LINEAMIENTOS de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023 LINEAMIENTOS de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023.
MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO, Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, con fundamento en los artículos, 1o., 4o y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;17 y 27, fracción VII Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, 8 fracción VI y 42, fracción VIII de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 74, 75 y 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 151 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; Tercero y Cuarto, fracciones III, IV y XIII del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, y que el Estado garantizará el respeto a ese derecho;
Que el artículo 1 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia prevé la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas, así como los principios y mecanismos para garantizar su acceso a una vida libre de violencias que favorezca su desarrollo y bienestar, conforme a los principios de igualdad y de no discriminación;
Que por su parte, el artículo 2 de la Ley en comento, señala que la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias tomarán las medidas presupuestales y administrativas correspondientes, para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, de conformidad con los Tratados Internacionales en Materia de Derechos Humanos de las Mujeres, ratificados por el Estado mexicano;
Que en su XLIV Sesión Ordinaria, el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, efectuada el pasado 07 de septiembre de 2021, aprobó el Modelo para la Atención y Protección Integral para Mujeres que viven Violencia;
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2023, etiquetó en el Ramo "04 Gobernación", el presupuesto del "Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos";
Que el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2021-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2021, cuenta con el Objetivo prioritario 2 Promover servicios de atención integral especializada, con enfoque interseccional e intercultural para mujeres víctimas de la violencia, dentro del que se ubica la Estrategia prioritaria 2.1 Reforzar la oferta de servicios de atención a mujeres y niñas y, en su caso, a sus hijos e hijas, para disminuir el impacto de la violencia en sus proyectos de vida y como Línea de acción puntual 2.1.1 Ampliar el número de refugios, casas de tránsito y de medio camino para niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia, así como hijas e hijos, y
Que el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, forma parte de una política pública integral con perspectiva de género y un enfoque de derechos humanos operado por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; y tiene por objeto brindar protección y atención integral y especializada, mediante Refugios especializados y Centros Externos de Atención, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso hijas e hijos, resulta necesario establecer el marco jurídico para la operación, ejecución y seguimiento de dicho programa, por lo que he tenido a bien expedir los siguientes
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO PARA REFUGIOS ESPECIALIZADOS
PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO, SUS HIJAS E HIJOS, PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2023
ÚNICO.- Se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir de su difusión a través de la página electrónica de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y serán publicados en el Diario Oficial de la Federación y su vigencia concluirá el 15 de enero de 2024.
SEGUNDO.- Los asuntos relacionados con los presentes Lineamientos, que al 16 de enero de 2024 estén pendientes, seguirán sujetos a lo dispuesto en los mismos hasta su total conclusión.
Lineamientos de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023
1. Introducción
El marco normativo vigente en el país mandata la rectoría del Estado mexicano en materia de prevención y atención de las violencias contra las mujeres, a través de la actuación pública, para garantizar su derecho a una vida libre de violencia; en atención a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los Derechos Humanos.
Es por ello que y en virtud de los artículos 1o. y 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en relación con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y su Reglamento; la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; la Ley General de Víctimas; la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores; la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; la Ley Federal de Austeridad Republicana; la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil y su Reglamento; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el Instituto Nacional de las Mujeres; así como, con la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres; establecen los marcos de actuación de las autoridades competentes, encaminadas a la prevención y atención de los distintos tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, prestando especial atención a la violencia de género, así como en los mecanismos para hacer realizables los derechos humanos de las mujeres afectadas por violencia de género, sus hijas e hijos.
Este conjunto de normas en el ámbito nacional está en consonancia con los instrumentos y tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano en materia de derechos humanos de las mujeres, particularmente a una vida libre de violencia, de los cuales se encuentran: la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo, así como las recomendaciones de su Comité; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará); la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing; la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer; el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul); la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica); la Convención sobre los Derechos del Niño; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Declaración del Milenio; la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular el Objetivo 5 "Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas", en lo que concierne a la meta : 5.2 "Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación"; y Objetivo 16 "Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas", en lo relativo a la meta 16.1 "Reducir significativamente todas las formas de violencia y las correspondientes tasas de mortalidad en todo el mundo".
A fin de coadyuvar al cumplimiento de los compromisos emanados del marco normativo descrito, el Gobierno Federal crea el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, como parte de una política pública integral con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos e interculturalidad y visión de interseccionalidad que prevenga, atienda, sancione y erradique las violencias contra las mujeres.
El Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, es una respuesta específica del Gobierno Federal para el fortalecimiento de los refugios como espacios temporales, multidisciplinarios y seguros para mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia por razones de género.
Con pleno reconocimiento de que la violencia de género contra las mujeres es una violación a sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado y es resultado, entre otros, del conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en formas de muerte violenta de mujeres.
El presente Programa atiende de manera específica lo establecido en el artículo 8, fracción VI de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, respecto a que la Federación deberá
favorecer la instalación y el mantenimiento de refugios para las víctimas y sus hijas e hijos.
Asimismo, la puesta en marcha del Programa se basa en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) en 2011, a través del cual se estandarizan las condiciones básicas en que deben funcionar los refugios para garantizar la calidad de los servicios. Este modelo establece que la construcción de ciudadanía de las mujeres conlleva empoderamiento, y que los refugios pueden constituirse como un medio idóneo para facilitar la construcción de ciudadanía mediante una atención integral, cuyo propósito es, primero, sanar y revertir los daños causados por la violencia, transformar la condición de las mujeres de víctimas a sobrevivientes y fortalecer su autonomía para lograr su empoderamiento.
Para contribuir al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, este Programa se encuentra alineado a los Ejes Generales I "Política y Gobierno" y II "Política Social." Asimismo, contribuye a cumplir el compromiso gubernamental de impulsar, como principio rector, la igualdad efectiva de derechos entre mujeres y hombres, y la erradicación de las prácticas discriminatorias que han perpetuado la opresión de sectores poblacionales enteros.
De la misma manera, se encuentra alineado al objetivo prioritario 4 del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024, "Combatir los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes, preservando su dignidad e integridad", específicamente en el apartado 4.3.3 "Fortalecer las capacidades e incrementar la cobertura de los Centros de Atención Integral de Justicia para las Mujeres, Albergues, Refugios y Casas de Tránsito (de medio camino) para mujeres víctimas de violencia de género".
Asimismo, se encuentra alineado a los Lineamientos para incorporar la perspectiva de género en las Reglas de Operación de los programas presupuestarios federales, publicados el 29 de junio de 2016, en el Diario Oficial de la Federación.
De igual forma el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023, se alinea a lo dispuesto por la Organización de las Naciones Unidas en el Objetivo de Desarrollo Sostenible; Objetivo 5 "Lograr la Igualdad entre los Géneros y empoderar a todas las mujeres y las Niñas ", emitido por ésta en el año 2015, en lo relativo a los numerales 5.1 "Poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo" y 5.2 "Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación".
La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, tiene como uno de sus objetivos el formular las bases para la coordinación entre las autoridades federales, locales y municipales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, en términos de lo establecido en su Decreto de creación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 01 de junio de 2009.
Por otro lado, el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2021-2024 establece en su Objetivo prioritario 2.- Promover servicios de atención integral especializada, con enfoque interseccional e intercultural para mujeres víctimas de la violencia; Estrategia prioritaria 2.1 Reforzar la oferta de servicios de atención a mujeres y niñas y, en su caso, a sus hijos e hijas, para disminuir el impacto de la violencia en sus proyectos de vida; y atribuye a la CONAVIM la Acción puntual 2.1.1 Ampliar el número de refugios, casas de tránsito y de medio camino para niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia, así como hijas e hijos.
En ese tenor, es importante mencionar que el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023, es operado por la Secretaría de Gobernación, por conducto de la CONAVIM como Unidad Responsable. A través de éste Programa se pretende favorecer la creación y fortalecimiento de los refugios como espacios seguros para mujeres víctimas de violencia, que les brinden condiciones adecuadas para su bienestar, desarrollo humano, el ejercicio de sus derechos, el empoderamiento y su plena inclusión social, mediante la atención integral y especializada de la violencia de género, que impide el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, limita su libertad y autonomía, su acceso a la igualdad de oportunidades y su participación en los procesos de desarrollo y toma de decisiones, lo que obstaculiza el desarrollo humano sustentable y el bienestar social.
Dicho Programa apoyará a los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, a fin de que sean mecanismos seguros para salvaguardar su vida y asegurar que las mujeres cuenten con un espacio especializado que les ofrezca atención, protección y servicios de calidad. Para ello se impulsará el establecimiento y fortalecimiento de vínculos interinstitucionales, entre los tres órdenes de gobierno y las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), en materia de atención especializada a la violencia contra las mujeres.
La problemática atendida por el Programa es compleja y de amplios alcances en el país. De acuerdo con los hallazgos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021, de los 48.6 millones de mujeres de 15 años y más que residen en el país, se estima que 34.1 millones (70.1%) han padecido al menos un incidente de violencia emocional, económica, física, sexual o discriminación en los espacios escolar, laboral, comunitario, familiar o en su relación de pareja.
Con base en las disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en torno a los tipos y modalidades de violencia de género en contra de las mujeres y de acuerdo con la ENDIREH 2021; si se analiza la situación de las mujeres de 15 años y más que sufrieron violencia en los últimos doce meses, se encuentra que 20.7% de ellas ha sufrido violencia de pareja, 11.4% violencia familiar, 20.2% violencia escolar, 20.8% violencia laboral, y 22.4% violencia comunitaria. Según los tipos de violencia que se presentan a lo largo de la vida de las mujeres de 15 años y más, al menos en un ámbito y ejercida por cualquier agresor, el 51.6% es psicológica, 27.4% económica, patrimonial o discriminación, 34.7% física y 49.7% sexual, y 70.1% han experimentado al menos una situación de violencia psicológica, física, sexual, económica, patrimonial y/o discriminación.
En atención a esta situación, el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, busca promover el fortalecimiento de capacidades, la continuidad y la calidad en la respuesta institucional de prevención, protección y atención de los tipos de violencia contra las mujeres, así como propiciar buenas prácticas que deriven en la mejora constante de los modelos de atención integral a las expresiones de violencias contra las mujeres, por motivos de género.
A través de este Programa se apoyará, acompañará y dará seguimiento al quehacer de los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, que atienden esta problemática social, en apego a los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, principios señalados en el artículo 1 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Un elemento crucial y relevante es la promoción e incentivación para que los servicios de atención se encuentren más cerca de las mujeres y se garanticen servicios de calidad, ya que de acuerdo con datos de la ENDIREH 2021, del total de mujeres de 15 años y más, que han experimentado violencia física, agresiones y/o sexuales por su actual pareja o la última, las principales razones por las que no solicitaron apoyo o no denunciaron, el 22.2% no lo hizo por miedo a las consecuencias; el 18% por vergüenza; el 27.7% señaló que no le afectó o fue algo sin importancia; el 13.5% no sabía cómo y dónde denunciar; por sus hijos(as) o porque su esposo o pareja dijo que iba a cambiar el 12.7% porque no quería que su familia se enterara y el 8.7% porque él no va a cambiar; sin embargo, aún queda 86.5% que necesita de servicios apropiados que brinden la atención necesaria para que puedan transitar hacia una vida libre de violencias, mediante la debida atención, basada en directrices como la celeridad, la certeza, la protección efectiva, la gratuidad y la confidencialidad en todo el proceso de atención.
En el Anexo 1 se presenta un glosario con los conceptos y siglas utilizadas frecuentemente en los presentes Lineamientos.
2. Objetivos
2.1 Objetivo General
Brindar protección y atención integral y especializada, mediante Refugios especializados y Centro Externo de Atención, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, sus Hijas e Hijos.
2.2 Objetivos específicos
Apoyar la operación de Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, y en su caso sus Hijas e Hijos y sus Centros Externos de Atención, brindar atención eficiente y de calidad a las mujeres usuarias, sus hijas e hijos.
Dar seguimiento a la operación de Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, en su caso sus Hijas e Hijos y sus Centros Externos de Atención apoyados por el Programa.
3. Lineamientos
3.1 Cobertura
El Programa tiene cobertura nacional.
La atención prioritaria del Programa considerará zonas de población mayoritariamente indígena y afrodescendiente, zonas con alto o muy alto grado de marginación o zonas con altos índices de violencia, así como aquellas regiones de atención que determine la Unidad Responsable, de conformidad con los anteriores supuestos.
3.2 Población Objetivo
La población objetivo del Programa son Refugios Especializados y sus Centros Externos de Atención para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, y en su caso sus Hijas e Hijos.
Las mujeres en situación de violencia, que requieran atención especializada y de un lugar seguro donde puedan resguardarse para proteger su integridad, su vida y la de sus hijas e hijos, pueden acceder a los servicios gratuitos, especializados y confidenciales que se brindan en los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos previa valoración y/o referenciación de sus Centros Externos de Atención.
3.3 Criterios de elegibilidad y requisitos
Los Entes Públicos u Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) con experiencia comprobable que operen Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, y en su caso sus Hijas e Hijos; podrán presentar un Proyecto Anual, conforme a los siguientes criterios y requisitos:
Criterio | Requisitos (documentación) |
Presentar un Proyecto Anual en los términos del numeral 3.4 "Criterios de Selección de los Proyectos Anuales" del presente instrumento, el cual se enmarca obligatoriamente en el objetivo general del Programa. El Proyecto Anual deberá garantizar la prestación de los servicios especializados de protección y atención, durante todo el periodo de ejecución, en forma gratuita. | Formular y presentar, de conformidad con los presentes Lineamientos, un proyecto operativo y presupuestario anual para la prestación de servicios de Refugio y, de ser el caso, su Centro Externo de Atención elaborado con Perspectiva de Género, Interculturalidad, Interseccionalidad y respeto a los Derechos Humanos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes. El proyecto deberá entregarse, conforme a lo estipulado en los Anexos 2 y 3 de los presentes lineamientos, mismo que se encuentra en la siguiente liga: https://www.gob.mx/conavim. |
Acreditar Personalidad Jurídica | Las OSC deberán presentar, la siguiente documentación: a) Detalle de Clave Única de Inscripción (CLUNI) en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil; b) Identificación oficial vigente (credencial para votar, cédula profesional o pasaporte) de la representación legal de la OSC; c) Constancia de Situación Fiscal expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con una vigencia no mayor a 60 días previos a la recepción de su proyecto; d) Constancia expedida por el SAT, de la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales, conforme a lo establecido por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, actualizada cuando menos al mes inmediato anterior a la recepción de su proyecto e) En caso de que cuente con trabajadoras o trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá adjuntar la constancia expedida por el IMSS respecto al cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social vigente al presente ejercicio, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, y de los acuerdos ACDO.SA1HCT.101214/281.P.DIR y ACDO.SA1.HCT.250315/62.P.DJ., publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 27 de febrero y 3 de abril ambos de 2015, respectivamente. De no contar con trabajadoras o trabajadores afiliados al IMSS bastará el envío del documento expedido por el IMSS a través de su portal electrónico http://www.imss.gob.mx/tramites/cumplimiento-obligaciones, que alude al Resultado de la Consulta al Módulo de Opinión de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social. Los Entes Públicos deberán presentar, la siguiente documentación: a) Instrumento jurídico de creación, en el cual se encuentre establecida, y que tenga dentro de sus atribuciones la operación de Refugio cuya población objetivo sean mujeres y, en su caso, sus hijas e hijos que viven violencia; b) Documento oficial en el cual conste la facultad de la o del servidor público que presenta el proyecto, así como identificación oficial vigente (credencial para votar, cédula profesional o pasaporte) para firmar el Instrumento Jurídico correspondiente, identificando el articulado específico, de conformidad con la normativa aplicable; c) Nombramiento vigente de la o el Titular; o documento delegatorio a quien ostente por encargo la titularidad del Ente Público o la representación legal; d) Identificación oficial vigente de la o el Titular o de quien ostente la representación legal, en su caso (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional); e) Constancia de Situación Fiscal expedida por el SAT con una vigencia no mayor a 60 días previos a la recepción de su proyecto; f) Constancia expedida por el SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales del ente público, conforme a lo establecido por el artículo 32-D del Código Fiscal; g) Comprobante del domicilio fiscal (recibo telefónico o del servicio de luz), con fecha de expedición no mayor a tres meses anterior a la fecha de recepción de su proyecto. Este documento debe coincidir con su Constancia de Situación Fiscal. Tanto Entes Públicos como OSC, una vez aprobado su proyecto, deberán entregar en los siguientes 10 días hábiles, lo siguiente: Cuenta bancaria productiva para el uso exclusivo y manejo de los recursos federales transferidos, que deberá ser específica por cada Proyecto aprobado por Refugio o Centro Externo de Atención; La persona que ostente la representación legal vigente deberá contar con la firma electrónica, acreditando así su identidad, en términos de lo establecido en la Ley de Firma Electrónica Avanzada y su Reglamento; La documentación deberá ser legible y no presentar rayaduras o enmendaduras. |
De ser el caso, acreditar que ha concluido la ejecución de todas las acciones comprometidas en el Proyecto Anual apoyado con recursos federales durante el ejercicio fiscal inmediato anterior, para la realización de acciones análogas a los presentes lineamientos o, en su caso, que ha efectuado los reintegros correspondientes a las acciones no ejecutadas y los recursos no ejercidos al 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente. | Previo a la firma del instrumento jurídico, deberán presentar la Constancia de Conclusión expedida por la CONAVIM, constatando que las acciones comprometidas en el Proyecto Anual apoyado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior se han cumplido en su totalidad, que se reintegraron los recursos no ejercidos o derivados de la no ejecución de una acción, y que se reintegraron los productos financieros generados por la(s) cuenta(s) bancaria(s). El documento deberá acreditar: a) No tener adeudos que hayan sido notificados previamente por la Unidad Responsable, de recursos no ejercidos o no comprobados debidamente, de conformidad con las disposiciones aplicables. b) No haber sido sancionada por incumplimiento en las acciones comprometidas en el Proyecto Anual apoyado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior. |
Posterior a la firma del Instrumento Jurídico, se deberá presentar el comprobante Fiscal Digital por Internet debidamente registrado conforme a la normativa vigente para el ejercicio fiscal 2023 y con la verificación de autenticidad del Sistema de Administración Tributaria (SAT) | Remitir a CONAVIM una factura CFDI (en sus formatos PDF y XML) de la recepción del Subsidio por el monto asignado, dentro de los 5 días siguientes a su expedición y tendrá que exhibirse en su formato original, en hoja membretada, a fin de que la Unidad Responsable esté en posibilidad de realizar las gestiones administrativas necesarias ante la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Gobernación para la transferencia del Subsidio. La factura CFDI debe cumplir con lo siguiente: a) Ser expedida a nombre de la Secretaría de Gobernación; b) Domicilio Fiscal: Bucareli 99, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, Código Postal 06600, México, Ciudad de México; c) Registro Federal de Contribuyentes: SGO8501012H2; d) Fecha de emisión, y e) Nombre del Proyecto y el concepto relativo al recurso federal recibido: "Los recursos federales recibidos se aplicarán única y exclusivamente para el cumplimiento del objeto del Convenio de Coordinación/Concertación de Acciones celebrado entre la Secretaría de Gobernación y -------------, para llevar a cabo -----------. Abono en cuenta de cheques número ------, del Banco -------, CLABE interbancaria ----." Asimismo, dentro de los quince días hábiles a la transferencia del Subsidio, se deberá emitir una factura complemento CFDI en formatos PDF y XML correspondiente por el monto depositado. La factura CDFI y su complemento deberán ser entregados en original en el domicilio ubicado en la calle Dr. José María Vértiz 852, 5° piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, en la Ciudad de México. |
Voluntad de suscribir los instrumentos normativos | Manifestar en oficio en formato libre suscrito por la persona con atribuciones para ello, su voluntad para adherirse al Convenio de Coordinación o en su caso de Concertación de Acciones. |
3.4 Criterios de Selección de los Proyectos Anuales
En caso de haber sido apoyados a través de la Secretaría de Salud en años previos, deberán entregar el documento que lo acredite.
En caso de no haber sido apoyados en el año inmediato anterior, por el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos operado por la CONAVIM, deberán comprobar la prestación de los servicios por lo menos durante los tres meses previos a la recepción de su proyecto, para lo cual la Unidad Responsable podrá solicitar los elementos probatorios, físicos y documentales que considere pertinentes, acorde a lo establecido en el apartado de lineamientos del Modelo de atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES (http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/101219.pdf). Asimismo, deberán ser visitados por la Unidad Responsable, previo a la dictaminación de su proyecto, a fin de acreditar lo siguiente:
Para acceder al Programa, los Entes Públicos y OSC deberán acreditar experiencia comprobable de por lo menos tres meses en la operación de Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, y en su caso, sus Hijas e Hijos, mediante la atención de los criterios siguientes:
a) Que cuenten con un Refugio en operación con infraestructura y personal especializado acorde a su capacidad operativa, para atender cuando menos a cuatro familias de manera simultánea, y que brinde servicios de alojamiento; alimentación; vestido y calzado; espacios habilitados para la atención y acompañamiento a la salud; trabajo social, atención psicoeducativa, psicológica y representación legal.
b) Cuenten con programas de capacitación para el desarrollo del empoderamiento y autonomía de las mujeres, fomentando el fortalecimiento de conocimientos y habilidades para el auto empleo, la inserción laboral y la auto gestión económica. Dichos programas deberán ser realizados con perspectivas de género, intercultural e interseccional.
c) Que presten los servicios bajo los principios de igualdad y no discriminación, por alguna situación personal de las mujeres usuarias y en su caso sus hijas e hijos; estado de salud, lugar de residencia, edad o identidad de género de la mujer usuaria y en su caso sus hijas e hijos menores de edad; grado de peligrosidad de la persona agresora; o cualquier otra circunstancia que potencialmente pueda derivar en discriminación o sea un hecho reconocido de discriminación y/o violación a los derechos humanos de las mujeres usuarias.
d) Acrediten la legal posesión del inmueble en que se encuentra establecido el Refugio y en su caso el Centro Externo de Atención, para garantizar la prestación de los servicios a las mujeres en situación de violencia de género y en su caso, sus hijas e hijos.
e) Que cuenten con un Modelo propio y específico para la atención integral de mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia, que cumpla con lo establecido en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES (http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/101219.pdf).
f) Cada proyecto deberá especificar los criterios de ingreso, permanencia y egreso de las mujeres usuarias, sus hijas e hijos del Refugio, conforme a lo establecido en el Anexo 3, numeral 4.1.
g) Que cuenten con un mecanismo para el Seguimiento de Quejas, Sugerencias y Denuncias por acontecimientos suscitados al interior del Refugio, en el que se considere la entrega de información a las mujeres usuarias, de los derechos adquiridos por su ingreso a un Refugio y de ser el caso, la gestión y seguimiento de quejas, sugerencias o denuncias.
h) Todos los proyectos presentados deberán acreditar que los Refugios:
1. Operan los 365 días del año, durante las 24 horas del día.
2. Tengan capacidad en infraestructura y recursos humanos para brindar los servicios de Refugio, establecidos en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, acorde al número de habitaciones con las que cuenten.
3. Que se apegan a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en lo referente a las condiciones de operación y prestación de servicios de los Refugios para mujeres en situación de violencia.
4. Cuenten con personal de vigilancia capacitado en perspectiva de género que brinde seguridad y que cuenten con las medidas necesarias en materia de protección civil en las instalaciones del Refugio, para garantizar la seguridad a la población residente las 24 horas, los 365 días del año.
5. Cuenten con la plantilla básica para la operación, de conformidad con lo establecido en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES.
6. Consideren que la dirección es el área responsable del buen desarrollo y operación del Refugio, por lo
que la directora deberá contar con experiencia probada en la coordinación, planificación y ejecución de estrategias para lograr una atención óptima a las víctimas de violencia en el Refugio.
7. Cuenten con mecanismos que garanticen que en ningún caso podrán laborar en los Refugios personas que hayan sido sancionadas por ejercer algún tipo de violencia.
8. Garanticen que el personal de las áreas que otorgan atención especializada (Jurídica, Psicología, Trabajo Social, Enfermería y Educación), cuentan con la cédula profesional de licenciatura en el área que desarrollan sus funciones.
9. Garanticen que el resto de las áreas (técnico/a en Trabajo Social, Administrativas, Informática, Enfermería) cuentan con la cédula profesional de técnico/a, o acrediten la experiencia correspondiente de al menos tres años de trabajo en el área en que laboran.
10. En caso de contar con personal que tenga carreras análogas a las requeridas por el área de atención, éstas deberán ser acordes a la actividad que realicen y deberán cumplir con cédula profesional o técnica, o un mínimo de 3 años de experiencia en el área en que laboran.
11. Cuenten al menos, con cuatro habitaciones designadas para el alojamiento de la población usuaria, considerando el hecho de que, a cada familia, se le designe una habitación de manera exclusiva y, en el caso de mujeres que acudan solas, se procure su privacidad.
12. Cuenten con espacios delimitados, separados y debidamente equipados para otorgar atención individual especializada (en trabajo social, en psicología para mujeres, en psicología para niñas, niños y adolescentes, jurídica y en salud), área de capacitación, ludoteca y áreas comunes (como cocina, comedor, sala, área recreativa).
13. Cuenten en todas sus instalaciones con las condiciones de seguridad, protección civil, accesibilidad y saneamiento básico.
14. Que garanticen la secrecía de la ubicación del inmueble.
15. Que tengan la capacidad de funcionamiento y operación integral.
16. Cuenten con un reglamento interno para las mujeres usuarias del Refugio; de conformidad con lo establecido en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES.
17. Cuenten con un reglamento de trabajo para el personal que labora en el Refugio y en su caso en el Centro Externo de Atención, de conformidad con lo establecido en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES.
18. Garanticen que cumplirán a cabalidad lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
19. Acreditar, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, la legítima propiedad o posesión de los inmuebles donde opera el Refugio y en su caso, el Centro Externo de Atención (Título de propiedad, Concesión, Comodato o Contrato de Arrendamiento, etc.), con una vigencia mínima del 1º de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023. El contrato correspondiente deberá citar los datos fiscales de la persona arrendadora, y su obligación de entregar los correspondientes recibos fiscales a la persona arrendataria por concepto de pago de la renta del inmueble. En caso de que la posesión del inmueble se acredite a través de un Contrato de Comodato, éste deberá garantizar la posesión al menos hasta el 31 de diciembre de 2023.
20. Cuando el inmueble sea propiedad de la OSC, de su representante legal o de cualquier integrante de su Mesa Directiva, no podrá pagarse el arrendamiento con recursos públicos.
21. Para el caso de que el inmueble en donde opere el Refugio sea proporcionado por alguna autoridad o dependencia gubernamental u OSC, en virtud del Instrumento jurídico celebrado con ella, bastará con presentar documentación en la que el ente gubernamental acredite la propiedad o posesión del inmueble, y garantice la permanencia otorgada en beneficio de la población usuaria, el tiempo requerido.
22. Cuenten con la documentación que acredite y faculte a la persona titular del inmueble para darlo en uso, arrendamiento o comodato (título de propiedad, resolución judicial, publicación en periódico oficial, documento del Registro Público de la Propiedad, entre otros).
23. Contar con el documento que contenga el Dictamen de Protección Civil apegado a la Ley General de Protección Civil y a la normatividad estatal y/o local vigente aplicable al inmueble donde se ubica el Refugio y en su caso el Centro Externo de Atención, que acredite y garantice que el inmueble cuenta con las medidas de seguridad necesarias para atender y hacer frente a riesgos relacionados con el uso de las instalaciones, y por tanto se dispone de los criterios y las medidas de seguridad necesarios para operar. Para los proyectos recibidos por primera vez, para la asignación de recursos federales orientados a la prestación del servicio de Refugio para mujeres que viven violencia, bastará con que presenten la documentación que acredite que formalmente se están realizando las gestiones necesarias para obtener el referido documento.
i) Los proyectos que presenten los Entes Públicos y las OSC podrán incluir un Centro Externo de Atención, el cual deberá vincular de manera irrestricta su quehacer a la operación del Refugio, desarrollando acciones de detección y atención de mujeres en situación de violencia, mediante servicios de psicología, trabajo social, asesoría jurídica y, en su caso, representación jurídica, así como la canalización de mujeres, y en su caso sus hijas e hijos que se encuentran en situación de violencia de género a las instancias correspondientes; así como deberán contener las acciones necesarias a realizar a fin de dar seguimiento a las mujeres usuarias egresadas del Refugio mismo.
El Centro Externo de Atención deberá acreditar su operación comprobable de por lo menos 3 meses de operación, para lo cual la Unidad Responsable podrá solicitar los elementos probatorios, físicos y documentales que considere pertinentes, a fin de que esta se considere acreditada.
Los Centros Externos de Atención deberán contar con un Modelo propio y específico de atención integral, y ser congruentes con las características del Modelo de su Refugio; considerando que:
1. Coordinan la referencia para el ingreso de las mujeres usuarias y en su caso, sus hijas e hijos que requieren servicios de Refugio.
2. Realizan acciones de seguimiento a los casos de mujeres usuarias y en su caso, sus hijas e hijos que egresan del Refugio.
3. Deben contar con personal de las áreas que otorgan atención especializada (Jurídica, Psicología y en los casos que corresponda Enfermería), que deberán contar con la cédula profesional de licenciatura en el área en que desarrollen sus funciones.
4. Para el caso del área de Trabajo Social, se cuente con la cédula profesional de la licenciatura o se acredite la experiencia de al menos un año de trabajo en el área, o bien se consideren carreras análogas acorde a la atención profesional requerida.
5. Deben contar con espacios delimitados y seguros para otorgar atención individual y especializada (en Trabajo Social, en Psicología para mujeres, en Psicología para niñas, niña y adolescente; y Asesoría Jurídica).
6. Deben garantizar en todas sus instalaciones, las condiciones de seguridad, protección civil y saneamiento básico.
7. En caso de haber recibido recurso federal para el Refugio y su Centro Externo de Atención en años anteriores, se deberá acreditar previo a la firma del instrumento jurídico:
7.1. Haber ejercido, comprobado y en su caso reintegrado los recursos federales recibidos en los plazos y términos previstos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y demás disposiciones aplicables;
7.2. No tener adeudos que hayan sido notificados previamente por la Unidad Responsable, de recursos no ejercidos o no comprobados debidamente, de conformidad con las disposiciones aplicables.
3.5 Tipos y montos de apoyo
Los apoyos que otorga el Programa son recursos federales catalogados como subsidios, que conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria no pierden su carácter federal al ser transferidos a los Entes Públicos u OSC integradas al Programa para la operación de Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, y en su caso sus Hijas e Hijos y sus Centros Externos de Atención, por lo que estarán sujetos a la normatividad federal aplicable.
El total de recursos para el apoyo del Proyecto Anual de cada uno de los Entes Públicos y OSC se basará en la disponibilidad presupuestal del Programa.
Para el rubro de Recursos Humanos, los montos máximos se señalan en el Anexo 4 de los presentes lineamientos, de acuerdo con la zona económica y número de habitaciones designadas exclusivamente para el hospedaje; considerando la jornada laboral, el perfil profesional y/o su función desempeñada, en apego a la plantilla y actividades establecidas en los presentes lineamientos y sus Anexos.
- Se podrá considerar la aprobación de hasta el 20% del monto total solicitado en cada proyecto, exclusivamente, para gastos de inversión (equipamiento y/o mantenimiento), con el fin de mejorar la seguridad y el funcionamiento de los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, dando prioridad a las áreas de utilización directa de la población usuaria;
- El Programa de Inserción Laboral podrá ajustarse acorde al monto máximo que será de $282,620.00 (Doscientos ochenta y dos mil seiscientos veinte pesos 00/100 MN);
- El Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es podrá ajustarse hasta por un monto máximo de $130,440.00 (Ciento treinta mil cuatrocientos cuarenta pesos 00/100 M. N.), y
- El Programa de Contención Emocional podrá ajustarse hasta por un monto máximo de $121,744.00 (Ciento veintiún mil setecientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) para personal de Refugio y hasta $86,960.00 (Ochenta y seis mil novecientos sesenta pesos 00/100 M.N.) para personal del Centro Externo de Atención.
3.6. Derechos, obligaciones y restricciones de los Entes Públicos y las OSC.
3.6.1 Derechos
1. Participar en las actividades a las que convoque la Unidad Responsable, en el marco del Programa.
2. Obtener información sobre la gestión de sus Proyectos Anuales en el momento que así lo requieran. La Unidad Responsable informará sobre la gestión de los proyectos durante los siguientes cinco días hábiles a partir de que recibió la solicitud.
3. Recibir asesoría técnica y operativa, orientación y capacitación por parte de la Unidad Responsable, quien brindará asesoría técnica y operativa, orientación y capacitación durante los cinco días hábiles a partir de que recibe la solicitud.
4. Recibir un trato respetuoso, oportuno, con calidad, equitativo y sin discriminación alguna.
3.6.2 Obligaciones
Se señalan a continuación las obligaciones de los Entes Públicos y OSC apoyadas por el Programa, sin menoscabo de las establecidas en el Instrumento Jurídico.
Cabe destacar que las disposiciones establecidas en los presentes Lineamientos así como en el Convenio correspondiente son complementarias y mantienen el mismo nivel de obligatoriedad.
1. Ajustar los Proyectos Anuales presentados considerando las recomendaciones derivadas del Equipo Revisor, así como las emitidas por la Unidad Responsable, conforme a lo previsto en los numerales 3.3 y 3.4 de los presentes Lineamientos.
2. Ejercer los recursos otorgados por el Programa en estricto apego a lo establecido en los presentes lineamientos, el Instrumento Jurídico, y demás normatividad aplicable.
3. Proporcionar en tiempo y forma la información requerida por la Unidad Responsable y proveer las facilidades necesarias para el monitoreo, seguimiento y evaluación. En particular, los Entes Públicos y OSC deberán proporcionar la información que les sea solicitada por parte de la Unidad Responsable para el cálculo del avance de los indicadores de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa (Anexo 6 de los presentes lineamientos) y lo correspondiente al anexo 13 "Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres" del Presupuesto de Egresos de la Federación, respecto de las erogaciones realizadas para el Programa.
4. Notificar a la Unidad Responsable cualquier asunto no previsto, que altere la ejecución de las acciones establecidas en el Instrumento Jurídico y en el Proyecto Anual, para dar una solución conjunta.
5. Generar, promover, fortalecer y replicar mecanismos sistemáticos y permanentes de coordinación interinstitucional que mejoren cualitativamente la operación e implementación del Proyecto Anual, principalmente con las instancias que integran el Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
6. Cumplir con los plazos establecidos en los presentes lineamientos.
7. Dar seguimiento puntual a las acciones que impliquen la coordinación con otras instancias gubernamentales y otros actores sociales.
8. Garantizar la existencia de personal profesionalizado y con experiencia en la materia, en cumplimiento de los perfiles definidos en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES.
9. Asegurar que las o los proveedores contratados en el desarrollo de ejecución del Proyecto Anual realicen los procesos de adjudicación conforme a la normatividad establecida.
10. Garantizar que, durante el proceso de contratación y ejecución del Proyecto Anual, el trato al personal y a las mujeres usuarias, se apegue a sus derechos humanos.
11. Asegurar el seguimiento y conclusión de las gestiones administrativas a que haya lugar, para el reintegro a la Tesorería de la Federación, de los recursos que la Unidad Responsable determine por observaciones a la documentación comprobatoria al cierre del ejercicio fiscal.
12. Notificar a la Unidad Responsable sobre cualquier cambio, en la representación legal, en el domicilio de los Entes Públicos u OSC, así como en las personas responsables de la ejecución y administración del Proyecto Anual, en un plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir de la fecha de la modificación.
13. Atender los requerimientos y convocatorias para reuniones de trabajo, capacitación y actualización que sean implementadas por la Unidad Responsable, en el marco de la operación del Programa.
14. Reintegrar los recursos no ejercidos y los productos financieros generados por la cuenta bancaria utilizada para la administración de los recursos del Programa por cada proyecto apoyado.
15. Utilizar las herramientas e instrumentos tecnológicos que la Unidad Responsable disponga o bien que se apegue al mecanismo dispuesto para el desahogo de todas las etapas de la mecánica de operación previstas en los presentes lineamientos.
16. Garantizar el resguardo de los datos personales de las mujeres usuarias de los servicios de atención especializada que se brindan con el apoyo del Programa, conforme a los protocolos de confidencialidad y anonimato inherentes a la atención de casos de violencia de género, así como los de niñas, niños y adolescentes, en su caso; ello sin menoscabo de las disposiciones vigentes en materia de protección de datos personales.
17. Ante un cambio de la representación legal o del Titular del Ente Público ésta tendrá que informar a la Unidad Responsable por escrito, respecto de la información, productos y bienes generados a partir de la operación y de los apoyos brindados por el Programa, en apego a la normatividad federal aplicable.
18. Todos los productos y acciones realizados en el marco del Programa deberán dar el crédito a éste, a través de los medios que resulten pertinentes (impresos, electrónicos, entre otros).
19. Visibilizar el origen de los recursos con los cuales son adquiridos todos los bienes y servicios, mediante la inserción de rótulos y logotipos institucionales, en todos los materiales impresos y audiovisuales, así como el mobiliario, los equipos de cómputo, y los Centros Externos de Atención.
20. Los Refugios y Centros Externos de Atención participantes deberán desarrollar sus actividades de manera directa, sin intermediación alguna, conforme a las disposiciones que establece la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, particularmente, cumplir a cabalidad lo señalado en el artículo 7 del ordenamiento; así como su Reglamento, y aceptar de forma irrestricta lo establecido en los presentes lineamientos, incluyendo lo referido a las acciones de seguimiento de su proyecto, por parte de la Unidad Responsable.
21. Los Entes Públicos participantes deberán tener establecida, dentro de sus atribuciones, la operación de Refugio cuya población objetivo sean mujeres y, en su caso, sus hijas e hijos que viven violencia.
22. En ningún caso podrán laborar en los Refugios o en los Centros Externos de Atención personas que hayan sido sancionadas por ejercer algún tipo de violencia.
23. Cancelar la documentación probatoria del egreso con la leyenda "Operado con recursos del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos" de conformidad con lo dispuesto por el artículo 70, fracción II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
24. Contar con mecanismos de sistematización de información sobre las mujeres atendidas en las unidades de orientación y atención especializada, así como garantizar el registro de la información sobre las mujeres atendidas y los servicios que se les brinden en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM).
3.6.3 Restricciones
1. No podrán participar aquellas OSC que han sido sancionadas con suspensión o cancelación definitiva de su registro por la Comisión de Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, o se encuentren impedidas para participar acorde a la base del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
2. No podrán participar aquellas OSC que no presentaron o presentaron de manera extemporánea su informe anual de Actividades 2022, a la Comisión de Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
3. Ningún Ente Público u OSC debe ser beneficiaria de asignación de recursos de alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal para los mismos fines de los presentes lineamientos, o de alguno de los conceptos de gasto solicitados, lo cual podrá ser verificado con otras instancias de la Administración Pública Federal. De comprobarse este supuesto, será causal de suspensión de los recursos, conforme al numeral 4.6.4 de estos lineamientos.
4. El proyecto de Refugio y su Centro Externo de Atención, son considerados de manera independiente para fines de planeación, presupuestación y ejecución de recursos.
5. No se considerarán proyectos exclusivamente para el Centro Externo de Atención, sin que éstos se encuentren vinculados a un proyecto de Refugio perteneciente a la misma OSC y ente público.
6. No se considerarán los proyectos presentados por los Entes Públicos y OSC que tengan observaciones o recomendaciones pendientes de atender y subsanar, vinculadas a la garantía del ejercicio pleno de los Derechos Humanos de las mujeres y, en su caso, sus hijas e hijos.
7. No se considerarán los proyectos presentados por los Entes Públicos y OSC que no tengan entre sus facultades, atribuciones u objetivos la atención en Refugio, de mujeres en situación de violencia.
8. En caso de haber suscrito instrumento jurídico para este mismo fin con alguna de las entidades federales en años anteriores, no se considerarán aquellos Entes Públicos y OSC que tengan adeudos pendientes, notificados por la dependencia correspondiente antes de la fecha de expedición de los presentes lineamientos, respecto de recursos no ejercidos o no comprobados debidamente, sea por incumplimiento de los acuerdos suscritos en los instrumentos jurídicos y/o de las disposiciones fiscales aplicables.
9. No se considerarán los proyectos de los Entes Públicos y OSC que hayan suscrito instrumento jurídico para este mismo fin con otras dependencias federales en años anteriores y hayan incumplido la entrega en tiempo y forma de los informes (cuantitativo, cualitativo y de ejecución del recurso, incluyendo la totalidad de los comprobantes fiscales que acrediten el valor de los recursos ejercidos), conforme a los criterios y lineamientos establecidos por las dependencias correspondientes; así como, de ser el caso, la atención plena de los acuerdos suscritos derivados de las visitas de supervisión correspondientes.
10. Los recursos solicitados en los proyectos presentados para su asignación a los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos y, a sus Centros Externos de Atención, no podrán aplicarse en los conceptos siguientes:
10.1. Pago de multas, adeudos, infracciones, recargos, actualizaciones, fianzas o intereses de cualquier tipo;
10.2. Pago de comisiones en caso de subrogación de servicios a terceros;
10.3. Pago de adquisición de inmuebles y/o construcción de inmuebles;
10.4. Capacitaciones al extranjero y/o solicitudes de recursos para viajes y comisiones fuera del país;
10.5. Pago de obligaciones o derechos de índole público propios de la organización (derechos vehiculares, verificaciones vehiculares, tenencias, predial);
10.6. Temáticas que la Unidad Responsable determine que no estén orientadas al fortalecimiento de las áreas de atención a las que están dirigidas o al beneficio en la atención de la población usuaria;
10.7. El objetivo no se oriente a la adquisición y desarrollo de conocimientos teóricos y prácticos en sus respectivas áreas de atención especializada;
10.8. Se beneficie a personal que no otorga atención especializada o que involucra a personal ajeno a la operación del Refugio y de su Centro Externo de Atención;
10.9. No se acredite que, las personas físicas o morales, que otorguen las capacitaciones cuentan con la formación y/o experiencia en el tema a impartir;
A. De manera específica, las OSC no podrán aplicar los recursos federales asignados a los conceptos siguientes:
A.1. Adquisición de vehículo para el Refugio, si fue apoyado para este concepto durante los últimos dos ejercicios fiscales anteriores con recurso federal.
A.2. Pago para el Dictamen de la Ejecución del Recurso Asignado emitido por la persona auditora y/o despacho debidamente registrado y autorizado.
B. De manera específica, los Entes Públicos, no podrán aplicar recursos federales asignados a los conceptos siguientes:
B.1. Adquisición de vehículo.
B.2. Pago por servicios de personal de vigilancia. El pago por servicios de vigilancia deberá asumirlo el Ente Público correspondiente, y deberá garantizar que se cumpla con los requisitos que estipula el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, publicado por el INMUJERES.
C. Los Entes Públicos u OSC que hayan recibido apoyo sobre mantenimiento y equipamiento en el año inmediato anterior, no podrán solicitar recursos presupuestarios para lo siguiente:
C.1. Acciones de mantenimiento salvo que se justifique, se vincule estrictamente a las características de la zona geográfica o por motivos de seguridad, siempre y cuando lo apruebe la Unidad Responsable.
3.7 Instancias participantes
3.7.1 Instancias Ejecutoras
Los Entes Públicos y OSC apoyados por el Programa, en su calidad de operadoras de los Proyectos Anuales.
3.7.2 Instancia Normativa
La CONAVIM en su calidad de Unidad Responsable, es la instancia normativa del Programa, la cual está facultada para interpretar los presentes lineamientos y resolver cualquier situación no prevista en los mismos.
3.7.3 Coordinación Institucional
La Unidad Responsable establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del gobierno federal en materia de atención especializada de la violencia de género contra las mujeres; la coordinación institucional buscará potenciar el impacto de los recursos, fortalecer y ampliar la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad y reducir gastos administrativos.
Con este mismo propósito, la Unidad Responsable podrá establecer acciones de coordinación con, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, las OSC, el sector privado y académico, y organismos internacionales las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de los presentes lineamientos y de la normatividad aplicable.
4. Mecánica Operativa
4.1 Presentación de los proyectos de Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos y sus Centros Externos de Atención.
1. La documentación debe ser presentada completa, en versión electrónica (formato PDF). Los Entes Públicos y OSC podrán entregar documentación complementaria, siempre y cuando, la realicen dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación del acuse de recibo que se habrá de emitir por la Unidad Responsable. No se considerarán los proyectos o la documentación presentada fuera de los plazos establecidos. Los proyectos que se presenten deben tener una programación para el ejercicio fiscal 2023.
2. Los proyectos que presenten los Entes Públicos y OSC deberán cumplir con lo dispuesto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
3. La Unidad Responsable pondrá a disposición vía electrónica los Formatos Únicos para la presentación de Proyectos de Refugio y Centros Externos de Atención, así como los Anexos correspondientes para su
llenado, al día siguiente de la publicación de los presentes lineamientos en la página oficial de CONAVIM.
4. Los Entes Públicos y las OSC pueden presentar, además, un proyecto único para la asignación de recursos para la operación de su Centro Externo de Atención, el cual deberá estar operando por lo menos durante los tres meses anteriores a la recepción de su proyecto y vinculado activamente a su Refugio.
5. El monto solicitado por los Entes Públicos y OSC para la operación del Centro Externo de Atención, deberá orientarse exclusivamente para:
5.1. Gastos de operación;
5.2. Recursos Humanos;
5.3. Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es;
5.4. Programa de Contención Emocional;
5.5. Acciones para la detección y referencia para el ingreso a Refugio de mujeres y, en su caso, sus hijas e hijos en situación de violencia;
5.6. Acciones para el egreso, contra referencia y seguimiento de mujeres y, en su caso, sus hijas e hijos que egresen del Refugio;
5.7. Atención y seguimiento a los casos de violencia aun cuando la mujer decida no ingresar a Refugio, y/o
5.8. Mantenimiento, equipamiento, seguridad y servicios necesarios para brindar los servicios especializados en los Centros Externos de Atención.
6. Los proyectos presentados deben apegarse estrictamente a lo dispuesto en los presentes lineamientos, los criterios técnicos y presupuestarios, así como a las directrices que emita la Unidad Responsable.
Los únicos rubros y conceptos de gasto que se podrán considerar para la asignación de recursos serán aquellos establecidos en los presentes lineamientos.
4.2 Recepción de Proyectos
La recepción de los proyectos deberá realizarse vía electrónica en la página web de CONAVIM o bien a través del receptorio que establezca la Unidad Responsable en la misma página web.
El periodo para la presentación de proyectos y documentación respectiva será del 16 de enero y hasta las 23:59 horas del 27 de enero del 2023. De contar con suficiencia presupuestaria al finalizar la firma de los instrumentos jurídicos que resulten de esta etapa, podrá abrirse un segundo periodo para la presentación de proyectos, que se desarrollará en los términos y condiciones que la Unidad Responsable emita en la Convocatoria respectiva.
Recibidos los proyectos y la documentación conforme a lo establecido por la Unidad Responsable, ésta emitirá un correo electrónico, dentro de los siguientes 3 días hábiles, dirigido a la cuenta de correo especificada en los Anexos 2 y 3, notificando sobre la recepción de los mismos y el folio asignado a su proyecto. Será responsabilidad del Ente Público y de la OSC la consulta de su correo electrónico a fin de dar seguimiento de su participación.
Por ningún motivo se recibirán proyectos o documentación de manera extemporánea y se tendrán como no presentados y no serán motivo de estudio ni consideración.
Toda la documentación que deba ser enviada a la Unidad Responsable, será recibida en las oficinas de CONAVIM, ubicadas en la calle Dr. José María Vértiz 852, 5° piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, en la CDMX.
4.3 Revisión de la Documentación
La documentación recibida por la Unidad Responsable se revisará con el objeto de verificar que cumple con lo establecido en los presentes lineamientos y el marco normativo aplicable. En la revisión de los proyectos presentados, se ponderará en todo momento la prestación de los servicios en beneficio de las mujeres atendidas, sus hijas e hijos.
La Secretaría de Gobernación, de conformidad con los "Lineamientos para la constitución, actualización, autenticidad, inalterabilidad, seguridad y difusión de la información del Padrón de Beneficiarios", establecerá los mecanismos utilizados para proteger la información contenida en el Padrón de beneficiarios del Programa, con salvedad de aquellos mecanismos que hayan sido implementados previamente por la Secretaría de Bienestar, conforme a los lineamientos que fueron publicados en su momento en el Diario Oficial de la Federación el 07 de julio de 2020.
4.4 Revisión y Análisis de los Proyectos Anuales
La Unidad Responsable constituirá Mesas de Análisis de los proyectos, con la finalidad de emitir recomendaciones para la mejora de los proyectos Anuales que presentan los Refugios.
En las Mesas antes referidas se analizará el contexto nacional y el impacto del Programa y de los proyectos de manera integral, con la finalidad de potenciar la cobertura del Programa, así como la disponibilidad de habitaciones por entidad federativa.
Serán elegibles aquellos proyectos que cumplan con todos los requisitos y hayan obtenido una calificación igual o mayor a B, del total de los rubros y conceptos ponderados y que contribuyan a potenciar el impacto del Programa a nivel nacional. La calificación será definitiva y quedará asentada en el Acta de Revisión.
Ponderaciones
La calificación antes referida atenderá a las siguientes:
A. El Planteamiento es sólido, congruente y completo.
B. Proporciona la información elemental requerida, el planteamiento se puede enriquecer.
C. El planteamiento es débil, incompleto o limitado, sujeto a implementación de recomendaciones.
D. No se proporciona la información requerida o bien, no cumple con lo estipulado en los presentes lineamientos.
4.4.1 Integración de las Mesas de Análisis
Las Mesas de Análisis se integrarán por:
-La Titular de la Unidad Responsable.
-La Titular de la Coordinación de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia de la CONAVIM.
- La Titular de la Coordinación que sea designada por la Titular de la CONAVIM.
-Un representante de la CONAVIM designado por la Titular, quien realizará las funciones de Secretaría Técnica.
En dichas Mesas de Análisis, podrán asistir en calidad de invitadas:
·Representación del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
-Representación del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
-Representación del Instituto Nacional de las Mujeres.
-Representación del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva.
4.4.2 Funciones de la Mesa de Análisis
1. Evaluar la viabilidad de los proyectos a efecto de ponderar la elegibilidad de estos, con base en los criterios de selección establecidos en el numeral 3.4 de los presentes lineamientos.
2. Analizar el impacto del Programa de manera integral, y la contribución del proyecto, conforme al contexto nacional, con la finalidad de potenciar la cobertura del Programa, así como la disponibilidad de habitaciones por entidad federativa.
3. Revisar la pertinencia y factibilidad de los conceptos y materiales probatorios registrados en el proyecto, a efecto de que sean congruentes y consistentes con los objetivos específicos y metas.
4. Emitir observaciones y recomendaciones que contribuyan a mejorar la propuesta de un proyecto elegible, sin que ello implique la reelaboración del proyecto.
5. Argumentar criterios de selección que fueron determinantes para otorgar la calificación al proyecto revisado.
6. En el caso de los proyectos apoyados en años previos, tomar en cuenta dichas participaciones en cuanto al resultado de sus evaluaciones y, en su caso, otras acciones de seguimiento.
7. Las que sean encomendadas por la Unidad Responsable.
4.4.3 Funciones de la Secretaría Técnica
1. Registrar en orden de prelación los proyectos presentados.
2. Realizar el análisis de los proyectos a partir de un expediente físico entregado por la Organización de la Sociedad Civil o el Ente Público, que se integrará por cada uno de los proyectos presentados.
3. Verificar que el resultado obtenido corresponda al proyecto.
4. Llevar a cabo sesiones de trabajo presenciales o a través de plataformas digitales con los Entes Públicos y OSC para el análisis de los proyectos.
5. La Secretaria Técnica emitirá a la Mesa de Análisis sus análisis, opiniones y posiciones respecto del proceso en general o de los proyectos en particular; contará con derecho a voz y fungirá como moderadora y facilitadora del análisis y deliberación sobre los proyectos.
6. Las demás que le sean encomendadas por la Unidad Responsable.
La revisión y análisis de los proyectos deberá hacerse en estricto apego a los objetivos del Programa; para ello, dentro del análisis que realizará se aplicarán los siguientes criterios para la valoración y, en su caso, ajuste o aprobación de los recursos solicitados:
a) Para determinar los montos de alimentación, vestido, calzado, uniformes escolares, se considerará la capacidad instalada, el número de mujeres usuarias, sus hijas e hijos;
b) Los proyectos que se presenten por primera vez para recibir recursos federales para la prestación del servicio de Refugio para mujeres que viven violencia, considerarán los datos que aporten en cuanto a la población atendida en el Refugio y elementos que sustenten la solicitud que se realice al respecto, en todo caso, la base mínima de cálculo será sobre la atención de 4 núcleos familiares
c) Se considerarán como prioritarios las plantillas de profesionistas para Refugio y en su caso, su Centro Externo de Atención acorde a los presentes lineamientos:
c.1. Para solicitar un incremento de plantilla de profesionista especializados, se analizará: la infraestructura del Refugio, el número de habitaciones destinadas para el alojamiento de la población usuaria, la población atendida y reportada en el año inmediato anterior y la justificación incluida en su proyecto;
c.2. La plantilla de plantillas de profesionistas especializados que se contrate adicional a lo establecido en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos publicado por el Instituto Nacional de las Mujeres deberá prestar servicios directos a la población usuaria en las áreas de: Trabajo Social, Psicología, Psicología Infantil, Enfermería, Asesoría y Representación Jurídica;
c.3. Para el rubro de Recursos Humanos, se guiará por el Anexo 4 de los presentes lineamientos, de acuerdo con la zona económica y número de habitaciones designadas exclusivamente para el hospedaje; considerando la jornada laboral, el perfil profesional y/o su función desempeñada, en apego a la plantilla y actividades establecidas en los presentes lineamientos y sus Anexos;
d) Tener disponible en el Refugio de forma permanente al personal de enfermería;
e) Se podrá considerar la aprobación de hasta el 20% del monto total solicitado en cada proyecto, exclusivamente, para gastos de inversión (equipamiento y/o mantenimiento), con el fin de mejorar la seguridad y el funcionamiento de los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, dando prioridad a las áreas de utilización directa de la población usuaria;
f) Se considerará prioritaria la asignación de recursos para garantizar la seguridad y protección de la población usuaria del Refugio;
g) El Programa de Inserción Laboral podrá ajustarse acorde al monto máximo que será de $282,620.00 (Doscientos ochenta y dos mil seiscientos veinte pesos 00/100 MN);
h) El Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es podrá ajustarse hasta por un monto máximo de $130,440.00 (Ciento treinta mil cuatrocientos cuarenta pesos 00/100 M. N.), y
i) El Programa de Contención Emocional podrá ajustarse hasta por un monto máximo de $121,744.00 (Ciento veintiún mil setecientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) para personal de Refugio y hasta $86,960.00 (Ochenta y seis mil novecientos sesenta pesos 00/100 M.N.) para personal del Centro Externo de Atención.
j) La revisión se hará con proyección al presente año fiscal, distinguiendo los montos y observaciones para cada rubro y concepto solicitado. El apoyo aprobado se asignará acorde al presupuesto disponible del Programa.
k) Analizará la justificación sobre los recursos solicitados y su congruencia con el desarrollo y objeto del proyecto, así como de ser el caso, todo el soporte documental que justifique sus solicitudes y los montos de recursos.
4.4.4 Resultado de la Revisión y Análisis
El resultado de la Revisión y Análisis de los proyectos, la relación de quienes participaron en el proceso de revisión y la información que se genere, será concentrada por la Unidad Responsable después del cierre de la revisión. En ningún caso o momento se publicarán los nombres de las y los integrantes de la Mesa de Análisis, por considerarse información clasificada con carácter de confidencial, al contenerse datos personales, en términos de lo que establece el Decreto por el que se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2017.
4.4.5 Notificación de Resultado
La notificación del resultado, así como las recomendaciones de las Mesas de Análisis, se notificarán a los Entes Públicos y a las OSC.
La notificación de resultados aprobatorios será publicada en la página oficial de la CONAVIM a más tardar el 13 de febrero de 2023. En dichos resultados deberán considerarse la alineación de solicitudes de ajuste de montos, modificación de conceptos, información adicional y/o ampliación en la justificación de los conceptos, que deberán ser atendidas en su totalidad para su integración en los proyectos.
En caso de no atender las solicitudes respectivas, no se podrá llevar a cabo la suscripción del instrumento jurídico correspondiente con la OSC o Ente Público de que se trate y la Unidad Responsable lo hará del conocimiento a los participantes de las Mesas de Análisis por tratarse de un proyecto aprobado mediante correo electrónico.
Las solicitudes realizadas por las Mesas de Análisis tendrán un carácter vinculatorio con la resolución o aprobación de los proyectos y serán informadas, antes del momento de la notificación de resultados, por lo que deberán ser atendidas en un plazo no mayor a diez días hábiles posteriores a la notificación.
4.5 Instrumento Jurídico
4.5.1 Suscripción del Instrumento Jurídico
Una vez publicado el resultado, y el Refugio y/o Centro Externo de Atención participante que cuente con la Constancia de Conclusión del ejercicio fiscal anterior, se podrá suscribir el Instrumento Jurídico.
En caso de no contar con la Constancia de Conclusión del ejercicio 2022, a más tardar el último día hábil de marzo de 2023, el proyecto será declarado improcedente.
4.5.2 Convenio Modificatorio
Se podrán suscribir Convenios Modificatorios que potencialicen el Proyecto, y previa autorización de la Unidad Responsable.
Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse ampliación de recursos en diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer proyecto presentado, o bien que atiendan las consideraciones de la Mesa de Análisis, previa autorización de la Unidad Responsable.
4.6 Asignación de Recursos
Sólo se asignarán recursos en los proyectos de Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos y Centros Externos de Atención para los rubros siguientes:
Refugio: Operación; Recursos Humanos; Mantenimiento; Equipamiento; Seguridad; Programa de Inserción Laboral, Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es; Programa de Contención Emocional, y/o Servicios y Asesorías.
Centros Externos de Atención: Operación; Recursos Humanos; Mantenimiento, Equipamiento; Seguridad; Programas de Profesionalización para Colaboradoras/es, y/o Programa de Contención Emocional.
Dentro de los rubros antes referidos se encuentran considerados los conceptos de gasto que podrán ser cubiertos a través de la asignación de recursos de los presentes lineamientos, los cuales se encuentran definidos en los Anexos 4 y 5, con el Desglose de Rubros y Conceptos para proyectos de Refugio y Centros Externo de Atención.
La recepción de documentación y, en su caso, el cumplimiento de los requisitos documentales no generará para la Unidad Responsable la obligación de asignar recursos, ya que su aprobación depende del cumplimiento pleno de los requisitos, así como del contenido técnico y especializado de los mismos, la verificación de la operación y el contenido del proyecto.
El total de las cantidades asignadas a cada proyecto dependerá de la disponibilidad presupuestaria anual, por lo que de ser aprobado el proyecto, los montos se podrán asignar de acuerdo a las características específicas y especiales de cada uno, considerando en todo momento que la administración de los recursos públicos federales se realiza con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas, equidad e igualdad de género.
La Secretaria Técnica podrá ajustar, eliminar, incorporar e incluso homologar montos y/o conceptos solicitados en los proyectos, de conformidad con los criterios de selección técnicos y presupuestarios, según estime conveniente.
4.6.1 Reorientación de Recursos
Las OSC o Entes Públicos podrán solicitar durante la ejecución del proyecto; presentando la justificación, propuestas de incremento, reducción, eliminación o reorientación de acciones y recursos previamente autorizados para la ejecución del proyecto. La Unidad Responsable revisará y validará las propuestas presentadas y resolverá en un plazo no mayor a diez días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud. La reorientación no implica ampliación ni reducción de recursos.
4.6.2 Ampliación de recursos
En caso de remanente de recursos y para potenciar el impacto de los proyectos en ejecución, la CONAVIM informará mediante circular por correo electrónico a los Refugios y Centros Externos de Atención que podrán solicitar una ampliación de recursos, siempre y cuando se plantee fortalecer las acciones y ampliar la cobertura de protección y atención a las mujeres en situación de violencia y en su caso, sus hijas e hijos, a través de un escrito libre dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la circular.
La Unidad Responsable revisará y validará las propuestas presentadas y resolverá en un plazo no mayor a veinte días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud de ampliación, para ello podrá solicitar al Refugio y a los Centros Externos de Atención información complementaria, misma que no podrá exceder 10 días hábiles a partir de que reciban la notificación, conforme a los siguientes criterios:
a. La solidez y justificación de las propuestas de acciones y conceptos planteados.
b. Con base en la suficiencia presupuestaria.
c. El avance y cumplimiento de la ejecución de las acciones.
4.6.3 Recursos no Ejercidos y Rendimientos generados
Los Refugios y Centros Externos de Atención, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) a más tardar el 15 de enero del año 2024, los recursos que no se hubieran destinado a los fines autorizados que por cualquier motivo no se hayan ejercido al 31 de diciembre de 2023, y aquellos rendimientos financieros que se generaron en la cuenta productiva específica. Dentro del mismo plazo, deberán remitir mediante el Sistema Informático de Refugios (SIR) o el medio que determine la Unidad Responsable copia del reintegro a la CONAVIM para su registro correspondiente.
Asimismo, estarán obligados a reintegrar los recursos federales que le sean solicitados a partir de visitas de verificación, revisión del informe parcial, final o de auditorías realizadas por los órganos competentes, directamente a la TESOFE.
La CONAVIM estará obligada a reintegrar a la TESOFE los ahorros y economías de los gastos de operación, que al cierre del ejercicio no hayan sido devengados, en los términos de las disposiciones aplicables.
4.6.4 Causales de Suspensión de Recursos
Son causales de suspensión de los recursos del Programa, las siguientes:
I. La detección de incumplimientos a lo previsto en los presentes lineamientos y a lo estipulado en los Convenios de Coordinación o de Concertación de Acciones, correspondientes.
II. Que no sean proporcionados los informes parciales, y demás documentación relacionada con los avances del proyecto, o que la información que se presente no corresponda a los objetivos, actividades, indicadores y metas estipulados.
III. Que no sea aceptada la realización de visitas de verificación.
IV. Que se presente documentación o presente información falsa sobre los conceptos de aplicación de los recursos presupuestarios federales transferidos.
Para el caso de que acontezca alguna de las situaciones anteriores, la Unidad Responsable podrá hacerla del conocimiento de la autoridad competente y de los órganos fiscalizadores dicha situación, para los efectos correspondientes. En tal caso, se procederá acorde a lo dispuesto por el numeral 4.6.7 de los presentes.
4.6.5 Sanciones por incumplimiento
Las sanciones que se aplicarán en alguna de las causales previstas en el numeral 4.6.4, corresponden a las siguientes:
I. La suspensión de los recursos otorgados a Refugios y Centros Externos de Atención.
II. La terminación de los Convenios de Coordinación o de Concertación de Acciones.
Además de la aplicación de las sanciones establecidas en las fracciones anteriores, la Unidad Responsable podrá solicitar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como su Reglamento y demás normatividad aplicable
4.6.6 Terminación anticipada
El Convenio de Coordinación o de Concertación de Acciones podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
II. Por cualquiera de los previstos en términos del numeral 4.6.4.
4.6.7 De las Inconsistencias.
En caso de que la CONAVIM advierta inconsistencias, en cualquier momento de alguna de las disposiciones establecidas en los presentes Lineamientos o cualquier otra disposición aplicable, deberá realizar el siguiente procedimiento:
a) La CONAVIM notificará al Refugio o Centro Externo de Atención, mediante correo electrónico a la persona que funge como enlace, de las posibles inconsistencias en que haya incurrido, en un plazo que no exceda los diez días hábiles siguientes a la fecha en que tuvo conocimiento de las mismas.
b) El Refugio o Centro Externo de Atención, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que haya sido notificada, manifestará lo que a su derecho convenga y aportará, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
c) La CONAVIM resolverá lo conducente dentro de los quince días hábiles siguientes a la recepción de la respuesta del Refugio o Centro Externo de Atención.
d) El Refugio o Centro Externo de Atención podrá solicitar a la CONAVIM, a través de un oficio, la revisión de la resolución emitida dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la notificación vía correo electrónico de la misma, en caso de no solicitar dicha revisión ésta surtirá efectos legales.
e) En caso de que la CONAVIM determine que las inconsistencias han sido subsanadas, continuará la ejecución del Proyecto. En caso contrario, dará por terminado el instrumento jurídico y ordenará la restitución de la totalidad de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Asimismo, el Refugio o Centro Externo de Atención tendrá la obligación de cubrir las cargas financieras generadas.
f) Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Refugio o Centro Externo de Atención deberán solicitar por escrito a la CONAVIM, la emisión de dos líneas de captura, una para el reintegro de los recursos y otra para el reintegro de los rendimientos financieros generados, la comprobación del pago de las mismas deberá remitirse a la CONAVIM.
g) En caso de que no se ejecute el proyecto, y se realice la devolución del subsidio, deberán explicarse las razones, vía oficio, que impidieron su cumplimiento.
h) Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Refugio o Centro Externo de Atención deberán solicitar por escrito a la CONAVIM, la emisión de dos líneas de captura, una para el reintegro de los recursos y otra para el reintegro de los rendimientos financieros generados, la comprobación del pago de las mismas deberá remitirse a la CONAVIM, procediendo la Secretaria Técnica a elaborar un Acta de Cierre dentro de los siguientes 10 días hábiles.
i) En el supuesto de presentarse caso fortuito o fuerza mayor, las obligaciones y derechos establecidos en el instrumento jurídico se suspenderán, pudiendo reanudarse en el momento que desaparezcan las causas que dieron origen a la suspensión, y sin responsabilidad para ninguna de las partes.
4.7 Entrega y Ejercicio de los Recursos
Los Refugios y Centros Externos de Atención, deberán utilizar para cada proyecto una cuenta bancaria productiva específica para el uso exclusivo de los recursos federales del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, con el fin de hacer más eficiente la aplicación de los recursos en los tiempos de ejecución establecidos. Para los Entes Públicos, en caso de que, por normatividad estatal o municipal, los recursos del Programa deban radicarse en las secretarías de finanzas o equivalentes, será necesario que gestionen ante dichas instancias la apertura de una cuenta bancaria productiva específica para uso exclusivo de los recursos del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos.
De conformidad con el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social, toda la papelería y documentación oficial del Programa deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al Desarrollo Social".
4.7.1 Entrega de los recursos
La CONAVIM entregará los recursos en una o más ministraciones. Cabe destacar que el otorgamiento de los recursos se realizará de acuerdo con la programación y suficiencia presupuestal.
La primera ministración se otorgará en un plazo que no podrá exceder los treinta días hábiles posteriores a la firma del Instrumento Jurídico.
4.7.2 Ejercicio de los recursos
Los Refugios y Centros Externos de Atención deberán utilizar la cuenta bancaria productiva y exclusiva aperturada para tal fin.
Asimismo, deberán ejercer los recursos durante la vigencia del Instrumento Jurídico, el cual concluirá el 31 de diciembre de 2023.
Los Refugios y Centros Externos de Atención comprobarán el ejercicio de los recursos según lo establecido en el Instrumento Jurídico correspondiente y la normatividad federal aplicable.
Conforme al artículo 30 del Código Fiscal de la Federación, la comprobación de los gastos, los materiales probatorios y la documentación derivada de la ejecución de las acciones deberán mantenerse a disposición de las instancias correspondientes, por un periodo mínimo de cinco años.
4.7.3 Informes
4.7.3.1 Informe Parcial
Los Refugios y Centros Externos de Atención deberán mantener actualizada en el Sistema Informático de Refugios (SIR), de manera permanente, la información derivada del desarrollo de las acciones, de la ejecución de los recursos, del avance de resultados, así como la documentación probatoria.
La CONAVIM determinará la fecha de entrega del Informe Parcial a la mitad de la ejecución del proyecto, así como el periodo a reportar se informará a través del Sistema Informático de Refugios a cada Refugio y Centros Externos de Atención o bien a través del Receptorio que señale la Unidad Responsable.
El Refugio y el Centro Externo de Atención contarán con diez días hábiles para entregar el Informe Parcial a partir de la notificación por parte de la Unidad Responsable.
En caso de tener inconsistencias contará con cinco días hábiles para solventarlas a partir de la notificación de la Unidad Responsable.
Los Refugios y los Centros Externos de Atención deberán integrar la documentación financiera y comprobatoria de las acciones, así como los avances del material probatorio de la ejecución de las acciones generadas a la fecha de corte determinada por la Unidad Responsable.
4.7.3.2 Informe Final
El Informe final dará cuenta del proceso acumulado y global de cada una de las acciones del Proyecto apoyado.
Los Refugios y los Centros Externos de Atención, deberán garantizar que esté integrada la totalidad de la información que dé cuenta del desarrollo y resultados del Proyecto Anual, de acuerdo con los formatos correspondientes, máximo dentro de los diez días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal.
A partir de la presentación completa de la documentación, en el medio que determine la Unidad Responsable, la CONAVIM revisará el informe final y emitirá observaciones en un plazo máximo de diez días hábiles. Los Refugios y los Centros Externos de Atención contarán con un plazo máximo de cinco días hábiles para solventar las observaciones.
Una vez realizado lo anterior, la CONAVIM validará el informe y estará en posibilidad de emitir la Constancia de Conclusión.
4.7.4 Constancia de Conclusión del Instrumento Jurídico
Una vez que el informe final se considere completo y validado, y que hayan sido cubiertos los adeudos financieros, probatorios y cualitativos del ejercicio fiscal, la CONAVIM emitirá la Constancia de Conclusión del Instrumento Jurídico.
Este documento constituirá el cierre formal del ejercicio fiscal, mismo que deberá presentarse para suscribir el Instrumento Jurídico del ejercicio fiscal subsecuente.
4.8 Gastos de Operación
La Unidad Responsable podrá destinar recursos de hasta el 4% del presupuesto asignado al Programa para gastos de operación inherentes al desarrollo del mismo. Aunado a ello, podrá destinar hasta el 1% del total del presupuesto autorizado al Programa, como apoyo transversal para el desarrollo de conocimientos y habilidades de las instancias cuyos proyectos sean apoyados, en materia de atención especializada de las violencias contra las mujeres.
4.9 Seguimiento Físico y Operativo del Programa
El Programa deberá realizar un ejercicio de seguimiento físico y operativo de sus apoyos, acciones o servicios entregados, cuya metodología deberá poner a consideración de la Unidad Responsable la cual revisará el informe final del ejercicio, analizando su consistencia, metodología y sus resultados.
La Unidad Responsable designará personal para realizar visitas de seguimiento a los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos y a Centros Externos de Atención con la finalidad de verificar la información reportada en los proyectos. El personal designado por la Unidad Responsable podrá solicitar el soporte documental, realizar entrevistas y recabar evidencia fotográfica.
La visita de verificación deberá quedar documentada en una Constancia de Visita de Seguimiento Refugio y en su caso, Cédula de Seguimiento Centro Externo de Atención.
5. Evaluación
Conforme a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y con la finalidad de identificar y atender posibles áreas de mejora en el diseño, gestión y resultados del Programa, y de esta forma fortalecer su mecanismo de intervención, se deberán realizar las evaluaciones externas consideradas en el Programa Anual de Evaluación (PAE), que emitan la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, conforme a la disponibilidad presupuestal. Lo anterior permitirá fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos ejercidos por el Programa.
Las evaluaciones externas que se realicen al Programa serán coordinadas por la Unidad Responsable, en
conjunto con el Programa, conforme a lo señalado en el Capítulo VII "De la difusión de las evaluaciones y sus resultados" de los "Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal" (Lineamientos) publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2007 y deberán realizarse de acuerdo con lo establecido en el PAE. Los Lineamientos y el PAE pueden consultarse en la página electrónica http://www.coneval.org.mx.
Adicionalmente a las evaluaciones establecidas en el PAE y conforme a lo dispuesto en el Numeral Vigésimo Cuarto de los Lineamientos, se podrán llevar a cabo evaluaciones complementarias que resulten apropiadas conforme a las necesidades del Programa y los recursos disponibles, las cuales también serán coordinadas por la Unidad Responsable, en conjunto con el Programa.
La Unidad Responsable publicará en la página https://www.gob.mx/conavim los resultados de las evaluaciones externas de acuerdo con los plazos y términos previstos en la normatividad vigente.
6. Indicadores
Los indicadores de Propósito y Componente de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa están contenidos en el Anexo 6 de los presentes lineamientos. La información correspondiente a estos indicadores será reportada por la Unidad Responsable en el Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (PASH). Asimismo, se alinean a lo establecido en el Anexo 13 "Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres" del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2023.
Los indicadores de propósito y componentes de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) deberán de ser publicados y difundidos para su consulta en el portal oficial de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, toda vez que éstos permiten conocer cuáles son las bases para medir y valorar el progreso del presente Programa.
La totalidad de los indicadores de la MIR se encuentran disponibles para su consulta en la siguiente liga: https://www.gob.mx/conavim.
7. Seguimiento, Control y Auditoría
7.1 Seguimiento físico y operativo
Las instancias ejecutoras serán responsables de la supervisión directa de las obras, proyectos o acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla la normatividad aplicable, mientras que la Unidad Responsable del Programa será responsable de supervisar y verificar el avance y la correcta terminación y entrega de las obras, proyectos y/o acciones, así como de solicitar la comprobación documental del gasto ejercido firmada por el ejecutor en los plazos establecidos por la Unidad Responsable, dejando evidencia de la confirmación de su autenticidad en los medios electrónicos implementados por la autoridad fiscal y asegurar su debido resguardo. Considerando que los recursos federales de este Programa, ejecutados por las entidades federativas o sus municipios no pierden su carácter federal al ser entregados a los mismos, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados en el marco del Sistema Nacional de Fiscalización por las siguientes Instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: por la Auditoría Superior de la Federación; por el Órgano Interno de Control de la Secretaría de Gobernación y por la Secretaría de la Función Pública en coordinación con los órganos de control de los gobiernos locales.
Conforme a su disponibilidad presupuestal, la Unidad Responsable del Programa deberá realizar un ejercicio de Seguimiento Físico y Operativo de los apoyos, acciones o servicios entregados. La Unidad Responsable revisará el informe final del ejercicio, analizando su consistencia metodológica y sus resultados.
Las instancias operadoras serán responsables de la supervisión directa de las obras, proyectos o acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla la normatividad aplicable, mientras que la Unidad Responsable del Programa será responsable de verificar el seguimiento al avance y la correcta terminación y entrega de las obras, proyectos y/o acciones, así como de la solicitud y resguardo de la comprobación documental del gasto ejercido, firmado por la instancia operadora, en los plazos establecidos por la Unidad Responsable dejando evidencia de la confirmación de su autenticidad en los medios electrónicos implementados por la autoridad fiscal y asegurar su debido resguardo.
7.2 Control y Auditoría
La Unidad Responsable del Programa y las instancias ejecutoras serán responsables de la supervisión directa de las acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla la normatividad aplicable, asimismo la Unidad Responsable, será responsable de verificar el seguimiento al avance y entrega de las acciones, así como de la solicitud y resguardo de la comprobación documental del gasto ejercido, firmada por la Unidad Responsable, en los plazos establecidos en estos lineamientos, dejando evidencia de la confirmación de su autenticidad en los medios electrónicos implementados por la autoridad fiscal y asegurar su debido resguardo.
Los recursos federales de este Programa, ejecutados por las entidades federativas o sus Municipios, no pierden su carácter federal al ser entregados a las mismas; su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser fiscalizados en el marco del Sistema Nacional de Fiscalización conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias por las siguientes instancias: la Auditoría Superior de la Federación; el Órgano Interno de Control de la Secretaría de Gobernación, así como, las Unidades de Auditoría Gubernamental; a Contrataciones Públicas, y por la Unidad de Control y Evaluación y Mejora de la Gestión Pública, todos adscritos a la Secretaría de la Función Pública, en coordinación con los órganos de control de los Gobiernos Locales.
La Unidad Responsable, deberá reportar su ejercicio en los informes trimestrales, detallando los elementos a que se refieren las fracciones I a IX del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Las Instancias ejecutoras y la Unidad Responsable del Programa (UR), dará todas las facilidades a dichas Instancias Fiscalizadoras para realizar los actos de fiscalización que consideren necesarios (auditorías, visitas, intervenciones de control interno, evaluaciones de políticas públicas, verificaciones de calidad, o cualquier otro); asimismo, efectuarán las acciones necesarias para dar atención a las recomendaciones planteadas en cada una de las observaciones y/o recomendaciones emitidas por las Instancias Fiscalizadoras, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar.
Por la inobservancia de esta disposición la Unidad Responsable del Programa determinará con base en lo anterior si suspende o limita la ministración de los recursos federales en términos de lo establecido en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
8. Transparencia
8.1 Difusión
Conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2023, estos lineamientos, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación están disponibles para su consulta en la página electrónica https://www.gob.mx/conavim.
Así como el Padrón de los beneficiarios de este Programa, se considera información pública en términos de lo dispuesto por el inciso q), fracción XV del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, mismo que puede ser consultado en https://www.gob.mx/conavim.
De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley General de Comunicación Social, la papelería, documentación oficial, así como la publicidad y difusión de este Programa deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la ley correspondiente e incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
En todo momento la persona derechohabiente podrá ejercer los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición) de los datos personales recabados, a través de la Unidad de Transparencia de la UR, o bien por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia en: http://www.plataformadetransparencia.org.mx.
8.2 Protección de Datos Personales
Aviso de privacidad
Los datos personales recabados serán utilizados con las finalidades siguientes: validar que se cumplan con los requisitos de elegibilidad para ser beneficiario/a de este Programa, asimismo serán integrados en los sistemas de datos personales de la Unidad Responsable y podrán ser transmitidos a otros entes públicos de los tres niveles de gobierno en el ejercicio de las facultades propias, compatibles o análogas, para la realización de compulsas y la integración del Padrón único de Beneficiarios. Por lo tanto, se garantiza la protección de datos personales que sean recabados en cumplimiento con las disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información pública aplicables.
El ejercicio los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales recabados, se podrá realizar a través de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Gobernación con
domicilio en Abraham González 50, Planta Baja, Col. Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06600, en un horario de atención de 9:00 a 18:00, o bien por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia en http://www.plataformadetransparencia.org.mx.
El aviso de privacidad integral, se puede consultar en el portal de internet de la Secretaría de Gobernación en: https://www.gob.mx/conavim. Lo anterior, se informa en cumplimiento los artículos 26 y 27 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
8.3 Actividades de vigilancia y Contraloría Social
Se reconoce a la Contraloría Social como el mecanismo de las personas beneficiarias, de manera organizada, independiente, voluntaria y honorífica, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas federales, de conformidad con los artículos 69, 70 y 71 de la Ley General de Desarrollo Social; 67, 68, 69 y 70 de su Reglamento.
En materia de Contraloría Social, este programa federal se encuentra sujeto a los lineamientos y Estrategia Marco vigentes emitidos por la Secretaría de la Función Pública, así como a los documentos normativos (esquema, Guía Operativa y Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social) validados por dicha dependencia, mismos que integran la Estrategia de Contraloría Social.
Para el registro de los Comités de Contraloría Social, deberá presentarse un escrito libre ante la Unidad Responsable o Entidad de la Administración Pública Federal a cargo del programa, en el que se especifique, como mínimo, el nombre del programa, el ejercicio fiscal de que se trate, su representación y domicilio legal, así como los mecanismos e instrumentos que se utilizarán para el ejercicio de sus funciones.
La Unidad Responsable del programa federal establecerá a través de sus Oficinas de Representación Federal y/o Instancias Ejecutoras, el mecanismo mediante el cual reconocerá la constitución de los Comités de Contraloría Social, y hará el correspondiente registro en el Sistema Informático de Contraloría Social en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su conformación. Asimismo, brindará a éstos la información pública necesaria para llevar a cabo sus actividades, así como asesoría, capacitación y orientación sobre los medios para presentar quejas y denuncias.
La Secretaría de la Función Pública brindará orientación en la materia a través del correo electrónico: contraloriasocial@funcionpublica.gob.mx
La Unidad Responsable del programa federal podrá promover e implementar los mecanismos de participación ciudadana en la prevención y el combate a la corrupción impulsados por la Secretaría de la Función Pública, por medio del uso de herramientas digitales, que faciliten a las personas beneficiarias y la ciudadanía en general, la posibilidad de incidir en dicha materia.
8.4 Acciones de Blindaje Electoral
En la operación y ejecución de los recursos federales y proyectos sujetos a los presentes lineamientos, se deberán observar y atender las medidas de carácter permanente, contenidas en las leyes Federales y/o Locales aplicables, las disposiciones emitidas, los acuerdos emitidos por las autoridades administrativas electorales tanto de carácter federal como local, así como aquellas específicas que sean emitidas de forma previa para los procesos electorales federales, estatales y municipales, por la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia, con la finalidad de prevenir que el uso y manejo de los recursos públicos y programas sociales se vea relacionado con fines partidistas y/o político-electorales; todo ello con la firme intención de garantizar los principios de imparcialidad y equidad durante los comicios.
Con estas acciones se fomenta la cultura de la transparencia, la legalidad y la rendición de cuentas, se refrenda el compromiso de respetar el principio de imparcialidad y se busca prevenir e inhibir las conductas contrarias a la normatividad que regula la actuación en el servicio público, haciendo énfasis en la aplicación de los principios de legalidad, honradez, integridad, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.
8.5 Transparencia, Rendición de Cuentas y Acceso a la Información
La información que se genere con motivo del proceso a que se refieren los presentes lineamientos, de la evaluación de proyectos y asignación de recursos para los Entes Públicos y OSC que operan Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, se apegará a lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en lo estipulado en el artículo 55 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La disponibilidad presupuestaria asignada al Programa está determinada en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2023, en virtud de lo cual, conforme a lo establecido en la normatividad aplicable, el monto es el presupuesto máximo por asignar en su totalidad y su aplicación deberá ejercerse conforme los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad republicana, transparencia, control, rendición de cuentas, equidad e igualdad de género, a que se refiere la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente.
En este sentido los recursos asignados a cada proyecto que resulte aprobado conservan su origen público y federal, por lo que en todo momento se consideran recursos auditables y fiscalizables por las instancias de control y fiscalización que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable.
9. Perspectiva de Género
De conformidad con los Lineamientos para Incorporar la Perspectiva de Género en las Reglas de Operación de los Programas Presupuestarios Federales, publicado el 29 de junio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación y con el propósito de contribuir al acceso de las mujeres a los beneficios de este Programa en igualdad de condiciones; debe privilegiarse, en su caso, la inclusión de medidas especiales de carácter temporal (acciones afirmativas), para solucionar las condiciones inmediatas en la vida de las mujeres, y medidas estratégicas que tiendan a la valorización de la posición que tienen en la comunidad, modificando los patrones culturales y eliminando los estereotipos que ocasionan discriminación y violencia, así como medidas que aceleren el logro de la igualdad sustantiva para el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación igualitaria en la inclusión productiva, en la toma de decisiones, en los procesos de implementación del Programa, atendiendo a los preceptos establecido en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
En este sentido, el Programa atenderá las líneas de acción del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024.
Las acciones afirmativas que se desprendan del Programa, tendrán que estar plenamente identificadas, con el fin de hacer visible la estrategia transversal de perspectiva de género dentro del Programa.
10. Enfoque de Derechos Humanos
En la aplicación del Programa, se harán valer los derechos de las personas beneficiarias, tomando en consideración los factores de desigualdad que pudieran poner en riesgo de vulnerabilidad a personas que pertenecen a grupos históricamente discriminados, como lo son niñas y niños, jóvenes, personas con discapacidad, personas en situación de calle y desplazamiento interno, mujeres, personas migrantes, personas adultas mayores, afrodescendientes, y aquellas que son integrantes de pueblos y comunidades indígenas, que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo a sus usos y costumbres, entre otros, tomando en consideración sus circunstancias y necesidades, a fin de contribuir a generar conocimiento y acciones que potencien su desarrollo e inclusión plena.
En cumplimiento a la Ley General de Víctimas se favorecerá el acceso al Programa de las personas inscritas en el Registro Nacional de Víctimas, que se encuentren en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación, mediante solicitud escrita, fundada y motivada que emane de autoridad competente.
11. Denuncias ante el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés (CEPCI)
Cualquier persona o servidor público que conozca de posibles incumplimientos de los códigos de Ética y de Conducta, podrá presentar una denuncia a través del buzón de quejas, mediante el formato para la presentación de una queja que se encuentra en el portal https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/320411/Formato_para_presentar_denuncia.pdf, mismo que podrá presentar a través del correo electrónico: comitedeetica@segob.gob.mx.
12. Denuncias y Solicitudes de Información
Las personas beneficiarias o interesadas, tienen derecho a solicitar información relacionada con el presente Programa y sus Reglas de Operación, así como a presentar quejas o denuncias en contra del personal del servicio público de la Secretaría de Gobernación, por el incumplimiento en la ejecución, operación o entrega de apoyos, ante las instancias correspondientes.
12.1 Denuncias
Las denuncias podrán realizarse a través de la plataforma de Denuncia Ciudadana de la Corrupción (SIDEC) https://sidec.funcionpublica.gob.mx/#!/ y de la Plataforma de Ciudadanos Alertadores Internos y Externos de la Corrupción https://alertadores.funcionpublica.gob.mx/, así como de manera presencial en las oficinas que ocupa el Órgano Interno de Control de la Secretaría de Gobernación, con domicilio ubicado en Bahía de Santa Bárbara N° 193, Piso 1 y 2. Col. Verónica Anzures, C.P.11300 Alcaldía Miguel Hidalgo, México, D.F, así como al Tel. (55) 51280000 Ext. 31300
En la Secretaría de la Función Pública
Ciudad de México y Área metropolitana:
Teléfono: 552000-3000
Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
Página electrónica: www.funcionpublica.gob.mx
Domicilio: Insurgentes Sur 1735, Col. Guadalupe Inn, a Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México.
12.2 Solicitudes de Información
Las solicitudes de información podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica, en términos de las disposiciones jurídicas en materia de transparencia a través de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Gobernación, al teléfono: 5551280000. Extensión 31371, o correo electrónico: unidad_transparencia@segob.gob.mx, domicilio en Abraham González 50, Planta Baja, Col. Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc C.P.06600, Ciudad de México, en un horario de atención de 09:00 a las 18:00 horas de Lunes a Viernes.
Página Web: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio}
Las denuncias serán atendidas en los plazos de término que dicha Ley señala.
Dado en la Ciudad de México, a 20 de diciembre de 2022.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.
ANEXO 1: Glosario de Conceptos y Siglas
Acta de Revisión: Documento emitido por la Secretaría Técnica donde consta la calificación obtenida por el proyecto analizado por la Mesa de Análisis.
Atención Especializada: Se enfoca en otorgar servicios que reconozcan tanto las causas como las consecuencias de la violencia y que las combatan desde la integralidad. Garantizar la atención de calidad a las mujeres en situación de violencia, que contemple su detección oportuna y proporcione servicios especializados médicos, psicológicos, jurídicos y sociales de manera gratuita, así como el restablecimiento de sus derechos, seguridad y autonomía.
Según el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), en su artículo 15, el modelo de atención buscará incluir estrategias eficaces de rehabilitación y capacitación que permitan a las mujeres participar plenamente, en la vida pública, privada y social. Los programas deberán diseñarse en atención a las necesidades y a los derechos humanos en materia de salud, educación, trabajo, vivienda y acceso a la justicia.
Atención integral: Conjunto de servicios brindados a las mujeres, y en su caso sus hijas e hijos, de carácter psicológico, educativo, médico, legal y de trabajo social gratuitos proporcionados por personal especializado. Las etapas de la atención integral se conforman de detección, evaluación del riesgo, diagnóstico, atención oportuna a las necesidades derivadas de la violencia, así como la referencia de casos a las instancias especializadas, cuando así se requiera.
Centro Externo de Atención: Instancia vinculada a la operación de un Refugio que desarrolla acciones de detección, atención especializada (psicología, trabajo social y asesoría jurídica y, en su caso, representación jurídica) y canalización a mujeres, sus hijas e hijos que se encuentran en situación de violencia de género; además de referir los casos de violencia al Refugio y dar seguimiento a las mujeres usuarias egresadas del mismo.
CONAVIM: Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Derechos Humanos de las mujeres: se refiere a la protección jurídica de los derechos de las mujeres sobre una base de igualdad con los de los hombres que garantiza, por conducto de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de las mujeres contra todo acto de discriminación.
Enfoque de Derechos Humanos: Es aquel que reconoce las libertades y garantías fundamentales de los seres humanos que devienen de su dignidad. Tiene como principios la universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Entes Públicos: Instancia de gobierno estatal o municipal con atribuciones para operar refugios para mujeres víctimas de violencia.
Equipo Revisor: conjunto de integrantes de la Mesa de Análisis que analizarán los proyectos presentados por los posibles beneficiarios.
Identidad de género: Vivencia interna e individual del género, tal como cada persona la siente, misma que puede corresponder o no con el sexo asignado al nacer. Incluye la vivencia personal del cuerpo, que podría o no involucrar la modificación de la apariencia o funcionalidad corporal a través de tratamientos farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida.
Instancia ejecutora: Son las instancias que desarrollan las acciones para el cumplimiento de metas del Programa.
Interseccionalidad: Es una categoría de análisis para referir los componentes que confluyen en un mismo caso, multiplicando las desventajas y discriminaciones. Este enfoque permite contemplar los problemas desde una perspectiva integral, evitando simplificar las conclusiones y, por lo tanto, el abordaje de dicha realidad.
Instrumento Jurídico: Se refiere al convenio de coordinación o concertación, para la distribución y ejecución de recursos del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos que suscribe la Instancia Ejecutora con las Instancias participantes.
Interculturalidad: Proceso de intercambio y diálogo entre actores provenientes de culturas diferentes. El enfoque intercultural en las políticas públicas contribuye a mejorar los términos de este intercambio al facilitar que los esquemas e instrumentos de políticas sean más sensibles a la diversidad cultural y estén mejor adecuados a las necesidades diferenciadas de una ciudadanía plural en términos de raza, etnia y género.
OSC: Organizaciones de la Sociedad Civil.
Perspectiva de género: Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la justicia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones.
Protección Integral: Son todos aquellos servicios especializados para detectar, atender, canalizar y acompañar de manera permanente con calidad y calidez a mujeres, en su caso sus Hijas e Hijos, niñas y adolescentes que viven violencias y así contribuir a la garantía de su derecho a una vida libre de violencia.
Protección Especializada: Es la Red de servicios de atención proporcionada por autoridades competentes en coordinación con organizaciones no gubernamentales y otros sectores de la sociedad civil, desde una cultura de empoderamiento, de enfoque de derechos humanos y con perspectiva de género, para garantizar la protección de los derechos humanos, la seguridad y el bienestar de cualquier mujer o niña adolescente que sea objeto de violencia que abonará a la reducción y la erradicación de la violencia de género y feminicida.
Repositorio: a la herramienta informática para recibir, documentación que forma parte de las etapas del proceso de acceso al subsidio
Refugio: Es el espacio temporal multidisciplinario y seguro para mujeres, sus Hijas e hijos en situación de violencia familiar o sexual, que facilita a las mujeres usuarias la recuperación de su autonomía y definir su plan de vida libre de violencia que ofrece servicios de protección y atención con un enfoque sistémico integral y con perspectiva de género. Los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos deben ser lugares seguros, por lo que no se podrá proporcionar su ubicación a personas no autorizadas.
Refugio en operación: Es el espacio temporal multidisciplinario y seguro para mujeres, sus Hijas e hijos en situación de violencia familiar o sexual, en el que se brindan servicios de Refugio de conformidad con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos publicado por el Instituto Nacional de las Mujeres, que cuenta con los recursos humanos, financieros, materiales e infraestructura suficientes y en condiciones necesarias para brindar dichos servicios a la población usuaria, las 24 horas del día durante los 365 días del año, lo cual se puede acreditar de manera fehaciente a través de registros documentales, gráficos y/o testimoniales.
Sistema Informático de Refugios (SIR): Sistema usado en la operación de los proyectos en las diferentes etapas del Programa.
Unidad Responsable del Programa: Es aquella instancia en quien recae el seguimiento operativo y de aplicación de los Lineamientos de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023.
ANEXO 2. Formato para la Presentación de Proyecto de Centro de Externo de Atención
(El formato deberá enviarse con firma electrónica)
Nombre de la persona a cargo: Cargo: | Datos de contacto de la persona a cargo: Teléfono fijo: Celular: Correo electrónico: |
| | | | | | FICHA DE IDENTIFICACIÓN | | | FOLIO | | | | | | | | | |
Nombre del Proyecto: | |
Indique según sea el caso, se trata de: |
Nombre de la organización/ Institución: |
Nombre de la persona a cargo: Cargo: | Datos de contacto de la persona a cargo: Teléfono fijo: Celular: Correo electrónico: |
DOMICILIO CENTO EXTERNO DE ATENCIÓN Calle y número: Colonia: Municipio: C.P. Estado: País: |
INFORMACIÓN DE CONTACTO |
Número Telefónico 1 | Número telefónico 2 | (Dirección de correo electrónico) |
1. Antecedentes: |
1.1 Reseñar el origen sobre la creación y el desarrollo de trabajo del Centro Externo de Atención contextualizándolo en el marco legal vigente a nivel federal y estatal, aun cuando éste sea de reciente creación. (Utilizar máximo una cuartilla) |
|
1.2 Describir puntualmente el trabajo realizado hasta este momento en el Centro Externo de Atención con relación a la temática, señalando: año de inicio, actividades con las que se inicia el trabajo de difusión, prevención, atención, seguimiento a mujeres que egresaron de refugio, vinculación para referencia al Refugio y/o otras instituciones, etc. |
|
1.3 Describir brevemente el impacto del proyecto en la población usuaria y, los beneficios de contar con el Centro Externo de Atención que opera Refugios en la comunidad. (Utilizar máximo una cuartilla) |
|
2. Fuente de Financiamiento |
2.1 Indique su principal fuente de financiamiento para la operación de el Centro Externo de Atención |
|
2.2 En caso de haber recibido recurso a través de la Secretaría de Bienestar (INDESOL) indicar los montos autorizados y, en su caso, los reintegros realizados a la Tesorería de la Federación (TESOFE) del año 2022 |
Año | Monto autorizado | Cantidad reintegrada a la TESOFE | Especificar las tres principales líneas de acción fortalecidas a través del subsidio obtenido por el proyecto y, de ser el caso, los rubros de los que se realizó reintegró. |
| | | |
3. Infraestructura |
3.1 Indicar con una "x" el tipo de posesión del inmueble que ocupa el Centro Externo de Atención. |
Propio | | Arrendado | | Comodato | | Otra modalidad | | ¿Cuál? |
Especificar fecha de vigencia del documento y en su caso el monto mensual de renta, incluyendo impuestos. |
|
Indicar si hubo cambio de instalaciones durante 2022, o bien, si está programado un cambio de instalaciones durante el año 2023. Describir la (s) causa (s) o circunstancias que dieron origen a dicho cambio(s). |
|
3.2 Instalaciones del Centro Externo de Atención (infraestructura general) |
Indicar si dentro de las instalaciones del Centro Externo de Atención cuenta o no (Si o No) con cada uno de los servicios y espacios específicos, además, refiera la información adicional que se solicite en cada caso. |
Servicios Básicos |
| SI/ NO | Información adicional | | SI/ NO | Información adicional |
Agua Potable | | Indicar el medio a través del cual se suministra este servicio (entubado, pipas, etc.) | Drenaje | | |
Electricidad | | | Cisterna | | Indicar el número de cisternas y la capacidad de almacenamiento. |
Aire acondicionado y o calefacción | | Indicar los espacios en los que se cuenta con este servicio. | Tinaco | | Indicar el número de tinacos y la capacidad de almacenamiento. |
Línea telefónica y servicio de internet | | Indicar cuántas líneas telefónicas se tienen. | Otro (especificar) | | |
Áreas de Atención |
Especifique de los espacios y el mobiliario con el que cuentan. En caso de que un mismo espacio sirva para más de una función, referir (SI) una sola vez, en el espacio que tenga la función más representativa, e indicar en la columna de información adicional la otra función cubre el mismo espacio. |
| SI/ NO | Información adicional | | SI/ NO | Información adicional |
Área de Trabajo Social | | | Área de Psicología para Mujeres | | |
Área de Jurídico | | | Área de Psicología infantil | | |
Sala multiusos | | | Otro (especificar) | | |
Áreas Comunes |
| SI/ NO | Información adicional | | SI/ NO | Información adicional |
Recepción | | | Ludoteca | | |
Sala de espera | | | Otro (especificar) | | |
Áreas de Servicio |
| SI/ NO | Información adicional | | SI/ NO | Información adicional |
Número de baños exclusivos para las mujeres usuarias, hijas e hijos | | | Caseta de vigilancia o espacio específico para guardia de seguridad | | Indicar donde se encuentra ubicada. |
Número de baños para el personal | | | Otro (especificar) | | |
Bodegas (indicar número y los insumos que se almacenan en cada una) | | | | | |
Áreas Administrativas |
| Si/ No | Información adicional | | Si/ No | Información adicional |
Área de Coordinación | | | Otro (especificar) | | |
3.3 Seguridad |
Indicar con una Si o No según corresponda a cada uno de los componentes de seguridad y protección civil con los que cuenta la infraestructura del Centro Externo de Atención. |
| SI/ NO | Información adicional | | SI/ NO | Información adicional |
Personal de vigilancia | | Indicar los elementos de seguridad con los que cuenta el espacio y los turnos que cubren. | Circuito cerrado de TV | | Indicar el número de cámaras, diferenciando interiores y exteriores |
Barda Perimetral | | Indicar altura. | Malla electrificada ubicada arriba de la barda perimetral externa | | |
Alambre de protección ubicado arriba de la barda perimetral externa | | | Protecciones de herrería en puertas y ventanas | | |
Estacionamiento interno | | | Registro y control de todas las mujeres usuarias que acuden al Centro Externo de Atención. | | |
Programa de seguridad para emergencias y desastres | | | Ruta de evacuación | | |
Sistema de alarma contra intromisión | | | Sistema de alarma contra incendios | | |
Botón de Pánico | | | Señalamientos | | |
Sensores de movimiento | | Indicar número de sensores. | Punto de reunión o encuentro | | |
Extintores vigentes | | Indicar número de extintores | Alarma sísmica | | |
Salida de Emergencia | | | Almacén o espacio destinado para resguardar fármacos, materiales y productos tóxicos | | Indicar la ubicación de almacén |
Detectores de humo | | | Comité interno de protección civil actualizado | | |
Dictamen de Protección civil vigente | | | Otro (especificar) | | |
4. Modelo de atención |
4.1 Desarrollar el Modelo de Atención propio, vigente bajo el cual se encuentra operando. Se deben destacar los procedimientos desde una perspectiva de género, derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad y señalar con claridad los objetivos a través de los cuales se elaboraron. (Utilizar máximo una cuartilla) |
|
4.2 Especificar los resultados obtenidos con el Modelo de atención aplicado en su entidad federativa. (Utilizar máximo media cuartilla) |
|
4.3 Indicar toda la plantilla con la que cuenta el Centro Externo de Atención, para otorgar servicios especializados y de apoyo operativo, de acuerdo a su Modelo de Atención, así como la fuente de financiamiento de cada uno. |
| Área de adscripción | Profesión o Servicio | Fuente de financiamiento |
1 | | | |
2 | | | |
3 | | | |
4 | | | |
5 | | | |
7 | | | |
8 | | | |
9 | | | |
4.4 Especificar si cuenta con voluntarias/os, practicantes y/o prestadores/as de servicios social diferentes a los considerados en el Equipo de Trabajo: |
Tipo de Servicio | Área en la que participa | Acciones que realiza | Horario en el que otorga servicio |
| | | |
| | | |
| | | |
5. Programas de Trabajo 2022 |
5.1 Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es. |
Especificar las capacitaciones del personal con el recurso solicitado en el ejercicio fiscal 2022 a través del Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es. |
Personal que recibió la capacitación | Modalidad de la Capacitación (diplomado, taller, curso, etc.) | Nombre de la Capacitación | Duración | Profesional, Institución u Organización capacitadora |
| | | | |
5.2 Especificar la contención para el personal con el recurso solicitado a través del Programa de Contención Emocional para Colaboradoras/es 2022. |
Personal que recibió la contención | Modalidad de la Contención (individual o grupal) | Duración | Institución u Organización que otorgó la Contención |
| | | |
| | | |
6. Proyecto de Centro Externo de Atención 2023 |
6.1 Justificación. |
(Describir la causa, motivo o razón que justifica tal proyecto en el marco de la problemática que aborda, así como los beneficios esperados, esto deberá resumirse en media cuartilla). |
6.2 Objetivo General: |
(Es aquel que define el proyecto en su totalidad e indica el fin de lo que se pretende.) |
6.3 Objetivos específicos: |
(Son aquellos enunciados que indican las acciones específicas que se quieren conseguir, mismos que deben ser viables, factibles y alcanzables. Deben estar vinculados a los aspectos señalados en el modelo de atención del Centro Externo de Atención). |
7. Programas de Trabajo |
7.1 Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es |
Objetivo General: |
|
Objetivos específicos: |
|
Área beneficiada / Personal beneficiado: |
|
7.1.1 Desglose Presupuestal de profesionalización. Deberá registrar la información correspondiente. |
7.2 Programa de Contención para Colaboradoras/es |
Tipo de Contención (Individual y/o Grupal) | |
Enfoque Terapéutico | |
Metodología | |
Objetivo General | |
Objetivos Específicos | |
Duración / Periodicidad | |
Personal que recibirá la contención y su función desempeñada | |
7.2.1 Desglose Presupuestal de Programa de Contención Emocional. Deberá registrar la información correspondiente. |
7.3 Plan General de Trabajo |
Registrar el Plan General de Trabajo basado en los siguientes conceptos |
Concepto | Indicador | Meta | Actividad | Producto a entregar | Fecha de Inicio | Fecha de Término | Presupuesto solicitado al |
Atención Especializada | Trabajo Social Número de referencias a refugio | | | 1. Informe cuantitativo mensual. 2. Informe cualitativo. 3. Informe de ejecución de recurso | | | $ |
Trabajo Social Número de seguimientos a mujeres egresadas de refugio | | | | |
Trabajo social Número de atenciones otorgadas a la Población abierta | | | | |
Psicología Sesiones individuales a mujeres de población abierta y egresadas de refugio | | | 1. Informe cuantitativo mensual. 2. Informe cualitativo. 3. Informe de ejecución de recurso. | | | $ |
Psicología Sesiones grupales a mujeres de población abierta y egresadas de refugio | | | | |
Psicología Sesiones individuales niñas/ os de población abierta y egresados de refugio | | | 1. Informe cuantitativo mensual. 2. Informe cualitativo. 3. Informe de ejecución de recurso. | | | $ |
Psicología Sesiones grupales a niñas/os de población abierta y egresados de refugio | | | | |
| Legal Número de acciones de apoyo legal a mujeres de población abierta y egresadas de refugio | | | 1. Informe cuantitativo mensual. 2. Informe cualitativo. 3. Informe de ejecución de recurso. | | | $ |
Legal Número de sesiones grupales del área Legal a mujeres de población abierta y egresadas de refugio | | | | | | |
Programa de Profesionalización | Eventos del Programa de Profesionalización | | | 1. Informe cuantitativo mensual. 2. Informe cualitativo. 3. Informe de ejecución de recurso. 4. Carta descriptiva 5. Informe final. 6. Evidencia Fotográfica | | | $ |
Contención Emocional | Número de sesiones individuales impartidas | | | 1. Informe cuantitativo mensual. 2. Informe cualitativo. 3. Informe de ejecución de recurso. 4. Carta descriptiva 5. Informe final. 6. Evidencia Fotográfica | | | $ |
Número de sesiones grupales impartidas | | | |
Gestión administrativa | Informes en tiempo y forma (incluye los gastos de Coordinación, administración, conductor(a) de vehículo, cocina, intendencia, informática) | | 1. Informe cuantitativo mensual. 2. Informe cualitativo. 3. Informe de ejecución de recurso. 4. Evidencia fotográfica. 5. Inventario | | | $ |
TOTAL (total global del proyecto) | $ |
8. Cronograma de Actividades |
| Actividad | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | Mes 4 | Mes 5 | Mes 6 | Mes 7 | Mes 8 |
1 | Atención especializada-Trabajo social | | | | | | | | |
2 | Atención especializada-Psicología | | | | | | | | |
3 | Atención especializada-Legal | | | | | | | | |
4 | Programa de Profesionalización | | | | | | | | |
5 | Contención Emocional | | | | | | | | |
6 | Gestión administrativa | | | | | | | | |
9. Desglose de Presupuesto. Deberá registrar la información correspondiente del Centro Externo de Atención. |
10. Recursos Humanos. Deberá registrar la información correspondiente del Centro Externo de Atención. |
POR "LA OSC/INSTITUCIÓN |
(NOMBRE DE REPRESENTANTE LEGAL) |
(NOMBRE DE LA OSC/INSTITUCIÓN) |
Anexo 3. Formato para la Presentación de Proyecto de Refugio
(El formato deberá enviarse con firma electrónica)
IDENTIFICACIÓN |
Nombre del Refugio |
Indique según sea el caso, se trata de: |
Nombre de la organización/ Institución: | Nombre de la o el Representante legal: |
Nombre de la persona a cargo: Cargo: | Datos de contacto de la persona a cargo: Teléfono fijo: Celular: Correo electrónico: |
Domicilio Fiscal: Calle y Número: Colonia: Municipio: C.P.: Entidad Federativa: |
Si se trata de OSC indicar # CLUNI: | Si se trata de un Ente Público |
1. Antecedentes: |
1.1 Reseñar el origen sobre la creación y el desarrollo del trabajo del Refugio, contextualizándolo en el marco legal vigente a nivel federal y estatal. (Utilizar máximo una cuartilla) |
|
1.2 Colocar el objeto social que sustenta el trabajo vinculado a la operación de refugio para mujeres en situación de violencia extrema, indicando número de acta, fecha y página en la que se expone. |
|
1.3 Puntualizar lo siguiente: |
Año de inicio de actividades: Describir las acciones de Vinculación Estratégica con otras instituciones para la atención a mujeres, niñas, niños y adolescentes en situación de violencia extrema (convenios, acuerdos de colaboración, pertenencia a, redes, instituciones públicas, académicas, privadas). |
1.4 Describir brevemente los beneficios a la población usuaria, y el impacto de la operación del Refugio y/o en la entidad federativa; así como el avance en el cumplimiento de metas (Utilizar máximo UNA cuartilla). |
|
2. Fuente de Financiamiento |
2.1 Indique su principal fuente de financiamiento para la operación del Refugio durante 2022. |
|
2.2 En caso de haber recibido recurso a través de la Secretaría de Bienestar (INDESOL) en el 2022 indicar los montos autorizados y, en su caso, los reintegros realizados a la Tesorería de la Federación (TESOFE). |
Año | Monto autorizado | Cantidad reintegrada a la TESOFE | Especificar las tres principales líneas de acción fortalecidas a través del subsidio obtenido por el proyecto y, de ser el caso, los rubros de los que se realizó reintegro. |
| | | |
| | | |
| | | |
2.3 Señalar el gasto mensual aproximado por familia atendida en refugio (considerando una mujer y tres hijos o hijas en promedio). | $ |
|
Metodología MONTO TOTAL DEL PROYECTO 2022/ Meses de financiamiento del proyecto / número de núcleos atendidos= COSTO POR MES. |
3. Infraestructura |
3.1 Indicar con una "x" el tipo de posesión del inmueble que ocupa el refugio. |
Propio | | Arrendado | | Comodato | | Otra modalidad | | ¿Cuál? |
Especificar fecha de vigencia del documento y en su caso el monto mensual de renta, incluyendo impuestos. |
|
Indicar sí hubo cambio de instalaciones durante 2022, o bien, si está programado un cambio de instalaciones durante el año 2023. Describir la (s) causa (s) o circunstancias que dieron origen a dicho cambio(s). |
|
3.2 Hospedaje. Especificar el número de habitaciones y la capacidad de las habitaciones indicando lo siguiente: |
Número de habitaciones destinadas exclusivamente para el hospedaje de la población usuaria: | |
En función del número de habitaciones, indique la distribución de acuerdo a la capacidad de alojamiento de cada una, especifique las dimensiones de la habitación y el mobiliario con el que cuentan cada una de las habitaciones. |
Habitaciones para mujeres en compañía de sus hijas e hijos: | |
Habitaciones para mujeres solas: | |
Habitaciones para casos especiales: | |
3.3 Instalaciones del Refugio |
Indicar si dentro de las instalaciones del refugio cuenta o no (Si o No) con cada uno de los servicios y espacios específicos, además, refiera la información adicional que se solicite en cada caso. |
Servicios Básicos |
| SI / NO | Información adicional | | SI / NO | Información adicional |
Agua Potable | | Indicar el medio a través del cual se suministra este servicio (entubado, pipas, etc.) | Drenaje | | |
Gas | | Indicar si el almacenamiento de gas es estacionario o de cilindro. | Cisterna | | Indicar el número de cisternas y la capacidad de almacenamiento. |
Electricidad | | | Tinaco | | Indicar el número de tinacos y la capacidad de almacenamiento. |
Aire acondicionado y/o calefacción | | Indicar los espacios en los que se cuenta con este servicio. | Línea telefónica y servicio de internet | | Indicar cuántas líneas telefónicas se tienen. |
Vehículo para traslados y gestiones | | Indicar el número de vehículos disponibles para estas acciones, el modelo, año y recurso con el que se adquirió. | Otro (especificar) | | |
Áreas de Atención |
Especifique los espacios y el mobiliario con el que cuentan. En caso de que un mismo espacio sirva para más de una función, referir (SI) una sola vez, en el espacio que tenga la función más representativa, e indicar en la columna de información adicional la otra función cubre el mismo espacio. |
| SI/ NO | Información adicional | | SI/ NO | Información adicional |
Área de Trabajo Social | | | Área de Psicología para Mujeres | | |
Área de Atención Jurídica | | | Área de Psicología infantil | | |
Área de Salud | | | Área de Pedagogía | | |
Sala multiusos | | | Salón de multigrado | | |
Otro (especificar) | | |
Áreas Comunes |
| SI/ NO | Información adicional | | SI/ NO | Información adicional |
Cocina | | | Patio | | |
Sala | | | Ludoteca | | |
Comedor | | | Espacio para actividad física | | |
Jardín | | | Espacio recreativo para la población (especificar el tipo de espacio al que se refiere) | | |
Otro (especificar) | | |
Áreas de Servicio |
| SI/ NO | Información adicional | | SI/ NO | Información adicional |
Número de baños exclusivos para las mujeres usuarias, hijas e hijos | | | Área de lavado | | |
Número de baños para el personal | | | Área de tendederos | | |
Bodegas (indicar número y los insumos que se almacenan en cada una) | | | Caseta de vigilancia o espacio específico para guardia de seguridad | | Indicar donde se encuentra ubicada. |
Otro (especificar) | | |
Áreas Administrativas |
| SI/ NO | Información adicional | | SI/ NO | Información adicional |
Área de Dirección | | | Área de Administración | | |
Otro (especificar) | | |
Áreas Productivas |
| SI/ NO | Información adicional |
Área para Talleres | | Especificar los espacios destinados para los talleres del Programa de Inserción Laboral. |
3.4 Seguridad |
Indicar si la infraestructura del refugio cuenta o no (Si o No) con cada uno de los componentes de seguridad y protección civil que se refieren. |
| SI/ NO | Información adicional | | SI/ NO | Información adicional |
Personal de vigilancia las 24 horas del día, los 365 días del año | | Indicar los elementos de seguridad con los que cuenta y los turnos que cubren. | Circuito cerrado de TV | | Indicar el número de cámaras, diferenciando interiores y exteriores |
Barda Perimetral | | | Malla electrificada ubicada arriba de la barda perimetral externa | | |
Alambre de protección ubicado arriba de la barda perimetral externa | | | Protecciones de herrería en puertas y ventanas | | |
Estacionamiento interno | | | Registro y control de todos los usuarios y/o proveedores, y/o visitantes autorizados que accedan al refugio. | | |
Servicio de patrullaje | | Indicar si |