se mencionan en la Cláusula Séptima de este instrumento jurídico, mismas que de ser necesarias, darán lugar a suscribir el convenio modificatorio correspondiente en los términos que se señalan en la Cláusula que antecede.
Se entiende por caso fortuito y/o de fuerza mayor aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de cualquiera de "LAS PARTES", tales como huelgas y disturbios laborales, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido a ellos, motines, cuarentenas, epidemias, pandemias, guerras (declaradas o no), bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones e incendios, prohibiciones legales, inundaciones, terremotos y actos terroristas, o cualquiera otra causa que por encontrarse fuera del control razonable de "LAS PARTES", impidan el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este Convenio.
"LAS PARTES" no serán responsables por cualquier retraso o incumplimiento de las acciones acordadas bajo el presente Convenio que resulte, directa o indirectamente de un evento de caso fortuito o de fuerza mayor que les impida parcial o totalmente, cumplir con las obligaciones contraídas por virtud del presente instrumento, en el entendido de que dichos supuestos deberán ser debidamente acreditados. Una vez superados dichos eventos o circunstancias, se reanudarán las actividades en la forma y términos que previamente determinen ambas instituciones.
Cuando por fuerza mayor o caso fortuito se imposibilite la continuación de las actividades materia de este Convenio, cualquiera de ellas podrá darlas por terminados de acuerdo con lo dispuesto en este instrumento legal.
DÉCIMA PRIMERA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" manifiestan que el presente Convenio Específico de Coordinación se celebra de buena fe por lo que, en caso de presentarse algún conflicto o controversia con motivo de su interpretación o cumplimiento, lo resolverán de común acuerdo a través de los enlaces que se mencionan en la Cláusula Séptima de este instrumento jurídico.
DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN En caso de subsistir la controversia, "LAS PARTES" acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes con sede en la Ciudad de México, así como a las disposiciones contenidas en el Código Civil Federal y el Código Federal de Procedimientos Civiles en vigor y demás aplicables al caso, por lo que renuncian expresamente a cualquier fuero que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
DÉCIMA TERCERA. AVISOS, COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" convienen en que todos los avisos, comunicaciones y notificaciones que se realicen con motivo del presente instrumento, se llevarán a cabo por escrito en los domicilios establecidos en el apartado de Declaraciones del mismo, así como en las direcciones electrónicas que las mismas designen para tales efectos, atendiendo los principios de inmediatez.
"LAS PARTES" acuerdan que en caso de que alguna de ellas cambie de domicilio deberá dar el aviso correspondiente a la otra parte, con (15) quince días hábiles de anticipación a que dicho cambio de ubicación se lleve a cabo. De omitirse dicho aviso, se tomará como válido el domicilio expresado en el apartado de Declaraciones del presente instrumento jurídico.
DÉCIMA CUARTA. VICIOS DEL CONSENTIMIENTO. "LAS PARTES" manifiestan que en la celebración del presente Convenio Específico de Coordinación no ha habido error, dolo o mala fe, lesión o vicios que afecten el consentimiento.
DÉCIMA QUINTA. ANEXOS. "LAS PARTES" reconocen como parte integrante del presente Convenio de Coordinación los anexos que a continuación se indican. Dichos anexos tendrán la misma fuerza legal que el presente instrumento jurídico.
ANEXOS
Anexo 1.    UNIDADES MÉDICAS PROPIEDAD DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Anexo 2    UNIDADES MÉDICAS EN POSESIÓN DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Leído el presente Convenio Específico de Coordinación, estando debidamente enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal y manifestando su voluntad, firman el presente instrumento en Othón P. Blanco, Chetumal, Quintana Roo, el 15 de marzo de 2024.- Por el IMSS-BIENESTAR: Director General, Dr. Alejandro Antonio Calderón Alipi.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Atención a la Salud, Dr. Víctor Hugo Borja Aburto.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Infraestructura, Arq. Carlos Sánchez Meneses.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y Responsable Inmobilario, Lic. Aunard Agustín de la Rocha Waite.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Secretaria de Gobierno, Lic. María Cristina Torres Gómez.- Rúbrica.- Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Quintana Roo, Lic. Flavio Carlos Rosado.- Rúbrica.- Encargada del Despacho de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Quintana Roo, Lic. Martha Parroquin Pérez.- Rúbrica.
 
UNIDADES MÉDICAS EN PROPIEDAD DE LA ENTIDAD FERATIVA
ANEXO 1
 
NO
CLUES UNIDAD
NIVEL DE
ATENCIÓN
TIPO ESTABLECIMIENTO
NOMBRE DE LA UNIDAD
ENTIDAD
MUNICIPIO
LOCALIDAD
DOMICILIO
1
QRSSA000040
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
CHANCA DERREPENTE
QUINTANA ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LT 2, MZ 10,
ZONA 1, Chanca Derepente, C.P.77117
2
QRSSA000076
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
DZOYOLA
QUINTANA ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LT 4, MZ 15,
ZONA 1, Dzoyola, C.P.77190
3
QRSSA000163
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
RAMÓNAL
QUINTANA ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LT 2, MZ 30,
ZONA 1, Ramónal, C.P.77146
4
QRSSA000180
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL SAN
RAMÓN
QUINTANA ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LT 2, MZ 7,
ZONA 1, San Ramón, C.P.77106
5
QRSSA000192
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
SANTA ROSA II
QUINTANA ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LT 11, MZ
13, ZONA 1, Santa Rosa II, C.P.77160
6
QRSSA000216
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
TEPICH
QUINTANA ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LT 10, MZ
42, ZONA 1, Tepich, C.P.77145
7
QRSSA000233
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL TUZIC
QUINTANA ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LT 5, MZ 35,
ZONA 1, Tuzik, C.P.77250
8
QRSSA000245
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL X-
HAZIL SUR
QUINTANA ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LT 1, MZ 23,
ZONA 1, X-Hazil sur, C.P.77250
9
QRSSA000286
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
ANDRÉS QUINTANA ROO
QUINTANA ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LT 3, MZ 13,
ZONA 1, Andrés Q. Roo., C.P.77148
10
QRSSA000291
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL CHAN
SANTA CRUZ
QUINTANA ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LOT 2, MZ
17, ZONA 01, Chan Santa Cruz, C.P.77116
11
QRSSA000455
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
ALLENDE
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle LOS PINOS, MANZANA 33, LOTE 03,
Allende, C.P.77985
12
QRSSA000484
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
CACAO
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle COZUMEL, MANZANA 56, LOTE 04,
Cacao, C.P.77980
13
QRSSA000501
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
CALDERÓN
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
AVENIDA SOLIDARIDAD, MANZANA 18,
LOTE 04, Calderon, C.P.77965
14
QRSSA000566
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL HUAY-
PIX
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle JESÚS MARTÍNEZ ROSS, MANZANA
33, LOTE 07, Huay Pix, C.P.77976
15
QRSSA000595
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
NACHICOCOM
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle 7 (SIETE), MANZANA 19, LOTE 03,
Nachi Cocom, C.P.77990
16
QRSSA000641
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
SABIDOS
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
CALZADA INDEPENDENCIA, MANZANA
49, LOTE 03, Sabidos, C.P.77086
17
QRSSA000670
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL UNIÓN
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
AVENIDA HEROES, MANZANA 81, LOTE
03, La unión , C.P.77955
18
QRSSA000711
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
TOMÁS GARRIDO
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle PEDRO JOAQUIN COLDWELL,
MANZANA 18, LOTE 05, Tomás Garrido,
C.P.77025
19
QRSSA000723
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL SAN
PEDRO PERALTA
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
AVENIDA DIVISIÓN DEL NORTE,
MANZANA 13, LOTE 06, San Pedro Peralta,
C.P.77035
20
QRSSA000781
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL DAVID
GUSTAVO
QUINTANA ROO
Bacalar
Bacalar
Calle 16, ESQ. CALLE 21, Sin número, REG
1, MZ 7, LT 4, David Gustavo, C.P.77916
21
QRSSA000822
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
MARGARITA MAZA DE JUÁREZ
QUINTANA ROO
Bacalar
Bacalar
Calle LOS CEDROS, 59, REG 1, MZ 27, LT
4, Margarita Maza de Juarez, C.P.77916
22
QRSSA000834
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
PUCTE
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle PORFIRIO DIAZ, MANZANA 30,
LOTE 04, Pucte, C.P.77997
23
QRSSA000863
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL TRES
GARANTIAS
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle PEDRO JOAQUIN COLDWELL,
MANZANA 54, LOTE 04, Tres Garantias,
C.P.77082
24
QRSSA000904
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
FRANCISCO J. MUJICA
QUINTANA ROO
Bacalar
Bacalar
Calle EMILIANO ZAPATA ESQ CON CALLE
5 DE MAYO, Sin número, REG 1, MZ 14, LT
7, Francisco J. Mujica, C.P.77927
25
QRSSA000916
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
MOROCOY
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle JOSÉ MARÍA MORELOS, 302,
MZA.30 LT 4, Morocoy, C.P.77966
26
QRSSA000950
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL RÍO
VERDE
QUINTANA ROO
Bacalar
Bacalar
CALLE CALLE 14, ESQ CALLE RÍO
VERDE, Sin número, REG. 1, MZ 48, LT 1,
Rio verde, C.P.77914
27
QRSSA001003
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
MELCHOR OCAMPO
QUINTANA ROO
Bacalar
Bacalar
CALLE EMILIANO ZAPATA, ESQ C 5 DE
MAYO, Sin número, REG. 1, MZ 10, LT 4,
Melchor Ocampo, C.P.77947
28
QRSSA001015
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
MIGUEL ALEMÁN
QUINTANA ROO
Bacalar
Bacalar
Calle TTE. JOSÉ AZUETA ESQ. CON
MIGUEL ALEMÁN , Sin número, REG. 1,
MZ 11, LT 3, Miguel Aleman, C.P.77250
29
QRSSA001300
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
GÁVILANES
QUINTANA ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle 5 DE FEBRERO ENTRE LÓPEZ
PORTILLO Y SOLAR 2, Sin número, No
tiene, Gavilanes, C.P.77808
30
QRSSA001324
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL POZO
PIRATA
QUINTANA ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle NIÑO PERDIDO ENTRE LAS
LIMONARIAS Y SOLAR 2, Sin número, No
tiene, Pozo Pirata, C.P.77874
31
QRSSA001336
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
PRESUMIDA
QUINTANA ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
CALLE 20 ENTRE C 11 Y SOLAR 6, Sin
número, No tiene, La presumida, C.P.77893
32
QRSSA001353
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
SACALACA
QUINTANA ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle XEL-HA ENTRE MIGUEL HIDALGO Y
SOLAR 1, Sin número, No tiene, Sacalaca,
C.P.77895
33
QRSSA001370
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
SANTA GERTRUDIS
QUINTANA ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle CALLE 10, ENTRE C 5 Y SOLAR 3,
Sin número, No tiene, Santa Gertrudis,
C.P.77538
34
QRSSA001382
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
TABASCO
QUINTANA ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle FRAMCISCO I. MADERO ENTRE
SOLAR 7 Y SOLAR 9, Sin número, No
tiene, Tabasco, C.P.77520
35
QRSSA001394
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL X-
CABIL
QUINTANA ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Camino 42 ENTRE SOLAR 4, SOLARES 2,
16 Y 15, Sin número, No tiene, X-Cabil,
C.P.77518
36
QRSSA001406
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
KANCABCHEN
QUINTANA ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle 8 ENTRE C 25 Y SOLA 2, Sin número,
No tiene, Kancabchen, C.P.77535
37
QRSSA001411
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL PLAN
DE LA NORIA
QUINTANA ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Carretera Sin nombre, Sin número, No tiene,
Plan de la Noria, C.P.77510
38
QRSSA001476
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
NUEVO X-CAN
QUINTANA ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle JAVIER ORJO GÓMEZ, sin número,
MZ 40, LT 5, ZONA 1, Nuevo XCan,
C.P.77350
39
QRSSA001493
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL SAN
JUAN DE DIOS
QUINTANA ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
AVENIDA COLOSIO, Sin número, MZ 16,
LT 1, ZONA 1, San Juan de Dios,
C.P.77712
40
QRSSA001505
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL SAN
LORENZO
QUINTANA ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
AVINDA LUIS DONALDO COLOSIO, Sin
número, MZ 11, LT 1, ZONA 1, San
Lorenzo, C.P.77720
41
QRSSA001510
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL SAN
MARTÍNIANO
QUINTANA ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle CALLE 2, Sin número, MZ 10, LT 4,
ZONA 1, San Martiniano, C.P.77710
42
QRSSA001534
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL EL
TINTAL
QUINTANA ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
AVENIDA HEROES DE CHAPULTEPEC,
Sin número, MZ 39, LT 4, ZONA 1, El Tintal,
C.P.77786
43
QRSSA001546
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL TRES
REYES
QUINTANA ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle CALLE 9, Sin número, MZ 21, LT 1,
ZONA 1, Tres Reyes, C.P.77793
44
QRSSA001563
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
IGNACIO ZARAGOZA
QUINTANA ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle MIGUEL HIDALGO, Sin número, MZ
013, PREDIO 003, ZONA 002, Ignacio
Zaragoza, C.P.77760
45
QRSSA001826
SEGUNDO NIVEL
DE HOSPITALIZACIÓN
HOSPITAL INTEGRAL DE ISLA
MUJERES
QUINTANA ROO
Isla Mujeres
Isla Mujeres
Calle Paseo de los Peces, 189, No tiene, La
Gloria, C.P.77400
46
QRSSA001930
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD UCUM
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle IGNACIO LÓPEZ RAYÓN, MANZANA
20, LOTE 4, Ucum, C.P.77086
47
QRSSA001954
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
CHACCHOBEN
QUINTANA ROO
Bacalar
Bacalar
Calle AV. FRANCISCO I. MADERO, CON
AV. CONSTITUCIÓN , Mza. 1 L-1 Z-1, REG.
1, MZ 38, LT 16, Chacchoben, C.P.77160
48
QRSSA001966
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD CAOBAS
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle HEROES, 308, MZA.30 LT 07,
Caobas, C.P.77957
49
QRSSA002384
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL DE
NUEVO JERUSALÉN
QUINTANA ROO
Bacalar
Bacalar
Calle EMILINO ZAPATA, ESQ. CON JOSÉ
MARÍA MORELOS, Sin número, REG. 1,
MZ 12, LT 1, Nuevo Jerusalén, C.P.77130
50
QRSSA017675
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD RURAL
ADOLFO LÓPEZ MATEOS
QUINTANA ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle ADOLFO LÓPEZ MATEOS ENTRE
SOLAR 1 Y SOLAR 3, Sin número, No
tiene, Adolfo Lopez Mateos, C.P.77535
51
QRSSA017733
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD URBANO # 1
EJIDO ISLA MUJERES FRANJA
CONTINENTAL
QUINTANA ROO
Isla Mujeres
Isla Mujeres
CALLE 42 NORTE ENTRE CALLE 7 Y
CALLE 9, Kilometro 6.5, SM 3, MZ 26, LT 1,
Ejido Isla Mujeres franja continental,
C.P.77401
52
QRSSA017943
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO COMUNITARIO DE
SALUD MENTAL Y ADICCIONES
TULÚM
QUINTANA ROO
Tulum
Tulum
Calle Acuario Poniente, Sin número, No
tiene, Centro, C.P.77581
53
QRSSA018054
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD URBANO DE
CALDERITAS
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
AVENIDA CHIHUAHUA SUR, 159, No tiene,
Calderitas, C.P.77018
54
QRSSA018062
SEGUNDO NIVEL
DE HOSPITALIZACIÓN
HOSPITAL GENERAL DE CANCÚN
DR JESÚS KUMATE RODRÍGUEZ
QUINTANA ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
AVENIDA HERBERTO CASTILLO
MARTÍNEZ , NO TIENE , SM 248, MZ 78,
247, C.P.77398
 
Anexo 2 correspondiente al Convenio Específico de Coordinación celebrado por la Entidad Federativa el 15 de marzo de 2024.
ANEXO 31 LISTADO DE UNIDADES MÉDICAS EN PROPIEDAD DE LA ENTIDAD FERATIVA TRANSFERIDAS AL IMSS BIENESTAR
TRANSFERIDAS A IMSS-BIENESTAR
Entrega: Secretaria de Gobierno, Nombre: Lic. Maria Cristina Torres Gómez.- Rúbrica.- Secretario de Salud y Director General de los Servicios Estatales de Salud, Nombre: Lic. Flavio Carlos Rosado.- Rúbrica.- Encargada del Despacho de la Secretaría de Finanzas y Planeación, Nombre: Martha Parroquin Pérez.- Rúbrica.- Recibe: Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y Responsable Inmobiliario del IMSS-BIENESTAR, Lic. Aunard Agustín de la Rocha Waite.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Infraestructura del IMSS-BIENESTAR, Arq. Carlos Sánchez Meneses.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Atención a la Salud del IMSS-BIENESTAR, Dr. Víctor Hugo Borja Aburto.- Rúbrica.
UNIDADES MÉDICAS EN POSESIÓN DE LA ENTIDAD FERATIVA
ANEXO 2
 
NO
CLUES UNIDAD
NIVEL DE ATENCIÓN
TIPO ESTABLECIMIENTO
NOMBRE DE LA UNIDAD
ENTIDAD
MUNICIPIO
LOCALIDAD
DOMICILIO
1
QRSSA017820
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO COMUNITARIO
DE SALUD MENTAL Y
ADICCIONES CANCÚN
REGIÓN 221
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 86, Mza. 31, Lote 1, No tiene, 221,
C.P.77320
2
QRSSA017844
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO COMUNITARIO
DE SALUD MENTAL Y
ADICCIONES CANCÚN
REGIÓN 516
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 30A, Mza. 14, Lote 1, No tiene,
516, C.P.77368
3
QRSSA017791
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO COMUNITARIO
DE SALUD MENTAL Y
ADICCIONES CHETUMAL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Avenida Andrés Q. Roo, 399, No tiene,
Taxistas, C.P.77900
4
QRSSA017750
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO COMUNITARIO
DE SALUD MENTAL Y
ADICCIONES COZUMEL
QUINTANA
ROO
Cozumel
Cozumel
Avenida 11 CON AV. 20 , Sin número,
No tiene, San Miguel CENTRO ,
C.P.77665
5
QRSSA017774
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO COMUNITARIO
DE SALUD MENTAL Y
ADICCIONES FELIPE C.
PUERTO
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle 53, Sin número , No tiene, Juan
Bautista, C.P.77807
6
QRSSA017856
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO COMUNITARIO
DE SALUD MENTAL Y
ADICCIONES JOSÉ M.
MORELOS
QUINTANA
ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle Gonzalo Guerrero, Sin número, No
tiene, Javier Rojo Gomez, C.P.77517
7
QRSSA017861
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO COMUNITARIO
DE SALUD MENTAL Y
ADICCIONES PLAYA DEL
CARMEN
QUINTANA
ROO
Solidaridad.
Solidaridad.
Calle 106 Norte, 18, No tiene, Colosio,
C.P.77728
8
QRSSA001983
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
CHUNHUBUB
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle 12 Sur (Porton Aserradero), 2
ORIENTE, No tiene, Chunhuhub,
C.P.77160
9
QRSSA001971
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
DZIUCHE
QUINTANA
ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Dziuche, C.P.77875
10
QRSSA001925
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD JUAN
SARABIA
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Sin nombre, tiene, No tiene, Juan
Sarabia, C.P.77985
11
QRSSA000706
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL ALTOS DE SEVILLA
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Sín nombre, Sin número, No tiene,
Altos de Sevilla., C.P.77946
12
QRSSA000735
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL ÁLVARO
OBREGÓN
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Avenida Periférico , Lote 5, No tiene,
Álvaro Obregón, C.P.77965
13
QRSSA000740
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL ANDRÉS
QUINTANA ROO
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Andres Q. Roo., C.P.77914
14
QRSSA000752
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL BLANCA FLOR
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Blanca Flor, C.P.77904
15
QRSSA000764
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL BUENA
ESPERANZA
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Buena esperanza, C.P.77906
16
QRSSA000472
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL BUENAVISTA
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Alvaro Obregon, 82, No tiene,
Centro, C.P.77943
17
QRSSA000776
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL CAAN LUMIL
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Avenida Othon P. Blanco, Sin número,
No tiene, Caan Lumil, C.P.77913
18
QRSSA001242
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL CANDELARIA
QUINTANA
ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Candelaria, C.P.77895
19
QRSSA001604
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL CHANCHEN I
QUINTANA
ROO
Tulum
Tulum
Calle Sin nombre, Sin número, SOLAR
URBANO 008, MZ 045, ZONA 01, Chan
Chen I, C.P.77665
20
QRSSA001440
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL CHIQUILA
QUINTANA
ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle Herrera. Cologio Veracruzano., Sin
número, No tiene, Chiquilá, C.P.77330
21
QRSSA000052
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL CHUN POM
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, SOLAR
URBANO 005, MZ 70, ZONA 01, Chun
pom, C.P.77147
22
QRSSA000344
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL CHUN YAH
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Chun-Yah, C.P.77177
23
QRSSA001616
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL COBA
QUINTANA
ROO
Tulum
Tulum
Calle Durango, Sin número, No tiene,
Coba, C.P.77950
24
QRSSA000525
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL COCOYOL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Cocoyol, C.P.77992
25
QRSSA002402
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL DE LAGUNA
GUERRERO
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Josefa Ortiz de Dominguez, 126,
SOLAR URBANO 004, MZ 037, ZONA
01, Laguna Guerrero, C.P.77966
26
QRSSA002375
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL DE RÍO
ESCONDIDO
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Sin nombre, Sin número, No tiee,
Río Escondido, C.P.77189
27
QRSSA000892
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL DOS AGUADAS
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Sin nombre, Sin número, ZONA
01, MZ 21, SOLAR URB 2, Dos
aguadas, C.P.77966
28
QRSSA000081
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL DZULA
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Dzula, C.P.77175
29
QRSSA001435
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL EL CEDRAL
QUINTANA
ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
El Cedral, C.P.77376
30
QRSSA001464
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL EL IDEAL
QUINTANA
ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
El Ideal, C.P.77390
31
QRSSA001674
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL EL TESORO
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
El Tesoro, C.P.77966
32
QRSSA001686
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL FELIPE ÁNGELES
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Sin nombre, Sin número, ZONA
01, MZ 016, SOLAR 004, Felipe
Angeles, C.P.
33
QRSSA000093
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL FILOMENO MATA
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Filomeno Mata, C.P.77196
34
QRSSA000303
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL FRANCISCO I.
MADERO (LINDA ROSA)
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Francisco I. Madero, C.P.77169
35
QRSSA000805
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL FRANCISCO VILLA
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Francisco Villa, C.P.77940
36
QRSSA000315
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL GENERAL
FRANCISCO MAY.
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Francisco May, C.P.77170
37
QRSSA001452
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL HOLBOX
QUINTANA
ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle Tiburon Ballena, Sin número, No
tiene, Isla de Holbox, C.P.77366
38
QRSSA000875
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL HUATUSCO
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Isidro Favela, Sin número, SOLAR
URBANO 001, MZ 026, ZONA 01,
Huatusco, C.P.77943
39
QRSSA017931
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL JAVIER ROJO
GÓMEZ
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
JavierRojo Gómez, C.P.77953
40
QRSSA001230
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL JOAQUÍN CETINA
GASCA
QUINTANA
ROO
Puerto Morelos
Puerto Morelos
Calle Cedros, Sin Número, No tiene,
Juaquin Zetina Gasca, C.P.77580
41
QRSSA000332
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL KAMPOCOLCHE
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Kampocolche, C.P.77178
42
QRSSA000986
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL KUCHUMATAN
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Sin nombre, sin número, No tiene,
Kuchumatan, C.P.770926
43
QRSSA001295
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL LA ESPERANZA
QUINTANA
ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
La Esperanza, C.P.77870
44
QRSSA000974
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL LA LIBERTAD
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle SIN NOMBRE, Sin número, No
tiene, La Libertad, C.P.77084
45
QRSSA017955
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL LA PANTERA
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Graciano Sanchez, Sin número,
No Tiene, La pantera, C.P.77123
46
QRSSA000105
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL LAGUNA KANA
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LT 4, MZ
50, ZONA 1, Laguna Kana, C.P.77114
47
QRSSA001032
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL LÁZARO
CÁRDENAS
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Jesus Martinez Ross, Sin número,
No tiene, Lázaro Cardenas, C.P.77104
48
QRSSA001213
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL LEÓNA VICARÍO
QUINTANA
ROO
Puerto Morelos
Puerto Morelos
Calle Del Cenote, Mza. 36 Lote 9, No
tiene, Loena Vicario, C.P.77590
49
QRSSA000530
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL LIMONES
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Ambrocio Ucam, SOLAR
URBANO 013, MZ 035, ZONA 01, No
tiene, Centro, C.P.77904
50
QRSSA000554
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL LOS DIVORCIADOS
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Los divorciados, C.P.77135
51
QRSSA000880
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL LUIS ECHEVERRÍA
A.
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Sin nombre, Sin número, SOLAR
URBANO 005, MZ 027, ZONA 01, Luis
Echeverria, C.P.77985
52
QRSSA000583
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL MAHAHUAL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Mahahual, C.P.77985
53
QRSSA000810
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL MANUEL ÁVILA
CAMACHO
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Sin nombre, Sin número, NO tiene,
Manuel Avila Camacho, C.P.77940
54
QRSSA001691
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL MANUEL
CRESENCIO REJON
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Manuel Crescencio Rejon, C.P.77984
55
QRSSA000991
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL MAYA BALAM
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Insurgentes, Sin número, No tiene,
Maya Balam, C.P.77946
56
QRSSA017506
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL NARANJAL
ORIENTE
QUINTANA
ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Naranjal Oriente, C.P.77527
57
QRSSA000110
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL NARANJAL
PONIENTE
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, SOLAR
URBANO 006, MZ 026, ZONA 01,
Naranjal Poniente, C.P.77118
58
QRSSA000600
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL NICOLÁS BRAVO
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Francisco I. Madero, Sin número,
No tiene, Nicolas Bravo, C.P.77983
59
QRSSA000122
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL NOH-BEC
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Noh-Bec, C.P.77753
60
QRSSA000921
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL NUEVO BECAR
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Doctores, Sin número, ZONA 002,
MZA 43, SOLAR 001, Nuevo Becar,
C.P.77957
61
QRSSA000320
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL NUEVO ISRAEL
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, LT 1, MZ
32, ZONA 1, Nuevo Israel, C.P.77140
62
QRSSA001703
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
QUINTANA ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Ignacio de la Llave, 1, No tiene, Nuevo Veracruz, C.P.77950
63
QRSSA001254
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL OTHON P.
BLANCO.
QUINTANA
ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Othón P. Blanco, C.P.77870
64
QRSSA000933
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL OTILIO MONTAÑO
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Mario Villanueva, Sin número, No
tiene, Otilio Montaño, C.P.77904
65
QRSSA000612
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL PALMAR
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
CALLE LOS CAIMANES, Sin número,
ZONA 01, LT 5, MZ. 11, Palmar,
C.P.77994
66
QRSSA000134
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL PETCACAB
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Petcacab, 1, No tiene, Petcacab,
C.P.77150
67
QRSSA000146
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL POL-YUC
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Pol-Yuc, C.P.77120
68
QRSSA000151
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL PRESIDENTE
JUÁREZ
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, SOLAR
URBANO 003, MZ 037, ZONA 01,
Presidente Juárez, C.P.77121
69
QRSSA001341
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL PUERTO ARTURO
QUINTANA
ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Puerto Arturo, C.P.77874
70
QRSSA001225
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL PUERTO
MORELOS
QUINTANA
ROO
Puerto Morelos
Puerto Morelos
AVENIDA RAFAEL E. MELGAR ,Sin
número, SM 01, MZ 05, LT 01, Centro,
C.P.77580
71
QRSSA000624
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL RAMÓNAL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Ramonal, C.P.77963
72
QRSSA000945
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL RAUDALES
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Josefa Ortiz de Dominguez, 126,
No tiene, Raudales, C.P.77960
73
QRSSA000636
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL REFORMA
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Palmas CON C. BENITO JUÁREZ,
Sin número, No tiene, Centro,
C.P.77913
74
QRSSA000962
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL ROVIROSA
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle LUIS ECHEVERRIA ALVARZ, Sin
número, SOLAR URBANO 001, MZ 086,
ZONA 01, José N. Rovirosa, C.P.77086
75
QRSSA001266
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SABAN
QUINTANA
ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Sabán, C.P.77889
76
QRSSA001481
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SAN ÁNGEL
QUINTANA
ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle Flamboyanes, 64, No tiene, San
Angel, C.P.77350
77
QRSSA001271
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SAN DIEGO
QUINTANA
ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
San Diego, C.P.77800
78
QRSSA001365
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SAN FELIPE I
QUINTANA
ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Calle Sin nombre, Sin número, SOLAR
URBANO 002, MZ 016, ZONA 01, San
Felipe, C.P.77890
79
QRSSA001020
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SAN ISIDRO DE LA
LAGUNA
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
San Isidro la Laguna, C.P.77185
80
QRSSA000175
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SAN JOSÉ II
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
San José II, C.P.77110
81
QRSSA000846
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SAN ROMAN
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Plutarco E. Calles, Sin número, No
tiene, San Roman, C.P.77907
82
QRSSA001621
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SAN SILVERÍO
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, SOLAR
URBANO 002, MZ 019, ZONA 01, Sal
Silverío, C.P.77140
83
QRSSA000204
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SEÑOR
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Señor, C.P.77753
84
QRSSA000851
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SERGIO BUTRÓN
CASAS
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
AVENIDA Sergio Butron Casas, 345, No
tiene, Sergio Butron Casas, C.P.77026
85
QRSSA001522
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SOLFERINO
QUINTANA
ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle Agustin Iturbide, Sin número, No
tiene, Solferino, C.P.77710
86
QRSSA000653
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL SUBTENIENTE
LÓPEZ
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Reforma, Sin número, No tiene,
Subteniente López, C.P.77037
87
QRSSA000221
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL TIHOSUCO
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle 16, 50, No tiene, Tihosuco,
C.P.77229
88
QRSSA001551
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL VALLADOLID
NUEVO
QUINTANA
ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle 16 de Septiembre, Sin número, No
tiene, Valladolid Nuevo, C.P.77760
89
QRSSA000682
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL VALLEHERMOSO
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Emiliano Zapata, Sin número, No
tiene, Vallehermoso, C.P.77916
90
QRSSA000250
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL X-PICHIL
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
X-Pichil, C.P.77250
91
QRSSA000262
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL X-YATIL
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin numero, SOLAR
URBANO 002, MZ 025, ZONA 01, X-
Yatil, C.P.77250
92
QRSSA001645
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL YALCHEN
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, SOLAR
URBAN 004, MZ 17, ZONA 01, Yalchen,
C.P.77250
93
QRSSA000274
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL YAXLEY
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No
tieme, Yaxley, C.P.77898
94
QRSSA000793
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
RURAL ZAMORA
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Calle Lazaro Cardenas, Sin número, No
tiene, Zamora, C.P.77907
95
QRSSA000443
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO # 1 CHETUMAL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Altos de Sevilla ESQ. NARANJAL ,
Sin número, No tiene, Solidaridad,
C.P.77987
96
QRSSA000035
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO # 1 FRANCISCO
ARANA TUN
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Cecilio Chi, Sin número, No tiene,
Cecilio chi, C.P.77800
97
QRSSA001580
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO # 1 PLAYA DEL
CARMEN
QUINTANA
ROO
Solidaridad.
Solidaridad.
Calle 22 Norte, Sin número, No tiene,
Ejidal, C.P.77760
98
QRSSA000414
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO # 2 CHETUMAL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Heriberto Frias ESQ. JESUS
URIETA, Sin número, No tiene, 5 de
Abril, C.P.77000
99
QRSSA001592
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO # 2 PLAYA DEL
CARMEN
QUINTANA
ROO
Solidaridad.
Solidaridad.
Calle 44 Norte, sin número, No tiene,
Zazil Ha, C.P.77665
100
QRSSA000426
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO # 3 CHETUMAL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Avenida Bugambilias ENTRE
CORCEGA Y PALERMO, Sin número,
No tiene, Italia, C.P.77040
101
QRSSA000390
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO # 4 CHETUMAL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle AARON MERINO FDEZ. ESQ.
CALLE CODORNIZ, Sin número, No
tiene, Tumbel Cuxtal, C.P.77037
102
QRSSA000431
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO # 6 CHETUMAL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle CALLE 11 ESQ, 12, manzana 67
lote 1, No tiene, AMPLIACIÓN
FORJADORES, C.P.77000
103
QRSSA001814
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO 2
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle 80, Sin número, No tiene, Emiliano
Zapata, C.P.77898
104
QRSSA002393
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO ALFREDO V.
BONFIL
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Avenida Vicente Guerrero, Sin número,
No tiene, Alfredo V. Bolfin, C.P.77535
105
QRSSA001831
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO CARIBE
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Petcacab, Sin número, No tiene,
Caribe, C.P.77086
106
QRSSA001802
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO LAS AMÉRICAS
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Avenida Luis Manuel Sevilla Sanchez
ENTRE ARGENTINA Y COLOMBIA ,
16, No tiene, Las Americas, C.P.77965
107
QRSSA001942
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO 7
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Yaxcolpoil Esq. Ixtacay, Manzana
234 Lote 1, No tiene, Payo Obispo 2,
C.P.77960
108
QRSSA001172
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 1 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 18 Poniente, Mza. 59, Lote 63, No
tiene, 100, C.P.77539
109
QRSSA001650
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 1 COZUMEL
QUINTANA
ROO
Cozumel
Cozumel
Avenida 40 Sur, Sin número, No tiene,
San Miguel II, C.P.77400
110
QRSSA001160
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 10 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 72, Sin número, No tiene, 229,
C.P.77539
111
QRSSA001102
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 11 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 23, Mza. 33 Lote 1, No tiene, 233,
C.P.77518
112
QRSSA001114
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 12 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Avenida Prolongación Tulum , 237, No
tiene, 236, C.P.77527
113
QRSSA001126
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 13 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 129, Mza. 14, Lote 1, No tiene,
516, C.P.77536
114
QRSSA001131
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 14 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 86, Mza. 31, Lote 1, No tiene, 221,
C.P.77560
115
QRSSA001143
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 15 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Avenida 157 Norte, Mza. 63, Lote 6, No
tiene, 103, C.P.77500
116
QRSSA017651
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 16 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle Efrain Pineda, Sin número, No
tiene, Tres Reyes, C.P.77517
117
QRSSA001184
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 2 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 46, Sin número, No tiene, 89,
C.P.77539
118
QRSSA001662
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 2 COZUMEL
QUINTANA
ROO
Cozumel
Cozumel
Avenida 95 Sur Bis, Sin número, No
tiene, San Gervasio, C.P.77667
119
QRSSA001155
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 3 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 105, Sin número, No tiene, 95,
C.P.77517
120
QRSSA001056
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 4 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 36, Sin número, No tiene, 102,
C.P.77539
121
QRSSA001073
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 5 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Avenida 127, Mza.103 Lote 20, No tiene,
100, C.P.77534
122
QRSSA001085
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 6 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 16 Poniente, 120, No tiene, 96,
C.P.77516
123
QRSSA001196
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 7 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 12, Mza. 55, Lote 7, No tiene, 99,
C.P.77539
124
QRSSA001061
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO NO. 9 CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle Manzana 10 Lote 20, Sin número,
No tiene, 85, C.P.77500
125
QRSSA001633
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD
URBANO TULUM
QUINTANA
ROO
Tulum
Tulum
Calle Sol poniente, Sin número, No
tiene, Centro, C.P.77580
126
QRSSA001884
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
CENTRO DE SALUD XUL-
HA
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle Reforma 2, Sin número, LT 3, MZ.
19, Xul Ha, C.P.77985
127
QRSSA000373
SEGUNDO NIVEL
DE HOSPITALIZACIÓN
HOSPITAL GENERAL DE
CHETUMAL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Avenida Andrés Q. Roo, 399, No tiene,
Taxistas, C.P.77040
128
QRSSA000011
SEGUNDO NIVEL
DE HOSPITALIZACIÓN
HOSPITAL GENERAL DE
COZUMEL
QUINTANA
ROO
Cozumel
Cozumel
Avenida 11 CON AV. 20 , Sin número,
No tiene, San Miguel CENTRO ,
C.P.77401
129
QRSSA018001
SEGUNDO NIVEL
DE HOSPITALIZACIÓN
HOSPITAL GENERAL DE
PLAYA DEL CARMEN
QUINTANA
ROO
Solidaridad.
Solidaridad.
Avenida Constituyentes, Sin número, No
tiene, Ejidal, C.P.77666
130
QRSSA000023
SEGUNDO NIVEL
DE HOSPITALIZACIÓN
HOSPITAL GENERAL
FELIPE CARRILLO
PUERTO
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle 51, 755, No tiene, Juan Bautista,
C.P.77800
131
QRSSA000460
SEGUNDO NIVEL
DE HOSPITALIZACIÓN
HOSPITAL INTEGRAL DE
BACALAR
QUINTANA
ROO
Bacalar
Bacalar
Avenida Avenida 3, ESQ. CALLE 24, Sin
número, No tiene, Centro, C.P.77945
132
QRSSA001312
SEGUNDO NIVEL
DE HOSPITALIZACIÓN
HOSPITAL INTEGRAL
JOSÉ MARÍA MORELOS
QUINTANA
ROO
José Maria Morelos.
José Maria Morelos.
Avenida José Maria Morelos, Sin
número, No tiene, Centro, C.P.77800
133
QRSSA001423
SEGUNDO NIVEL
DE HOSPITALIZACIÓN
HOSPITAL INTEGRAL
KANTUNILKIN
QUINTANA
ROO
Lázaro Cardenas
Lázaro Cardenas
Calle Reforma Agraria, Sin número, No
tiene, Centro, C.P.77376
134
QRSSA000361
TERCER NIVEL
DE HOSPITALIZACIÓN
HOSPITAL MATERNO
INFANTIL MORELOS
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Avenida Benito Juárez , 151, No tiene,
Centro, C.P.77025
135
QRSSA017815
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
UNEME CISAME CANCUN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 86, Mza. 31, Lote 1, No tiene, 221,
C.P.77369
136
QRSSA017786
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
UNEME CISAME
CHETUMAL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Avenida RAFAEL E.MELGAR ESQ.ISLA
CANCÚN , No tiene, No tiene, Taxistas,
C.P.77947
137
QRSSA017832
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
UNEME SORID CANCÚN
QUINTANA
ROO
Benito Juárez
Benito Juárez
Calle 157 Norte, Mza. 66 Lote 6, No
tiene, 103, C.P.77310
138
QRSSA017803
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
UNEME SORID CHETUMAL
QUINTANA
ROO
Othón P. Blanco
Othón P. Blanco
Calle 7, Sin número, No tiene,
Guadalupe Victoria, C.P.77900
139
QRSSA017762
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
UNEME SORID FELIPE C.
PUERTO
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle 53, Esquina Av. B. Juárez, No
tiene, Juan Bautista, C.P.77896
140
QRSSA017960
PRIMER NIVEL
DE CONSULTA EXTERNA
UNIDAD MÉDICA RURAL
TIXCACAL GUARDIA
QUINTANA
ROO
Felipe Carrillo Puerto
Felipe Carrillo Puerto
Calle Sin nombre, Sin número, No tiene,
Tixcacal Gurardia, C.P.77230
 
Anexo 2 correspondiente al Convenio Específico de Coordinación celebrado por la Entidad Federativa el 15 de marzo de 2024.
ANEXO 2. LISTADO DE UNIDADES MÉDICAS EN POSESIÓN DE LA ENTIDAD FERATIVA TRANSFERIDAS AL IMSS BIENESTAR
TRANSFERIDAS AL IMSS-BIENESTAR
Entrega: Secretaria de Gobierno, Nombre: Lic. Maria Cristina Torres Gómez.- Rúbrica.- Secretario de Salud y Director General de los Servicios Estatales de Salud, Nombre: Lic. Flavio Carlos Rosado.- Rúbrica.- Encargada del Despacho de la Secretaría de Finanzas y Planeación, Nombre: Martha Parroquin Pérez.- Rúbrica.- Recibe: Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y Responsable Inmobiliario del IMSS-BIENESTAR, Lic. Aunard Agustín de la Rocha Waite.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Infraestructura del IMSS-BIENESTAR, Arq. Carlos Sánchez Meneses.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Atención a la Salud del IMSS-BIENESTAR, Dr. Víctor Hugo Borja Aburto.- Rúbrica.