DOF: 24/05/2018
EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Parroquia María Madre de la Luz, en H

EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Parroquia María Madre de la Luz, en H. Matamoros, Tamaulipas para constituirse en asociación religiosa; derivada de Diócesis de Matamoros, A.R.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas.

EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE DIOCESIS DE MATAMOROS, A.R., DENOMINADA PARROQUIA MARIA MADRE DE LA LUZ, EN H. MATAMOROS, TAMAULIPAS.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada PARROQUIA MARIA MADRE DE LA LUZ, EN H. MATAMOROS, TAMAULIPAS para constituirse en asociación religiosa; derivada de DIOCESIS DE MATAMOROS, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: carretera a Ciudad Victoria, kilómetro 6, Ejido La Luz, Municipio de Matamoros, Estado de Tamaulipas, Código Postal 87560.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, denominado Parroquia María Madre de la Luz, en H. Matamoros, Tamaulipas, ubicado en carretera a Ciudad Victoria, kilómetro 6, Ejido La Luz, Municipio de Matamoros, Estado de Tamaulipas, Código Postal 87560, manifestado unilateralmente como propiedad de la Nación.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Propagar la verdad evangélica a todas las personas utilizando sus propios métodos, los medios técnicos y servicios profesionales que estén a su alcance dentro de lo dispuesto por la ley, así como la promoción de un estilo de vida emanado de la doctrina evangélica, a través de la moral católica, la catequesis, la celebración de culto público...".
IV.- Representante: José María Hernández Muñoz.
V.- Relación de asociados: Eugenio Lira Rugarcía, José María Hernández Muñoz, Jorge Adalberto Villanueva Morales, José Luis Cerra Luna, María Concepción Villaseñor Jiménez y María Enedelia García Aguilar.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Gobierno Interno", integrado por las personas y cargos siguientes: José María Hernández Muñoz, Párroco; Jorge Adalberto Villanueva Morales, Ecónomo Diocesano; José Luis Cerra Luna, Apoderado Legal General; María Concepción Villaseñor Jiménez, Moderador Del Consejo Parroquial De Pastoral; y María Enedelia García Aguilar, Moderador Del Consejo Parroquial De Asuntos Económicos.
VIII.- Ministros de Culto: Eugenio Lira Rugarcía, José María Hernández Muñoz, Jorge Adalberto Villanueva Morales y José Luis Cerra Luna.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Católico Apostólico Romano.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.
 
 

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