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DOF: 07/05/2025 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, municipios, los entes públicos de unas y otros, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, el Acuerd CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, municipios, los entes públicos de unas y otros, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, el Acuerdo por el que se deja sin efectos la resolución de fecha treinta de marzo de dos mil veintidós, en cumplimiento a la sentencia interlocutoria de veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco, dictada por la Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en el juicio de nulidad número 11713/22-17-02-6, interpuesto por el representante legal de la empresa Fireky, S.A de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Subsecretaría de Buen Gobierno.- Unidad de Contrataciones Públicas.- Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.- Número de expediente: SAN/034/2019. CIRCULAR No. 09/2025 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS, LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, ASÍ COMO A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS LA RESOLUCIÓN DE FECHA TREINTA DE MARZO DE DOS MIL VEINTIDÓS, EN CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE VEINTICUATRO DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO, DICTADA POR LA SEGUNDA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN EL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 11713/22-17-02-6, INTERPUESTO POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA FIREKY, S.A DE C.V. DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS, LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, ASÍ COMO A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Con fecha veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco, la Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, emitió sentencia interlocutoria en la que se ordenó a la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas que, dentro de sus facultades y, en cumplimiento de la sentencia definitiva de veintitrés de noviembre de dos mil veintidós, emitida dentro del juicio de nulidad 11713/22-17-02-6, promovido por el representante legal de FIREKY, S.A. DE C.V., para que realice las publicaciones derivadas de la resolución, que contengan la observación de que la sanción impuesta fue dejada sin efectos. En ese sentido, se precisa que la inhabilitación a la empresa FIREKY, S.A DE C.V., dejó de surtir sus efectos, con motivo de la nulidad decretada en las sentencias de mérito, como se hizo constar en el acuerdo de fecha veintiocho de abril del año en curso, mediante el cual se deja sin efectos la resolución de treinta de marzo de dos mil veintidós, dictada en el expediente administrativo de sanción con número SAN/034/2019, al tenor siguiente: "PRIMERO. En estricto cumplimiento y acatamiento a la sentencia interlocutoria de veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco, en relación con la diversa de veintitrés de noviembre de dos mil veintidós, dictadas por la Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el juicio de nulidad número 11713/22-17-02-6, y por la nulidad decretada en las mismas, esta autoridad deja sin efectos la resolución de treinta de marzo de dos mil veintidós, así como las sanciones derivadas de ella, impuestas a la empresa FIREKY, S.A DE C.V. ". Lo anterior, a efecto de que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, las Entidades Federativas, los Municipios, los entes públicos de unas y otros, así como las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México interesados cumplan con lo señalado en esta Circular en los procedimientos de contratación y en la celebración de contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Ciudad de México, a 28 de abril de 2025.- Directora General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, Mtra. María Guadalupe Vargas Álvarez.- Rúbrica.
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