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DOF: 11/06/2024
CONVENIO Específico en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Aguascalie

CONVENIO Específico en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Aguascalientes.

CONVENIO-SaNAS-AGS/2024
CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, EN ADELANTE "CONVENIO ESPECÍFICO" QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DOCTOR RUY LÓPEZ RIDAURA, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL MAESTRO AGUSTÍN LÓPEZ GONZÁLEZ, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL LICENCIADO RAÚL GÓMEZ TORRES, SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DOCTOR GABRIEL GARCÍA RODRÍGUEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DOCTOR CHRISTIAN ZARAGOZA JIMÉNEZ ,DIRECTOR GENERAL DE INFORMACIÓN EN SALUD; EL DOCTOR JORGE TREJO GÓMORA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA; LA DOCTORA ALETHSE DE LA TORRE ROSAS, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; LA ACTUARIA YOLANDA VARELA CHÁVEZ, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DOCTOR RICARDO CORTÉS ALCALÁ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; EL DOCTOR JOSE LUIS DÍAZ ORTEGA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE AGUASCALIENTES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL DR. RUBÉN GALAVIZ TRISTÁN, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Y EL L.A.E. EDGAR FRANCISCO SALINAS JUÁREZ, SUBSECRETARIO DE EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" celebraron el ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general y fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales, mediante la suscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación de "LA ENTIDAD" con "LA SECRETARÍA", en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud (LGS).
II. De conformidad con lo establecido en la cláusula segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos que al efecto se celebren serán suscritos por EL DR. RUBÉN GALAVIZ TRISTÁN, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Y EL L.A.E. EDGAR FRANCISCO SALINAS JUÁREZ, SUBSECRETARIO DE EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES por parte de "LA ENTIDAD" y por la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud por misma, o asistida por los titulares de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados bajo su adscripción, por parte de "LA SECRETARÍA".
III. El Programa Estratégico de Salud para el Bienestar (PESB), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 07 de septiembre de 2022, en el subíndice 5.4 numeral 5 "Fortalecimiento de la rectoría de la Secretaría de Salud para consolidar el Sistema de Salud para el Bienestar", refiere que, de conformidad con el marco jurídico vigente, "LA SECRETARÍA" es la dependencia facultada para ejercer la rectoría en todo el Sistema Nacional de Salud, promoviendo una estrategia de salud pública denominada Servicio Nacional de Salud Pública (SNSP), a través de la cual, se plantea la reconfiguración institucional para el fortalecimiento de la rectoría a nivel federal a cargo de la Secretaría de Salud, permitiendo articular de mejor manera las actividades, programas y acciones de vigilancia y control de los determinantes sociales y problemas de salud pública a nivel nacional, instituir los lineamientos en materia de recursos humanos capacitados en Salud Pública que faciliten la organización, desarrollo e integración de las actividades en el territorio nacional, siendo el brazo operativo de la Secretaría de Salud, mediante estrategias de despliegue territorial y del más cercano contacto poblacional; que permitan traducir la retórica de la atención primaria a la salud en una realidad e implementación funcional a favor de la población sin seguridad social.
En su operación el SNSP, observará las once Funciones Esenciales de la Salud Pública, (FESP) recomendadas por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), mismas que se clasifican en cuatro ejes, tales como: 1) Evaluación; 2) Desarrollo de políticas; 3) Asignación de recursos; y 4) Acceso; priorizando a los sectores poblacionales que cuentan con mayor marginación en la atención a la salud.
IV. De conformidad con el numeral 3 "Origen de los recursos para la instrumentación del Programa" del PESB, "LA SECRETARÍA" tendrá como una de sus fuentes de financiamiento para dar cumplimiento a las acciones y estrategias que garanticen el acceso a la salud para la población sin seguridad social contempladas en dicho Programa Estratégico, entre las que, se encuentra el SNSP; los recursos asignados del Ramo 12, en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal.
V. El Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar (MÁS-BIENESTAR), publicado en el DOF, con fecha 25 de octubre de 2022, establece en el componente de salud colectiva, que los mecanismos y operación de rectoría y gobernanza de la Secretaría de Salud Federal, así como su operación territorial se llevará a cabo a través del SNSP.
VI. El MÁS- BIENESTAR señala que, la modernización estratégica se conforma de varias estrategias y líneas de acción para la creación del SNSP, el cual, institucionalmente se encuentra adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, toda vez que, en ella, así como en sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados adscritos, a través de sus Programas de Acción Específicos, actualmente se encuentran inmersas gran parte de las funciones en salud pública; en este sentido se determina la integración del SNSP como un cuerpo de protección en materia de salud colectiva, conformado por personas entrenadas para el cumplimiento de las FESP, con el objeto de mejorar la salvaguarda y protección de la salud poblacional. Al efecto, su conformación será a través de un solo cuerpo de trabajo que integre a todas las personas servidoras públicas que realizan funciones rectoras, gerenciales y operativas en materia de salud pública en las entidades federativas y que son financiadas mediante recursos federales.
VII. El MÁS- BIENESTAR establece que, con la creación de los Distritos de Salud para el Bienestar (DSB); los Centros Coordinadores de Salud para el Bienestar (CCSB) y los Centros Estatales de Emergencias en Salud (CEES) como estrategias de modernización, se busca garantizar que, las FESP sean ejercidas sectorialmente y conlleven una visión práctica de la salud pública integral y de las prioridades nacionales, los cuales operarán con personal del SNSP.
VIII. El 23 de agosto de 2023 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Generales del Servicio Nacional de Salud Pública (Acuerdo SNSP), el cual señala en su ARTÍCULO TERCERO que sus disposiciones deberán implementarse por la Secretaría de Salud a través del SNSP, y operarán de manera conjunta con las autoridades sanitarias locales, bajo un esquema de cooperación permanente, con la estructura operativa de las entidades federativas dedicadas a la operación salubrista.
Asimismo, en su ARTÍCULO SEXTO, el Acuerdo SNSP establece que "LA SECRETARÍA", en coordinación con las dependencias y entidades que conforman el Sistema de Salud para el Bienestar, así como las entidades federativas en su calidad de autoridades sanitarias, planeará, organizará y orientará las acciones para la operación del SNSP, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
IX. Con fecha 08 de noviembre de 2023, mediante oficio 0536, el C. Secretario de Salud, Doctor Jorge Carlos Alcocer Varela, instruyó al Doctor Ruy López Ridaura, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, para que, en estricto apego a la normatividad aplicable, ejecute las acciones necesarias para la implementación del SNSP, en el ámbito de su competencia.
X. "LA SECRETARÍA", a través de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, son responsables de coordinar y realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, las cuales, se encuentran inmersas en los Programas de Acción Específico a su cargo, en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS".
XI. Que con fecha 27 de noviembre de 2023, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD", suscribieron el Convenio de Colaboración y Coordinación para la ejecución de Acciones del Servicio Nacional de Salud Pública, en adelante "CoNaSer", con el objeto de establecer las bases y compromisos, para que "LA SECRETARÍA", con cargo a los recursos federales y acorde a la disponibilidad presupuestaria con que cuente para ello, contrate el personal de salud federal que será asignado a "LA ENTIDAD" para ejecutar las acciones del Servicio Nacional de Salud Pública; asimismo, se estableció en la Cláusula Décima que, los gastos administrativos que deriven del cumplimiento de dicho instrumento jurídico, deberán ser realizados con cargo a los recursos propios de cada una de "LAS PARTES", según corresponda y atendiendo a las disposiciones presupuestarias aplicables.
XII. Que, en observancia a lo establecido en el "CoNaSer", en el presente instrumento jurídico se considera la ministración de los recursos que permitirán dar cumplimiento a lo señalado por parte de "LA SECRETARÍA" para el ejercicio fiscal 2024.
XIII. Que, en el caso de la Dirección General de Información en Salud y el Centro Nacional de Transfusión Sanguínea, en adelante "UNIDADES TÉCNICAS", no ministran recursos presupuestarios en carácter de subsidios a las entidades federativas ni insumos federales a través del presente instrumento jurídico, no obstante, tienen a su cargo los siguientes Programas de Acción Específicos y Programas Presupuestarios, a los cuales, en lo subsecuente se les denominará "PROGRAMAS TÉCNICOS":
 
Unidad Administrativa/
Órgano Administrativo
Desconcentrado
Programa de Acción Específico y/o
Programa Presupuestario
Clave del Programa
Presupuestario con el
que se relaciona
Centro Nacional de la
Transfusión Sanguínea
Acceso Universal a Sangre, Hemocomponentes y Células Troncales Hematopoyéticas seguros
P013
Dirección General de
Información en Salud
Rectoría en Salud
P012
 
XIV. Considerando que, las "UNIDADES TÉCNICAS", realizan acciones de acceso equitativo de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras hematopoyéticas, así como, para la generación de información estadística en salud, conforme a sus respectivos ámbitos de competencia; lo cual, contribuye fortalecer las acciones de salud pública en las entidades federativas, se considera indispensable su participación en el presente instrumento jurídico, con la única finalidad de dar seguimiento a través de informes técnicos del grado de avance y cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores establecidos en sus respectivos "PROGRAMAS TÉCNICOS".
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1.EL Doctor Ruy López Ridaura, en su carácter de Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 8, fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática del nombramiento, la cual se acompaña como parte del Anexo 1 de este instrumento.
I.2.La Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, así como establecer las estrategias de ejecución, coordinación, dirección, supervisión y evaluación de aquellas políticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, Coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, Coordinar el desarrollo del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes; Proponer las políticas, estrategias, sistemas y programas que permitan optimizar la asignación de recursos financieros para los programas de prevención, promoción de la salud y de control de enfermedades, así como en materia de accidentes; Promover mecanismos para fomentar la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades federativas, de los sectores público, privado y social y, en general, de la sociedad en las acciones de prevención, promoción de la salud y control de enfermedades, así como en materia de accidentes; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
I.3.Que de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Salud, publicado en el DOF con fecha 28 de julio de 2023, las Direcciones Generales de Información en Salud, Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como el Secretariado Técnico para la Prevención de Accidentes; los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; la Transfusión Sanguínea; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA; y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados que, se encuentran dentro del tramo de control de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.
I.4.Las Direcciones Generales de Información en Salud, Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como el Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, son Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado B, fracciones VIII, XII, XVII Bis, y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 24, 28, 32 Bis 2 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; asimismo los Centros Nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; la Transfusión Sanguínea; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA; y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, apartado C, fracciones II, IV, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 42, 45, 46 y 47 del citado Reglamento; todos ellos adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud de conformidad con el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Salud, publicado en el DOF el 28 de julio de 2023, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente "CONVENIO ESPECÍFICO" y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se acompañan como parte del Anexo 1 del presente instrumento. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, a las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, les corresponde, entre otras atribuciones, proponer las políticas y estrategias nacionales de los programas de prevención y control de enfermedades, promoción de la salud, de transfusión sanguínea y vigilancia epidemiológica, así como de estadística en información en salud; participar en el ámbito de sus respectivas competencias en la instrumentación del Sistema Nacional de Salud; promover la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; y proponer o definir los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución oportuna, suficiente y de calidad del material y los insumos utilizados en "LOS PROGRAMAS".
I.5.Cada una de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, cuentan con la disponibilidad técnica y presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento, de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2024.
I.6.Para los efectos del presente "CONVENIO ESPECÍFICO" se señala como domicilio el ubicado en la calle de Homero, número 213, Colonia Chapultepec Morales, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11570, en la Ciudad de México.
II. "LA ENTIDAD" declara que:
1.     Forma parte de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I, y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 9, 14, 36 y 63 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes.
2.     L.A.E. Edgar Francisco Salinas Juárez, Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Finanzas del Estado de Aguascalientes, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento jurídico, en suplencia por ausencia del Secretario de Finanzas del Estado de Aguascalientes, en términos de lo dispuesto por los artículos 1°,3° y 63 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 2°, párrafo primero, párrafo primero, 12 fracción III, 13 párrafo primero fracción I, 19 ,22 fracciones I, II, X, XI, XIII y XXVIII, 21, 23 párrafo primero, fracción VIII, 28 fracciones I, V, XXI, XXXIX y XLI, y 52 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal vigente; así como los artículos 1, 2, 4, 5 párrafo primero fracción II, 6 párrafo primero, 7, 8 fracciones I, XXIII y XXVI, 10 párrafos primero y tercero, y 14 párrafo primero fracción XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Estado de Aguascalientes vigente, en relación con el "Acuerdo de designación del Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Finanzas del Estado de Aguascalientes, y/o a quien los sustituya en el cargo, para suplir las ausencias del Titular de la Secretaría de Finanzas del Estado de Aguascalientes", de fecha 28 de febrero de 2024, debidamente publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 15 de marzo de 2024, preceptos legales de donde se desprenden las atribuciones que acotan las obligaciones que asumen en el presente instrumento.
3.     El Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, con personalidad jurídica, patrimonio propio y funciones de autoridad en materia de salud, cuyo objetivo es la prestación de servicios de salud a la población abierta del Estado de Aguascalientes, según lo establecen en los artículos y de la Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes de fecha 13 de junio de 2011.
4.     Que el Dr. Rubén Galaviz Tristán, quien es el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, participa en la suscripción del presente Acuerdo de Coordinación en asistencia de la Gobernadora Constitucional del Estado de Aguascalientes, de conformidad con los artículos 1, 2, 4, 5, 6 fracción I y 12 fracción VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, en relación con las copias de los artículos 1, 2 fracción I, 14 y 15 fracción I de la Ley para el Control de Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes, 21 fracciónes X y XVIII de la Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, y artículo 20 fracciones XIX y XXXI del Reglameto Interior del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, quien acredita sus cargos con los nombramientos expedidos por la DRA. MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL Gobernadora Constitucional del Estado de Aguascalientes, mediante oficio número DG/N/004/2022 y oficio número DG/N/045/2022, ambos de fecha 01 de octubre de 2022, los cuales están debidamente inscrito en el Registro de Entidades Paraestatales.
5.     Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son proponer, coordinar y supervisar la política en materia de asistencia social, apoyar los programas de servicios de salud, atención médica social, prevención de enfermedades y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros daños a la salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes, y con los artículos 1°, 3°, y 13° de la Ley General de Salud.
6.     Para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en la calle Margil de Jesús número 1501, fraccionamiento Las Arboledas, C.P. 20020, Aguascalientes, Aguascalientes.
Expuesto lo anterior, toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, así como que dichas ministraciones se sujeten a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicha Ley se señalan, "LAS PARTES" celebran el presente "CONVENIO ESPECÍFICO" al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente "CONVENIO ESPECÍFICO" tiene por objeto ministrar insumos y recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a "LA ENTIDAD" que le permitan en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con "LA SECRETARÍA" para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP.
En los Anexos 2, 3 y 5 del presente instrumento, se señalan "LOS PROGRAMAS" en los que se encuentran inmersas las acciones en materia de salud pública en las que deberán aplicarse los insumos y recursos presupuestarios federales ministrados a "LA ENTIDAD" y en el Anexo 4 se precisan los Indicadores y Metas, que servirán para la evaluación del ejercicio y aplicación de los recursos ministrados e
insumos suministrados a "LA ENTIDAD" anexos que debidamente firmados por "LAS PARTES" forman parte integral del mismo.
La ministración de recursos presupuestarios y suministro de insumos federales que efectúe "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD" se realizará conforme a la tabla siguiente:
 
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
U008
1,951,439.08
0.00
1,951,439.08
S u b t o t a l
 
1,951,439.08
0.00
1,951,439.08
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
1
Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad
Vial
P018
961,410.50
0.00
961,410.50
 
1
Seguridad Vial
P018
471,782.50
0.00
471,782.50
 
2
PA en Grupos Vulnerables
P018
489,628.00
0.00
489,628.00
S u b t o t a l
 
961,410.50
0.00
961,410.50
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
1
Emergencias en Salud
U009
1,846,286.09
0.00
1,846,286.09
 
1
Emergencias
U009
1,667,811.52
0.00
1,667,811.52
 
2
Monitoreo
U009
178,474.57
0.00
178,474.57
2
Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio
U009/P018
1,875,062.00
145,702.00
2,020,764.00
S u b t o t a l
 
3,721,348.09
145,702.00
3,867,050.09
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
1
VIH y otras ITS
P016
1,807,536.00
3,116,544.15
4,924,080.15
2
Virus de Hepatitis C
P016
0.00
141,232.32
141,232.32
S u b t o t a l
 
1,807,536.00
3,257,776.47
5,065,312.47
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
1
Salud Sexual y Reproductiva
P020
1,930,899.22
7,014,488.19
8,945,387.41
 
1
SSR para Adolescentes
P020
1,066,211.72
49,650.00
1,115,861.72
 
2
PF y Anticoncepción
P020
697,687.50
442,273.30
1,139,960.80
 
3
Salud Materna
P020
153,000.00
6,393,038.25
6,546,038.25
 
4
Salud Perinatal
P020
0.00
0.00
0.00
 
5
Aborto Seguro
P020
7,000.00
129,526.64
136,526.64
 
6
Violencia de Género
P020
7,000.00
0.00
7,000.00
2
Prevención y Control del Cáncer
P020
349,600.00
7,955,216.20
8,304,816.20
3
Igualdad de Género
P020
5,980.00
0.00
5,980.00
S u b t o t a l
 
2,286,479.22
14,969,704.39
17,256,183.61
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
U009/P018
75,412.00
169,082.82
244,494.82
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e
Intoxicación por Veneno de Artrópodos
U009
687,974.00
3,059,363.95
3,747,337.95
 
1
Paludismo
0.00
0.00
0.00
 
2
Enfermedad de Chagas
0.00
0.00
0.00
 
3
Leishmaniasis
0.00
0.00
0.00
 
4
Intoxicación por Artrópodos
0.00
0.00
0.00
 
5
Dengue
U009
687,974.00
3,059,363.95
3,747,337.95
 
6
Vigilancia Post Oncocercosis
0.00
0.00
0.00
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
P018
0.00
52,597.90
52,597.90
4
Emergencias en Salud
U009
74,385.00
0.00
74,385.00
5
Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones
Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
0.00
0.00
0.00
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de
Enfermedades Respiratorias Crónicas
0.00
0.00
0.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
 
0.00
0.00
0.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
U008
807,056.00
0.00
807,056.00
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
U009/P018
184,400.00
424,642.66
609,042.66
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
U009
81,823.50
0.00
81,823.50
S u b t o t a l
 
1,911,050.50
3,705,687.33
5,616,737.83
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
1
Vacunación Universal
E036
0.00
27,987,741.20
27,987,741.20
2
Atención a la Salud de la Adolescencia
P
0.00
0.00
0.00
3
Atención a la Salud en la Infancia
P
0.00
0.00
0.00
S u b t o t a l
 
0.00
27,987,741.20
27,987,741.20
Total de recursos federales a ministrar a "LA ENTIDAD"
P
12,639,263.39
50,066,611.39
62,705,874.78
 
La ministración de recursos presupuestarios federales que realice "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD" se hará considerando la estacionalidad del gasto y, en su caso, el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF). Dicha ministración se hará una vez que se haya formalizado el presente instrumento jurídico y/o cualquier otro documento que sea necesario para la operación de cualquiera de "LOS PROGRAMAS".
Los recursos presupuestarios federales otorgados a LA ENTIDAD" se considerarán devengados para "LA SECRETARÍA", a partir de que ésta realice la entrega de los mismos a la Secretaría de Finanzas de "LA ENTIDAD", no así para "LA ENTIDAD".
Cuando la entrega sea de insumos "LA SECRETARÍA" realizará esta en la "LA ENTIDAD" según su necesidad y disponibilidad; dichos insumos pasarán a custodia de "LA ENTIDAD" hasta su destino final, debiendo comprobarse en términos de la normativa aplicable.
SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, "LA SECRETARÍA", con cargo a su presupuesto, ministrará a "LA ENTIDAD", recursos federales con el carácter de subsidios, hasta por la cantidad de $62,705,874.78 (SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 78/100 M.N.), para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP.
Los recursos presupuestarios federales por un monto de $12,639,263.39 (DOCE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS 39/100 M.N.), se radicarán a la Secretaría de Finanzas de "LA ENTIDAD", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARÍA".
Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3 del presente instrumento, para lo cual, será requisito indispensable que "LA SECRETARÍA" cuente con el original del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", debidamente suscrito y el registro de la cuenta bancaria en el Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
"LA SECRETARIA" por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados notificará a "LA ENTIDAD" la fecha en que realizó la ministración de los recursos presupuestarios, conforme a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".
La Secretaría de Finanzas de "LA ENTIDAD" se obliga a ministrar los recursos a que se refiere el párrafo anterior a la Unidad Ejecutora, junto con los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que "LA SECRETARÍA" le radique dichos recursos, de conformidad con "EL ACUERDO MARCO".
Para efectos de este "CONVENIO ESPECÍFICO" se entenderá como Unidad Ejecutora a la Dirección General del Instituto de Servicios de Salud.
Los recursos presupuestarios federales ministrados, que después de radicados en la Secretaría de Finanzas de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos de este Convenio, serán considerados por "LA SECRETARÍA" como recursos ociosos, debiendo la "LA ENTIDAD" proceder a su reintegro junto con sus rendimientos financieros al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días naturales siguientes en que lo requiera "LA SECRETARÍA". Dicho reintegro aplicará también en aquellos casos en que los recursos sean desviados para propósitos distintos a los autorizados en el presente instrumento.
Los insumos federales que suministre "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD", por un monto total de $50,066,611.39 (CINCUENTA MILLONES SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS ONCE PESOS 39/100 M.N.), serán entregados directamente a la Dirección General del Instituto de Servicios de Salud.
Los insumos federales que no sean destinados en tiempo y forma al objeto del presente instrumento jurídico, serán considerados por "LA SECRETARÍA" como recursos ociosos, por lo que las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados
responsables de "LOS PROGRAMAS", podrán solicitar su devolución para reasignarlos.
"LAS PARTES" convienen expresamente que los recursos presupuestarios federales e insumos federales otorgados en el presente Convenio Específico, no son susceptibles de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de ministraciones posteriores en el ejercicio en curso, ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operaciones inherentes a las obras y equipamientos, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" convienen en sujetarse a lo siguiente:
1. "LA SECRETARÍA" verificará, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", que los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", sean destinados para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, a que se refiere la Cláusula Primera, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
2. Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que "LA SECRETARÍA" se compromete a ministrar y suministrar, respectivamente, a "LA ENTIDAD", a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
3. "LA SECRETARÍA", por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", podrá vigilar, supervisar, dar seguimiento y evaluar en todo momento las obligaciones que asume "LA ENTIDAD" así como la aplicación y destino de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se le entregan en el marco del presente instrumento.
4. "LA SECRETARÍA", por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normativa vigente y, en su caso, suspenderá o cancelará las subsecuentes ministraciones de recursos presupuestarios federales, cuando éstos no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD", para los fines objeto del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", o bien, se hayan aplicado en contravención a sus cláusulas o a las de "EL ACUERDO MARCO".
5. "LA SECRETARÍA", a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS" practicará, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales, a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación, ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a "LA ENTIDAD".
"LA ENTIDAD" queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo establecido en los "Criterios para la comprobación del gasto, 2024"; y en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024"; debiendo exhibir la documentación original comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento.
6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a "LA ENTIDAD", se deberán observar los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024", que para tal efecto "LA SECRETARÍA" a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS" establezca para apoyar la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados a "LA ENTIDAD".
7. "LA SECRETARÍA" a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante "Portal SaNAS", como mecanismo de comunicación, coordinación y seguimiento con "LA ENTIDAD", para la supervisión en el cumplimiento del presente instrumento jurídico.
CUARTA. INDICADORES Y METAS. - Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que ministre y suministre respectivamente, "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD", se aplicarán para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", que se establecen en el Anexo 4 del presente instrumento.
QUINTA. APLICACIÓN. - Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que ministre y suministre respectivamente, "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD", serán destinados, ejercidos y aplicados en forma exclusiva para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, en términos de lo estipulado en la Cláusula Primera de este Instrumento.
Los recursos presupuestarios federales, a que refiere el párrafo anterior, deberán ser ejercidos con cargo a las partidas de gasto autorizadas por "LA SECRETARÍA" a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS" y conforme a las disposiciones jurídicas federales en materia de ejercicio y ejecución del gasto.
Los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este "CONVENIO ESPECÍFICO" no podrán desviarse hacia cuentas en las que "LA ENTIDAD" maneje otro tipo de recursos ni traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.
SEXTA. DOCUMENTOS PARA EL EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DE RECURSOS. - Los requisitos y especificaciones para el ejercicio y la comprobación de recursos ministrados a través del presente Convenio, establecidos en los "Criterios para la contratación de personal con recursos de Ramo 12, 2024"; "Criterios para la Comprobación del Gasto, 2024", y "Criterios para la comprobación de los gastos administrativos para la operación del SNSP, 2024", son de carácter obligatorio para "LAS PARTES", por lo que, en caso de incumplimiento a lo establecido en dichos Criterios, "LA SECRETARÍA" a través de sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", en observancia a lo dispuesto en la Cláusula Décima Primera del presente instrumento y conforme a sus respectivos ámbitos de competencia, podrá informar a las instancias de fiscalización federal y/o estatal dicho incumplimiento para los efectos legales a que haya lugar.
SÉPTIMA. GASTOS ADMINISTRATIVOS. - "LAS PARTES" convienen en que los gastos administrativos que deriven del cumplimiento del presente instrumento jurídico, deberán ser realizados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
En el caso de los gastos administrativos correspondientes a la operación del SNSP correlacionados con la suscripción del "CoNaSer", los cuales, ascienden a un monto total de $832,095.08 (OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVENTA Y CINCO PESOS 08/100 M.N.), serán ministrados por "LA SECRETARÍA" a través de la Dirección General de Promoción de la Salud a "LA ENTIDAD", y se deberá observar lo establecido en los "Criterios para la comprobación de los gastos administrativos para la operación del SNSP, 2024", mismos que, para tal efecto, se encuentran publicados en el "Portal SaNAS".
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD". - "LA ENTIDAD", adicionalmente a las obligaciones establecidas en "EL ACUERDO MARCO", deberá:
I. Informar mediante oficio y correo electrónico dirigido a "LA SECRETARÍA" a través de sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los recursos ministrados por "LA SECRETARÍA", objeto del presente Convenio, con el archivo electrónico, en formato PDF, el recibo del Comprobante Fiscal Digital por Internet, CFDI, con el cual acredite la recepción de dichos recursos, en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".
II. Aplicar la totalidad de los recursos presupuestarios federales e insumos federales a que se refiere la Cláusula Primera de este "CONVENIO ESPECÍFICO", exclusivamente para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, con estricta sujeción a lo establecido en el Anexo 5 del presente instrumento, por lo que, se hace responsable del ejercicio, uso, aplicación y destino de los citados recursos federales.
III. Entregar a "LA SECRETARÍA", a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, los certificados del gasto que correspondan, respecto de la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados, así como de los reintegros a la Tesorería de la Federación que realice "LA ENTIDAD", elaborados y validados por el titular de la Dirección General del Instituto de Servicios de Salud, o por aquel servidor público en quien éste delegue dichas funciones, conforme a la normativa aplicable en "LA ENTIDAD", de acuerdo a los formatos establecidos en los "Criterios para la comprobación del gasto, 2024" y los "Criterios para la comprobación de los gastos administrativos para la operación del SNSP, 2024", en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".
IV. Obtener la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este "CONVENIO ESPECÍFICO", la cual, deberá estar a nombre de la Dirección General del Instituto de Servicios de Salud y cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como, con los requisitos que establezcan los "Criterios para la Comprobación del Gasto, 2024" y los "Criterios para la comprobación de los gastos administrativos para la operación del SNSP, 2024", mismos que, forman parte del presente instrumento. Dicha documentación comprobatoria se deberá cancelar con la leyenda "Operado", y se identificará con el nombre de "LOS PROGRAMAS" en los que se haya efectuado el gasto, haciéndose mención expresa a que dichas erogaciones corresponden al ejercicio fiscal 2024.
V. Mantener bajo su custodia, a través de la Dirección General del Instituto de Servicios de Salud por lo menos 5 años posteriores a su expedición, la documentación comprobatoria original de carácter técnico, administrativo y operativo del cumplimiento de las metas a que hace referencia el Anexo 4 del presente instrumento y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle.
VI. Mantener bajo su custodia, a través de la Dirección General del Instituto de Servicios de Salud, por lo menos 10 años a partir de la fecha de su expedición, la documentación comprobatoria y justificatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle.
VII. Mantener bajo su custodia, a través de la Dirección General del Instituto de Servicios de Salud, la documentación comprobatoria original de los insumos federales suministrados, así como aquella que soporte su debida aplicación, entendiéndose por ésta, a la entrega de dichos insumos que realiza la unidad ejecutora a los Establecimientos de Salud que correspondan, hasta en tanto dicha documentación le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle.
VIII. Entregar a "LA SECRETARÍA", a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024", mediante los formatos establecidos en el Anexo 6 del presente instrumento, conforme resulte aplicable, y con los requisitos solicitados, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación del segundo y tercer trimestre del ejercicio fiscal 2024 y a más tardar el 15 de marzo del 2025, el correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2024, el informe sobre:
a.     El avance del ejercicio de los recursos financieros ministrados a "LA ENTIDAD", señalando el nombre del Programa al que se destinan los recursos, monto de los recursos programados, ministrados comprometidos, ejercidos, reintegrados a la TESOFE y por ejercer.
b.    El avance en el suministro y destino de los insumos/bienes enviados a "LA ENTIDAD", señalando el nombre del Programa, índice, descripción del bien/descripción complementaria, fuente de financiamiento, cantidad programada, costo total estimado, cantidad real ministrada, costo total real, porcentaje de avance suministrado, pendiente por suministrar, cantidad real aplicada, porcentaje de avance aplicado y por aplicar.
c.     El avance de indicadores, señalando el nombre del programa, índice, actividad general, indicador, frecuencia de medición, medición de avance, meta, meta programada, presupuesto, meta realizada y porcentaje de avance.
IX. Entregar a "LA SECRETARÍA", a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados que tienen a cargo cada uno de "LOS PROGRAMAS", la documentación comprobatoria que soporte la aplicación de los insumos federales suministrados, a que hace referencia la fracción VII de la presente Cláusula.
X. Reportar de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos establecidos por las Direcciones Generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología y por los Centros Nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia.
XI. Manejar adecuadamente el ciclo logístico para la conservación y distribución oportuna de los insumos federales que se le suministren con motivo de este instrumento.
XII. Mantener en condiciones óptimas de operación, los sistemas de red de frío para el mantenimiento de los insumos y vigilar la vigencia de los insumos federales suministrados de aplicación directa a la población de su circunscripción territorial, evitando la caducidad de los mismos.
XIII. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", una vez devengados conforme al avance del ejercicio e informar de ello en la cuenta pública de la Hacienda Pública Estatal y en los demás informes que le sean requeridos, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que en su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación se sujetará a las disposiciones federales aplicables.
XIV. Verificar que todos los procedimientos referentes a la remodelación, modificación, ampliación y equipamiento de los laboratorios de referencia epidemiológica que se realicen en "LA ENTIDAD" cumplan con lo dispuesto por las leyes, reglamentos, decretos, circulares y normas de las autoridades competentes en materia de salubridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal.
XV. Registrar como activos fijos, los bienes muebles que serán adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento, de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia de ejercicio, registro y contabilidad del gasto público gubernamental.
XVI. Contratar con recursos de "LA ENTIDAD", y mantener vigentes las pólizas de seguros y de mantenimientos preventivo y correctivo de los bienes muebles, que cubran el valor de los que sean adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento.
XVII. Contratar los recursos humanos calificados para el reforzamiento de la implementación del SNSP y las intervenciones de las acciones en materia de salud pública que se encuentran inmersas en "LOS PROGRAMAS", establecidas en el MÁS-BIENESTAR, y, en su caso, proporcionarles los gastos de operación, con cargo a los recursos federales que se ministren con motivo del presente Convenio, con apego a los Lineamientos por los que se establecen las medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
XVIII. Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas a indicadores y metas, establecer medidas de mejora continua para su cumplimiento a que se destinan los recursos federales ministrados.
XIX. Informar sobre la suscripción de este "CONVENIO ESPECÍFICO" al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD".
XX. Publicar el presente "CONVENIO ESPECÍFICO" en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
XXI. Difundir en su página de Internet el listado de "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
XXII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a los plazos y requisitos previstos en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, los recursos presupuestarios federales ministrados que, al 31 de diciembre de 2024, no hayan sido devengados.
XXIII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio, los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales ministrados por "LA SECRETARÍA", e informar trimestralmente a cada Unidad Administrativa u Órgano Administrativo Desconcentrado que corresponda, los rendimientos financieros generados, así como el depósito que de estos se haya realizado a dicha Tesorería, adjuntando los estados de cuenta bancarios correspondientes, así como informar a las diferentes instancias fiscalizadoras, cuando así lo requieran, el monto y fecha de dichos reintegros.
La autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos presupuestarios federales erogados a que se refiere la fracción VI de esta Cláusula, será responsabilidad de la Dirección General del Instituto de Servicios de Salud.
NOVENA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARÍA". - "LA SECRETARÍA", por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", adicionalmente a las obligaciones establecidas en "EL ACUERDO MARCO", estará obligada a:
I. Ministrar los recursos presupuestarios federales a la Secretaría de Finanzas de la "LA ENTIDAD", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento de conformidad con el Anexo 3 de este "CONVENIO ESPECÍFICO" y notificar mediante oficio a "LA ENTIDAD", la fecha de dicha ministración, en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".
II. Suministrar los insumos federales a la Dirección General del Instituto de Servicios de Salud de "LA ENTIDAD", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento, de conformidad con lo establecido y detallado en el Anexo 5 de este "CONVENIO ESPECÍFICO".
III. Verificar que los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se ministren y suministren, respectivamente, no permanezcan ociosos y que sean destinados únicamente para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, a que se refiere la Cláusula Primera de este "CONVENIO ESPECÍFICO", sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias de fiscalización federales.
IV. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el objeto para el cual, serán destinados los recursos presupuestarios federales ministrados, observando en materia de contratación de recursos humanos lo establecido en los "Criterios para la contratación de personal con recursos de ramo 12, 2024".
V. Proporcionar la asesoría técnica necesaria, cuando sea requerida, a "LA ENTIDAD" a fin de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, en los tiempos y para la prestación de los servicios relacionados con las materias de salubridad general.
VI. Practicar, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales podrán ser virtuales o presenciales y serán coordinadas por la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud conforme al calendario que, para tal efecto se establezca, como mecanismo para asegurar la aplicación de los recursos federales ministrados y el cumplimiento del objeto del presente instrumento, sin perjuicio de que las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados puedan realizar visitas de supervisión o reuniones de seguimiento de carácter técnico, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 de la Cláusula Tercera del presente instrumento.
VII. Aplicar, las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informar, a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, a la Secretaría de la Función Pública, a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Contraloría estatal o equivalente de "LA ENTIDAD", así como a la Dirección General de Programación y Presupuesto de "LA SECRETARÍA" y, ésta a su vez, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los casos en que: a) Se determine suspender o cancelar la ministración de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio y b) Se determine el reintegro a la Tesorería de la Federación los recursos federales que se hayan ministrado a "LA ENTIDAD".
VIII. Informar en la cuenta pública de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente "CONVENIO ESPECÍFICO".
IX. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento, mediante los formatos de Informes Trimestrales a que hace referencia la fracción VIII de la Cláusula Octava del presente instrumento, en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".
X. Realizar, en el ámbito de su competencia, la vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento serán ministrados y suministrados, respectivamente, a "LA ENTIDAD" de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de verificación, control, evaluación y fiscalización a que hace referencia la Cláusula Décima Primera del presente instrumento.
XI. Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas a indicadores y metas, establecer medidas de mejora continua para su cumplimiento a que se destinan los recursos federales ministrados.
XII. Emitir a más tardar el 15 de marzo de 2025, mediante el formato establecido en el Anexo 7 del presente instrumento jurídico, el Acta de Conciliación de Insumos. Dicha Acta se generará, siempre y cuando existan diferencias entre las cantidades de insumos e importes programados en el último convenio modificatorio del presente ejercicio fiscal y los insumos suministrados por las Unidades Administrativas y/o Órganos Administrativos Desconcentrados a las entidades federativas, conforme a las remisiones y/o los documentos oficiales con los que se acredite la entrega de insumos, en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".
XIII. Emitir, a más tardar el 15 de abril de 2025, mediante el formato establecido en el Anexo 7 del presente instrumento jurídico, la Constancia de Cierre de Presupuesto, una vez que la "LA ENTIDAD", haya concluido con la comprobación de los recursos ejercidos y, en su caso, con el reintegro de los no comprobados, en los plazos señalados en el presente instrumento, en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".
XIV. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a la Auditoría Superior de la Federación.
XV. Publicar el presente "CONVENIO ESPECÍFICO" en el Diario Oficial de la Federación.
XVI. Difundir en el "Portal SaNAS" el listado de "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
DÉCIMA - DE LA COOPERACIÓN TÉCNICA Y SEGUIMIENTO A LOS "PROGRAMAS TÉCNICOS".- Las "UNIDADES TÉCNICAS" tendrán la obligación de entregar mediante oficio dirigido al Titular de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la información correspondiente al grado de avance y cumplimiento de objetivos, metas e indicadores establecidos en sus "PROGRAMAS TÉCNICOS" para su respectivo seguimiento, teniendo como fecha límite el 15 de abril de 2025.
Asimismo, las "UNIDADES TÉCNICAS" deberán proporcionar la cooperación técnica que, en su caso, les sea requerida por "LA ENTIDAD", conforme al ámbito de sus respectivas competencias.
DÉCIMA PRIMERA.ACCIONES DE CONTROL, VIGILANCIA, SUPERVISIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos que ministre "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento no pierden su carácter federal, por lo que el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación, corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las instancias de fiscalización federales que correspondan en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación que, en coordinación con las instancias de fiscalización federales, realicen los órganos de fiscalización de "LA ENTIDAD" y se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto público federal.
DÉCIMA SEGUNDA. - DE LA CONTRATACIÓN DE RECURSOS HUMANOS.- "LAS PARTES" acuerdan que la contratación de recursos humanos se realizará para el reforzamiento de las acciones en materia de salud pública consideradas en el MÁS-BIENESTAR que contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS" y a su adecuada instrumentación e implementación en las entidades federativas, como parte del SNSP, conforme a lo señalado en los "Criterios para la contratación de personal con recursos de Ramo12, 2024", mismos que, para tal efecto, se encuentran publicados en el "Portal SaNAS".
DÉCIMA TERCERA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA CUARTA. VIGENCIA. - El presente "CONVENIO ESPECÍFICO" comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2024.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES AL CONVENIO. - "LAS PARTES" acuerdan que el presente "CONVENIO ESPECÍFICO" podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al "CONVENIO ESPECÍFICO" obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En caso de contingencias para la realización de las acciones en materia de salud pública e implementación de intervenciones transversales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de "LOS PROGRAMAS", previstos en este instrumento, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas necesarias que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas acordadas serán formalizadas mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.
DÉCIMA SEXTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN. - El presente "CONVENIO ESPECÍFICO" podrá darse por terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en "EL ACUERDO MARCO".
DÉCIMA SÉPTIMA. CAUSAS DE RESCISIÓN. - El presente "CONVENIO ESPECÍFICO" podrá rescindirse administrativamente en su totalidad, o bien, de forma parcial, por cada una de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados en lo concerniente a "LOS PROGRAMAS" que les corresponda, por las siguientes causas:
I.     Por la falta de entrega de la información, reportes y demás documentos dentro de los plazos establecidos en este Convenio.
II.     Cuando se determine que los recursos presupuestarios y/o insumos federales permanecen ociosos o que se utilizaron con fines distintos a los previstos en el presente instrumento.
III.    Por incumplimiento de alguna de las partes a las obligaciones contraídas en el mismo.
DÉCIMA OCTAVA. - OBLIGATORIEDAD DEL ACUERDO MARCO. - Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", "LAS PARTES" convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente instrumento como si a la letra se insertasen, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", lo firman por cuadruplicado a los dos días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.
ANEXO 1
CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE "LA SECRETARÍA", Y EL ESTADO DE AGUASCALIENTES POR CONDUCTO DE "LA ENTIDAD".
Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "LA SECRETARÍA"
 
1
Dr. Ruy López Ridaura
Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud
2
Mtro. Agustín López González
Director General de Promoción de la Salud
3
Dr. Gabriel García Rodríguez
Director General de Epidemiología
4
Lic. Raúl Gómez Torres
Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes
5
Act. Yolanda Varela Chávez
Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva        
6
Dr. Ricardo Cortés Alcalá
Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades
7
Dra. Alethse De La Torre Rosas
Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA
8
Dr. José Luis Díaz Ortega
Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia
9
Dr. Christian Arturo Zaragoza Jiménez
Director General de información en Salud
10
Dr. Jorge Enrique Trejo Gómora
Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea
 
Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "LA ENTIDAD"
 
1
Dr. Rubén Galaviz Tristán
Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes
2
L.A.E. Edgar Francisco Salinas Juárez
Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Finanzas del Estado de Aguascalientes
 
Ruy López Ridaura
Presente.
Andrés Manuel López Obrador, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 89, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, he tenido a bien nombrarlo subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.
Rúbrica.
Ciudad de México, a 16 de octubre de 2023.
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD-004/2024
Código 12-310-1-M1C029P-0000055-E-L-C
C. AGUSTÍN LÓPEZ GONZÁLEZ
P R E S E N T E
Con fundamento en los artículos 2, fracción XVIII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado B, fracción XII y 7, fracciones XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 204, fracción I, inciso b), subinciso ii y 214 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo:
DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito a la Dirección General de Promoción de la Salud
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 1 de marzo de 2024.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. DD-002/2022
Código 12-316-1-M1C026P-0000903-E-X-V
DR. GABRIEL GARCÍA RODRÍGUEZ
P R E S E N T E
Con fundamento en los artículos 2, apartado B, fracción XVII Bis, 7, fracción XXIV y 32 Bis 2 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 8 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como 2, fracción XI, del Reglamento de dicha Ley, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo
DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de designación directa, rango de Dirección General, adscrito a la Dirección General de Epidemiología.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 1 de marzo de 2022.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD-006/2023
Código 12-315-1-M1C026P-0000027-E-L-C
LIC. RAÚL GÓMEZ TORRES
P r e s e n t e.
Con fundamento en los artículos 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado B, fracción XXI, 7, fracciones XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como en el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo:
SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de Libre Designación, rango de Dirección General, adscrito al Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 16 de septiembre de 2023.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD-007/2023
Código 12-L00-1-M1C029P-0000066-E-L-V
LIC. YOLANDA VARELA CHÁVEZ
P r e s e n t e.
Con fundamento en los artículos 2, fracción XII y 91 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C, fracción II, 7, fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarla:
DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de Libre Designación, rango de Dirección General, adscrita al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 16 de septiembre de 2023.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD- 005/2024
Código 12-O00-1-M1C029P -0000531-E-L-V
C. RICARDO CORTÉS ALCALÁ
P R E S E N T E.
Con fundamento en los artículos 2, fracción XVIII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C, fracción VII y 7, fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 204, fracción I, inciso b), subinciso ii y 214 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo:
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE
ENFERMEDADES
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 1 de marzo de 2024.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD-009/2019
Código 12-K00-1-M1C029P-0000041-E-L-C
DRA. ALETHSE DE LA TORRE ROSAS
 
P R E S E N T E.
Con fundamento en los artículos 2, apartado C, fracción VIII, 7, fracciones XV y XXV y 46 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como en los numerales 152, fracción III, inciso a) y 162 del "Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera", me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarla
DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 16 de julio de 2019.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD-001/2023
Código 12-R00-1-M1C029P-0000059-E-L-V
DR. JOSÉ LUIS DÍAZ ORTEGA
P r e s e n t e.
Con fundamento en los artículos 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 7, fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo:
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de Libre Designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, y adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 1 de mayo de 2023.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD-005/2023
Código 12-613-1-M1C029P-0000109-E-L-K
DR. CHRISTIAN ARTURO ZARAGOZA JIMÉNEZ
P r e s e n t e.
Con fundamento en los artículos 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado B, fracción VIII, 7, fracciones XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo:
DIRECTOR GENERAL DE INFORMACIÓN EN SALUD
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de Libre Designación, rango de Dirección General, adscrito a la Dirección General de Información en Salud.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 16 de septiembre de 2023.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD-001/2020
Código 12-I00-1-M1C029P-0000035-E-L-V
DR. JORGE ENRIQUE TREJO GÓMORA
P R E S E NT E.
Con fundamento en los artículos 2, apartado C, fracción IV, 7, fracciones XV, XX, IV y XXV y 42 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del "Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera", me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2020.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
No. DE OFICIO: SAE/N/S/004/2022
ASUNTO: NOMBRAMIENTO DE PERSONAL
C. RUBEN GALAVIZ TRISTÁN
P R E S E N T E
En ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 46 fracción X y 49 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, así como lo establecido en los artículos 1°, 2°, 4°, 5°, 12 fracción VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, tengo a bien nombrar a Usted:
SECRETARIO DE SALUD
Invitándole a que en consecuencia a Su nombramiento, cumpla con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado de Aguascalientes, la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal y las disposiciones legales que de éstas emanen.
SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN
Aguascalientes, Ags., a primero de octubre de dos mil veintidós.
Rúbrica.
GOBERNADORA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
C. MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL
Rúbrica.
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO
C. FLORENTINO DE JESÚS REYES BERLIÉ
Rúbrica.                                                        Rúbrica.
SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN                    TITULAR DE LA CONSEJERÍA
                DEL ESTADO                                      JURÍDICA DEL ESTADO
      C. RAQUEL SOTO OROZCO                  C. EDUARDO ISMAEL AGUILAR SIERRA
DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
No. DE OFICIO: DG/N/045/2022
ASUNTO: NOMBRAMIENTO PERSONAL
C. RUBÉN GALAVIZ TRISTÁN
P R E S E N T E:
En ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 46 fracción X y 49 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, así como lo establecido en los artículos 1°, 2°, 4°, fracción I, 26 fracción V y VII y 44 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal y artículos 1°, fracción I, 8°, y 14 primer párrafo de la Ley para el Control de Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes, tengo a bien nombrar a Usted:
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Invitándole a que, en consecuencia, a Su nombramiento, cumpla con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal y las disposiciones legales que de éstas emanen.
SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN
Aguascalientes, Ags. a primero de octubre del dos mil veintidós
Rúbrica.
GOBERNADORA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
C. MARIA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL
Rúbrica.
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO
C. FLORENTINO DE JESÚS REYES BERLIÉ
                        Rúbrica.                                                               Rúbrica.
SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO          CONSEJERO JURÍDICO DEL ESTADO
             C. RAQUEL SOTO OROZCO                         C. EDUARDO ISMAEL AGUILAR SIERRA
DEPENDENCIA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
No. DE OFICIO SAE/N/SS/004/2022
ASUNTO NOMBRAMIENTO DE PERSONAL
C. EDGAR FRANCISCO SALINAS JUÁREZ
P R E S E N T E
En ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 46 fracción X y 49 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, así como lo establecido en los artículos 1°, 2°, 4°, 5°, 12° fracción III, 26 fracción V, 27 fracciones V y VIII y 44 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, tengo a bien nombrar a Usted
SUBSECRETARIO DE EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS
Invitándole a que en consecuencia a Su nombramiento, cumpla con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado de Aguascalientes, la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal y las disposiciones legales que de estas emanen
SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN
Aguascalientes, Ags. a primero de octubre de dos mil veintidós
Rúbrica.
GOBERNADORA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
C. MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL
Rúbrica.
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO
C. FLORENTINO DE JESÚS REYES BERLIÉ
                   Rúbrica.                                                                     Rúbrica.
SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN                           TITULAR DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA
DEL ESTADO                                                            DEL ESTADO
        C. RAQUEL SOTO OROZCO                              C. EDUARDO ISMAEL AGUILAR SIERRA
 
ANEXO 2
Identificación de fuentes de financiamiento de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
882,760.00
1,068,679.08
1,951,439.08
TOTALES
882,760.00
1,068,679.08
1,951,439.08
 
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
1
Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
961,410.50
0.00
961,410.50
 
1
Seguridad Vial
471,782.50
0.00
471,782.50
 
2
PA en Grupos Vulnerables
489,628.00
0.00
489,628.00
TOTALES
961,410.50
0.00
961,410.50
 
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
1
Emergencias en Salud
1,846,286.09
0.00
1,846,286.09
 
1
Emergencias
1,667,811.52
0.00
1,667,811.52
 
2
Monitoreo
178,474.57
0.00
178,474.57
2
Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio
1,875,062.00
0.00
1,875,062.00
TOTALES
3,721,348.09
0.00
3,721,348.09
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
1
VIH y otras ITS
1,807,536.00
0.00
1,807,536.00
2
Virus de Hepatitis C
0.00
0.00
0.00
TOTALES
1,807,536.00
0.00
1,807,536.00
 
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
1
Salud Sexual y Reproductiva
1,113,000.00
817,899.22
1,930,899.22
 
1
SSR para Adolescentes
360,000.00
706,211.72
1,066,211.72
 
2
PF y Anticoncepción
600,000.00
97,687.50
697,687.50
 
3
Salud Materna
153,000.00
0.00
153,000.00
 
4
Salud Perinatal
0.00
0.00
0.00
 
5
Aborto Seguro
0.00
7,000.00
7,000.00
 
6
Violencia de Género
0.00
7,000.00
7,000.00
2
Prevención y Control del Cáncer
0.00
349,600.00
349,600.00
3
Igualdad de Género
5,980.00
0.00
5,980.00
TOTALES
1,118,980.00
1,167,499.22
2,286,479.22
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
75,412.00
0.00
75,412.00
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
687,974.00
0.00
687,974.00
 
1
Paludismo
0.00
0.00
0.00
 
2
Enfermedad de Chagas
0.00
0.00
0.00
 
3
Leishmaniasis
0.00
0.00
0.00
 
4
Intoxicación por Artrópodos
0.00
0.00
0.00
 
5
Dengue
687,974.00
0.00
687,974.00
 
6
Vigilancia Post Oncocercosis
0.00
0.00
0.00
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
0.00
0.00
0.00
4
Emergencias en Salud
74,385.00
0.00
74,385.00
5
Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
0.00
0.00
0.00
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
0.00
0.00
0.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
0.00
0.00
0.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
0.00
807,056.00
807,056.00
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
184,400.00
0.00
184,400.00
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
81,823.50
0.00
81,823.50
TOTALES
1,103,994.50
807,056.00
1,911,050.50
 
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
1
Vacunación Universal
0.00
0.00
0.00
2
Atención a la Salud de la Adolescencia
0.00
0.00
0.00
3
Atención a la Salud en la Infancia
0.00
0.00
0.00
TOTALES
0.00
0.00
0.00
 
GRAN TOTAL
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
(PESOS)
SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
 
9,596,029.09
3,043,234.30
12,639,263.39
 
ANEXO 3
Calendario de Ministraciones
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
Mayo
1,951,439.08
Subtotal de ministraciones
1,951,439.08
U008
1,951,439.08
Subtotal de programas institucionales
1,951,439.08
 
 
Total
1,951,439.08
 
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1
Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
1.1 Seguridad Vial
Mayo
471,782.50
Subtotal de ministraciones
471,782.50
P018
471,782.50
Subtotal de programas institucionales
471,782.50
 
1.2 PA en Grupos Vulnerables
Mayo
489,628.00
Subtotal de ministraciones
489,628.00
P018
489,628.00
Subtotal de programas institucionales
489,628.00
Total Programa
961,410.50
 
 
Total
961,410.50
 
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1
Emergencias en Salud
1.1 Emergencias
Mayo
1,667,811.52
Subtotal de ministraciones
1,667,811.52
U009
1,667,811.52
Subtotal de programas institucionales
1,667,811.52
 
1.2 Monitoreo
Mayo
178,474.57
Subtotal de ministraciones
178,474.57
U009
178,474.57
Subtotal de programas institucionales
178,474.57
Total Programa
1,846,286.09
 
 
2
Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio
Mayo
1,875,062.00
Subtotal de ministraciones
1,875,062.00
U009
1,875,062.00
Subtotal de programas institucionales
1,875,062.00
 
 
Total
3,721,348.09
 
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1
VIH y otras ITS
Mayo
1,807,536.00
Subtotal de ministraciones
1,807,536.00
P016
1,807,536.00
Subtotal de programas institucionales
1,807,536.00
 
 
2
Virus de Hepatitis C
Subtotal de ministraciones
0.00
Subtotal de programas institucionales
0.00
 
 
Total
1,807,536.00
 
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1
Salud Sexual y Reproductiva
1.1 SSR para Adolescentes
Mayo
1,066,211.72
Subtotal de ministraciones
1,066,211.72
P020
1,066,211.72
Subtotal de programas institucionales
1,066,211.72
 
1.2 PF y Anticoncepción
Mayo
697,687.50
Subtotal de ministraciones
697,687.50
P020
697,687.50
Subtotal de programas institucionales
697,687.50
 
1.3 Salud Materna
Mayo
153,000.00
Subtotal de ministraciones
153,000.00
P020
153,000.00
Subtotal de programas institucionales
153,000.00
 
1.4 Salud Perinatal
Subtotal de ministraciones
0.00
Subtotal de programas institucionales
0.00
 
1.5 Aborto Seguro
Mayo
7,000.00
Subtotal de ministraciones
7,000.00
P020
7,000.00
Subtotal de programas institucionales
7,000.00
 
1.6 Violencia de Género
Mayo
7,000.00
Subtotal de ministraciones
7,000.00
P020
7,000.00
Subtotal de programas institucionales
7,000.00
Total Programa
1,930,899.22
 
 
2
Prevención y Control del Cáncer
Mayo
349,600.00
Subtotal de ministraciones
349,600.00
P020
349,600.00
Subtotal de programas institucionales
349,600.00
 
 
3
Igualdad de Género
Mayo
5,980.00
Subtotal de ministraciones
5,980.00
P020
5,980.00
Subtotal de programas institucionales
5,980.00
 
 
Total
2,286,479.22
 
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
Mayo
75,412.00
Subtotal de ministraciones
75,412.00
U009
75,412.00
Subtotal de programas institucionales
75,412.00
 
 
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
2.1 Paludismo
Subtotal de ministraciones
0.00
 
2.2 Enfermedad de Chagas
Subtotal de ministraciones
0.00
 
2.3 Leishmaniasis
Subtotal de ministraciones
0.00
 
2.4 Intoxicación por Artrópodos
Subtotal de ministraciones
0.00
Subtotal de programas institucionales
0.00
 
2.5 Dengue
Mayo
687,974.00
Subtotal de ministraciones
687,974.00
U009
687,974.00
Subtotal de programas institucionales
687,974.00
 
2.6 Vigilancia Post Oncocercosis
Subtotal de ministraciones
0.00
Total Programa
687,974.00
 
 
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
Subtotal de ministraciones
0.00
 
 
4
Emergencias en Salud
Mayo
74,385.00
Subtotal de ministraciones
74,385.00
U009
74,385.00
Subtotal de programas institucionales
74,385.00
 
 
5
Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
Subtotal de ministraciones
0.00
 
 
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
Subtotal de ministraciones
0.00
Subtotal de programas institucionales
0.00
 
 
7
Enfermedades Cardiometabólicas
Subtotal de ministraciones
0.00
Subtotal de programas institucionales
0.00
 
 
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
Mayo
807,056.00
Subtotal de ministraciones
807,056.00
U009
807,056.00
Subtotal de programas institucionales
807,056.00
 
 
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
Mayo
184,400.00
Subtotal de ministraciones
184,400.00
U009
184,400.00
Subtotal de programas institucionales
184,400.00
 
 
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
Mayo
81,823.50
Subtotal de ministraciones
81,823.50
U009
81,823.50
Subtotal de programas institucionales
81,823.50
 
 
Total
1,911,050.50
 
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
 
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
1
Vacunación Universal
Subtotal de ministraciones
0.00
Subtotal de programas institucionales
0.00
 
 
2
Atención a la Salud de la Adolescencia
Subtotal de ministraciones
0.00
 
 
3
Atención a la Salud en la Infancia
Subtotal de ministraciones
0.00
 
 
Total
0.00
 
Gran total
12,639,263.39
 
ANEXO 4
Programas-Indicadores-Metas de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
 
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1.3.1.1
Resultado
Número de comunidades de 500 a
2500 habitantes certificadas como
saludables y en caso de prioridad de
salud pública en localidades urbanas
Total de comunidades de 500
a 2500 habitantes certificadas
como saludables y en caso de
prioridad de salud pública en
localidades urbanas
Cobertura de
comunidades
certificadas como
promotoras de la salud
100
100
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
2.1.2.1
Resultado
Número de ferias de promoción de
salud para población migrante
realizadas
Número de ferias de
promoción de salud para
población migrante
programadas
Ferias de promoción de
salud para población
migrante
202
202
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
2.3.1.1
Resultado
La sumatoria de los puntos de los
determinantes positivos de la salud del
cuestionario POST intervención - la
sumatoria de los puntos de los
determinantes positivos de la salud del
cuestionario PRE-INTERVENCIÓN
La sumatoria de los puntos de
los determinantes positivos de
la salud del cuestionario PRE-
INTERVENCIÓN * 100
Tasa de variación de los
determinantes positivos
de la salud que reporta
la población.
10
10
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
2.3.2.1
Resultado
Número estrategias educativas
realizadas para la promoción de estilos
de vida saludables
Total de estrategias
educativas programados * 100
Porcentaje de
estrategias educativas
de promoción de la
salud para el fomento
de estilos de vida
saludable.
100
100
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
2.5.1.1
Estructura
Número de jurisdicciones sanitarias
que realizan jornadas nacionales de
salud pública
Total de jurisdicciones
sanitarias que realizan
jornadas de salud pública
Jornadas Nacionales de
Salud Pública
realizadas en las
jurisdicciones sanitarias
247
247
 
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
 
No.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
 
Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
1
Seguridad vial
1.1.3
Proceso
Número de mediciones
de factores de riesgo
realizadas
Número de mediciones de
factores de riesgo
programadas) x 100
Mediciones de factores de riesgo de
lesiones accidentales
0.7
0.7
1
Seguridad vial
2.2.1
Proceso
Número de auditorías
de seguridad vial
realizadas
Número de auditorias
viales programadas X 100
Auditorías de seguridad vial
1
1
1
Seguridad vial
2.2.2
Proceso
"Número de municipios
prioritarios que aplican
controles
Total de municipios
prioritarios por 100
Acción estrategica de alcoholimetría
1
1
1
Seguridad vial
4.1.6
Proceso
Número de campañas
de comunicación de
seguridad vial
realizadas en la
entidad
Número de campañas de
comunicación de
seguridad vial
programadas en la
entidad) x 100
Comunicación para la prevención de
lesiones accidentales
1
1
2
2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables
1.1.3
Resultado
Número de mediciones
de factores de riesgo
realizadas
Número de mediciones de
factores de riesgo
programadas) x 100
Identificación de factores de riesgo en
escuelas primarias; asociados a las
diferentes causas de lesiones
accidentales (ahogamientos, asfixias,
caídas, envenenamientos e
intoxicaciones y quemaduras).
1
1
2
2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables
3.1.4
Resultado
Número de cursos de
capacitación sobre
prevención y manejo
de lesiones
accidentales realizados
Número de cursos de
capacitación sobre
prevención y manejo de
lesiones accidentales
programados) x 100
Capacitaciones sobre prevención y
manejo de lesiones accidentales
(ahogamientos, envenenamientos e
intoxicaciones y quemaduras).
1
1
2
2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables
3.1.5
Resultado
Número de cursos de
capacitación para
primeros respondientes
realizados
Número de cursos de
capacitación para
primeros respondientes
programados) x 100
Capacitaciones sobre prevención y
manejo de lesiones accidentales
(Primeros respondientes)
1
1
2
2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables
4.1.4
Resultado
Número de acciones
de sensibilización
sobre prevención de
lesiones accidentales
realizadas.
Número de acciones de
sensibilización sobre
prevención de lesiones
accidentales
programados) x 100
Número de acciones de sensibilización
sobre prevención de lesiones
accidentales (ahogamientos, asfixias,
caídas, envenenamientos e
intoxicaciones y quemaduras).
1
1
2
2 Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables
4.1.6
Proceso
Número de campañas
de comunicación de
lesiones accidentales
realizadas en la
entidad
Número de campañas de
comunicación de lesiones
accidentales programadas
en la entidad) x 100
Número de entidades federativas que
difunden campañas para la prevención
de ahogamientos, asfixias, caídas,
envenenamientos e intoxicaciones y
quemaduras, a través de diferentes
medios de comunicación.
1
1
 
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
 
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Emergencias en Salud
1.1
Emergencias
1.1.1
PROCESO
NUMERO DE FUNCIONES
COMPROBADAS QUE REALIZA
LA UIES EN LA ENTIDAD
NUMERO DE FUNCIONES QUE
DEBE REALIZAR LA UIES SEGÚN
LINEAMIENTO FEDERAL
FUNCIONES ACTIVAS
DE LA UIES ESTATAL
0.9
0.9
1.1
Emergencias
2.1.1
PROCESO
NUMERO DE FUNCIONES
COMPROBADAS QUE REALIZAN
LOS SERVICIOS DE SANIDAD
INTERNACIONAL EN LA
ENTIDAD
NUMERO DE FUNCIONES QUE
DEBEN REALIZAR LOS
SERVICIOS DE SANIDAD
INTERNACIONAL SEGÚN
LINEAMIENTO FEDERAL
FUNCIONES ACTIVAS
DE SANIDAD
INTERNACIONAL EN LA
ENTIDAD
0.9
0.9
1.1
Emergencias
3.1.1
PROCESO
NUMERO DE PUNTOS DE
CREACIÓN DEL CEMER
ESTATAL CUMPLIDOS
NUMERO DE PUNTOS DE
CREACIÓN DE CEMER ESTATAL
PARA INICIAR OPERACIÓN
CONSOLIDACIÓN DEL
CEMER ESTATAL
0.9
0.9
1.2
Monitoreo
1.1.1
Proceso
Número de indicadores de
oportunidad de subsistemas del
SINAVE que mostraron mejoría
respecto al semestre previo
Numero de indicadores de
subsistemas del SINAVE que se
evaluaron
NOTIFICACIÓN
OPORTUNA
0.9
0.9
1.2
Monitoreo
1.1.2
Proceso
Número de Análisis Publicados
Numero de indicadores de
subsistemas del SINAVE que se
evaluaron
DIFUSIÓN DE
INFORMACIÓN
EPIDEMIOLÓGICA
1
1
1.2
Monitoreo
1.1.3
Proceso
Numero de jurisdicciones
supervisadas en la entidad
Numero de jurisdicciones
programadas para ser supervisadas
en el semestre
SUPERVISIÓN DEL
SINAVE
1
1
2
Vigilancia en
Salud Pública
por Laboratorio
1.1.2
Proceso
Índice de desempeño alcanzado
por el LESP
Índice de desempeño máximo
esperado por el LESP
Porcentaje Índice de
Desempeño de la RNLSP
100
100
 
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
 
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
VIH y otras ITS
1.8.1
Proceso
Número de trabajadores de salud de
los Servicios Especializados en VIH e
ITS, que aprobaron los cursos en VIH
seleccionados
Número de trabajadores de salud de
los Servicios Especializados en VIH
e ITS
Porcentaje de personal
capacitado en atención
integral de VIH e ITS
1
1
1
VIH y otras ITS
1.9.1
Proceso
Condones entregados a personas
viviendo con VIH en los CAPASITS y
SAIHS en la Secretaría de Salud.
"Personas de 15 a 60 años en
tratamiento antirretroviral en la
Secretaría de Salud.
Condones entregados
por persona viviendo
con VIH.
112
112
1
VIH y otras ITS
11.6.1
Proceso
Detecciones de sífilis en personas en
tratamiento antirretroviral en el año,
en la Secretaría de Salud
Personas de 15 a 60 años que se
encuentran en tratamiento
antirretroviral en el año, en la
Secretaría de Salud
Detección de sífilis en
personas en tratamiento
antirretroviral
0.01
0.01
1
VIH y otras ITS
12.3.1
Resultado
Mujeres embarazadas viviendo con
VIH, bajo tratamiento antirretroviral,
con carga viral indetectable (<50
copias/ml), en la Secretaría de Salud
Mujeres embarazadas viviendo con
VIH, bajo tratamiento antirretroviral
en la Secretaría de Salud
Porcentaje de mujeres
embarazadas viviendo
con VIH, bajo
tratamiento
antirretroviral, con carga
viral indetectable
0.9
0.9
1
VIH y otras ITS
5.1.1
Resultado
Personas viviendo con VIH que se
diagnostican e incorporan por primera
vez a atención (sin tratamiento
antirretroviral previamente) cuyo
primer recuento de linfocitos CD4 es
menor a 200 células/l, en la
Secretaría de Salud
Personas viviendo con VIH que se
diagnostican e incorporan por
primera vez a atención (sin
tratamiento antirretroviral
previamente) que tuvieron su primer
recuento de linfocitos CD4 en el
periodo, en la Secretaría de Salud
Porcentaje de
presentadores tardíos a
los servicios de salud
1
1
2
Virus de Hepatitis C
8.6.1
Proceso
Personas diagnosticadas con VHC
(con carga viral positiva) no
derechohabientes
Número de personas con carga viral
positiva a VHC en el periodo en
cuestión
Porcentaje de personas
diagnosticadas con
VHC en tratamiento
antiviral en la Secretaría
de Salud
0.9
0.9
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
 
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
1
Salud Sexual y Reproductiva
1.1
SSR para
Adolescentes
1.1.1
Proceso
Total de campañas y
estrategias de IEC
realizadas para la
adecuada difusión de los
servicios de salud sexual y
reproductiva para
adolescentes
Campañas programadas
de la estrategia de IEC
para la adecuada
difusión de los servicios
de ssra
Total de campañas y
estrategias de IEC
realizadas para la
adecuada difusión de
los derechos sexuales
y reproductivos.
1
1
1.1
SSR para
Adolescentes
1.2.1
Proceso
Total de supervisiones
realizadas en
Jurisdicciones Sanitarias y
Servicios amigables
Total de supervisiones
programadas en
Jurisdicciones Sanitarias
y Servicios amigables
Supervisión y
monitoreo de los
Servicios amigables
1
1
1.1
SSR para
Adolescentes
1.2.4
Proceso
Número de jornadas
realizadas por servicios
amigables itinerantes
Edusex que proporcionan
atención en SSRA,
operando
Total de jornadas
programadas de
servicios amigables
itinerantes Edusex que
proporcionan atención
en SSRA, programados
Jornadas realizadas
con los Servicios
Amigables Itinerantes
(Edusex) operando
1
1
1.
SSR para
Adolescentes
1.2.5
Proceso
Mantenimientos realizados
a la unidad móvil Edusex
Mantenimientos
programados a la unidad
móvil Edusex
Mantenimiento
EDUSEX
1
1
1.1
SSR para
Adolescentes
1.2.5
Proceso
Total de jornadas
realizadas en el año con la
unidad móvil Edusex
Total de jornadas
programadas en el año
con la unidad móvil
Edusex
Jornadas con la unidad
móvil Edusex
1
1
1.1
SSR para
Adolescentes
1.2.5
Proceso
Total de jornadas
realizadas en el año con la
unidad móvil Edusex
Total de jornadas
programadas en el año
con la unidad móvil
Edusex
Jornadas con la unidad
móvil Edusex
1
1
1.1
SSR para
Adolescentes
1.2.5
Proceso
Consultas y/o Atenciones
médicas realizadas en
Unidad Móvil
Consultas y/o
Atenciones médicas en
Unidad Móvil
Programadas
Consultas y/o
Atenciones médicas
realizadas en Unidad
Móvil
1
1
1.1
SSR para
Adolescentes
1.2.5
Proceso
Personas beneficiadas por
actividades Extramuros
realizadas
Personas beneficiadas
por actividades
Extramuros
programadas
No. población
beneficiado por
actividades Extramuros
realizadas
1
1
1.2
PF y
Anticoncepción
1.1.1
Proceso
Corresponde al número de
nuevas aceptantes de
métodos anticonceptivos
en la Secretaría de Salud,
registradas en consulta
externa durante el año (no
incluye oclusiones tuberías
bilaterales ni vasectomías)
Número de nuevas
aceptantes de métodos
anticonceptivos en la
institución (consultas de
primera vez), incluye
usuarias de condón
masculino y femenino
Nuevas aceptantes de
métodos
anticonceptivos
registradas en la
Secretaría de Salud
durante el año
100
100
1.2
PF y
Anticoncepción
2.1.1
Proceso
Corresponde al número de
nuevas aceptantes de
métodos anticonceptivos
en la Secretaría de Salud,
registradas en consulta
externa durante el año (no
incluye oclusiones tuberías
bilaterales ni vasectomías)
Número de nuevas
aceptantes de métodos
anticonceptivos en la
institución (consultas de
primera vez), incluye
usuarias de condón
masculino y femenino
Nuevas aceptantes de
métodos
anticonceptivos
registradas en la
Secretaría de Salud
durante el año
100
100
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.1
Proceso
Número de nuevas
aceptantes de métodos
anticonceptivos en la
institución (consultas de
primera vez), incluye
usuarias de condón
masculino y femenino
Total de nuevas
aceptantes
Nuevas aceptantes de
métodos
anticonceptivos
registradas en la
Secretaría de Salud
durante el año
1
1
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.3
Proceso
Número de visitas de
supervisión realizadas a las
jurisdicciones sanitarias y
unidades médicas
Total de visitas de
supervisón programadas
Visitas de supervisión
de la situación de
abasto de
anticonceptivos
realizadas a
jurisdicciones sanitarias
y unidades médicas
durante el año
1
1
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.6
Resultado
Vasectomías realizadas
Total de Vasectomías
programadas
Vasectomías sin bisturí
realizadas
1
1
1.3
Salud Materna
3.1.2
PROCESO
Número de comunidades
donde se realizó Censo
Número de comunidades
asignadas al distrito de
asignación
censos de atención a la
salud materna
0.85
0.85
1.3
Salud Materna
3.2.2
PROCESO
Total de tiras de orina
aplicadas en embarazadas.
Total de embarazadas
primera vez en cualquier
trimestre del embarazo
Cobertura de detección
de Infección de Vías
Urinarias durante el
embarazo
>20%, < 40%
>20%, < 40%
1.3
Salud Materna
3.2.2
PROCESO
Mujeres con Atención
Pregestacional de
Tamizaje
Total de embarazadas
de primera vez durante
los primeros 2 trimestres
Detección oportuna de
embarazo mediante
tiras rápidas de
Gonadotropina
0.25
0.25
1.3
Salud Materna
3.2.2
PROCESO
Total de embarazadas a
las que se les dotó de
hierro
Total de embarazadas
atendidas de primera
vez (1er, 2ndo y tercer
trimestre)
Cobertura de entrega
de hierro a
embarazadas
0.95
0.95
1.3
Salud Materna
3.2.2
PROCESO
Total de embarazadas a
las que se les ministró
ácido fólico
Total de embarazadas
atendidas de primera
vez (1er, TRIMESTRE)
Cobertura de entrega
de ácido fólico a
embarazada
0.95
0.95
1.3
Salud Materna
3.2.3
PROCESO
Total de pruebas de VIH
aplicadas en embarazadas
de primera vez ( 1er, 2ndo
,tercer trimestre)
Total de embarazadas
atendidas de primera
vez (1er, 2ndo y tercer
trimestre)
Cobertura de detección
de VIH/Sífiliis durante
el embarazo
0.95
0.95
1.3
Salud Materna
3.2.5
RESULTAD
O
Muertes maternas por
causa de hemorragia
Total de casos con
hemorragia obstétrica
Letalidad por
hemorragia obbstétrica
0.5
0.5
1.4
Salud
Perinatal
4.3.2
Resultado
Tamices realizados
Nacimientos
Tamices realizados
95% de niños tamizados
95% de niños tamizados
1.5
Aborto Seguro
5.2.3
Estructura
Número de unidades de
salud de segundo nivel de
atención con servicios de
ginecobstetricia que
atienden a población sin
seguridad social, que
fueron abastecidas con
mifepristona para la
atención del aborto seguro
Número de unidades de
salud de segundo nivel
de atención con
servicios de
ginecobstetricia que dan
atención a población sin
seguridad social
Unidades de salud con
disponibilidad de
mifepristona
100
100
1.5
Aborto Seguro
5.2.3
Estructura
Número de unidades de
salud de segundo nivel de
atención con servicios de
ginecobstetricia que
atienden a población sin
seguridad social, que
fueron abastecidas con
misoprostol para la
atención del aborto seguro
Número de unidades de
salud de segundo nivel
de atención con
servicios de
ginecobstetricia que dan
atención a población sin
seguridad social
Unidades de salud con
misoprosto
100
100
1.5
 
Aborto Seguro
5.2.3
Estructura
Número de unidades de
salud de segundo nivel de
atención con servicios de
ginecobstetricia que
atienden a población sin
seguridad social, que
fueron abastecidas con
equipos de AMEU para la
atención del aborto seguro
Número de unidades de
salud de segundo nivel
de atención con
servicios de
ginecobstetricia que dan
atención a población sin
seguridad social
Unidades de salud con
equipo de AMEU
100
100
1.5
Aborto Seguro
5.3.2
Proceso
Número de supervisiones
realizadas para verificar la
aplicación del Lineamiento
Técnico para la atención
del aborto seguro en
Mexico
Número de
supervisiones
programadas para
verificar la aplicación del
Lineamiento Técnico
para la atención del
aborto seguro en Mexico
Porcentaje de
supervisiones
realizadas para
monitorear la aplicación
del uso de tecnologías
y estándares de calidad
nacional e internacional
en la atención del
aborto seguro.
1
1
1.6
Violencia de
Género
6.3.1
Proceso
Número de supervisiones
realizadas para verificar la
aplicación de la NOM-046-
SSA2-2005 en los servicios
de salud que dan atención
a población sin seguridad
social.
Número de
supervisiones
programadas para
verificar la aplicación de
la NOM-046-SSA2-2005
en los servicios de salud
que dan atención a
población sin seguridad
social.
Porcentaje de
supervisiones
realizadas en los
servicios de salud que
dan atención a
población sin seguridad
social para verificar la
aplicación de la NOM-
046-SSA2-2005
1
1
2
Prevención y
Control del
Cáncer
2.1.3
Resultado
Mujeres tamizadas con
prueba de vph de 35 a 54
años en 5 años
Mujeres de 35 a 64 años
responsabilidad de la
SSA
Cobertura de tamizaje
con prueba de VPH
0.23
0.23
2
 
Prevención y
Control del
Cáncer
2.1.6
Resultado
Mujers Tamizadas con
mastografía de 40 a 69
años en dos años
Mujeres de 40 a 69 años
responsabilidad de la
SSA
Cobertura de tamizaje
con mastografía
0.12
0.12
2
Prevención y
Control del
Cáncer
2.1.7
Resultado
Mujeres tamizadas con
citología cervical de 25 a
34 años en 3 años
Mujeres de 25 a 34 años
responsabilidad de la
Ssa
Cobertura de tamizaje
con citología cervical
0.24
0.24
2
Prevención y
Control del
Cáncer
2.1.7
Resultado
Mujeres tamizadas con
citología cervical de 25 a
34 años en 3 años
Mujeres de 35 a 64 años
responsabilidad de la
Ssa
Cobertura de tamizaje
con citología cervical
0.24
0.24
2
Prevención y
Control del
Cáncer
4.3.2
Resultado
Mujeres tamizadas con
prueba de VPH de 35 a 64
años en 5 años
Mujeres de 35 a 64 años
responsabilidad de la
Ssa
Uso adecuado de
pruebas de VPH
0.24
0.24
3
Igualdad de
Género
4.1.2
Proceso
Número de unidades de
salud de fortalecimiento
que implementan el
MoASMI dirigido a grupos
de atención prioritaria
Total de unidades de
salud programadas para
implementar el MoASMI
Número de unidades
de salud de
fortalecimiento que
implementan el
MoASMI dirigido a
grupos de atención
prioritaria
1
1
3
Igualdad de
Género
4.1.2
Proceso
Número de unidades de
salud nuevas que
implementan el MoASMI
dirigido a grupos de
atención prioritaria
Total de unidades que
deben implementar el
MoASMI
Número de unidades
de salud nuevas que
implementan el
MoASMI dirigido a
grupos de atención
prioritaria
1
1
 
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
 
No
.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
4.2.1
Proceso
Perros y gatos esterilizados
quirúrgicamente
Meta anual de perros
y gatos a vacunarse
contra la rabia
Esterilización quirúrgica de
perros y gatos.
5
5
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
5.2.1
Proceso
Casos Probables que cumplen con
la definición operacional con
tratamiento
Casos Probables que
cumplen con la
definición operacional
Porcentaje de pacientes de
brucelosis con tratamiento
específico
100
100
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
2.1
Dengue
7.3.1
Proceso
Numero de Localidades prioritarias
con Acciones de Control Larvario
Numero de
Localidades
prioritarias
Numero de Localidades
prioritarias con Acciones de
Control Larvario
100
100
2.1
Dengue
7.3.2
Proceso
Numero de Localidades prioritarias
con Acciones de Nebulizacion
Espacial en UBV
Numero de
Localidades
prioritarias
Numero de localidades
prioritarias con acciones de
Nebulizacion Espacial en UBV.
100
100
2.1
Dengue
7.3.3
Proceso
Número de Localidades Prioritarias
con acciones de Rociado
Intradomiciliar
Numero de
Localidades
prioritarias
Número de Localidades
Prioritarias con acciones de
Rociado Intradomiciliar
100
100
2.1
Dengue
8.1.1
Proceso
Número de Semanas con Captura
de Información en Plataforma
Número de Semanas
48 con Captura de
Información en
Plataforma
Número de semanas con
reporte de acciones de
vigilancia, prevención y control
en la plataforma de vigilancia
entomológica y control integral
del vector.
48
48
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Proceso
Número de casos que reciben
esquema de tratamiento con
fármacos antituberculosis de 2da
línea en el año
Número de casos
programados con
diagnóstico de
resistencia a fármacos
en el año
Porcentaje de tratamiento con
fármacos antituberculosis de
2da línea en personas con
diagnóstico de tuberculosis
resistente a fármacos.
0.9
0.9
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Proceso
Número de casos TB TF nuevos y
previamente tratados que se les
realizo una prueba de sensibilidad
al diagnóstico, incluye resultados
de pruebas moleculares (Xpert
MTB/RIF) así como de pruebas
fenotípicas convencionales
Número de casos
nuevos y previamente
tratados notificados X
100
Cobertura de la prueba de
sensibilidad a los anti-TB para
pacientes con TB TF al
momento del diagnóstico.
0.4
0.4
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Proceso
Total de casos nuevos de TB P
diagnosticados con Bk+ que
ingresan a tratamiento, lo terminan
y curan.
Total de casos nuevos
Número de personas
con TBP Bk+ que
ingresan a tratamiento
Porcentaje de Éxito de
Tratamiento de la TB pulmonar
confirmada
bacteriológicamente
0.859
0.859
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
2.3.4
Resultado
Número de pacientes con
diagnóstico de asma y que
ingresaron a tratamiento.
Total de pacientes con
diagnóstico de asma
Porcentaje de casos de asma
diagnosticados e ingresados a
tratamiento.
0.3
0.3
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Resultado
Total de emergencias en salud
atendidas y notificadas (brotes y
desastres) con oportunidad.
Total de emergencias
en salud (brotes y
desastres) atendidas y
registradas.
Emergencias en salud
atendidas con oportunidad
(brotes y desastres en menos
de 24 hrs).
90
90
5
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
1.1.4.
Resultado
Número actividades realizadas en
la atención e intervención
gerontológica a personas mayores
Personas sujetas a
programa
Porcentaje de actividades
realizadas en la atención e
intervención gerontológica a
personas adultas mayores
90
90
5
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
3.3.1
Proceso
Número de personal contratado
total de personal
programado para
contratación
Personal operativo contratado
en el primer nivel de atención
100
100
6
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
2.3.3.1
Resultado
Número de aplicaciones de barniz
de flúor realizadas.
Número de
aplicaciones de barniz
de flúor programadas.
Número de aplicaciones de
Barniz de Flúor.
25653
25653
6
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
6.1.2.1
Resultado
Numero de Informes de actividades
y evaluación realizados.
Numero de Informes
de actividades y
evaluación esperados.
Supervisión y evaluación del
componente Salud Bucal del
Preescolar y Escolar.
4
4
7
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
2.2.1
Proceso
Operativos preventivos realizados
en zonas prioritarias.
Operativos
preventivos
programados en
zonas prioritarias.
Porcentaje de operativos
preventivos en áreas de riesgo
de las zonas prioritarias
seleccionadas
64
64
 
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
 
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Vacunación Universal
1.1.1
Resultado
Niñas y niños menores de 1 año de edad sin derechohabiencia que recibieron la 3er dosis de la vacuna hexavalente acelular.
Total de niñas y niños menores de 1 año de edad sin derechohabiencia (SSA)
Cobertura de vacunación al 95% con 3ra dosis de la vacuna hexavalente en niñas y niños menores de 1 año de edad sin derechohabiencia al semestre
95
95
1
Vacunación Universal
2.1.1
Resultado
Población sin derechohabiencia que recibe la vacuna contra influenza estacional en la temporada invernal 2024-2025
Total de población meta sin derechohabiencia a vacunar contra la influenza estacional.
Logro de aplicación de la Vacuna contra la Influenza Estacional al 75% de la meta en el último trimestre de 2024
75
75
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica
ANEXO 5
Relación de insumos federales enviados en especie por "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
 
No.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
 
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
 
No.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
SIN DATOS
 
 
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
 
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
2
Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio
1.1.2
Ramo 12 Apoyo Federal
Envío de reactivos y biológicos en general elaborados por el Instituto
de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos para el diagnóstico en
salud pública a solicitud de los Laboratorios Estatales de Salud
Pública.
145,702.0000
1
145,702.00
Total
145,702.00
 
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
 
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
1
VIH y otras ITS
5.1.1
Ramo 12
Prueba para la detección de VIH (Clave: 080.829.5539) PRUEBAS RÁPIDAS.
Inmunoanálisis para la detección del antígeno p24 de HIV-1 y anticuerpos al
HIV-1 y HIV-2. Inmunoanálsis cualitativo in vitro con lectura visual para la
detección simultánea del antígeno (Ag) no inmunocomplejo p24 del HIV-1 en
forma libre y anticuerpos (Ab) a HIV-1 y HIV-2 en sangre humana. 10 tarjetas
de prueba recubiertas de antígeno HIV1/2 recombinante y péptidos sintéticos,
anticuerpos al antígeno p24 y avidina. TATC.
98.6000
1400
138,040.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1
Ramo 12
Prueba para la detección de VIH (Clave: 080.829.5356) Prueba rápida para la
determinación cualitativa en sangre total de anticuerpos IgG por
inmunocromatografía contra el virus de la inmunodeficiencia humana Tipos 1 y
2. Estuche para mínimo 24 pruebas. TATC.
54.4040
1000
54,404.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1
Ramo 12
Prueba para la detección de VIH (Clave: 080.980.0001) Prueba rápida
inmunocromatográfica para la determinación cualitativa de anticuerpos lgM/lgG
anti HIV-1 y HIV-2 simultáneamente en suero, sangre, plasma o sangre total
humana. Con lanceta retráctil con 3 niveles de punción, pipeta de toma y
solución de corrimiento y sensibilidad igual o superior al 99% y especificidad
igual o superior al 98% para VIH, de acuerdo con el certificado de evaluación
diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológica, o en su
caso algún otro organismo internacional como la FDA, EMA o la Organización
Mundial de la Salud. Pieza.
54.4040
26800
1,458,027.20
1
VIH y otras ITS
5.1.1
Ramo 12
Valganciclovir (Clave: 010.000.4373.00) comprimido. Cada comprimido
contiene: Clorhidrato de valganciclovir equivalente a 450 mg de valganciclovir.
Envase con 60 comprimidos.
1,003.0000
18
18,054.00
1
VIH y otras ITS
11.6.1
Ramo 12
Pruebas para la detección de sífilis (Clave: 080.829.5463) Prueba rápida
inmunocromatográfica para la determinación de anticuerpos de Treponema
pallidum en suero o plasma humano. Con sensibilidad no menor al 95% y una
especificidad no menor al 98% de acuerdo con el certificado de evaluación
diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos. Requiere
prueba confirmatoria. Envase para mínimo 20 pruebas.
33.3036
16300
542,848.68
1
VIH y otras ITS
12.3.1
Ramo 12
Sucedáneo de leche de Término (Clave: 030.000.0011.00) SUCEDÁNEO DE
LECHE HUMANA DE TERMINO, POLVO. Densidad energética 0.66-0.68.
Envase desde 360g hasta 454 g polvo y medida dosificada.
41.5000
500
20,750.00
1
VIH y otras ITS
12.3.1
Ramo 12
Sucedáneo de Leche de Pretérmino (Clave: 030.000.0003.00) SUCEDÁNEO
DE LECHE HUMANA DE PRETERMINO, POLVO. Densidad energética 0.80 a
0.81. Envase de lata con 400 a 454 g y medida de 4.40 a 4.50 g
107.3000
25
2,682.50
1
VIH y otras ITS
1.9.1
Ramo 12
Condón Masculino
97.9852
1657
162,361.48
1
VIH y otras ITS
1.9.1
Ramo 12
Condón Masculino
89.1460
2864
255,314.14
1
VIH y otras ITS
1.9.1
Ramo 12
Condon Femenino
7.8880
8044
63,451.07
1
VIH y otras ITS
1.9.1
Ramo 12
Gel Lubricante
11.2172
35714
400,611.08
2
Virus de Hepatitis C
8.6.1
Ramo 12
Pruebas para la detección de VHC (Clave: 080.829.5521) Prueba rápida para
la determinación cualitativa de anticuerpos contra el Virus de la Hepatitis C.
Prueba rápida para la determinación cualitativa de anticuerpos IgG por técnica
inmunocromatográfica, contra el virus de la Hepatitis C (VHC) en sangre total,
suero y plasma. Para su uso exclusivo como prueba de tamizaje. Requiere
prueba confirmatoria. Envase para mínimo 25 pruebas. TATC.
24.7776
5700
141,232.32
Total
3,257,776.47
 
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
 
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
1
Salud Sexual y Reprodutiva
1.1
SSR para
Adolescentes
3
Ramo 12 Apoyo
Federal
Sábanas quirúrgicas desechable para el uso exclusivo de la unidad móvil
Edusex en las jornadas
15.0000
1800
27,000.00
1.1
SSR para
Adolescentes
3
Ramo 12 Apoyo
Federal
Guantes quirúrgicos desechable para el uso exclusivo de la unidad móvil
Edusex en las jornadas
565.0000
10
5,650.00
1.1
SSR para
Adolescentes
3
Ramo 12 Apoyo
Federal
Torundera con tapa, de acero, para el uso exclusivo de la unidad móvil
Edusex en las jornadas
1,000.0000
1
1,000.00
1.1
SSR para
Adolescentes
3
Ramo 12 Apoyo
Federal
Espejo. Vaginal Espejo. Vaginal desechable, mediano, valva superior de
10.7 cm, valva inferior de 12.0 cm, orificio central de 3.4 cm. Pieza.
40.0000
400
16,000.00
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.6.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Bata desechable para paciente. Elaborada en tela no tejida de
polipropileno de al menos 4 pines (SMMS) de al menos 38 gr/m², con
manga corta, con dos cintas de amarre en la parte delantera. Resistente
a la penetración por impacto de fluidos, resistente a la presión
hidrostática de fluidos, color antirreflejante, no transparente, antiestática
y resistente a la tensión. Producto desechable y de un solo uso. No
estéril. Con capa protectora antibacterial. Medidas: Unitalla. Envolvencia
de 147 +/-3 cm x 117+/-3 cm Pieza.
39.5000
1080
42,660.00
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.6.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
CAMPOS QUIRÚRGICOS Campos quirúrgicos de incisión, impregnados
con iodopovidona en una de sus caras. Compuesto de una película
impermeable; transparente, con adhesivo grado médico, autoadheribles,
hipoalergénico. Con una superficie de impregnación de: 56 x 45 cm.
Estériles y desechables Empaque individual. Envase con 10 piezas.
210.2000
108
22,701.60
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.6.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Gorro redondo con elástico ajustable al contorno de la cara, de tela no
tejida de polipropileno, desechable. Impermeable a la penetración de
líquidos y fluidos; antiestática y resistente a la tensión. Tamaño Grande
Pieza
1.5900
1080
1,717.20
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.6.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
SOLUCIÓN INYECTABLE AL 2% Cada frasco ámpula contiene:
Clorhidrato de Lidocaína 1 g. Envase con 5 frascos ámpula con 50 mL.
130.0000
108
14,040.00
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.6.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Seda negra trenzada, Calibre de la sutura: 3-0 longitud 75 cm
800.0000
90
72,000.00
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.6.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Limpiador antimicrobiano para piel y heridas es un líquido claro isotónico
que ayuda a la remoción mecánica de residuos contiene 0.057% de
hipoclorito de sodio como antimicrobiano. Botella con 15 oz (443 ml.) con
tapa. Envase con 12 piezas
550.0000
3
1,650.00
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.6.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo en mangas y pecho.
Tela no tejida de polipropileno, impermeable a la penetración de líquidos
y fluidos; antiestática y resistente a la tensión. Estéril y desechable.
Tamaño Grande Pieza
31.6000
1080
34,128.00
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.6.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Guantes Para cirugía. De látex natural, estériles y desechables. 7 1/2
22.0000
2200
48,400.00
1.2
PF y
Anticoncepción
2.2.6.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Juego de sábanas, repelentes y desechables para paciente. Elaboradas
con tela no tejida, 100% polipropileno de al menos 4 pines (SMMS) de al
menos 38 gr/m², con dos sábanas una para cajón y una plana.
Resistente a la penetración por impacto de fluidos, resistencia a la
presión hidrostática de fluidos, hidrofóbico, color antirreflejante, no
transparente, antiestática y resistente a la tensión. Producto de un solo
uso. Desechable.
15.0000
1080
16,200.00
1.2
PF y
Anticoncepción
1.1.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
CONDÓN MASCULINO De hule látex. Envase con 100 piezas.
110.2500
1705
187,976.25
1.2
PF y
Anticoncepción
2.1.1.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
CONDÓN FEMENINO De poliuretano o látex lubricado con dos anillos
flexibles en los extremos. Envase con 1,
10.6700
75
800.25
1.3
Salud Materna
3.2.2.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Tiras reactivas pára determinar como mínimo 10 parámetros en orina;
glucosa bilirrubinas cetonas gravedad específica sangre pH proteínas
urobilinógeno nitritos leucocitos. Frasco con 100 tiras, TATC
154.7440
1029
159,231.58
1.3
Salud Materna
3.2.3.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
PRUEBAS RÁPIDAS. Reactivo para la determinación comatrográfica,
cualitativa de anticuerpos contra VIH tipo 1 y 2 y Treponema Pallidum.
Cada sobre contiene: Cartucho de prueba. -Un bulbo de plástico con
regulador de corrimiento. -Un bulbo de plástico vacio (pipeta para toma
de muestra). - Una lanceta retráctil con 3 niveles de punción. Caja para
mínimo 10 sobres. Con sensibilidad igual o superior al 99% y
especificidad igual o superior al 98% para VIH y sensibilidad no menor al
95% y una especificidad no menor al 98% para sífilis, de acuerdo con el
certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y
Referencia Epidemilógicos.
141.9608
26469
3,757,560.42
1.3
Salud Materna
3.2.3.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Pruebas Rápidas, Gonadotrofina coriónica fracció Beta. Pruebba rápida
cualitativa de un solo paso en membrana sólida para determinación en
orina o suero en sobre individual. Sensibilidad: 20 Mui/ml. A 25 Mui/ml.
Equipo: Prueba en carrtucho de plástico con pipeta desechable. Equipo
con control positivo y negativo para múltiples pruebas. Equipo para
múltiplos de 10 mínimo 10 máximo 100 pruebas TATC
13.7228
2325
31,905.51
1.3
Salud Materna
3.2.3.2
Ramo 12 Apoyo
Federal
Fumarato ferroso. Tableta. Cada tableta contiene Fumarato ferroso 200
mg equivalente a 65.74 mg de hierro elemental. Envase co 50 Tabletas
49.0000
26469
1,296,981.00
1.3
Salud Materna
3.2.3.2
Ramo 12 Apoyo
Federal
Ácido fólico. Tableta. Cada tableta contiene: Ácido fólico 0.4 mg. Envase
con 90 Tabletas.
4.9500
14705
72,789.75
1.3
Salud Materna
3.2.5.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
SOLUCIÓN INYECTABLE. Cada ampolleta contiene: Ácido tranexámico
500 mg. Vehículo c.b.p.5 mL. Envase con cinco ampolletas de 5 mL cada
una
3,570.0000
301
1,074,570.00
1.4
Salud Perinatal
4.3.2.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Papel filtro, de algodón 100%, sin aditivos, especial para recolección y
transporte de sangre de neonatos, con impresión de cinco círculos
punteados de un centímetro de diámetro cada uno, con nombre, número
progresivo y formato duplicado foliados. Múltiplo de 10 hojas, máximo
100.
9.1000
0
0.00
1.4
Salud Perinatal
4.3.2.2
Ramo 12 Apoyo
Federal
Lanceta de retracción automática y permanente. Incisión de 1.8 a 2.0
mm, integrada a un disparador de plástico; con dispositivo plástico
removible que asegure la esterilidad. Estéril y desechable. Caja con 100
y sus múltiplos.
5.8200
0
0.00
1.5
Aborto Seguro
2.3.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Mifepristona
678.8400
46
31,226.64
1.5
Aborto Seguro
2.3.2
Ramo 12 Apoyo
Federal
Misoprostol
310.0000
155
48,050.00
1.5
Aborto Seguro
2.3.3
Ramo 12 Apoyo
Federal
Jeringas para AMEU
3,350.0000
15
50,250.00
2
Prevención y
Control del
Cáncer
4.3.2.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
"Reactivos completos para la cuantificación de ácidos nucleicos de los
siguientes microorganismos: Virus de Inmunodeficiencia Humana, de la
Hepatitis B, Hepatitis C, Virus del Papiloma Humano, Citomegalovirus,
Chlamydia trachomatis y Mycobacterium Tuberculosis. Equipo para
minimo 10 pruebas. RTC (se solicitan únicamente para Virus del
Papiloma Humano)
366.0500
5844
2,139,196.20
2
Prevención y
Control del
Cáncer
2.1.7.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Alcohol etílico con 96º GL.
3,274.0000
100
327,400.00
2
Prevención y
Control del
Cáncer
2.1.7.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Cepillos para estudio citológico
5.0000
274
1,370.00
2
Prevención y
Control del
Cáncer
2.1.7.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Espátula. De Ayre modificada
204.0000
2500
510,000.00
2
Prevención y
Control del
Cáncer
2.1.7.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Guantes. Para exploración, ambidiestro
400.0000
10800
4,320,000.00
2
Prevención y
Control del
Cáncer
2.1.7.1
Ramo 12 Apoyo
Federal
Portaobjetos De vidrio
239.0000
2750
657,250.00
Total
14,969,704.39
 
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
 
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
5.2.1
RAMO 12
RIFAMPICIN 20 MG/ML, ORAL SOLUTION, 120 ML BOTTLE
639.0000
6
3,834.00
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
5.2.1
RAMO 12
Rifampicina. Cápsula Comprimido o Tableta recubierta. Cada Cápsula Comprimido o Tableta ReCubierta contiene: Rifampicina 300 mg Envase con 100 Cápsulas Comprimidos o Tabletas ReCubiertas.
368.9100
2
737.82
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
4.2.1
Ramo 12
Amoxicilina L.A.
660.0000
14
9,240.00
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
4.2.1
Ramo 12
Tiletamina - Zolazapam 10%
779.0000
146
113,734.00
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
4.2.1
Ramo 12
Xilazina 2%
569.0000
73
41,537.00
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
2.1
Dengue
7.3.1
Ramo 12
Bacillus thuringiensis 5.35% + Metopreno 1.60%
46,395.3600
10
463,953.60
2.1
Dengue
7.3.3
Ramo 12
Propoxur 70%
26,119.6700
5
130,598.35
2.1
Dengue
7.3.2
Ramo 12
Malation 40%
25,038.3000
40
1,001,532.00
2.1
Dengue
7.3.2
Ramo 12
Imidacloprid 3% + Praletrina 0.75%
209,040.0000
4
836,160.00
2.1
Dengue
7.3.2
Ramo 12
Transflutrina 20%
209,040.0000
3
627,120.00
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
2.3.4
Ramo 12-Apoyo
Federal
Antisépticos. Gel antiséptico para manos que no requiere enjuague. Formulado a base de alcohol etílico de 60-80% w/w; adicionado con humectantes y emolientes; hipoalergénico.
24.5108
75
1,838.31
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
2.3.4
Ramo 12-Apoyo
Federal
Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo en mangas y pecho. Tela no tejida de polipropileno impermeable a la penetración de líquidos y fluidos; antiestática y resistente a la tensión. Estéril y desechable. Tamaño: Grande
21.5644
100
2,156.44
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
2.3.4
Ramo 12-Apoyo
Federal
Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo en mangas y pecho. Tela no tejida de polipropileno impermeable a la penetración de líquidos y fluidos; antiestática y resistente a la tensión. Estéril y desechable. Tamaño: Grande
21.5644
60
1,293.86
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
2.3.4
Ramo 12-Apoyo
Federal
Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo en mangas y pecho. Tela no tejida de polipropileno impermeable a la penetración de líquidos y fluidos; antiestática y resistente a la tensión. Estéril y desechable. Tamaño: Grande
21.5644
40
862.58
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
2.3.4
Ramo 12-Apoyo
Federal
Guantes. de nitrilo o polibutadine-acrylonitrilo libre de látex ambidiestro desechable estéril. Tamaño: Mediano
3.1204
44
137.30
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
2.3.4
Ramo 12-Apoyo
Federal
Protector respiratorio. Protector respiratorio con eficiencia de filtración microbiológica del 95% o mayor protección respiratoria contra partículas menores a 0.1 µ. Resistente a fluidos antiestático hipoalergénico; ajuste nasal moldeable que se adapta a la cara impidiendo el paso del aire. Con bandas o ajuste elástico entorchado a la cabeza. Desechable.
1.3804
400
552.16
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Ramo 12-Apoyo
Federal
Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos)
55.0000
23
1,265.00
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Ramo 12-Apoyo
Federal
Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos)
6,637.1500
2
13,274.30
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Ramo 12-Apoyo
Federal
Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos)
197.9000
61
12,071.90
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Ramo 12-Apoyo
Federal
Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos)
976.0500
6
5,856.30
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Ramo 12-Apoyo
Federal
Medicamento (substancias y productos farmaceuticos)
209.8500
1
209.85
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Ramo 12-Apoyo
Federal
Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos)
332.6400
6
1,995.84
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Ramo 12-Apoyo
Federal
Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos)
257.0400
12
3,084.48
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Ramo 12-Apoyo
Federal
Antibioticos (substancias y productos farmaceuticos)
22.6700
24
544.08
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
1
Ramo 12-Apoyo
Federal
Método de diagnóstico molecular MTB/RIF
7,455.5000
1
7,455.50
4
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
2.3.3.1
Ramo 12
Fluoruro de sodio. Barniz de Fluoruro de Sodio al 5% en una concentración de 22600 ppm autopolimerizable en un vehículo de resina modificado. Presentación unidosis
24.8300
17102
424,642.66
Total
3,705,687.33
 
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
 
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
1
Vacunación Universal
1.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Vacuna Contra Difteria. Tos Ferina. Tétanos, Hepatitis B, Poliomielitis Y Haemophilus influenzae Tipo B. Suspensión inyectable. Cada frasco ámpula con 0.5 ml contiene: Toxoide diftérico no menos de 20 UL, Toxoide tetánico no menos de 40 Ul, Toxoide pertussis 25 ug, Hemaglutinina filamentosa 25 ug, Poliovirus tipo 1 inactivado (Mahoney) 40 U Poliovirus tipo 2 inactivado (MEF1) 8 U Poliovirus tipo 3 inactivado (Saukett) 32 U Antígeno de superficie del virus de Hepatitis B 10 ug, Polisacárido capsular de Haemophilus influenzae tipo b 12 ug Conjugado a la proteina tetánica 22-36 ug. Envase con 10 frascos ámpula con 1 dosis de 0.5 ml cada uno.
2,937.2000
5356
15,731,643.20
1
Vacunación Universal
2.1.1
Ramo 12-Apoyo Federal
Vacuna antiinfluenza tetravalente Fracciones antigénicas purificadas e inactivadas de virus de influenza tipo A y de virus de influenza tipo B correspondientes a las cepas autorizadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el periodo pre-invernal e invernal de los años correspondientes del hemisferio norte. Caja con 10 frascos ámpula con 5 mL cada uno correspondientes a 10 dosis de 0.5mL (100 dosis).
779.6500
15720
12,256,098.00
Total
27,987,741.20
 
GRAN TOTAL (PESOS)
50,066,611.39
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica
 
ANEXO 6
Formato Informes Trimestrales Sobre el avance del Ejercicio de los Recursos Financieros Ministrados:

Formato Informes Trimestrales Sobre el avance en el Suministro y Destino de los Insumos/Bienes:

Formato Informes Trimestrales Sobre Avance de Indicadores:

 
ANEXO 7
Ejemplo de Formato de Acta de Conciliación de Insumos:
 
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD
UA/OAD:
PROGRAMA:
Ejercicio Fiscal:
Entidad Federativa:
 
ACTA DE CONCILIACIÓN DE INSUMOS 2024
En la Ciudad de México, a 15 de marzo de 2025, __(#Titular de la UA/OAD)__, (#Representantes Estatales), con el objeto realizar la conciliación respecto de las cantidades de insumos ministrados por la Secretaría de Salud al __(#Entidad Federativa)__ en adelante __"(#Denominación de la Entidad Federativa)"_ , para el __(#Nombre del Programa)__ con motivo de la suscripción del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Insumos y Recursos Presupuestarios Federales para la Ejecución y Desarrollo del Servicio Nacional de Salud Pública en las Entidades Federativas, para el ejercicio 2024 entre el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, en adelante "LA SECRETARÍA" y __"(#Denominación de la Entidad Federativa)"_, hacen constar lo siguiente:
ANTECEDENTES
1.- Con fecha _#fechaConvenioEspecífico_, "LA SECRETARÍA" y _"(#Denominación de la Entidad Federativa", celebraron, el Convenio Específico en Materia de Transferencia de Insumos y Recursos Presupuestarios Federales para la Ejecución y Desarrollo del Servicio Nacional de Salud Pública en las Entidades Federativas, para el ejercicio 2043, en adelante Convenio SaNAS 2024, con el objeto de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales a _"(#Denominación de la Entidad Federativa, a fin de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a _"(#Denominación de la Entidad Federativa" , la adecuada instrumentación, así como fortalecer la integridad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud.
2.- Con fecha _#fechaPrimerModificatorio_, "LA SECRETARÍA" y _"(#Denominación de la Entidad Federativa", celebraron el Convenio Modificatorio al Convenio SaNAS 2024, con el objeto de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a _"(#Denominación de la Entidad Federativa".
3.- Que toda vez que al 31 de Diciembre de 2024, fecha en la que concluyó la vigencia del Convenio SaNAS 2024, no fue posible realizar la conciliación del total de los insumos ministrados por la "LA SECRETARÍA" a _"(#Denominación de la Entidad Federativa"_,contra los programados en el Convenio SaNAS 2024, y generar, en su caso, la emisión de un Convenio Modificatorio adicional a los señalados el numeral 2 del presente documento, se acuerda:
ACUERDOS
PRIMERO.-Que las cantidades, precios unitarios e importes definitivos de los insumos ministrados con motivo del cierre de la entrega-recepción de los insumos asignados al _#Nombre del Programa_, al 31 de Diciembre de 2024, ministrados a _"(#Denominación de la Entidad Federativa"_, con motivo de la suscripción del Convenio SaNAS 2024, son las que se muestran en el cuadro de conciliación siguiente:
 
CONCILIACIÓN DE INSUMOS MINISTRADOS CON MOTIVO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO SaNAS 2024, A EL ESTADO DE
_#ENTIDADFEDERATIVA_, PARA EL PROGRAMA DE _#NOMBREDELPROGRAMA_
INSUMOS PROGRAMADOS EN EL CONVENIO SaNAS 2024
CONCEPTO
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CANTIDAD
PRECIO
UNITARIO
MONTO
JUSTIFICACIÓN
DE LA
CONCILIACIÓN
 
 
 
INSUMOS ENVIADOS Y RECIBIDOS EN LOS ALMACENES DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE
SALUD DEL ESTADO
FOLIO DE MINISTRACIÓN
CANTIDAD MINISTRADA
PRECIO UNITARIO
MONTO MINISTRADO
Total ministrado
$ .00
Total ministrado de la Entidad Federativa: $ .00
SEGUNDO.- Que con la presente conciliación se deja constancia de la cantidad total de los insumos ministrados a _"(#Denominación de la Entidad Federativa "_, cumpliendo con lo establecido en el Convenio SaNAS 2024.
TERCERO.- La suscripción de la presente acta no genera compromiso alguno para "LA SECRETARÍA" de ministraciones posteriores, ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación.
CUARTO.- La suscripción de la presente acta no exime a _"(#Denominación de la Entidad Federativa_"_, de la responsabilidad por el incumplimiento, que en su caso, haya incurrido respecto de las obligaciones contraídas en el Convenios SaNAS 2024.
Previa lectura de la presente acta y no habiendo otro asunto que hacer constar, se firma por todos los que en ella intervienen, para dejar constancia.
Por "LA SECRETARÍA"
_____________________________________________ DIRECTOR(A) GENERAL DE UA/OAD
Hoja de firmas por "LA SECRETARÍA" del Acta de Conciliación de Insumos 2024, suscrita el día 15 de marzo de 2025.
Por _"(#Denominación de la Entidad Federativa_"_,
___________________________ SECRETARIO(A) DE SALUD
_____________________________________________ DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Hoja de firmas por _"(#Denominación de la Entidad Federativa "_,del Acta de Conciliación de Insumos 2024, suscrita el día 15 de marzo de 2025.
Ejemplo de Formato de Constancia de Cierre de Presupuesto:
 
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD
UA/OAD:
PROGRAMA:
Ejercicio Fiscal:
Entidad Federativa:
Asunto: Constancia de cierre de Presupuesto
__#Titular de la Secretaría de Salud del Estado__ __#Cargo del Titular de la Secretaría de Salud del Estado__ Entidad Federativa:
Me refiero al Convenio Específico en Materia de Transferencia de Insumos y Recursos Presupuestarios Federales para la Ejecución y Desarrollo del Servicio Nacional de Salud Pública en las Entidades Federativas, para el ejercicio 2024, al respecto, y a efecto de dejar constancia de la comprobación de los recursos ministrados a través de dicho Convenio, me permito informar a usted que los recursos transferidos al programa de __#Nombre del Programa__ a través de la _#UA/OAD_ por un monto de $______.00 (Monto en Letra 00/100 M.N.) han sido comprobados en su totalidad conforme a las partidas del gasto autorizadas por esta Unidad Administrativa u Órgano Administrativo Desconcentrado cumpliendo lo establecido en el convenio antes referido.
La emisión de la presente constancia no prejuzga la autenticidad de la información y de la documentación que respaldan los Certificados de Gasto y los Certificados de Reintegro, presentada a esta Unidad Administrativa u Órgano Administrativo Desconcentrado para la comprobación del gasto, por lo que no exime a esa entidad federativa de la responsabilidad que, en su caso, los órganos fiscalizadores federales y/o estatales, determinen conforme a sus atribuciones.
A T E N T A M E N T E
_______________________ #TITULAR UA/OAD
 
Por la Secretaría: Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Dr. Ruy López Ridaura.- Rúbrica.- Director General de Promoción de la Salud, Mtro. Agustín López González.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Gabriel García Rodríguez.- Rúbrica.- Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Lic. Raúl Gómez Torres.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Act. Yolanda Varela Chávez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Dr. Ricardo Cortés Alcalá.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Dra. Alethse De La Torre Rosas.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Dr. José Luis Díaz Ortega.- Rúbrica.- Director General de Información en Salud, Dr. Christian Arturo Zaragoza Jiménez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Jorge Enrique Trejo Gómora.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, Dr. Rubén Galaviz Tristán.- Rúbrica.- Subsecretario de Egresos en Suplencia por Ausencia del Secretario de Finanzas del Estado de Aguascalientes, L.A.E. Edgar Francisco Salinas Juárez.- Rúbrica.
 

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